Senador Prieto radicó proyecto que busca mejorar la calidad del servicio de telefonía celular
"Al usuario hay que ofrecerle un servicio con calidad, amplia cobertura y tarifas bajas. Además la protección de los derechos al adquirir un equipo y acabar con la permanencia mínima": senador Prieto.
El senador Eugenio Prieto (Partido Liberal), con el apoyo de veinte senadores más y de siete representantes a la Cámara, radicó ante la Secretaria General el proyecto de ley 259, con el propósito de ofrecer a los usuarios de la telefonía celular, un servicio de calidad.
La iniciativa definirá las reglas para la protección de los usuarios en la comercialización de dispositivos móviles inteligentes, igualmente se prohibirá las cláusulas de permanencia mínima y las ventas atadas de terminales y servicios de comunicaciones.
"No se puede seguir permitiendo que al usuarios se le obligue a permanecer amarrado de uno a dos años a un contrato y a la compra del móvil, esto le evita a que él pueda moverse con tranquilidad y libertad en los diferentes operadores, que considere que le están prestando servicio con calidad, amplia cobertura y tarifas bajas", expresó el parlamentario.
Así mismo el senador aseveró, que se pretende que ingresen al país otros equipos, con la homologación de la Comisión de Regulación de Comunicación, para que los usuarios de estratos 1, 2 y 3 tengan un amplio acceso a dispositivos móviles inteligentes y puedan ingresar a una tecnología, más económica, favorable y abaratar los precios de los equipos.
El congresista manifestó que es indignante la forma como se atiende a los usuarios, en los centros donde se presta el servicio de la telefonía móvil celular, "las empresas que tienen las 50 millones de líneas de celulares en el país, tienen que invertir en infraestructura para mejorar la calidad del servicio, al igual que someterse a la regulación de las multas por rangos".
Agregó que el Estado no puede perder la responsabilidad de prestar el servicio de manera eficiente, "por eso tenemos que darles herramientas e instrumentos y juntos el gobierno y el regulador, tenemos que cumplir cada uno con nuestra tarea, para ajustar este mercado y darle satisfacción a los usuarios de éste servicio. Por tal motivo estamos avanzando en los proyectos que dan las herramientas para fortalecer y mejorar el servicio, con el fin de conseguir una competencia real y de acceso democrático".
Finalmente Prieto anotó que al usuario se le debe garantizar que no se le caiga la llamada, y que el servicio tenga buena cobertura, además que las tarifas cada vez sean más bajas, que se cobre no por minutos, sino, por segundos.
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Con olor a santidad y café
La tradición popular en el mundo católico, refiere que al momento de morir algunos siervos de Dios, exhalan deliciosos olores a flores, hierbas o especias. Este fenómeno místico, también conocido como “olor a santidad”, parece percibirse por estos días en tierra colombiana. No exactamente por la muerte reciente de algún virtuoso del espíritu, sino por la elevación a los altares del nombre de una figura emblemática de la tierra cafetera del suroeste antioqueño. Al despuntar el año 2013, la exuberante florescencia de los cultivos de café impregnada con celestial aroma, pareciera haber anunciado no sólo la abundante cosecha, sino también las buenas nuevas al mundo católico.
Por fin, de un ramillete de diez beatos nacidos en Colombia, se canonizara la primera santa, la fundadora de la Congregación de las Hermanas Misioneras de María Inmaculada y Santa Catalina de Siena, la Madre Laura Montoya Upegui, de Jericó. Poco a poco se conocerá la admirable historia de esta mujer excepcional, pionera en reivindicar los derechos de la mujer, entre ellos el derecho a la educación, por la que trabajó gran parte de su vida, formando jóvenes en Amalfi, Fredonia, Santo Domingo, Medellín, La Ceja y Marinilla
Esta declaración solemne de santidad de una mujer colombiana evoca, además del “olor a santidad”, el aroma de la tierra del café, porque los suroestanos, los hombres y mujeres de Jericó, Amagá, Andes, Angelópolis, Betania, Betulia, Caramanta, Ciudad Bolívar, Concordia, Fredonia, Hispania, Jardín, La Pintada, Montebello, Pueblorrico, Támesis, Tarso, Salgar, Santa Bárbara, Titiribí, Urrao, Valparaíso y Venecia, saben que una de los suyos desde hoy ocupará un lugar de honor como intercesora en el santoral de la Iglesia Católica.
La Madre Laura rompió los esquemas de su época para dedicar su vida al servicio de los demás. Su apostolado misionero, la llevó en mula por las tierras inhóspitas de Dabeiba, donde se dedicó con amor a trabajar con los indígenas Emberá Chamí, “…hizo que nos reconocieran como personas” se les oye decir, cuando los Emberá expresan sus sentimientos de gratitud y se refieren al espíritu ecologista e indigenista de la Madre Laura, a la forma como los integró y se integró a ellos, ya que no sólo les comunicó el evangelio, sino que los defendió con valentía de los atropellos.
En la Diócesis de Jericó, en el suroeste antioqueño, se espera además, que la cosecha de santos se prolongue, pues otros dos de beatos colombianos provienen de esta región: de Jardín, el beatificado por Juan Pablo II, el 25 de octubre de 1992, uno de los “siete hermanos colombianos”, el sacerdote de la Orden de San Juan de Dios, Juan Bautista Velásquez Peláez; y de Tarso, cuya ceremonia de beatificación está pendiente, el seminarista claretiano, Jesús Aníbal Gómez Gómez; dos jóvenes mártires, que perdieron su vida en España en la tercera década del siglo XX durante la cual se desarrolló una cruenta persecución contra los católicos.
Sublime coincidencia, hoy celebramos el día de la madre en Colombia con la canonización de una Madre. La Madre espiritual de millones de católicos, Santa Laura de Jericó. En el suroeste antioqueño sonarán campanas, palmas y aleluyas, anunciando la alegría y orgullo que produce entre los cafeteros el saber que desde el cielo una gran mujer será desde ahora intercesora de millones de solicitudes de milagros individuales que le pedirán sus devotos y la esperanza colectiva del milagro cafetero, no de que llueva café en el campo, sino de que alcance mayor producción y mejor precio el grano que goza del prestigio de tener el mejor sabor y aroma del mundo, desde hoy además, con aroma celestial, con olor de santidad.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/con_olor_a_santidad_y_caf e.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/05/12/con-olor-a-santidad-y-cafe-2/
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Legado de Paz.
Hoy hace diez años -5 de mayo del 2003-, en un rescate fallido para liberarlos después de un año de cruel cautiverio, el Gobernador de Antioquia, Guillermo Gaviria Correa y el Comisionado de Paz Gilberto Echeverri Mejía, fueron asesinados por las FARC, al igual que ocho soldados del ejército que estaban secuestrados con ellos.
A Guillermo y Gilberto los unió la vida y los unió la muerte. Se cruzaron en varias oportunidades como compañeros de trabajo. Se encontraron siempre en la amistad, en convicciones, en afinidad de ideas y de metas, en sueños y esperanzas, en compromiso social.
Ellos se unieron en propósitos porque trabajo digno, nutrición infantil, oportunidades en educación, salud y vivienda y respeto a los derechos del más débil fueran prioridad de toda tarea de servicio público. La incapacidad de la sociedad para acabar las violencias que azotaban nuestros territorios, eran sus angustias, por tal razón decidieron recorrer juntos un camino, el de la noviolencia y el plan congruente de paz.
Al respecto Guillermo dijo: “…queremos ser idealistas, tener sueños e ilusiones, ser imaginativos y romper los esquemas egoístas que solo han dejado tristezas (…) comenzamos un camino que tomará tiempo recorrer y debo hacer énfasis en la necesidad de asumir esta tarea con paciencia y perseverancia, sin generar falsas expectativas, conscientes de que sólo una gran dosis de generosidad, patriotismo y espíritu de reconciliación podrá llevarnos a un futuro menos injusto y violento”.
Desde su inhumano cautiverio, Gilberto expresó: “Lo que el Gobernador y yo estamos haciendo es una sacrificio para que la clase dirigente política, económica, industrial, académica, laboral, profesional, campesina, etc., entienda que nuestro modelo económico y social tiene que cambiar”.
Han pasado diez años de las muertes trágicas de estos dos demócratas integrales y su profunda convicción en el respeto a los derechos humanos, en la libertad como valor fundamental y no subalterno y en la dignidad como su valor concomitante sigue latente y vigente su magisterio público basado en la visión de un Estado regulador, eficiente, eficaz y facilitador. Con responsabilidad social, como innatos dirigentes, comprendían que la paz es un derecho y una obligación y debe ser la vocación genuina de toda política.
La semana pasada los recordábamos con el informe de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -Codhes-, según el cual, unos 5,2 millones de colombianos viven desplazados de sus hogares a causa del conflicto armado. Vergüenza, Colombia primero en el mundo en desplazados. Según datos del Gobierno, “Más de cinco millones de víctimas ha dejado el conflicto armado que padece Colombia desde hace cerca de medio siglo, de las cuales unas 600.000 fueron asesinadas (…) Las principales causas por las que se declaran víctimas son el desplazamiento forzado, secuestro, violencia sexual, reclutamiento infantil y minas antipersona”.
Además del costo humanitario de este conflicto, sin hablar de los costos específicos del conflicto para los diversos sectores de la economía y para la sociedad colombiana en general, los costos de la pobreza, marginación, exclusión, fanatismos e inequidad son los que deberían concentrar nuestra mayor atención en la búsqueda de un país más justo, solidario e incluyente.
El legado de paz de Guillermo y Gilberto, el de millones de víctimas y el de cientos de miles de seres humanos que como ellos han perdido o han ofrendado su vida, debe mantenernos en la ruta de la Noviolencia, por el final de este absurdo y fratricida conflicto, que requiere convergencia de autoridad y firmeza, sí, pero al lado de reformas políticas, inversión social, diálogo y reinserción generosa. Como ellos lo decían, la paz es un camino incierto que debemos recorrer juntos, tomados de la mano, concertando rutas. Concertemos en Colombia rutas de paz.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/05/05/legado-de-paz/
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/legado_de_paz.php
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La carta de la Tierra
El pasado 22 de abril celebramos el Día internacional de la Madre Tierra. El Secretario General de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, se refiere a este día como la “…oportunidad para reafirmar nuestra responsabilidad colectiva de promover la armonía con la naturaleza en un momento en el que nuestro planeta se encuentra amenazado por el cambio climático, la explotación insostenible de los recursos naturales y otros problemas creados por el hombre. Cuando creamos amenazas para nuestro planeta, no solo ponemos en peligro el único hogar que tenemos sino incluso nuestra futura supervivencia”.
Según Naciones Unidas, en los próximos veinte años, el mundo necesitará al menos un 50% más de alimentos, un 45% más de energía, un 30% más de agua. Por tanto nos sigue llamando la atención por la lenta respuesta del mundo a las emergencias generadas por el calentamiento de la Tierra, por los daños que nuestra imprudencia está causando al planeta y por la falta de conciencia mundial acerca de la interdependencia que existe entre los seres humanos, las demás especies vivas y nuestro planeta.
Aunque se ha avanzado en generar conciencia social sobre el tema ambiental, implementar políticas acertadas debe incluir la educación que juega un papel preponderante como motor de transformaciones colectivas. El respeto por nuestro planeta y la naturaleza como sujetos de derechos, debe inculcarse desde los primeros años de estudio y continuar su desarrollo durante todos los ciclos educativos, reforzándolo siempre a través del ejemplo; además el Estado debe dar la pauta y ser garante de la protección al patrimonio ambiental, reflejándolo claramente en todas sus decisiones administrativas.
En Colombia, con la ley 99/93 se le entregó al Ministerio de Medio Ambiente en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, los programas de educación ambiental: “Dotar, conjuntamente con el Ministerio de Educación Nacional, de los planes y programas docentes y el pénsum que en los distintos niveles de la educación nacional se adelantarán en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, promover con dicho ministerio programas de divulgación y educación no formal y reglamentar la prestación del servicio ambiental”
Nuestra reflexión para la urgente y permanente generación de conciencia y educación ambiental, la hacemos alrededor de una valiosa herramienta educativa que nos permite cuestionarnos y nos reta a examinar nuestros valores y a trabajar en equipo, con una ética global por la defensa del patrimonio ambiental común para todos los seres que habitamos el planeta, “La carta de la Tierra” -http://www.cartadelatierra.es-, un instrumento formativo, en el cual encontraremos las acciones que cada ser humano puede emprender desde los principios de respeto, cuidado, integridad ecológica, justicia social y económica, democracia y noviolencia para participar de la conservación y preservación del planeta.
“La carta de la Tierra”, hoy más vigente que nunca, es una declaración de principios éticos fundamentales que busca inspirar en todos los pueblos un nuevo sentido de interdependencia global, de responsabilidad compartida para el bienestar de toda la familia humana, de la gran comunidad de vida y de las futuras generaciones. “Para seguir adelante, debemos reconocer que en medio de la magnífica diversidad de culturas y formas de vida, somos una sola familia humana y una sola comunidad terrestre con un destino común”.
“La carta de la Tierra” es una visión de esperanza, una llamada a la acción, para unirnos y “…crear una sociedad global sostenible fundada en el respeto hacia la naturaleza, los derechos humanos universales, la justicia económica y una cultura de paz”; una guía para asumir nuestra responsabilidad colectiva de promover la armonía con la naturaleza, en nuestro único hogar hasta ahora, la Tierra.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/la_carta_de_la_tierra.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/04/28/la-carta-de-la-tierra/
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Decreto reglamentario excluyente
Después de varios meses de deliberación aprobamos en el Congreso de la República la Reforma Tributaria propuesta por el Gobierno, Ley 1607/12. En ella propusimos con otros compañeros congresistas, incluir tres medidas que tienen como objetivo garantizar que más colombianos -sobre todo de menores ingresos-, puedan adquirir, usar, desarrollar, comercializar, tener acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
La primera medida, orientada a disminuir barreras económicas y profundizar la penetración de servicios de comunicaciones móviles e internet en todo el territorio nacional, quedó plasmada en el artículo 38, los dispositivos móviles inteligentes -DMI- cuyo valor no exceda $1’120.000 quedaron exentos de IVA.
La segunda medida, busca incrementar la profundización del mercado de acceso a Internet y abaratar el valor de los servicios de conexión y acceso a Internet para estratos 1 y 2, definida en el artículo 55, dejó exentos de IVA estos servicios.
La tercera medida, busca incentivar el desarrollo de contenidos y aplicaciones de la industria TIC en Colombia, en el artículo 161 se definió que los desarrollos de software nacional estarán exentos de renta por 5 años.
Desafortunadamente, la no definición del concepto “dispositivos móviles inteligentes”-DMI-, está distorsionando el espíritu del legislador y la correcta aplicación del beneficio tributario. El Ministerio de Hacienda, en un primer borrador de Decreto Reglamentario del Estatuto Tributario -ET-, sobre IVA, definió DMI que: “Los dispositivos móviles inteligentes excluidos del impuesto sobre las ventas (…) son las tabletas o tablets, que se conectan a una red, y tienen capacidad de procesamiento y computo”.
Esta definición, contraria, entre otros, a los principios de Neutralidad Tecnológica, pues limita el beneficio tributario a aquellos que se puedan denominar como tablets, cerraría la puerta a que los colombianos puedan beneficiarse de dicho beneficio tributario al adquirir otro tipo de terminales como smartphones, phablets u otros equipos que podrían desarrollarse.
El Ministerio de las TIC, en concepto del pasado mes de Marzo, definió DMI como aquel tipo de terminal que tiene “teclado completo táctil o físico, opera sobre sistema operativo actualizable, permite la navegación por Internet, tiene conexión Wi-Fi, acceso a tiendas de aplicaciones, y soporta aplicaciones hechas por terceros”. Lo anterior para garantizar el impacto que motivó la medida y facilitar la implementación de la misma.
Atendiendo al concepto del MinTIC, el nuevo proyecto de Decreto definió DMI: “Los dispositivos móviles inteligentes excluidos del impuesto sobre las ventas (…) son todos aquéllos que tienen como características: teclado completo, táctil o físico, operan sobre sistemas operativos y estándares actualizables, permiten la navegación en internet, tienen conectividad WIFI, con acceso a tiendas de aplicaciones y soportan aplicaciones hechas por terceros, clasificados en la subpartida arancelaria 84.71.30”.
La definición parece coherente y neutral desde el punto de vista tecnológico, pero al hacer depender el tipo de terminal con la clasificación de la subpartida arancelaria 84.71.30 del Decreto 4927/11, se excluye de manera tajante a las terminales, en tanto dicha subpartida arancelaria se refiere a: “Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador.
Es decir, con la utilización de la subpartida en el mencionado Decreto, -que esperamos se corrija-, a pesar de que el Ministerio de Hacienda busca darle mucha mayor coherencia reglamentaria a su Decreto, excluye del beneficio tributario a aquellos equipos que no sean tablets o portátiles o PCs, como los phablets, Iphones, y demás smartphones que, operando bajo sistemas operativos android, IOS y demás, cada vez ganan más penetración en el mercado y son, en gran medida, la plataforma más útil para el desarrollo del comercio electrónico y la banca móvil.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/decreto_reglamentario_excluyente.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/04/21/decreto-reglamentario-excluyente/
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Política pública de seguridad vial.
14 de Abril de 2013
La accidentalidad en Colombia no cesa. En 2011, 5.792 colombianos murieron y 40.806 resultaron heridos en accidentes de tránsito. Las estremecedoras cifras de muertes y lesiones por esta pandemia no disminuyen. Lamentablemente estamos seguros de que las cifras de 2012, que aún no se conocen, seguirán una tendencia creciente. Ello quiere decir que las acciones emprendidas por el Estado y los diferentes actores en materia de seguridad vial no arrojan los resultados positivos esperados por todos.
La angustia que nos causa que muchas de estas muertes y lesiones sean evitables, nos llevó a concertar con el Gobierno del Presidente Santos, la declaración –por primera vez en la historia-, de la seguridad vial como una política de Estado, e incluir en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, dos objetivos fundamentales, elaborar e implementar un Plan Nacional de Seguridad Vial -Pnsv- y fortalecer la arquitectura institucional del país para el desarrollo de dicha política a través de la creación de una Agencia Nacional de Seguridad Vial -Ansv-.
En cumplimiento de estos objetivos, en el año 2012 el Gobierno Nacional presentó el Pnsv 2011-2016. En su momento indicamos que una de las grandes debilidades de este plan es su baja orientación a resultados, pues de los 255 indicadores formulados ninguno establece una meta en reducción de accidentalidad atado a las cifras que lo sustentan, lo cual implicaría en la práctica la realización de una serie de acciones que podrían cumplirse sin tener incidencia real en la disminución de víctimas de accidentes de tránsito.
Para el segundo objetivo, radicamos, conjuntamente con el Gobierno Nacional, el Proyecto de Ley 166S/12 para la creación de la Ansv, la cual debe contribuir a solucionar la falta de ejecución y desarticulación institucional y asumir la responsabilidad sobre la planeación y ejecución de las políticas públicas en seguridad vial, sin perjuicio de las competencias específicas que permanezcan en cabeza de cada entidad, cuyos resultados deben ser armonizados con los objetivos misionales de la Agencia.
Propondré en la ponencia, que para que el liderazgo y rol articulador de la Ansv sean efectivos, esta debe depender directamente de la Presidencia de la República y contar con la participación en su consejo directivo de los ministros relacionados con la seguridad vial y otros actores de la sociedad civil.
El origen de los recursos para la creación y funcionamiento de la agencia, ha generado, a mi manera de ver, un debate innecesario. Con todo respeto, disentimos de quienes consideran que la creación de la Ansv debe suponer la desaparición del Fondo de Prevención Vial -FPV-, entidad que viene trabajando por la reducción de la accidentalidad con las dificultades que supone no contar con la dirección y articulación del Estado.
De ahí que los hallazgos del último informe presentado por la Contraloría General de la República no se refieran a una inadecuada ejecución o poca de transparencia en el manejo de los recursos por parte del FPV, sino a la falta de coherencia entra la destinación de las inversiones y los objetivos misionales del Fondo. Por tanto, considero que la experiencia y conocimiento acumulado del FPV no debe perderse, por el contrario, debe ponerse al servicio de la Agencia, ente rector que deberá trazar la política de su actuar.
En este orden de ideas, hemos recibido con extrañeza el concepto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre el Proyecto de Ley que crea la Ansv, que indica que no existen recursos para su creación y funcionamiento, lo que nos preocupa, pues si la política pública no está acompañada de la voluntad del Gobierno Nacional de asignar una fuente cierta de recursos para su ejecución, seguiremos siendo incapaces de salvar vidas.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/politica_publica__de_seguridad_vial.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/04/14/politica-publica-de-seguridad-vial/
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¿Es el servicio de aseo una mercancía?
7 de abril de 2013
Con un fundamento jurídico más aparente que real, la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC-, ha desplazado en algunas funciones constitucionales y legales a la Superintendencia de Servicios Públicos -SISP-, para convertirse en policía administrativa de la competencia en el sector, olvidando que se trata de servicios públicos domiciliarios, que según la propia Corte Constitucional -Sentencia C-736-07-, están sujetos a un régimen jurídico especial.
Extraña que la SISP haya aceptado semejante tesis, que deja abandonados a su suerte por ejemplo, a usuarios del servicio de Telefonía Fija, que si bien ya no se somete a la ley 142, se seguirá prestando hasta el año 2015 según el régimen de transición previsto en el artículo 69 de la Ley 1341 de 2009.
El caso que resulta ser más especial de todos, es del aseo. Sin que se encuentre regulada la competencia en el “mercado” de aseo -la CRA no lo ha hecho-, la SIC, sin hacer ninguna valoración especial en relación con los derechos de los usuarios, decidió proteger la competencia entre proveedores, como si la competencia en materia de servicios públicos fuera un fin en sí mismo, y no un simple medio que se utiliza con el propósito de garantizar eficiencia en la prestación de estos servicios a los usuarios finales.
Con independencia de que por ahora la víctima en este caso sea la autoridad distrital, considero con todo respeto, que la SISP debe dar la pelea y recuperar sus funciones, no solo para salvaguardar el libre acceso a los mercados, sino con el fin superior de proteger a los usuarios y garantizar la continuidad en la prestación de servicios de calidad.
No existe razón que pueda explicar por qué motivo, los especialistas en servicios públicos y las propias empresas que han defendido tanto su régimen especial, han guardado silencio y han permitido deducir que la ley 1340 -régimen general-, termine modificando a la Ley 142, -régimen especial-, desconociendo reglas claras de hermenéutica jurídica, según las cuales, disposiciones especiales, no pueden ser modificadas por disposiciones generales, más en este caso donde la especialidad del régimen deriva de la propia Constitución, tal como lo ha señalado la H. Corte Constitucional.
Si bien un sector de la vida nacional, en vez de servicios quiere ver mercancías, en lugar de tarifas quiere precios y en el lugar de usuarios ve clientes, la realidad jurídica es que nuestra Constitución siguió reconociendo la vigencia de los servicios públicos y los sujetó a una policía especial que para el caso es la SISP y no la SIC.
Que desafortunada paradoja, mientras la SIC, sin fundamento jurídico real, indaga en qué condiciones las autoridades distritales garantizan la continuidad en la prestación del servicio de aseo -que es responsabilidad constitucional del Distrito-, no se toman medidas eficaces en otros sectores como en la telefonía móvil celular, -que si es un servicio en competencia-, que impidan los abusos de posición dominante de los operadores frente a los usuarios y la concentración inexplicable en un esquema perverso, donde la real obligación del Estado es la de regular esa competencia e impedir prácticas monopólicas en el uso del espectro.
En contraste, ensordece el silencio que guardan la Contraloría de Bogotá y otros organismos del Estado, que no le exigen a los concesionarios del servicio de aseo, una vez terminados sus contratos, el cumplimiento de la obligación de revertir al Distrito los bienes destinados a la explotación del servicio -Sentencia C.-250 de 1996 HCC-.
Es lamentable que organismos del Estado ignoren la teoría constitucional del servicio público y al asimilar el servicio de aseo al de una mercancía, pareciera que en lugar de garantizar la prestación eficiente del servicio y proteger los derechos de los usuarios como es su deber, les interesara más proteger exclusivamente, con razón o sin ella, a los inversionistas privados.
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¿Es el servicio de aseo una mercancía?
7 de abril de 2013
Con un fundamento jurídico más aparente que real, la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC-, ha desplazado en algunas funciones constitucionales y legales a la Superintendencia de Servicios Públicos -SISP-, para convertirse en policía administrativa de la competencia en el sector, olvidando que se trata de servicios públicos domiciliarios, que según la propia Corte Constitucional -Sentencia C-736-07-, están sujetos a un régimen jurídico especial.
Extraña que la SISP haya aceptado semejante tesis, que deja abandonados a su suerte por ejemplo, a usuarios del servicio de Telefonía Fija, que si bien ya no se somete a la ley 142, se seguirá prestando hasta el año 2015 según el régimen de transición previsto en el artículo 69 de la Ley 1341 de 2009.
El caso que resulta ser más especial de todos, es del aseo. Sin que se encuentre regulada la competencia en el “mercado” de aseo -la CRA no lo ha hecho-, la SIC, sin hacer ninguna valoración especial en relación con los derechos de los usuarios, decidió proteger la competencia entre proveedores, como si la competencia en materia de servicios públicos fuera un fin en sí mismo, y no un simple medio que se utiliza con el propósito de garantizar eficiencia en la prestación de estos servicios a los usuarios finales.
Con independencia de que por ahora la víctima en este caso sea la autoridad distrital, considero con todo respeto, que la SISP debe dar la pelea y recuperar sus funciones, no solo para salvaguardar el libre acceso a los mercados, sino con el fin superior de proteger a los usuarios y garantizar la continuidad en la prestación de servicios de calidad.
No existe razón que pueda explicar por qué motivo, los especialistas en servicios públicos y las propias empresas que han defendido tanto su régimen especial, han guardado silencio y han permitido deducir que la ley 1340 -régimen general-, termine modificando a la Ley 142, -régimen especial-, desconociendo reglas claras de hermenéutica jurídica, según las cuales, disposiciones especiales, no pueden ser modificadas por disposiciones generales, más en este caso donde la especialidad del régimen deriva de la propia Constitución, tal como lo ha señalado la H. Corte Constitucional.
Si bien un sector de la vida nacional, en vez de servicios quiere ver mercancías, en lugar de tarifas quiere precios y en el lugar de usuarios ve clientes, la realidad jurídica es que nuestra Constitución siguió reconociendo la vigencia de los servicios públicos y los sujetó a una policía especial que para el caso es la SISP y no la SIC.
Que desafortunada paradoja, mientras la SIC, sin fundamento jurídico real, indaga en qué condiciones las autoridades distritales garantizan la continuidad en la prestación del servicio de aseo -que es responsabilidad constitucional del Distrito-, no se toman medidas eficaces en otros sectores como en la telefonía móvil celular, -que si es un servicio en competencia-, que impidan los abusos de posición dominante de los operadores frente a los usuarios y la concentración inexplicable en un esquema perverso, donde la real obligación del Estado es la de regular esa competencia e impedir prácticas monopólicas en el uso del espectro.
En contraste, ensordece el silencio que guardan la Contraloría de Bogotá y otros organismos del Estado, que no le exigen a los concesionarios del servicio de aseo, una vez terminados sus contratos, el cumplimiento de la obligación de revertir al Distrito los bienes destinados a la explotación del servicio -Sentencia C.-250 de 1996 HCC-.
Es lamentable que organismos del Estado ignoren la teoría constitucional del servicio público y al asimilar el servicio de aseo al de una mercancía, pareciera que en lugar de garantizar la prestación eficiente del servicio y proteger los derechos de los usuarios como es su deber, les interesara más proteger exclusivamente, con razón o sin ella, a los inversionistas privados.
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Desconcentremos las telecomunicaciones

24 de Marzo de 2013
El mundo de las telecomunicaciones mantiene su dinámica sectorial que se expresa en manifestaciones de orden legislativo, reglamentario y regulatorio. En ese escenario, uno de los roles fundamentales le corresponde al Congreso de la República, que no solo debe ejercer control político permanente a la actividad del Gobierno, sino que además, debe fijar las políticas dentro de las cuales se deben intervenir en la economía y, en la planeación, administración, gestión y asignación del espectro radioeléctrico.
El paulatino pero definitivo cambio en el modelo de la prestación de los servicios de telecomunicaciones debe expresarse en modificaciones medulares en las tareas del Estado, que pasa de ser el obligado en la prestación de los servicios, a convertirse en el responsable de su prestación eficiente a la totalidad de los habitantes del territorio. Por ello, no sólo el Ministerio de las TIC y la CRC deben adoptar medidas para equilibrar el mercado, el legislador también debe ejercer las responsabilidades constitucionales de su competencia.
El rol del Estado ha variado, en materia de telecomunicaciones sus fines sustanciales deben ser la adopción de políticas públicas de universalización de los servicios de TIC -Vive digital es un buen ejemplo-, protección de los derechos de los usuarios y promoción de competencia para que los agentes del mercado puedan ejercer sus actividades económicas en condiciones de igualdad, se amplié la cobertura, se mejore la calidad, se bajen las tarifas y se genere bienestar.
Somos de la opinión, de que en el Estado Social de Derecho en materia de servicios públicos de telecomunicaciones la competencia no es un fin en sí mismo, sino el medio adecuado para que en determinadas condiciones ellos sean prestados. Así, la reglamentación y regulación de la misma, debe hacerse con el mayor de los cuidados, dado que la estructura de la industria está especialmente expuesta a la concentración del mercado, en consecuencia a que en países como Colombia terminemos suprimiendo un monopolio público, para consolidar uno privado.
Aunque en un escenario de convergencia bastaría con establecer cuotas máximas de mercado y estimular a proveedores entrantes para que la tarea de promoción de competencia sea cumplida, la realidad es que esto no es suficiente para modificar la situación de concentración actual, por eso estimamos de la mayor importancia fijar límites máximos en concentración de mercado y en concentración de espectro, para garantizarla competencia y el acceso democrático al espectro, como lo exige nuestra Carta Política.
Así mismo, consideramos necesario expedir medidas orientadas a la protección de los usuarios, que complementen las contenidas en la ley 1341 de 2009 y que consoliden las que ha tratado de establecer la CRC por la vía regulatoria. En este sentido somos consciente de que en servicios de consumo masivo como son las telecomunicaciones apenas comenzamos, por ello, medidas como las que pretenden adoptarse en México –el mercado más concentrado del mundo-, mediante modificación a su ley interna y las contenidas en las decisiones de la Comunidad Andina de Naciones, deben ser la base del análisis permanente que en Colombiaestamos obligados a realizar en esta materia.
Siguiendo las orientaciones de la Resolución 449 de 2013, expedida por el Ministerio de las TIC para reglamentar la subasta de bandas de frecuencias para 3G y 4G, esta semana radicamos nuestro aporte en el Congreso de la República, el informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley 141S/12, “por la cual se establecen los mecanismos de la intervención del Estado para garantizar la competencia en los mercados de servicios móviles de telecomunicaciones de voz, datos y complementarios”.
No buscamos nada diferente que dotar al Gobierno por la vía legislativa de las herramientas suficientes para que pueda adelantar adecuadamente la tarea de intervención económica en los servicios citados y en el espectro electromagnético.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/desconcentremos_las_telecomunicaciones.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/wp-admin/post.php?post=1604&action=edit&message=6&postpost=v2
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4G, un debate provechoso
17 de Marzo de 2013
Con la expedición y entrada en vigencia de la Resolución 449/13, el Ministerio de las TIC ha avanzado en el proceso de selección objetiva para la asignación de algunos bloques de bandas de frecuencias, en principio, 3 de AWS, 4 en 2500 y 1 en 1900 MHz. La prestación de servicios de internet móvil en convergencia con servicio de voz, variará sustancialmente en el país, lo que representará una revolución en los servicios de telecomunicaciones.
Reconocemos con satisfacción, que la Resolución 449/13 y las medidas regulatorias que se han adoptado, recogen, sino todas, sí muchas de las inquietudes que surgieron en los diferentes debates realizados en el Congreso de la República. Y aunque faltan, se adoptan medidas que estimulan la competencia, permiten la entrada de nuevos agentes al sector, democratizan el uso del espectro, ordenan políticas de universalización para que se atienda en condiciones especiales a estudiantes y maestros y condicionan las asignaciones de espectro a mejoras en la calidad del servicio y protección de los usuarios de servicios móviles, cuyos efectos reales deben ser evaluados en los próximos días, antes de otorgar los nuevos permisos para el uso del espectro.
Las importantes medidas de carácter regulatorio de protección de los usuarios, expedidas por las CRC están asociadas a: (i) unificación del sistema de atención a los usuarios con un sistema de mensaje gratuito [Res.3097/12]; (ii) medidas referidas a la calidad en la prestación de los servicios [Res. 4000/12]; (iii) reducción en los cargos de acceso que deben pagarse entre operadores y que obviamente deben generar menores tarifas a los usuarios finales [Res. 4040/12]; (iv) unificación del régimen tarifario entre llamadas en una misma red y con conexión con otras redes [Res. 4050/12 tarifas on-net y off-net] que mejorará las condiciones de la competencia; y (v) compensaciones y devoluciones automáticas por fallas del servicio; son algunas de las medidas recientes cuya efectividad deberá verificarse durante el proceso que se inicia.
Somos promotores de que en el país se presten más y mejores servicios, al mayor número de usuarios posibles de las TIC y que se incorporen las tecnologías más desarrolladas para que real y efectivamente los ciudadanos colombianos podamos hacer parte integral de la denominada sociedad de la información y las comunicaciones, pero que esto se haga de tal manera que se impidan los monopolios y con ello los abusos de la posición dominante de algunos operadores frente a otros proveedores, pero en especial frente a los usuario de estos servicios, por tanto, se debe realizar un monitoreo permanente sobre la eficacia de las medidas en relación con la protección de los derechos de los usuarios.
Como base del pleno cumplimiento de lo establecido en los artículos 20, 75, 333, 334 y 365 de la CP se origina en las restricciones que se impone a los proveedores para concentrar el espectro e impedir el desarrollo del mercado y como la intervención del Estado en la economía, solo es posible en los términos de la Ley, adquiere la mayor importancia que el Congreso de la República avance en el trámite de la Ley antimonopolio en telecomunicaciones, pues de lo contrario, se abrirán discusiones inútiles sobre los verdaderos efectos de las restricciones a la libertad económica impuestos por la vía administrativa.
Como es muy probable que los operadores autorizados por las Ley 37 de 1993, empaqueten servicios fijos y móviles, con los de voz y datos, lo que desnaturaliza el título que se les ha otorgado y la destinación de las bandas originalmente asignadas, es de mucha utilidad que la Ley se ocupe de este tipo de asuntos, así como de definir los verdaderos efectos de reversión en la ley 422 de 1998, frente a las concesiones de celular que habían sido anteriormente otorgadas y cuyo vencimiento está a la vuelta de la esquina, 28 de marzo de 2014
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/4g_un_debate_provechoso.php
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Innovación en el servicio de aseo
11 de marzo de 2013
Es indudable que Medellín tiene el liderazgo en Colombia en materia de servicios públicos domiciliarios. Esta semana recibimos la buena noticia de la presentación al H. Concejo Municipal del Proyecto de Acuerdo 107, mediante el cual se busca la transformación sustancial del servicio de aseo en la ciudad, no sólo desde la naturaleza jurídica de su prestador -Empresas Varias de Medellín, Emvarias-, sino desde la forma misma como se presta el servicio, con un nuevo concepto en la defensa del medio ambiente, del aprovechamiento y de la dignificación de la actividad de los recicladores.
El cambio en la prestación del servicio será integral. Se trata de una transformación profunda, pues no sólo se busca una necesaria modernización de la estructura administrativa de la empresa y optimizar las eficiencias económicas del negocio, sino, más importante aún, incorporar modernas tecnologías y aplicar nuevos sistemas administrativos en la gestión del servicio, para avanzar en el mejoramiento de la calidad de vida en la ciudad y en la defensa de la dignidad de las personas que se dedican a la labor de reciclaje, para lo cual se deben adoptar “medidas afirmativas” como las que reclama la H. Corte Constitucional.
La administración municipal ha decido mantener la prestación del servicio público de aseo a través de Emvarias, pero transformando la actual Empresa Industrial y Comercial del Estado en una sociedad entre entidades públicas, sujeta al régimen especial de las Empresas de Servicios Públicos Oficiales, creadas por la ley 142. La noticia importante es que la nueva sociedad tendrá como socio mayoritario a Empresas Públicas de Medellín –EPM-, que podrá actuar con criterio de integralidad en la prestación de servicios de agua potable y saneamiento básico.
De tiempo atrás venimos proponiendo que EPM invierta en Emvarias, porque de ser aprobado por el H Concejo el acuerdo 107, se cumplirían varios propósitos, entre ellos, la ciudad continuará aprovechando la experiencia y el buen nombre de las Emvarias; su labor eficiente y eficaz, ha mantenido a Medellín como la “tacita de plata”; la empresa tendrá una estructura jurídica con potencialidad de incursionar en nuevos servicios y mercados del territorio nacional, que en algunos casos no presentan niveles de cobertura y calidad deseables; la empresa incursionará en la aplicación de nuevas tecnologías, para la reutilización de los residuos sólidos y variar sustancialmente el arcaico concepto de relleno sanitario, por el contemporáneo de “parques ambientales” para el reciclaje y la protección del medio ambiente.
Medellín avanzará en la cultura del reciclaje, la clasificación en la fuente y la defensa del medio ambiente, pero a la vez aprovechará su iniciativa emprendedora para pensar en nuevos servicios y negocios y en atender nuevos mercados. Se está pensando con sentido social en un sector muy vulnerable de la población de la ciudad, los recicladores. En consecuencia, nos preparamos para dar adecuado cumplimiento al Auto 275 de 2011 de la Corte Constitucional, para lo cual, será además necesario que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico –CRA-, defina el marco regulatorio que permita que a través de la tarifa de aseo se pueda remunerar adecuadamente el trabajo de la personas que se ocupan del aprovechamiento y nos ayudan a proteger el medio ambiente.
Cuando se presentan Proyectos de Acuerdo como el 107, mediante el cual Emvarias se convierte en filial de EPM, deja a salvo su historia institucional, su buen nombre y experiencia, los derechos de sus trabajadores, la calidad del servicio para sus usuarios y ve el servicio con nuevos ojos y bajo nuevos criterios, realmente todos ganamos y de lograrlo, será una razón más para que se nos tenga como la ciudad más innovadoras del mundo.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/03/11/innovacion-en-el-servicio-de-aseo/
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Omisiones regulatorias en aseo
24 de febrero de 2013
La naturaleza propia de la prestación del servicio público de aseo, la necesidad de garantizar la universalización del mismo, su vinculación con la salubridad, el medio ambiente y la debida utilización del espacio público, pero ante todo la necesidad de dar cumplimiento material a lo decidido por la H. Corte Constitucional en las sentencias T-724/03 [caso de Bogotá] y T-291/09 [caso de Cali], en relación con la defensa del medio ambiente y la dignificación de los derechos de los recicladores de oficio, ponen de manifiesto que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico –CRA-, ha incurrido en notorias omisiones regulatorias, que sin duda afectan: i) La prestación del servicio; ii) el desarrollo de la competencia en condiciones de igualdad; iii) las condiciones especiales de las áreas de servicio exclusivo; y iv) la aplicación de un régimen tarifario claro, que dignifique la actividad de aprovechamiento -reciclaje-, remunere justamente el trabajo de los recicladores e impida interpretaciones de las cuales se obtengan beneficios inequitativos a favor de los prestadores.
El desconocimiento de la doctrina de la Corte Constitucional, aún de sentencias de tutela, cuando se trata de la protección de derechos fundamentales, que constituye precedente vinculante para todos los operadores jurídicos -como en este caso de los recicladores-, no puede llevarnos a interpretar arbitrariamente, que el contenido material de las sentencias T-724/03, T-291/09 y del Auto 275/11 de la H. Corte Constitucional, solo son aplicables al Distrito Capital o a la ciudad de Cali, cuando la realidad es otra, tanto la regulación especial del aprovechamiento, como los derechos de los recicladores, afectarán la prestación del servicio de aseo en todos los municipios del país.
Cada vez es más claro que los servicios públicos domiciliarios, especialmente los de agua potable y saneamiento básico, son servicios esenciales y están directamente asociados a la salubridad y al desarrollo de la vida humana en condiciones dignas, por tanto la competencia en este tipo de servicios debe ser especialmente regulada y controlada por el Estado y no puede esperarse a que ella se comporte en las mismas condiciones de libre entrada y salida en que se desarrolla la competencia para el suministro de mercancías.
Son múltiples los interrogantes que deben ser respondidos a la mayor brevedad posible, ante las exuberantes omisiones regulatorias de la CRA en el servicio público de aseo: ¿Quién, cómo y cuánto debe remunerarse a los recicladores? ¿Cómo se hace efectiva la reversión en los contratos de concesión, una vez terminan los plazos de las áreas de servicio exclusivo? ¿Cómo es el tránsito ordenado entre las ASE y la prestación del servicio en escenario de libre competencia? ¿Será verdad que los usuarios a los que se prestó el servicio en forma monopólica en virtud de una ASE, quedan siendo de “propiedad” o le “pertenecen” a los concesionarios? ¿Cómo se preserva que los operadores del servicio de recolección no compitan en actividades de aprovechamiento?
Sólo una regulación clara del servicio de aseo podrá permitir respuestas adecuadas a estos y otros interrogantes.
Finalmente, es un desafuero pensar que la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC-, debe ejercer funciones de policía administrativa en el sector de los servicios públicos domiciliarios, mucho menos, utilizando los mismos criterios, procedimientos y metodologías que aplica en el control de la competencia entre agentes económicos que se disputan los clientes en economías de libre mercado. La protección de los usuarios de servicios públicos constitucional y legalmente está asignada a la Superintendencia de Servicios Públicos, la está realizando la SIC, por una infortunada interpretación de la ley 1340 de 2009, que resultó derogando -mal, porque no se puede-, leyes especiales como la Ley 142 de 1994 y la 689 de 2001.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/omisiones_regulatorias_en_aseo.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2013/02/24/omisiones-regulatorias-en-aseo/
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Educación superior será fortalecida con $1.6 billones en los próximos tres años
Asi lo refrenda una propuesta del senador liberal Eugenio Prieto, incluida en la reforma tributaria aprobada por el Congreso.
Los mencionados recursos se destinarán para que 2.6 millones de jóvenes del país entre 17 y 21 años que no pueden acceder a la educación superior tengan esta oportunidad, pecisó el legislador al programa institucional Voces del Senado.
Según Prieto ese fue el propósito básico de aumentar en un punto la parafiscalidad con el nuevo impuesto denominado CREE (Impuesto sobre la renta para la equidad) y avalado por toda la bancada del Partido Liberal y varios senadores de otras bancadas.
Aseguró el legislador antioqueño que el CREE aumenta la parafiscalidad de 8 a 9 puntos y ese punto adicional, que representa 1.6 billones de pesos anualmente, se destinarán exclusivamente a la ampliación de la cobertura en educación superior, a través de las instituciones de educación Superior pública. "Querría esto decir que un unos diez años empezaríamos a impactar uno de los temas más sensibles en este país como lo es la baja cobertura en educación superior, que actualmente está por el 40%", agregó.
Prieto recordó que en el país existen 2 millones de jóvenes que están accediendo a la educación superior, pero se están quedando 2.6 millones sin está posibilidad entre los 17 y los 21 años. "Entre los 17 y los 27 años hay 3.6 millones por fuera, que no se recuperarán y que tendrán una opción de vida diferente sin educación", alertó.
"Lastimosamente la propuesta fue modificándose y al final quedó de ese punto adicional; 40% para la educación superior, 30% para para la salud y un 30% para el sector agropecuario y se eliminó el carácter de permanente al punto y tan sólo de dejo por tres años", advirtió el legislador", explicó.
Finalmente manifestó que: "No obstante se recaudarán 4 billones en esos 3 años: 1.6 billones para la educación, 1.2 billones para la unificación de los planes obligatorios de salud y 1.2 para el sector agrícola, ojalá para caficultores, floricultores, bananeros y paneleros que están sufriendo mucho por el tema de la revaluación".
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Inasistencia alimentaria
"Con este registro se tiene un control sobre quienes adeudan obligaciones alimentarias". (Columna senador Eugenio Prieto).
"Radicamos en el Senado de la República un proyecto de ley que pretende crear el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que incidirá en las posibilidades financieras y crediticias de los padres que no cumplan con sus responsabilidades.
En Colombia, el desarrollo normativo frente a la vulneración de derechos al interior de la institución familiar ha sido tan limitado que resulta insuficiente para atender la magnitud de la problemática. En el contexto de América Latina presentamos uno de los mayores índices en materia de violencia económica asociada a la inasistencia alimentaria.
Los instrumentos legales existentes para hacer exigible la restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, no parecen funcionar, ya sea porque son insuficientes, o no son aplicados eficientemente, o no son efectivos. Es preocupante además, que al alto número de casos que se indican sobre este delito, la violencia económica ejercida y la impunidad que representa, se le una el difícil acceso a la justicia.
Tres tipos de instrumentos legales están dirigidos a garantizar los derechos y sancionar su incumplimiento: los alimentos que se deben por ley, Código Civil; el Derecho alimentario y la mora en el cumplimiento de la obligación, Código de Infancia y Adolescencia; y el delito de inasistencia alimentaria tipificado en el Código Penal. Así mismo, los conflictos asociados al incumplimiento o inasistencia alimentaria pueden tramitarse a través de una vía penal, y dos vías administrativas.
Pese a la existencia de estos instrumentos, se presentan múltiples problemas como limitaciones derivadas de la congestión de los despachos y de los parámetros de asignación de dichas cuotas que las hacen insuficientes; dilación en los procesos; el derecho al acceso a la justicia que tienen las víctimas del delito de inasistencia alimentaria no se garantiza de manera efectiva si el trámite procesal se finaliza en un 53% con la conciliación, más aún si en el total de condenas por este delito representan el 1%.
El Ministerio Público ha expresado: "... la potenciación de la mujer resulta indispensable en la lucha por la igualdad, contra la pobreza y por el desarrollo, es preciso que el Estado en su conjunto tome las medidas necesarias y aplique políticas que garanticen la igualdad, el bienestar y la dignidad de todas las personas, especialmente de las mujeres y las niñas".
A nivel internacional y en el contexto latinoamericano existen buenas prácticas al respecto. En Estados Unidos, Perú, Uruguay y en ciudades como Buenos Aires y México, se utilizan mecanismos de incumplimiento de las obligaciones por la manutención para con hijos e hijas, como el Registro de Deudores Alimentarios Morosos –REDAM–, que buscan proteger el derecho a la alimentación, entendido como "una acción que sustenta junto con los demás derechos fundamentales, el desarrollo físico, mental y social durante la infancia y etapas posteriores...".
Con este registro se tiene un control sobre quienes adeudan obligaciones alimentarias, para garantizar el cumplimiento a través de diferentes medidas, entre ellas fundamental, que las instituciones y organismos públicos oficiales del nivel central o descentralizado, no den curso a operaciones bancarias como la obtención de créditos, tarjetas de crédito o apertura de cuenta corriente, entre otras; que no se expida la licencia de conducción; no se otorguen permisos para la apertura de establecimientos comerciales o industriales, ni concesiones; y la prohibición de participar en procesos licitatorios, nacionales, regionales o municipales.
Por estas y otras razones, en conjunto con la senadora Maritza Martínez, radicamos en el Senado de la República un proyecto de ley que pretende crear y poner en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -REDAM-, mecanismo de control al incumplimiento de las obligaciones alimentarias, que incidirá directamente en las posibilidades financieras y crediticias de los padres que no cumplan con sus responsabilidades.
La iniciativa que defenderemos en el Congreso de la República implica el mejoramiento de los sistemas de identificación, monitoreo y reporte de quienes incumplan su obligación de cuidado y manutención y facilitará que la sanción legal persuada a los demandados para que se abstengan de cometer o de reiterar la conducta delictiva".
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El punto adicional al impuesto CREE será destinado exclusivamente a inversión social
- El punto adicional aprobado por el Congreso al impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE en Reforma Tributaria, será destinado exclusivamente a inversión social.
- La proposición del Senador Eugenio Prieto, avalada por la bancada del Partido Liberal, de incluir un (1) punto al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, fue aprobado en ambas cámaras del Congreso de la República. Durante el trámite, la propuesta que inicialmente destinaba los recursos a ampliar la cobertura en educación, fue modificada para inversión social en Educación Superior Pública, Salud y el Sector Agropecuario, de carácter temporal durante las vigencias 2013, 2014 y 2015.
Bogotá, 19 de diciembre de 2012 (prensa del Senador Eugenio Prieto). Durante el debate de reforma tributaria, fue aprobada inicialmente la proposición presentada por el Senador Eugenio Prieto y la bancada en pleno del Partido Liberal Colombiano, que contó con el respaldo de Senadores de todos los partidos, de incluir un (1) punto al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, destinado al aumento de cobertura en educación superior a través de Instituciones de Educación Superior Públicas.
Sin embargo, luego de la aprobación del incremento de este 1%, se modificó para que este punto del CREE sea de carácter temporal durante las vigencias 2013, 2014 y 2015 y de distribuya entre tres asuntos centrales y problemáticos del país, así: 40% para financiar el aumento de cobertura en educación superior a través de las Instituciones de Educación Superior Publicas, 30% para la unificación de los Planes Obligatorios de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, y 30% para el sector agropecuario.
“En contraste con la propuesta del proyecto que busca disminuir un punto a las Cajas de Compensación Familiar -generando una crisis en este exitoso modelo de equidad para los trabajadores del país-, propusimos incrementar un punto en el nuevo impuesto para la Equidad, CREE y pasar de 8% a 9%, manteniendo su destinación: un 2.2% al ICBF, 1.4 % al Sena y 4.4 % al Sistema de Seguridad Social en Salud y el 1% adicional, que inicialmente propusimos con destinación exclusiva para la educación superior pública, profesional, técnica y tecnológica; sin embargo, es importante señalar que durante la concertación en el Congreso, este punto adicional fue distribuido en Educación, Salud y sector Agropecuario ”. Explicó el Senador Prieto, quien señaló que es igualmente significativo haber logrado conseguir estos recursos adicionales.
En cuanto al tema de la salud el Senador Prieto afirmó que “si bien desde el pasado hemos venido señalando que el problema del Sistema general de seguridad Social en Salud es profundo y estructural, reconocemos la necesidad de plantear estrategias de avance en la vía de reconocer el derecho a la salud como un derecho fundamental, tal como lo ratificó la sentencia T-760 de 2009 – al señalar que el acceso, atención y beneficios de los servicios de salud son un derecho que se debe garantizar a todos los colombianos, y esperamos que estos recursos sean invertidos de manera adecuada para este fin”.
Finalmente Prieto invitó al Gobierno Nacional para invertir de manera pertinente y rigurosa cada uno de los recursos destinados al importante sector del agro, debido no solo a que este sector constituye el motor del desarrollo del país, sino a que en la actualidad es conscientes del difícil momento que afrontan sectores como el caficultor, panelero, bananero y floricultor. “Es necesario definir como estos recursos verdaderamente impactan en estos sectores, centrales para la superación de la inequidad y la pobreza en esa Colombia profunda donde habitan nuestros pequeños productores y campesinos”. Expresó.
Tal como ya lo había afirmado el Senador Prieto, Presidente de la Comisión VI del Senado y promotor de esta propuesta, si el objetivo de la reforma tributaria es cerrar brechas de exclusión e inequidad social en el país, el incremento de recursos para la inversión social que se ha materializado en esta propuesta, le otorgará un mayor fundamento social a la reforma tributaria, el cual fue reconocido ampliamente por los Congresistas que apoyaron en ambas Cámaras esta iniciativa y la defendieron como muestra del compromiso del Congreso de la República para generar condiciones de inclusión y democratización de oportunidades desde los diferentes sectores sociales.
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Aprobada propuesta que aumenta recursos para Educación Superior en Reforma Tributaria
-Aprobado en discusión de Reforma Tributaria propuesta de la bancada del Partido Liberal Colombiano, de incrementar en un punto el impuesto a la equidad CREE (del 8% al 9%) para destinarlo exclusivamente a financiar la ampliación de cobertura en la educación superior pública.
-La proposición del Senador Eugenio Prieto de incluir un (1) punto al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, destinado al aumento de cobertura en educación superior a través de Instituciones de Educación Superior Públicas, fue aprobada en la plenaria del Senado.
Bogotá, 18 de diciembre de 2012 (prensa del Senador Eugenio Prieto). Durante el debate de reforma tributaria, realizado este lunes en la plenaria del Senado, fue aprobada la proposición presentada por el Senador Eugenio Prieto y la bancada en pleno del Partido Liberal Colombiano que contó con el respaldo de Senadores de todos los partidos, de incluir un (1) punto al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE, destinado al aumento de cobertura en educación superior a través de Instituciones de Educación Superior Públicas.
“En contraste con la propuesta del proyecto que busca disminuir un punto a las Cajas de Compensación Familiar -generando una crisis en este exitoso modelo de equidad para los trabajadores del país-, propusimos incrementar un punto en el nuevo impuesto para la Equidad, CREE y pasar de 8% a 9%, manteniendo su destinación: un 2.2% al ICBF, 1.4 % al Sena y 4.4 % al Sistema de Seguridad Social en Salud y el 1% adicional, con destinación exclusiva para la educación superior pública, profesional, técnica y tecnológica”. Explicó el Senador Prieto.
De acuerdo con el Congresista, es un problema estructural de inequidad y exclusión social. “En Colombia cada década, más de 3.000.000 de bachilleres entre los 17 y 27 años de edad quedan por fuera del sistema de educación superior y, de alrededor de 2.000.000 de estudiantes matriculados en programas de educación superior, el 54% lo hace a través de las IES públicas, de los cuales, el 94% provienen de estratos 1, 2 y 3.”.
“Son pobres los indicadores de cobertura en la educación superior. En los 8 años del Gobierno del presidente Uribe, impulsados en mayor proporción por las IES públicas y el Sena, con un esfuerzo grande, se logró avanzar en 7 puntos, al 37%. El Gobierno del Presidente Santos se propuso una ambiciosa meta, el 50% al 2014, pero sólo se ha logrado aumentar 3 puntos en dos años, avanzando al 40%. ¿Lograremos subir 10 puntos en menos de dos años?
Desde que discutimos el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, sabíamos lo difícil de lograr tal propósito sin decisiones agresivas en calidad, pertinencia, regionalización y esencialmente, financiación. Por ellos hemos dicho que además de voluntad política, es necesario identificar la fuente de recursos financieros y destinar los necesarios y suficientes para conseguir el objetivo de avanzar decididamente en la ampliación de cobertura en educación superior”. Expresó el Senador Prieto.
Según lo afirma el Senador Prieto, Presidente de la Comisión VI del Senado y promotor de esta propuesta, si el objetivo de la reforma tributaria es cerrar brechas de exclusión e inequidad social en el país, incluir el tema del acceso o cobertura en educación superior, le otorgaría un mayor fundamento social a la reforma propuesta, sólo así lograremos superar la trampa social de exclusión e inequidad con la falta de acceso a la educación superior, en condiciones de igualdad. Por ello valoró y resaltó el compromiso del Congreso de la República, al incluir su propuesta en la reforma, para generar condiciones de inclusión y democratización de oportunidades, garantizando su sostenibilidad en el largo plazo con una fuente cierta de recursos para ello.
Luego de la aprobación de esta propuesta por parte del Senado, el Presidente del Sistema Universitario Estatal -que congrega las 32 universidades del Estado, Luis Enrique Arango Jiménez, le hizo llegar una comunicación en la que le expresa al Senador que este “es el paso más importante en términos de equidad que hubiera podido darse en la medida que se posibilita cerrar la brecha social que se agrava sin solución en lo social y en lo geográfico”; y además de ofrece su respaldo y consideración en el trámite de la reforma en este sentido. Los Senadores esperan que en la plenaria de la Cámara sea acogida igualmente esta propuesta que permitirá realmente cerrar brechas en educación superior en Colombia.
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Reforma tributaria y educación superior
Esta semana, convocados a sesiones extras, avanzaremos en el Congreso de la República en el análisis y discusión del proyecto de reforma tributaria presentado por el Gobierno Nacional, con el objetivo de colocar en el escenario público estrategias de materialización del Estado Social de Derecho, de democratización social y de redistribución económica, que le permitan al país avanzar con decisión en el cierre de la brecha social que ha sustentado históricamente la inequidad en nuestra sociedad.
Reconocemos en la iniciativa del Gobierno nacional la búsqueda de un sistema tributario más justo, equitativo y redistributivo. Por ello me referiré a un tema que no hace parte de la propuesta, pero que paradójicamente debería ser uno de los argumentos centrales del Gobierno cuando dice que las reformas tributarias los últimos años crearon mecanismos e instrumentos eficientes en su fin, pero que no necesariamente contribuyeron a garantizar la generación de empleo, la disminución de la pobreza y la reducción de la desigualdad.
Por tanto, si lo que se pretende no es incrementar el recaudo sino cerrar brechas, disminuir la pobreza, reducir la desigualdad, lograr equidad e inclusión, debemos hablar de uno de los mayores problemas por resolver en Colombia; la trampa social de exclusión e inequidad en la que nos encontramos atrapados, entre otros aspectos por la falta de democratización de oportunidades de acceso a la educación superior.
Son pobres los indicadores de cobertura en la educación superior. En los 8 años del Gobierno del presidente Uribe, impulsados en mayor proporción por las IES públicas y el Sena, se logró avanzar en 7 puntos, al 37%. El Gobierno del Presidente Santos se propuso una ambiciosa meta, el 50% al 2014, pero sólo se ha logrado aumentar 3 puntos en dos años, avanzando al 40%. ¿Lograremos subir 10 puntos en menos de dos años? Desde que discutimos el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo, sabíamos lo difícil de lograr tal propósito sin decisiones agresivas en calidad, pertinencia, regionalización y esencialmente, financiación.
Por ellos hemos dicho que además de voluntad política, es necesario identificar la fuente de recursos financieros y destinar los necesarios y suficientes para conseguir el objetivo de avanzar decididamente en la ampliación de cobertura en educación superior. Al Presidente Santos le escuché decir que la educación no es una locomotora porque ella misma son los rieles por los que deben avanzar las locomotoras.
Lamentablemente, sobre estos rieles sólo están avanzando inequidad y exclusión; cada década, más de tres millones de jóvenes entre los 17 y 27 años de edad quedan por fuera del “sistema” de educación superior.
Mientras el Gobierno Nacional justificó la necesidad de una reforma educativa con el fin de “aumentar los recursos públicos para la educación superior en Colombia”, y a su vez los estudiantes de la Mane han expresado la necesidad de generar recursos que verdaderamente “garanticen la cobertura total de la juventud excluida y marginada del sistema educativo”, en el Congreso de la República continuamos buscando soluciones a esta problemática. Por tal razón, con congresistas de todos los partidos políticos, en Cámara y Senado, estamos proponiendo en la reforma tributaria, incrementar los recursos para aumentar la cobertura en educación superior.
En contraste con una propuesta que va en la misma ruta, que busca disminuir un punto a las Cajas de Compensación Familiar -generando una crisis en este exitoso modelo de equidad para los trabajadores del país-, proponemos incrementar un punto en el nuevo impuesto para la Equidad, Cree. Pasar de 8% a 9%, manteniendo su destinación, un 2.2% al Icbf, 1.4 % al Sena y 4.4 % al Sistema de Seguridad Social en Salud, excepto el 1% adicional que sería exclusivo para la educación superior pública profesional, técnica y tecnológica. Debemos cerrar la brecha, con voluntad política y una fuente cierta de recursos, con esta u otra propuesta.
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Mínimo vital en servicios públicos
En compañía de los representantes a la Cámara Oscar Marín y Víctor Yepes y de la senadora Maritza Martínez, radicamos esta semana el Proyecto de Ley 174S-2012, por medio del cual se establece el marco jurídico para la implementación del mínimo vital en agua potable y alcantarillado, se autorizan políticas de fomento para la universalización de los servicios públicos domiciliarios, y se consolida en nuestro ordenamiento jurídico la aplicación de la teoría del servicio público, que tiene en la protección a los usuarios su núcleo sustancial.
A diario se vive una tensión de opinión entre quienes solo ven en los servicios públicos teoría económica, mercados, utilidades, clientes y contratos; y quienes los consideramos razón de ser sustancial del Estado social de derecho y afirmamos por ello que una de las razones fundamentales por las cuales el Estado debe intervenir la economía, es la de adoptar medidas tendientes a garantizar la universalización en la prestación eficiente de los servicios públicos y para proteger a los usuarios de los abusos en que pueden incurrir los prestadores.
Proponemos una política social en materia de servicios públicos cuyo imperativo sea el que todas las autoridades competentes, en particular los reguladores, busquen el cumplimiento de los fines sociales del Estado, estableciendo: (i) un régimen tarifario justo en el que a la hora de pagar las tarifas los operadores las cobren atendiendo a la capacidad de pago de los diferentes usuarios; (ii) un régimen de fomento y universalización en el que la inversión social en la expansión de las redes y el cubrimiento de la totalidad de la población sea tenido como criterio sustancial; y (iii) garantizar que todos los usuarios puedan acceder al mínimo vital del servicio, que debe ser gratuito para un sector muy vulnerable de la población que requiere acceso pero carece de capacidad de pago.
Una de las preocupaciones primordiales en este tema, tiene que ver con cuál es el origen de los recursos con el que se cubrirá el mínimo vital para los sectores que no pueden pagarlo. Proponemos que existan al menos tres posibilidades: en primer lugar, que se destinen con ese propósito recursos del Sistema General de Participación, que en la práctica hasta ahora no se han invertido en forma eficiente en los cuestionables Planes Departamentales de Agua; segunda posibilidad, reorientar en parte la utilización de los diferentes fondos de solidaridad y redistribución de ingresos, tanto territoriales [ley 142] y nacionales [ley 1537] y destinar parte de esos recursos a atender el mínimo vital; y en tercer lugar, que en casos especiales se revise la estructura tarifaria para que en ella se incluya la existencia de un cargo de solidaridad que permita que toda la sociedad asuma el costo del valor del servicio para estos usuarios.
El camino que inició la Corte Constitucional desde la Sentencia C-150/03, ratificado en las Sentencias de Tutela T-546/09, T-616 y T-717/10 y la T-312/12, debe considerarse suficientemente consolidado para que el Congreso de la República lo adopte mediante ley y en adelante los ciudadanos más pobres, a quienes se les afecten derechos fundamentales con la suspensión o el corte del servicio de acueducto y alcantarillado, no tengan que acudir a la jurisdicción, sino que sea la propia administración la que en instancia administrativa les reconozca sus derechos.
Esperamos que este Proyecto de Ley 174S-2012 que presentamos para la implementación del mínimo vital, abra la puerta para que en esta materia se concreten iniciativas de trascendental interés nacional e innegable contenido social y el Congreso de la República adopte una Ley que, sin poner en riesgo la viabilidad y el desarrollo de las Empresas de Servicios Públicos, sirva de instrumento fundamental de inclusión y protección a los colombianos en estado de indefensión social.
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La reversión en telefonía móvil celular
Las discusiones sobre el otorgamiento de bandas de frecuencia para la prestación de servicios de telecomunicaciones convergentes en banda ancha, han dejado al descubierto asuntos relevantes que muestran que el tema no debe reducirse al cumplimiento de los mandatos constitucionales de los artículos 75 -en relación con el acceso democrático al espectro radioeléctrico- y 333, 334, 336 -en la forma como se desarrolla la competencia en materia de servicios públicos-, sino que, además, existen dos asuntos de vital importancia en estas materias que deben hacer parte de la reflexión: la efectiva protección de los usuarios y la salvaguardia del patrimonio público.
Se afirma que por su relevancia estratégica, las telecomunicaciones han sido “el servicio de los servicios”; en la actualidad, sin hacer uso de ellas, no se desarrolla ninguna actividad económica, social, cultural o de gobierno que sea significativa. De allí que en leyes como la 72/89, 37 y 80/93, 142/94, 555/00 el legislador las calificara como servicio público, incluso en la 1341/09, en la cual determina que estén “bajo la titularidad del Estado”.
Por tal razón, debería ser claro en toda la legislación colombiana que la reversión es elemento natural de los contratos de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones, pues con ella se busca garantizar que, terminados los contratos, los servicios se continúen prestando sin afectar a los usuarios. Pero en forma por demás extraña, leyes como la 422/98 y la 1341/09, establecieron que en estas concesiones sólo revierte al Estado el espectro radioeléctrico asignado, como si el espectro fuera o hubiera estado bajo el dominio de los particulares, cuando en realidad lo único que es posible otorgarles es permiso para su uso, ya que se trata de un bien público que en nuestra Constitución hace parte del territorio del Estado.
En buena hora, la Contralora General de la República, Sandra Morelli, acoge el llamado que en defensa y protección del patrimonio público venimos haciendo desde el Senado de la República, anunciando que pedirá a la Corte Constitucional que declare la inexequibilidad de semejantes normas, que no sólo liberan a los particulares de una de sus más importantes obligaciones, sino que una vez culminadas las concesiones ponen a depender la prestación de los servicios de la voluntad de los particulares, que por esas extrañas decisiones legales terminarían siendo dueños, según el Decreto 1900/90, de la “red de telecomunicaciones del Estado”, es decir, de torres, antenas y otros elementos físicos que muchas veces se integran al espacio público, sin los cuales no se puede garantizar la prestación de esta clase de servicios públicos.
Pero mientras la Corte Constitucional se pronuncia, un tema entra a formar parte de este debate de interés nacional, la terminación de las prórrogas de las concesiones para la prestación de servicios de telefonía móvil celular, que fueron otorgadas inicialmente en vigencia de la Ley 37/93, en las que en mi opinión, se debe aplicar la reversión de los activos asociados a la prestación del servicio, pues difícilmente podrá sostenerse que las leyes 422/98 y 1341/09, que son posteriores a los contratos, los modificaron con el fin de transferirle o “donarle” a operadores privados la propiedad de la red, pues semejante mandato iría en contravía del artículo 355 de la Carta.
El Gobierno se enfrenta a un problema heredado, que deberá solucionar a partir de la teoría del servicio público, sin tener dudas sobre la aplicación de la reversión en estos contratos, para lo cual deberá definir cuál es el modelo que adoptará para “reasignar las frecuencias” una vez terminadas las concesiones y de qué manera se utilizarán los activos que le sean revertidos por los operadores, los cuales sin duda tienen un valor estratégico apreciable y sobre los que debe ejercerse control fiscal por parte de la Contraloría General de la República.
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El conflicto del aseo en Bogotá
"La solución debe partir del hecho de garantizar a os usuarios, la prestación eficiente y continua del servicio, en un esquema que proteja los derechos de los recicladores": senador Eugenio Prieto.
La terminación de los contratos de concesión para la prestación del servicio de aseo en el Distrito Capital, y el obligatorio cumplimiento de las decisiones ejecutoriadas de la H. Corte Constitucional contenidas en la Sentencia T-724/03, y en el Auto 275/011, han generado un complejo conflicto de difícil solución por los intereses y aspectos contrapuestos que en él intervienen, como autonomía local, libertad de empresa, libre competencia, medio ambiente, salubridad, derechos de los usuarios y la dignidad de los recicladores.
En mi opinión, no obstante la complejidad, varios temas quedan claros: existe un evidente vacío regulatorio por parte de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-, que no ha reglamentado la forma cómo debe desarrollarse la competencia en el servicio de aseo.
Los actuales prestadores del servicio en Bogotá lo hacen en desarrollo de un contrato de concesión y no bajo la decisión libre de los usuarios; terminadas las concesiones debe operar la reversión no solo del catastro de usuarios, sino además de todos los activos que se han destinado a la prestación del servicio.
Vencidos los contratos de concesión el servicio debe prestarse en escenario de libre concurrencia; en cumplimiento del mandato de la Corte Constitucional la actividad de aprovechamiento o reciclaje no está en competencia, pues ella le pertenece a los recicladores de profesión.
El Distrito Capital está en la obligación de adoptar un conjunto de acciones afirmativas a favor de los recicladores como sector vulnerable de la población; y desde la perspectiva Constitucional y Legal (Leyes 142/94 y 1551/12) al Distrito le corresponde asumir la responsabilidad de garantizar la eficiente prestación del servicio.
Los presupuestos expresados son válidos, incluso para otros territorios de Colombia en condiciones similares, y son apenas algunas premisas a tener en cuenta al momento de elaborar criterio y adoptar decisiones sobre la futura prestación del servicio de aseo en el Distrito Capital o en otros territorios del país, para lo cual recomendamos respetuosamente, coherencia y sensatez.
Considero que si es necesaria una prórroga de la urgencia mientras se logra una solución concertada. En todo caso, la solución de este conflicto debe partir del hecho de garantizar en el corto y largo plazo a todos los usuarios en la ciudad de Bogotá la prestación eficiente y continua del servicio, en un esquema que permita protección especial de los derechos de los recicladores y obligue a darles especial tratamiento por su condición de especial vulnerabilidad, de acuerdo con la orientación de las sentencias T-724/03, T-291/09 y el Auto 275/0.
Por tal razón, es urgente que la CRA regule la competencia en el mercado, para que el paso de esquemas monopólicos a esquemas de competencia pueda registrarse sin traumatismos; que el Gobierno Nacional ajuste el Decreto 1713/03 a las actuales condiciones del sector, en particular, que reglamente las competencias de las autoridades territoriales que se derivan de los artículos 5, 25 y 26 de la Ley 142/94 y de los mandatos de la Ley 1551/12, para que en un entorno de colaboración armónica y de protección de los más débiles puedan garantizar la continuidad en la prestación del servicio de aseo.
Si este asunto no se maneja con cordura, en colaboración armónica, puede desbordarse en dimensiones y efectos negativos impredecibles.
Por ello se impone que Bogotá sepa qué pasará el 18 de diciembre -o en la fecha que se acuerde-, con la prestación del servicio de aseo.
Ante la ausencia de regulación y frente al hecho de terminación de las concesiones y la reversión de los activos, cualquier solución debería darse en forma concertada entre el Gobierno Nacional, la CRA, las autoridades distritales, los actuales prestadores del servicio y los recicladores de oficio, que finalmente fueron los que provocaron las decisiones de la Corte Constitucional que en estos momentos se hace preciso obedecer.
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¿Quién defenderá el patrimonio público?
El deber de aplicar en su sentido integral y finalista las cláusulas de reversión en los contratos para la concesión de servicios públicos que han celebrado, tanto la Nación, en telefonía móvil celular -TMC-, como algunas autoridades territoriales en agua potable y saneamiento básico, caso Distrito Capital; nos hace pensar que posiblemente estemos frente a una situación que hará reflexionar al país sobre la solidez de sus instituciones y la capacidad de todas sus autoridades y de su ciudadanía, para salir en la defensa del patrimonio público.
El esquema de economía social de mercado que en materia de servicios públicos han desarrollado, tanto el Constituyente como el legislador colombiano, genera no pocas perplejidades que deben ser resueltas bajo la orientación de que Colombia es un Estado Social de Derecho, en el cual se encuentra vigente la teoría del servicio público, con todas las consecuencias que de allí se derivan.
En ese esquema de economía social de mercado, el Estado tiene la responsabilidad constitucional de garantizar la prestación eficiente los servicios públicos. Por ello, cuando concesiona a particulares su prestación, la institución de la “reversión” -propia del derecho público-, se constituye en garantía de continuidad de la prestación de los servicios y por tanto, en elemento “natural” de este tipo de contratos.
Muchos municipios del país vivirán situaciones análogas a las de Bogotá, que para garantizar la continuidad en la prestación del servicio público de aseo, debe aplicar la cláusula de la “reversión”, para que las entidades privadas que han prestado el servicio esencial de aseo bajo la titularidad del Distrito, una vez terminen las concesiones que les han sido otorgadas, reviertan al Estado los bienes afectados a la prestación del servicio.
Similar a lo que está sucediendo en aseo en Bogotá, puede pasar cuando se acerque el 28 de marzo de 2014, con el vencimiento de las concesiones que la Nación ha otorgado a los operadores de TMC, en cuyos contratos -en aplicación de las Leyes 37 y 80/93-, se pactó en forma expresa y explícita la obligación de revertir al Estado, los activos asociados a la prestación del servicio. Es muy rara, extraña por lo demás, la forma como la Ley 422/98 -no vigente al momento de la celebración de los contratos- supuestamente modificó las condiciones en que se otorgaron esas concesiones de telecomunicaciones.
Por el inmenso valor económico y estratégico de los bienes que en estos dos casos deben revertirse al Estado, estos asuntos pondrán a prueba el nivel de eficiencia de las Contralorías Distrital de Bogotá y General de la República, pues demandarán que en los términos del artículo 267 de CP ejerzan el control fiscal sobre estos particulares que administran bienes del Estado.
En ambos casos -Nación y Distrito Capital-, la existencia de los contratos permite deducir que no se trata de actividades libres en concurrencia en el mercado y aunque el asunto pareciera no tener relevancia notoria, la realidad es que estamos frente al primer gran problema de fondo que se deriva de la coexistencia de la teoría social del Estado y la economía de mercado, pues los particulares están en la obligación de revertir al Estado los bienes que temporalmente han utilizado para la prestación de servicios públicos teniendo como título un contrato de concesión.
Aunque existen tendencias que quieren hacer prevalecer la teoría de los mercados y la libre iniciativa privada sobre los servicios públicos y permitir que los particulares se apropien de las redes y de las instalaciones esenciales asociadas a la prestación del servicio, como en los casos de aseo y telecomunicaciones, la realidad jurídica expresa que mientras esos servicios públicos estén a cargo del Estado, tal como se deriva del artículo 365 de la Carta, y los particulares no actúen con posición propia, sino que lo hagan bajo contratos de concesión celebrados con el Estado, la reversión de los activos estará presente.
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La dignidad de los recicladores
Con la apertura, la globalización y la liberalización del sector de los servicios públicos en Colombia, se ha impuesto un nuevo modelo de Estado, en el que la regulación -intervención del Estado en la economía-, juega un papel de vital importancia para impedir que el libre juego del mercado produzca deterioro de la calidad de vida de los ciudadanos o concentración de poder económico y abusos de posición dominante.
Un servicio público liberalizado, con alto grado de complejidad, es el aseo. La libre competencia no regulada en el mercado, puede traer consecuencias no deseables: i) destrucción de valor; ii) desorden en el espacio público; iii) descreme de los mercados y desatención de los sectores sociales más pobres; iv) problemas sanitarios o de salubridad, v) dificultades para el equilibrio de los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos; y lo peor, abuso de los proveedores de servicios y de los intermediarios con un sector muy vulnerable de la sociedad, como son las personas dedicadas a las labores de “reciclaje” o del “aprovechamiento” de las basuras.
El desarrollo de la economía y la gestión eficiente de los servicios públicos no pueden lograrse a costa de terminar con el medio ambiente o a través de la explotación injusta del trabajo y el desconocimiento del valor de la dignidad humana. El Estado debe garantizar con diferentes tipos de medidas, la protección de los seres humanos que son beneficiarios de los servicios públicos -usuarios-, y de los que se encargan en forma directa de su prestación en condiciones de subordinación e indefensión, como los recicladores.
Lo que en la actualidad se evidencia es ausencia total de normas que regulen la competencia en el mercado de aseo, de reglas claras que hagan efectivo el principio de la “reversión” de activos asociados a los servicios públicos, en todos los casos en que el servicio sea prestado en concesión por entidades mixtas y privadas y de medidas efectivas que protejan a los usuarios del servicio y en el caso del aseo, que impidan la injusta explotación de las personas que se dedican al reciclaje y no se permita que se les obligue a competir con sectores formales de la economía.
Por tanto, con el fin de que la cláusula del Estado Social de Derecho se concrete en acciones reales que protejan los sectores más débiles de la sociedad y el Estado realice su tarea de ser un factor de equilibrio para los diferentes sectores sociales; el servicio universal y la protección de esos sectores vulnerables de la sociedad, deberían estar en primer lugar en la agenda del Gobierno y del Congreso, pero en realidad, sólo la Honorable Corte Constitucional ha brindado garantías y adoptado medidas concretas.
Por ejemplo, en respuesta a la manera como históricamente se ha tratado el tema de los recicladores en las ciudades de Bogotá y Cali, la Corte Constitucional expidió dos sentencias de tutela con enorme sentido social y de protección de los más pobres, la T-724/03 y la T-291/09. Pero frente a la pobre respuesta en la ejecución de estas sentencias por parte de los entes territoriales y de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-, fue necesario que la Corte expidiera el Auto 275/11, en el que se ordena reestructurar la manera como se presta el servicio de aseo y tomar un conjunto de acciones afirmativas a favor de los recicladores.
El valor del trabajo de los recicladores en la protección del medio ambiente, la justa remuneración por lo que ellos hacen, incluida la necesidad de dignificar a los seres humanos, debería convocar a todo el país para facilitar a las autoridades -en especial las del Distrito Capital y la CRA-, a que adopten medidas que permitan la prestación del servicio de aseo en forma eficiente y especialmente digna para las personas que se dedican al reciclaje.
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4G, el camino apenas comienza
Las decisiones anunciadas por el Gobierno Nacional en la presentación del tercer borrador de la subasta de frecuencias del espectro radioeléctrico para la tecnología 4G, que sin duda obedecen al amplio debate que en el Congreso de la República se ha generado sobre este trascendental asunto y a las importantes decisiones y revelaciones de la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC- y de la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC-, imponen unas limitaciones razonables al operador con posición dominante en el mercado de servicios móviles y constituyen apenas un primer paso en la revolución sectorial que se prevé para los próximos días.
El llamado debate 4G tiene cuatro componentes sobre los cuales deben tomarse medidas de efecto inmediato sobre el presente y futuro en la prestación de los servicios asociados a las TIC que garanticen: i) acceso democrático al espectro radioeléctrico y restricciones a las prácticas monopólicas -Art. 75 de la CP-; ii) desarrollo de la libre competencia en el mercado, en escenarios de igualdad, sujeta a una eficiente regulación económica del Estado -Artículos 333 y 334 de la CP-; iii) una eficaz protección de los usuarios de los servicios -Artículo 78 de la CP-; y iv) la eficiente prestación de los servicios a la totalidad de los habitantes en el territorio nacional -Artículo 365 de la CP-.
Tal como es su deber funcional -Ley 1341 de 2009-, es de esperar que la CRC expida medidas regulatorias, que garanticen el libre desarrollo de la competencia en el mercado, que produzcan los efectos buscados y fortalezcan la competencia, para que con una mayor oferta de servicios, mejore la muy mala calidad de los servicios actuales, en especial el de telefonía móvil celular y se disminuyan las altas tarifas que por este concepto deben sufragar los usuarios.
Cuando se trata de la prestación masiva de servicios, en lo referente a la protección de los usuarios, no es suficiente la vía sancionatoria o punitiva del Estado, por tanto, aparte de las medidas orientadas a la regulación económica del mercado, la CRC debe ocuparse de temas como: i) la eliminación definitiva de cualquier tipo de clausula de permanencia mínima; ii) que los efectos del silencio administrativo positivo sean aplicados por el propio usuario; iii) que el derecho a la conectividad permita desde cualquier terminal acceder a cualquier red cuando sea técnicamente posible; iv) que se haga pedagogía suficiente del derecho a la portabilidad para que más que una ley, sea una verdadera oportunidad del usuario que como propietario de su número o de su código de identificación pueda portarlo y usarlo a través de diferentes proveedores de servicios.
En este importante debate, todavía hay inquietudes por resolver, entre ellas, en el caso de los servicios y la provisión de redes de telecomunicaciones, los cuales están a cargo del Estado, se hace necesario que se determine con claridad el alcance de las concesiones, pues como es apenas “natural” en este tipo de habilitaciones, los bienes e instalaciones que se utilizan para la prestación de los servicios una vez terminada la concesión revierten a favor del Estado.
El hecho de que las TIC sean cada día más estratégicas para la vida en sociedad, que ellas determinen no solo la economía y el desarrollo, sino que además afectan en forma directa la existencia de las personas, nos lleva a pensar que su infraestructura no puede estar entregada en forma “intemporal” a los proveedores privados de estos servicios, que por el contrario una vez hecha la explotación concedida -que no debe exceder el plazo de diez años-, la misma debe ser revertida al Estado en quien sabiamente recae la responsabilidad de la prestación eficiente de los servicios públicos.
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Proteger a los usuarios de las telecomunicaciones
En los recientes debates adelantados en el Congreso de la República en relación con la asignación de bandas de frecuencia para la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles de cuarta generación o 4G -por tratarse servicios públicos no domiciliarios-, además de defender el acceso democrático al espectro, la competencia y la no concentración de este mercado, he centrado mi posición en la defensa de los derechos de los usuarios a un servicio con calidad, tarifas justas, atención oportuna y efectiva solución de sus peticiones, quejas y recursos.
Los más de cien millones de peticiones, quejas y recursos mensuales de los usuarios de servicios de comunicaciones móviles deben ser atendidos en forma oportuna y eficaz. Ello sólo es posible con una acción decidida de todos los organismos del Estado, acción que ya se ha iniciado en el Congreso de la República y que debe expresarse en medidas inmediatas y concretas del Ministerio de las TIC, la Agencia Nacional del Espectro, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Superintendencia de Industria y Comercio.
Se hace impostergable, por tanto, la adopción de un conjunto de medidas económicas y regulatorias y una mayor efectividad de la actuación de los organismos de policía administrativa. Debe quedar claro que frente a las actuales condiciones en que se prestan los servicios, no se beneficia a los usuarios haciendo nuevas asignaciones de frecuencias sin una evaluación de la calidad en la prestación y el cumplimiento de las obligaciones a las que se han comprometido los proveedores.
En la actualidad, desde 1992 cuando se hicieron las primeras reflexiones en relación con la apertura, la liberalización y la competencia en el sector de las telecomunicaciones, varios asuntos que se plantearon relevantes cobran importancia notoria: Los referidos a la protección de los usuarios, la garantía de servicio universal con plena cobertura en todo el territorio nacional y el establecimiento de un regulación económica lo suficientemente fuerte, capaz de promover la competencia, impedir las prácticas restrictivas y los abusos de la posición dominante. Es la hora de evaluar si todos los propósitos se están cumpliendo.
Por eso he propuesto que se acojan medidas permanentes en beneficio de los usuarios -algunas ya adoptadas-, que permitan corregir imperfecciones del mercado y reaccionar frente a los abusos y la baja calidad en la prestación del servicio: (i) más operadores que presten servicios en escenario de mayor competencia; (ii) que el derecho a la portabilidad numérica facilite efectivamente el paso de un operador a otro; (iii) eliminar toda cláusula de permanencia mínima que amarre al usuario a un operador; (iv) que sin dilaciones de los operadores, los usuarios puedan terminar sus contratos por los mismos mecanismos que los suscribieron; (v) que el usuario pueda directamente hacer efectivo el derecho al silencio administrativo positivo a su favor; (vi) garantizar conectividad con la apertura de las bandas de todos los terminales; (vii) y acceso a todas las redes de servicios a través de todo tipo de terminales.
Como las fallas regulatorias son evidentes, y la intervención del Estado en la economía sólo puede realizarse en los términos de la Ley -artículo 334 CP-, lo pertinente será que así como en 1993 y en el 2000, las asignaciones de frecuencias se hicieron dentro de los límites que fijó el Congreso de la República, esta vez se actué de la misma manera y para el efecto, el Congreso tenga en cuenta que lo que ha justificado la existencia de la teoría del servicio público y del régimen especial que le es aplicable, son las medidas que deben adoptarse para garantizar servicio universal con plena protección de los derechos de los usuarios.
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Cien millones de quejas al mes, ¡increíble!
Increíble, pero cierto. Según la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC-, en Colombia los usuarios de servicios de comunicaciones móviles presentan alrededor de cien millones de quejas al mes, cifra alarmante que nos obliga a tomar medidas en protección de los usuarios.
En Colombia la provisión de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones constituyen servicios públicos a cargo del Estado -Artículo 10, Ley 1341/09-, por tal razón, su intervención, con el fin de planificarlos, regularlos, vigilarlos, controlarlos y garantizar su prestación eficiente a la totalidad de los habitantes del territorio, es deber del Estado -Artículo 365 CP-.
La existencia de más de cien millones de quejas al mes, evidencia que tal eficiencia no se registra y por tanto, se hace obligatorio revisar las posibles consecuencias jurídicas en protección de los usuarios, entre otras, el alcance de los actuales títulos habilitantes de los proveedores de telefonía móvil celular -TMC-, PCS y servicios móviles en general; las condiciones en que se les entregaron las concesiones para la prestación del servicio; el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los prestadores; la eficacia de la actual regulación y de la SIC como organismo competente para ejercer funciones de policía administrativa en esta materia.
Siendo las telecomunicaciones un servicio público a cargo del Estado y habiéndose entregado la concesión para la prestación del servicio a terceros, especialmente a particulares, es hora de que en este asunto que afecta a millones de ciudadanos tomen cartas organismos como la Contraloría General de la República, que ejerce control fiscal sobre los particulares que administran bienes del Estado -Artículo 267 CP- y en materia disciplinaria, la Procuraduría General de la Nación, en relación con los particulares que ejercen funciones públicas -Artículos 52 y siguientes, Ley 734/02-.
Por nuestra parte, no solo ampliaremos el debate sobre las asignaciones de bandas de frecuencias para 4G al tema de la protección de los usuarios y a las cargas de cobertura y servicio universal, sino que además en aplicación del artículo 137 de la Carta y de la Ley 5º de 1992, citaremos al Congreso a los responsables de la prestación del servicio para que, de cara al país, expliquen la causa de las reclamaciones y el trámite que se ha dado a las mismas.
El solo debate no es suficiente, debemos avanzar en la adopción de medidas en protección de los usuarios, tales como el pleno cumplimiento de las obligaciones de los operadores derivadas de las actuales concesiones, la promoción de la competencia para que en Colombia exista un amplio número de operadores móviles, la eliminación definitiva de clausulas de permanencia mínima de los usuarios cualquiera sea el origen de las mismas, la pedagogía del efectivo ejercicio del derecho a la portabilidad numérica y un régimen sancionatorio especial para los proveedores de servicios masivos que efectivamente proteja los derechos colectivos de los ciudadanos.
Las nuevas asignaciones de espectro radioeléctrico que prepara el MinTic y las posibles prórrogas o ampliaciones de las autorizaciones a los proveedores existentes, deberán tener muy presente los asuntos referidos a la protección de los usuarios, que con más de cien millones de quejas al mes, obligan a evaluar el nivel de cumplimiento de las actuales concesiones y de las obligaciones contraídas con base en las Leyes 37/93, 555/00 y 1341/09 y en cada caso particular, que los contratos se hayan cumplido tal como se pactaron.
Los servicios de comunicaciones móviles no pueden ser sólo un gran negocio para los operadores. Son mucho más; son un servicio público cuya prestación eficiente y cobertura con calidad en la totalidad del territorio nacional debe garantizar el Estado.
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Por la defensa de los usuarios en 4G
Avanza en el país un trascendental debate, el denominado 4G; una verdadera revolución que desde las tecnologías de la información y las comunicaciones, nos permitirá entrar en una fase muy desarrollada en la prestación de servicios móviles. Más allá del servicio telefónico, podremos interactuar con grandes volúmenes de información a distancia.
Estas nuevas aplicaciones demandarán utilización muy significativa del espectro radioeléctrico, por tanto, su planeación, gestión y asignación eficiente, deben estar orientadas a que el mayor número de proveedores puedan tener permisos para su uso, garantizarse el acceso democrático al mismo e impedir su uso en monopolio, tal como se deriva del mandato del artículo 75 de la CP. En próximo debate demostraremos, que en la medida en que se fortalece la posición de un proveedor de servicios frente a los usuarios, se facilitan las condiciones para que abuse de su posición dominante.
Lo anterior nos hace pensar que deben tomarse en cuenta consideraciones de orden técnico y económico, como las relacionadas con la correcta planeación, administración y gestión eficiente del espectro, de tal manera que las bandas asignadas sean las adecuadas y la parcelación que se realice sea la pertinente; y que no se afecte el desarrollo de la libre competencia entre los diferentes proveedores, en especial, que no se facilite la concentración económica y consolidación de monopolios, así se indique que se trata solamente de posición dominante.
Consideramos claves para el análisis: actual asignación del espectro y posible concentración en uno o varios operadores, máximo posible de asignaciones sin interferencias perjudiciales, uso compartido de las redes y del espectro, posible segmentación para que sean varios los proveedores que tengan derecho al uso de las mismas bandas, probables asignaciones de bandas complementarias que compensen las condiciones en que se desarrolla el mercado, y en fin, poder disponer de información suficiente y pertinente para tomar las decisiones más acertadas para el bienestar de todos.
En medio del análisis descrito surge una cuestión esencial en materia de servicios públicos, la relativa a los usuarios, su protección y posibles abusos de posición dominante en la que pueden incurrir los proveedores de este tipo de servicios. Asunto esencial que debe ser prioritario al momento de adoptar nuevas decisiones y sus consecuentes efectos en tarifas, atención, calidad y coberturas pues la tecnología tiende a concentrarse solo en grandes ciudades.
La asignación de bandas como son la anchas que tiene capacidad de cubrimiento muy limitado, aparece como un nuevo obstáculo que debe ponerse de manifiesto y consiste en la necesidad de definir una política que permita llegar a los habitantes ubicados en centros rurales, pues si estas tecnologías se concentran sólo en grandes ciudades, la brecha digital se consolidará de tal manera que el desarrollo urbano se convierte en el más grande enemigo de los habitantes del campo.
Tratándose de un servicio público trascendental que afectará la vida de todos, lo más importante de la decisión, no es sólo el aspecto técnico o económico, sino el componente social, que para el caso tiene dos elementos sustanciales: de un lado, las coberturas que deben llegar a la totalidad de los habitantes del territorio, aún a aquellos municipios que no se comportan como mercados eficientes y del otro, la protección de los derechos de los usuarios.
En la tradición jurídica colombiana, que se reitera en leyes como la 72 de 1989, la 37 de 1993, la 555 de 2000 y la 1341 de 2009, se ha mantenido como constante en los últimos años, que las telecomunicaciones, tanto las fijas como las móviles, son un servicio público y como tal requieren de la intervención del Estado, con el fin de garantizar su prestación eficiente a la totalidad de los habitantes del territorio.
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Salvar del fracaso a los SITM y los SETP
Hace doce años Bogotá encontró en el sistema Transmilenio una solución que le cambiaría la cara al transporte público e impactaría positivamente en la movilidad del Distrito. Un sistema de transporte basado en la circulación rápida de buses de alta capacidad sobre carriles de tránsito exclusivo [Bus Rapid Transit-BRT], una alternativa de movilización con calidad, eficiente y económica, con la cual se buscaba, entre otros objetivos, disminuir el tiempo de desplazamiento de los ciudadanos y desestimular el uso ineficiente del vehículo particular.
El éxito temprano de Transmilenio en Bogotá llevó al Ministerio de Transporte -MIT- y al Departamento Nacional de Planeación -DNP-, a presentar Transmilenio como una estrategia a imitar en las ciudades intermedias, para lo cual formularon la política pública de transporte urbano y masivo para Colombia, estableciendo como solución a los problemas de movilidad en las ciudades mayores de 600.000 habitantes, la implantación de Sistemas de Transporte Masivo -SITM-; y en ciudades con población entre 250.000 y 600.000 habitantes, Sistemas Estratégicos de Transporte Público -SETP-. Está política pública, transferida del centro a la periferia, tiene como gran debilidad estructural, no tener en cuenta las diferencias de contexto y las necesidades particulares de cada territorio.
En debate de control político realizado en la Comisión VI del Senado a los Ministros de Transporte y Hacienda y al Director Nacional de Planeación, demostramos que no obstante la alta inversión ejecutada en los SITM y SETP -alrededor de $8 billones hasta ahora-, los objetivos e impactos propuestos por la política de transporte público urbano y masivo de pasajeros -Documentos Conpes 3167/02 y 3260/03-, no se están cumpliendo, por el contrario, mientras se incrementa la tasa de motorización de forma exorbitante, la demanda de transporte público decrece en caída constante.
En el desarrollo del debate logramos demostrar que todos los SITM tienen dificultades financieras. Se han estructurado bajo una lógica contractual donde el operador privado asume el riesgo de demanda, es decir, de que disminuya el número de pasajeros transportados, lo que se traduce en menores ingresos para el sistema. Para mitigar dicho riesgo se crea un Fondo de contingencias que opera como mecanismo para restablecer el equilibrio financiero en caso de que los ingresos (tarifa al usuario) sean menores que los costos (tarifa técnica). A excepción de Bogotá, desde el inicio de operación, ningún sistema alcanza la demanda estimada y los costos han sido superiores a los ingresos, con el agravante de que los fondos de contingencias no funcionan por falta de recursos.
Como conclusión del debate, solicitamos la revisión y reorientación de la política pública de transporte urbano y masivo en Colombia bajo los siguientes lineamientos: i) compromiso del Gobierno nacional en el control de los servicios informales de transporte y en el incremento desaforado de la tasa de motorización, ii) lograr que los SITM y SETP puedan ofrecer tarifas bajas y competitivas que estimulen el uso eficiente del transporte público frente a otros modos y a la informalidad, iii) formular verdaderos indicadores que permitan medir el impacto de la política en la calidad de vida de los ciudadanos y en la reducción de muertes y lesiones por accidentes de tránsito, iv) replantear el principio de auto-sostenibilidad financiera impuesto por el Banco Mundial, sobre el cual se han estructurado los sistemas y, v) de conformidad con el Artículo 365 de la Constitución Política, dar paso a una política de fomento y universalidad de los servicios de transporte público y recuperar el equilibrio financiero de los sistemas.
El Gobierno Nacional aceptó que debe revisar la política y aplicar correctivos mediante un Documento Conpes para mejorar la articulación, seguimiento, control y efectividad de la misma. Si no lo hace, su fracaso causará un incalculable impacto negativo en las ciudades de Colombia.
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Madres comunitarias, oficio digno
Con el senador Alexander López –formado por madres comunitarias-, realizamos debate de control político al ICBF, para evaluar la política de atención integral a la primera infancia y los diferentes programas que para fortalecer la familia y proteger al menor de edad, ejecuta o coordina esta entidad con la responsabilidad central de mejorar las condiciones de calidad de vida de los niños y niñas de nuestro país. Expresamos las dificultades en el manejo transparente, eficiente y eficaz de los recursos, las deficiencias institucionales y la enorme desarticulación que existe entre los actores en todos los ámbitos del Estado, para desarrollar los programas de prevención y protección.
Uno de los énfasis del debate se lo dimos al programa que tal vez sea el de mayor impacto a nivel nacional del ICBF, los Hogares Comunitarios, mediante los cuales se focaliza la población de mayor vulnerabilidad y se atiende a la primera infancia -desde la gestación hasta los 5 años de edad-, en necesidades básicas de afecto, nutrición, salud, protección y desarrollo psicosocial. Protagonistas de este especial programa a través de la historia del ICBF han sido las Madres comunitarias, las cuales mediante su digno oficio, brindan el cuidado necesario para estimular los primeros procesos de aprendizaje y desarrollo integral en los niños y niñas de Colombia.
Son múltiples los logros que generaciones de colombianos beneficiarios pueden testimoniar sobre este tipo de estrategias, no obstante los grandes obstáculos institucionales y de articulación que presentan entidades como el propio ICBF, por las dificultades en la generación de indicadores pertinentes de seguimiento a la política de atención nutricional y la no sistematización y generación oportuna de información veraz y confiable que permita la acertada toma de decisiones y un control que genere valor agregado para el mejoramiento continuo de los programas.
Durante el debate, las Madres comunitarias evidenciaron su larga lucha para que su digno oficio se remunere con un salario justo que les reconozca el derecho al trabajo, al esfuerzo, la entrega y el compromiso que demuestran por mantener el bienestar y la buena nutrición de los niños y niñas beneficiados por los programas del ICBF, clamando en justicia por la formalización de la relación laboral que actualmente no existe entre ellas y el ICBF.
Ante el silencio y evasivas del ICBF, la Corte Constitucional ha escuchado el clamor de las Madres comunitarias y en justicia se ha pronunciado. La sentencia T-628 señala que es responsabilidad del ICBF y del Estado en general, velar por la no discriminación de la mujer en el marco de lo planteado por la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer -Cedaw-, lo que incluye la discriminación indirecta que se da cuando las disposiciones existentes se basan en criterios aparentemente neutros pero que de hecho repercuten negativamente en la mujer.
Sobre este último planteamiento, señala la Corte que, si bien las normas legales y reglamentarias aplicadas a la relación laboral de las Madres comunitarias evidencian que no existe una relación laboral de éstas con el ICBF, sino que poseen un régimen jurídico especial, este régimen constituye una discriminación que viola el derecho a la igualdad de las mujeres, repercutiendo negativamente en el derecho a la remuneración mínima vital y el derecho a su trabajo digno.
Según la Corte, el ICBF, en contra de la Constitución y del Cedaw, ha discriminado a las mujeres y en consecuencia ha vulnerado su derecho fundamental a la igualdad, por tanto, ordena al Estado tomar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar las normas o conductas que signifiquen discriminación contra la mujer, y en justicia, obliga al ICBF a que inicie, lidere y coordine un proceso que asegure a las Madres comunitarias devengar al menos un salario mínimo mensual por su digno oficio.
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Medellín, líder en modernización
Medellín, líder en la modernización de las nuevas instituciones, epicentro por excelencia de los avances de la administración pública, ha enriquecido nuestro derecho administrativo al asumir el reto de transformar substancialmente su estructura orgánica administrativa, con la expedición por parte del Alcalde el pasado 9 de septiembre, del Decreto 1364 con fuerza de Acuerdo municipal.
El decreto, una compleja y exitosa mezcla de elementos propios de la ingeniería administrativa, permitirá la actualización institucional acorde con las orientaciones de la Constitución de 1991; las leyes 489/98 sobre estructura orgánica de la administración; 909/04 relativa a la función pública; la reciente ley 1551/12 sobre normas relativas al reordenamiento funcional de las administraciones municipales; y las leyes 1437/11 y 1341/09 concernientes a la reglamentación de los procedimientos administrativos y a la aplicación de las TIC.
Muchas novedades se descubren en el texto del Decreto. Se resalta la existencia de Agencias estatales, como son las encargadas de orientar la educación superior; las alianzas público privadas; las secretarias con alcance de vice alcaldías, que razonablemente generan priorización de los asuntos propios de la administración municipal; la división de la administración en sectores especializados en los asuntos de cada dependencia; la aplicación del teletrabajo y las más modernas manifestaciones de las TIC; todo aunado a la facilitación de la implementación de mecanismos asociados a la soberanía popular y a la democracia de participación.
Medellín retoma el liderazgo en la adopción de mecanismos que permitan, la separación de las decisiones de autoridad con las propias de la operación, administración y gestión. En especial quiero destacar la de los servicios públicos domiciliarios y las tecnologías de la información, para los cuales se creó una subsecretaría, que concentrará todas las funciones sustanciales que como autoridad debe desarrollar el Municipio en estas materias.
Como era de esperarse de una administración formada en la sensibilidad social y la protección de los más débiles, temas como la protección a los usuarios, la atención del servicio universal, a través del fomento e inversión social en servicios públicos, el mínimo vital en agua potable y saneamiento básico, la administración del fondo de solidaridad y redistribución de ingresos, la adecuada prestación del servicio de alumbrado público y la formulación de proyectos frente a los fondos de TIC, promoción de la televisión pública y los contenidos, así como al fondo de energía social que antes no tenían un responsable claro en la administración del Municipio, ahora tendrán una unidad de la administración que deberá asumirlos como propios para dar respuesta oportuna a los habitantes de la ciudad.
Con la destinación de recursos para servicios públicos en viviendas de interés prioritario, la redefinición de la industria del servicio de aseo con la vinculación activa de los recicladores, la modificación del objeto de las empresas de servicios públicos para que realicen actividades diferentes a los servicios convencionales, y otros que están en el orden del día, el Municipio de Medellín asume una posición vanguardista frente a tales asuntos y un instrumento institucional que le permitirá expresarla con claridad.
Sin duda el Municipio de Medellín ha sido un ejemplo nacional en materia de gerencia pública y en la adecuada utilización de sus recursos humanos y materiales, pero la nueva reorientación del la estructura Municipal va mucho más allá, pues la vinculación de la sociedad con el Estado a través de alianzas público privadas, la utilización de todos los mecanismos sustitutos funcionales que nos propone la ley 1437/11 y la implementación de las TIC en particular del teletrabajo que se suma a la tele educación, el tele emprendimiento y el tele gobierno que ya tenían unos avances, nos colocan de líderes regionales ante las nuevas realidades.
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¡No al monopolio en telecomunicaciones! (2)
Para los promotores del pensamiento social y democrático en países como Colombia, que creemos que es posible construir una teoría del servicio público basada en “la economía social de mercado”, no puede pasar inadvertido el hecho de que con la subasta programada para nueva asignación de bandas anchas en la prestación de servicios de telecomunicaciones, se resulte afectando de tal manera el mercado que con ello se consolide el monopolio en el sector y se obstruya la competencia entre los proveedores de servicios en condiciones de igualdad.
Las responsabilidades en este caso son en extremo complejas, tal como lo afirma la Superintendencia de Industria y Comercio en su estudio denominado “Análisis de riesgos potenciales en el proceso de adjudicación del espectro radioeléctrico para la operación y prestación del servicio móvil terrestre”: “ … Para el caso colombiano ante la estructura actual del mercado de telecomunicaciones, los mecanismos de asignación propuestos no constituyen un instrumento suficiente para lograr las mejoras vistas en otras jurisdicciones al respecto, pues como se señaló anteriormente en ninguno de los cuatro escenarios propuestos se mitiga el riesgo de obtener un mercado altamente concentrado ni la intensificación de la posición de dominio”.
Como lo hemos dicho, no vamos por la vía correcta. En un sector estratégico para la vida nacional, el monopolio en la administración del espectro, además de constituir un problema de enorme trascendencia para el desarrollo de la competencia económica, colocaría a los usuarios del servicio y al mismo Gobierno en enormes dificultades frente a un agente económico con posición dominante en el mercado. Por tal razón, la deliberación sobre la responsabilidad de una decisión de tal magnitud no puede ser sólo técnica, también es política. En tal sentido, la Constitución le entregó al Congreso de la República competencias de desarrollo legislativo y de control político.
Competencias que el Congreso de la República utilizó muy bien hace 20 años, al expedir la Ley 37 de 1993 en la que se previó que el servicio de telefonía móvil celular podría ser prestado al menos por dos y como máximo por seis proveedores del servicio, lo cual fue ratificado hace 12 años al expedirse la Ley 555 de 2000 o de PCS, en la cual se restringió el acceso al espectro y por esa vía al mercado de quienes ya tenían espectro, circunstancia que fue encontrada ajustada a derecho por la H. Corte Constitucional en sentencia C-815 de 2001. Comprendemos la urgencia del Gobierno, pero para brindar garantía al país, lo mejor es no correr tanto, por el contrario, es imperativo que en la actual subasta se actúe de la misma manera, retomando las experiencias positivas de hace 20 y 12 años.
Por tanto, me atrevo a presentar algunas ideas que en buena medida repiten las ya expresadas y otras que con buen tino se han hecho públicas en los debates: Que el Gobierno Nacional desde el MinTIC, la ANE y la CRC, en desarrollo de los artículos 75, 333, 334 y 365 de la CP, adopten medidas como (i) impedir nuevas asignaciones de espectro en banda ancha a quienes tengan posición dominante en el mercado de comunicaciones móviles; (ii) permitir movilidad a todos los proveedores de servicios que actualmente tienen asignadas bandas para prestar toda clase de servicios entre ellos los móviles; (iii) iniciar un proceso de optimización en el uso del espectro que permita nuevas asignaciones en bandas angostas para la prestación de servicios móviles; (iv) prorrogar los permisos para el uso de frecuencias que actualmente tienen los operadores de servicios fijos y que por los desarrollos tecnológicos en la actualidad puedan ser utilizadas para servicios móviles en especial en las zonas rurales; y (v) regular el mercado de telecomunicaciones para fijar límites de participación de tal manera que en realidad la competencia si sea de hecho posible y real.
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Redistribución inequitativa en primera infancia
La globalización y las dinámicas del capital han transformado la economía, las estructuras familiares, la educación, los modelos de empleo y además, han tenido injerencia en la reducción de la red de bienestar social en muchos países. Estos fenómenos han tenido una grave repercusión en la niñez de todo el mundo, siendo particularmente devastadores en los países como el nuestro, afectados por el conflicto armado interno y por otras situaciones de emergencia social.
Con casi la mitad de la población urbana del mundo sumida en la pobreza, la situación de los niños empeora cuando las familias se trasladan del campo a las grandes ciudades, como sucede actualmente en Colombia. Los sueños de mejorar las condiciones de vida suelen desmoronarse, mientras padres y niños pierden los sistemas de apoyo con la ruptura de las familias.
Una señal conspicua de la pobreza, es la presencia de los niños en las calles ofreciendo sus servicios, recogiendo basuras, pidiendo limosna. Rostros desilusionados, desfigurados por el hambre, aterrorizados por la violencia diaria e indiscriminada, cansados de no encontrar digna acogida en parte alguna después de su desplazamiento. El desarraigo, la marca de las violencias y la indiferencia del Estado, les convierte en el mejor caldo de cultivo del futuro desorden social.
Por ello es preciso recordar que los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre Derechos Humanos del Niño, preparada cuidadosamente durante diez años, con el aporte de representantes de diversas sociedades, religiones y culturas, siendo aprobada como Tratado Internacional de Derechos Humanos el 20 de noviembre de 1989.
Articulada en forma precisa y concreta, se convierte en el instrumento que más ratificaciones ha recibido en la historia, incrementando el protagonismo de los niños en la tarea de lograr el respeto universal de los derechos humanos: El derecho a la supervivencia, al desarrollo pleno, a no ser maltratado ni explotado, a la plena participación en la vida familiar, cultural y social, fijando pautas en materia de atención a la salud, a la educación y a la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
Es por esta razón, que todos los Gobiernos, incluido el colombiano, están moralmente obligados a reconocer los derechos de los niños, con miras a un futuro bienestar de la sociedad, asumiendo el compromiso de garantizar su efectividad a través de la Constitución Política y de otras normas jurídicas.
Los costos para una sociedad incapaz de atender adecuadamente a sus niños son enormes. Los Gobiernos deben considerar los resultados de las investigaciones sociales que indican que las experiencias más tempranas de los niños en el marco de la familia, y las que obtienen con otras personas encargadas de su atención, influyen de manera notable en el rumbo de su desarrollo. De esto dependerá el que hagan una contribución neta a la sociedad, o representen un enorme costo durante el resto de su vida.
Gravísimo, por tanto, el resultado de la evaluación de la Contraloría General de la República a la Política de Atención Integral a la Primera Infancia en Colombia, finalizada en julio del 2012, según la cual, dicha política no se ejecuta de manera organizada, articulada y armónica entre los actores; su coordinación es deficiente; no se aplica metodología unificada en el proceso de planeación y seguimiento; presenta inconsistencia e incertidumbre sobre la información reportada y la población realmente atendida, y se incumplen las metas establecidas.
Si se están redistribuyendo inequitativamente los recursos por desorden, ineficiencias, inconsistencias, desarticulación y corrupción -lo que se puede reflejar en muertes prevenibles y desnutrición crónica de nuestros niños-, ¿cuál es la responsabilidad del ICBF en el desarrollo, coordinación y articulación de la Política de Atención Integral a la Primera Infancia en Colombia?
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La Objeción de conciencia, derecho ciudadano
La objeción de conciencia es un derecho fundamental derivado de la libertad de conciencia, de cultos, del pluralismo ideológico propio de los Estados Liberales y Democráticos que permite a toda persona natural, oponerse, por razones religiosas, filosóficas, morales o políticas, al cumplimiento de un deber jurídico de origen constitucional, legislativo o reglamentario, cuando éste resulte incompatible con convicciones íntimas, fijas, profundas y sinceras acordes con fines constitucionalmente admisibles.
La Constitución Política fundamenta la objeción de conciencia en los artículos 1, respeto de la dignidad humana y pluralismo; 7, diversidad étnica y cultural; 13, derecho a la no discriminación, principio de igualdad; 16, cláusula general de libertad; 18, libertad de conciencia y 19, libertad de religión y cultos.
También la jurisprudencia Constitucional en Sentencias T-409/92, C-740/01 y T-388/09 la admite cuando el cumplimiento de una norma vigente le exige a los ciudadanos un comportamiento que su conciencia prohíbe, puesto que supone una discrepancia entre dos normas: una jurídica y otra moral.
Concordante con este marco normativo y jurisprudencial, radicamos con la senadora Maritza Martínez el proyecto de ley mediante el cual se pueda regular dicho derecho, sin alterar con ello el orden social justo que busca la Constitución Política.
La regulación propuesta concuerda con la naturaleza propia del Estado Social de Derecho y con precisos principios y postulados del derecho internacional humanitario, que recomiendan -en unos casos y obligan en otros-, a los Estados para que procedan en tal sentido, de acuerdo con la Convención Americana de Derechos Humanos, en cuyo artículo 12 se consagra la libertad de conciencia y de religión; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o en las convicciones, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1981.
Pretendemos con el proyecto de ley, a partir de los principios de pro homine, igualdad y no discriminación, crear la figura de Objetor de Conciencia, con un régimen especial en materia de servicio militar obligatorio y prestación de servicios médicos.
Proponemos crear Comités de Conciencia, cuyos integrantes serán considerados servidores públicos, con el deber de estudiar y decidir en un término máximo de 30 días las objeciones formuladas y gestionar para que la decisión adoptada sea válida, lo cual será reglamentado por el Gobierno Nacional en un término de seis (6) meses a partir de la promulgación de la ley, tiempo durante el cual la Defensoría del Pueblo, los personeros municipales o los representantes consulares harán de autoridad de conciencia transitoria.
Hemos propuesto un procedimiento breve y sumario que sólo exige solicitud escrita bajo juramento, indicación del deber jurídico del que pretende exonerarse y del imperativo religioso, moral, filosófico o político que resulta incompatible con éste, prohibiendo en todo caso a la Autoridad de Conciencia, negarse a recibirla.
Con apoyo en los principios constitucionales de solidaridad, cohesión social e igualdad, se exige el cumplimiento de una obligación alternativa o sustitutiva de la obligación objetada, la cual puede consistir en actividades en centros de enseñanza, hospitales y centros de salud, instituciones de beneficencia, acción social, o de protección ambiental y de emergencia, organizaciones comunitarias locales y establecimientos públicos del orden nacional o territorial, las cuales tampoco pueden contrariar las razones expuestas para la objeción del deber principal.
Creemos indispensable, además, que el Gobierno Nacional inicie campañas de divulgación sobre este derecho, cuya defensa hemos promovido desde diferentes espacios políticos y académicos, y el cual resulta definitivo para la efectividad de las garantías constitucionales y la vigencia de un orden social realmente justo e incluyente.
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¿Monopolio en telecomunicaciones?
Estamos experimentando una profunda transformación en nuestra vida. Una nueva sociedad, la de la Información, las comunicaciones y el conocimiento avanza en un nuevo concepto de categorías espacio temporales, con la utilización de recursos antes inexplorados para las comunidades preexistentes. Recursos -escasos por cierto-, como el denominado espectro radioeléctrico, cuyas propiedades nos asombran por su cada vez mayor incidencia en nuestra vida, pues un pequeño terminal móvil de comunicaciones inalámbricas ha entrado a ser parte cuasi permanente de nuestra existencia.
Con la portabilidad de los terminales, los servicios de radiolocalización, la convergencia de voz, datos y video, video conferencias y la presencia virtual, las personas avanzamos hacia la ubicuidad, es decir, hacia la posibilidad de actuar en varios lugares distantes en un mismo momento. Lo que sólo es posible en la medida en que se desarrollen los sistemas de comunicaciones y se encuentren nuevas propiedades y aplicaciones al espectro radioeléctrico, por tanto, la importancia de que el mismo sea eficiente y adecuadamente planeado, gestionado y especialmente asignado.
La concentración en el uso del espectro radioeléctrico y el monopolio en su administración, además de constituir un problema de enorme trascendencia para el desarrollo de la competencia económica entre proveedores de servicios en condiciones de igualdad, colocaría no solo a los ciudadanos, sino al propio Gobierno en enormes dificultades frente a un agente económico con posición dominante en el mercado, en un sector que como se ha visto no solo es estratégico para la economía, sino para el desarrollo de la vida nacional.
Los razonamientos que desde 1992 se presentaron en el país, en la vía de no concentrar en un solo agente la prestación de servicios de telecomunicaciones por tratarse de un servicio esencial para las personas y para el desarrollo de la sociedad, concretados en leyes como la 37/93, 142/94, 671/01, 555/00 y 1341/09 que promueven la competencia, el uso eficiente del espectro y el acceso democrático al mismo, en la actualidad tienen la misma o mayor validez, por eso las reglas que restrinjan la actividad monopólica deben ser mayores y la actividad del Estado debe ser orientada con énfasis en ese sentido.
Los precedentes de la doctrina constitucional contenida en las sentencias C-711 de 1996, C-815 de 2001 y C-410 de 2010 muestran claramente que en materia de asignación del espectro radioeléctrico no existe discrecionalidad plena por parte de las autoridades estatales. Por el contrario, el derecho a su acceso, uso y explotación está determinado por el artículo 75 de la Constitución, según el cual el uso del espectro debe orientarse por principios democráticos que impidan las prácticas monopólicas.
El hecho de que se trate de un bien púbico -estatal-, de condiciones estratégicas en la prestación de los servicios de telecomunicaciones, además escaso y por tanto de un innegable valor para el prestador del servicio, hace imperativo que el Gobierno y los organismos de control, en particular los encargados del control político, actuemos con la mayor diligencia, para que el uso de tan escaso e importante recurso sea lo más eficiente y equitativo posible.
Los amplios debates que en ejercicio del control político estamos realizando en el Congreso de la República, en relación con la asignación de nuevas bandas de frecuencia a los proveedores de telecomunicaciones en el escenario del denominado 4G, deben llamar la atención del Mintic, la ANE y la CRC, para que de acuerdo con nuestra CP y las sentencias de la H. Corte Constitucional, se procure que los escasos recursos del sector se utilicen de manera eficiente, de tal forma que se garantice el desarrollo del mismo, se promueva la competencia, se proteja a los usuarios y se brinde cobertura con servicios de calidad.
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Mínimo vital
La necesidad de armonizar el derecho económico y el ánimo de lucro que legítimamente tienen los proveedores de servicios públicos, con las necesidades de la población y la debida intervención del Estado para proteger los sectores vulnerables de la sociedad, encuentra en el sector de los servicios públicos uno de los mejores escenarios, al tratarse de uno de los temas en los que con mayor intensidad se experimenta la contraposición en los modelos económicos; pues, frente al libre mercado, los pensadores sociales debemos contraponer la protección del débil, a través de la intervención del Estado.
A partir de la sentencia de Tutela T-546 de 2009, la Corte Constitucional ha emitido un amplio número de providencias, podemos hacer referencia a las sentencias T-616 y T-717-10, T-752-11, y recientemente a la T-188 de 2012, que muestran una línea jurisprudencial no solo clara, sino uniforme en proteger los derechos de los usuarios sin capacidad de pago y a quienes con la suspensión de los servicios se les afectan derechos constitucionalmente protegidos.
Llama la atención que en un asunto de innegable justicia social y equidad, sea la Corte Constitucional -y no el Gobierno, ni el Congreso- quien haya liderado el proceso de transformación radical de derecho de los servicios públicos y permita que este sector tenga una cara más amable frente a los usuarios y cumpla la función social de reparto equitativo del bienestar social que es una consecuencia lógica del esquema de Estado Social de Derecho que ha adoptado nuestra Constitución.
Es hora entonces de que el tema deje de ser individual y de unos pocos, y no solamente por la vía judicial de la Tutela se logre la protección del Estado, sino que se convierta en un asunto general al que tengan derecho todos los colombianos que lo requieran.
El Congreso de la República, el Gobierno Nacional, especialmente las Comisiones de regulación y la Superintendencia de Servicios Públicos deben apersonarse de este tema que es de innegable importancia para los ciudadanos, pues el régimen jurídico de los servicios públicos no debe circunscribirse exclusivamente a la regulación del tema de la competencia, sino que además y fundamental, debe tener como su norte y fin último, la protección de los usuarios, especialmente aquellos que no tienen la posibilidad económica de acceder a los servicios.
Por la trascendencia del mínimo vital en servicios públicos para el bienestar de los usuarios, hemos preparado un proyecto de ley que radicaremos en el Congreso de la República en los próximos días, para lo cual invitamos al sector académico, líderes sociales, alcaldes, gobernadores, al Gobierno Nacional y al sector de los servicios públicos, a brindarnos sus aportes sobre esta iniciativa a través de audiencias públicas u otros mecanismos de expresión y/o participación ciudadana, mientras avanzamos paralelamente en su trámite en las cámaras legislativas.
El proyecto de ley que presentaremos al examen de todos, recoge los avances de la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el tema, fija en términos generales el procedimiento que deben aplicar los ciudadanos en la procura de su derecho al mínimo vital cuando reúnen las condiciones que la Corte ha definido en sus fallos y determina las fuentes de financiación para atender su pago, que en especial corresponde a los fondos de solidaridad y a los recursos del Sistema General de Participación –SGP-, que sin duda, deben reorientarse.
Finalmente, es necesario resaltar que Medellín tiene mucho qué decir en esta materia, pues es líder en servicios públicos domiciliarios y en políticas sociales de protección de los usuarios sin capacidad de pago. Por ello no dudamos en invitar a su Alcalde, Aníbal Gaviria Correa; a su Honorable Concejo Municipal y a sus empresas de servicios públicos domiciliarios, EPM y Empresas Varias, a que nos acompañen en la deliberación de esta iniciativa, útil para todo el país.
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La Concesión Cerro Matoso
El próximo mes de septiembre vencen los títulos No. 866 de 1963 y 1727 de 1970 de la concesión minera con la compañía Cerro Matoso S.A. -CMSA-, para la explotación de yacimiento de níquel en el Departamento de Córdoba.
Hace un año, el 23 de agosto de 2010, la Contraloría General de la República -CGR- dirigió al Ministerio de Minas y Energía e Ingeominas, un Control de Advertencia, “…relacionado al proceso de negociación contractual solicitado por CMSA, a efecto de llegar a un acuerdo con el Estado colombiano al momento de concluir el periodo de explotación definido legal y contractualmente…”.
La semana anterior, el 1 de agosto, la -CGR-, expidió un nuevo documento técnico en el que hace referencia al alcance de ese Control de Advertencia con respecto a la responsabilidad del poder ejecutivo de tutelar “…de manera adecuada los intereses públicos de la Nación, particularmente lo concerniente al monto de las regalías, a la devolución de las inversiones y el incremento de las compensaciones (…) por tal razón, es de fundamental importancia que se tengan en cuenta los estudios, simulaciones y escenarios de evaluación técnica, ambiental, económica y social, que permitan contar al Estado con los suficientes elementos racionales de juicio que soporten ampliamente las decisiones”.
Es importante resaltar que en el país, existen serios cuestionamientos para algunas de estas empresas extractoras, por no aportar lo realmente justo para mitigar las problemáticas generadas por su actividad explotadora. La DIAN ha realizado interpretaciones jurisprudenciales, según las cuales, “las empresas pueden contabilizar las regalías como un costo de operación; por consiguiente, a la hora de pagar el impuesto de renta, les baja la obligación.” Se ha demostrado, que por esa vía de deducción, subsectores como el del carbón redujeron su carga tributaria de 7,8 % en el 2004 a 4 % en el 2010, generando un impacto económico que en el 2012 es de 1,9 billones de pesos, y que entre 2005 y 2010 por esa significó un acumulado de pérdidas de 8,8 billones de pesos.
En este debate, entre muchas razones y ante las diferentes posturas del Gobierno y otros actores políticos, económicos y sociales, bien vale la pena destacar la pertinente información que varios medios de comunicación como la Revista Semana y el periódico El Espectador, han divulgado en los últimos días, sobre el crudo contraste de los recursos económicos generados en tres décadas de explotación de la mina de níquel por parte de Cerro Matoso -alrededor de US $ 11.000 millones- y las extrañas enfermedades, pobreza y miseria de los habitantes de los pueblos que rodean la mina.
“Es una paradoja. La Unión Matoso, el pueblo más miserable de Colombia, está a los pies de Cerro Matoso, la mina de níquel a cielo abierto más grande del continente y la cuarta en el mundo”. Según el informe en la Unión Matoso no hay puesto de salud, no hay alcantarillado y el agua no es potable. Este problema desemboca en otras problemáticas de la región como corrupción de la institucionalidad pública y en la presencia de grupos paramilitares, narcotraficantes y bandas criminales.
Desde el Partido Liberal apoyamos la reforma del Sistema de Regalías porque creemos en la redistribución equitativa de la riqueza, pero somos conscientes que nos quedó haciendo falta una discusión para lograr mayor re-inversión ambiental y social. “…no se trata de desestimular el sector minero, sino de hacer más equitativo el sistema tributario” ya que mientras un asalariado paga 5,6%, las mineras sólo el 4%”.
Es ineludible y urgente el replanteamiento del modelo, en este tipo de deducciones y en el aumento del aporte que realizan estas empresas al Estado a través de medidas con criterio técnico y social que sean “aplicables a los contratos futuros que se establezcan con las empresas mineras, sin dejar de lado la posibilidad de renegociar los contratos ya existentes.”
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El debate 4G
Muchas veces los necesarios pero escandalosos debates por corrupción, violación de derechos humanos, inequidad e injusticias, hacen que otros importantes temas pasen desapercibidos para la ciudadanía. Tal es el caso del debate que se inicia sobre la revolucionaría tecnología en telecomunicaciones de cuarta generación -4G-, que puede determinar por varios años el desarrollo del país y sus regiones, por estar asociada a las comunicaciones aplicadas a diferentes actividades propias de la sociedad de la información y el conocimiento.
Es evidente que estamos en presencia de una nueva realidad tecnológica en el sector de las telecomunicaciones, la denominada convergencia, en la cual varios servicios y modalidades se han unificado en su prestación. La realidad es que 4G, al permitir las comunicaciones en bandas anchas y posibilitar la integración en un solo servicio de la televisión móvil, en concurrencia con Internet y otros servicios telemáticos o de valor agregado -los tradicionales servicios de voz [teléfono]-, podría llegar a generar un reordenamiento de la industria de las TIC.
Durante la audiencia que como exordio del debate realizamos esta semana en la Comisión VI del Senado, examinamos la forma como el Gobierno Nacional, a través de la Agencia Nacional del Espectro –ANE- y el Ministerio de las TIC, vienen realizado actividades asociadas a la planeación, administración, gestión, control y especialmente asignaciones para el uso del espectro.
Varios argumentos comienzan a evidenciarse. No es mera casualidad que en el reparto de los asuntos que son competencia de las Comisiones Sextas de Senado y Cámara, se haya incluido el Espectro Electromagnético como tema independiente y separado de otros a los que está asociado, pues por su trascendencia no podría ser de otra manera, ya que se trata de un elemento de los que integran el territorio del Estado, con un inmenso valor para la sociedad contemporánea.
No queda duda, que la parte del espectro electromagnético que se denomina “espectro radioeléctrico” es un elemento estratégico para el desarrollo de las telecomunicaciones inalámbricas y su planeación es competencia de la ANE, la cual debe garantizar la utilización eficiente del mismo, en desarrollo de los principios constitucionales orientados a impedir las prácticas monopólicas en su uso y el acceso democrático al mismo, tal como indica el artículo 75 de la Carta.
Por ello, existe preocupación frente al riesgo de que un mismo proveedor de servicios de telecomunicaciones móviles concentre el derecho a la explotación económica de segmentos estratégicos del espectro y pueda combinar diferentes bandas de frecuencia en el diseño de su red, de tal manera que se podría generar una condición monopólica o al menos una posición dominante en el manejo de un recurso público como es el espectro. Tal posibilidad debe ser estudiada en forma muy ponderada por el Gobierno, pues tratándose de un bien cuya administración tiene límites constitucionales -antimonopolio y acceso democrático-, estos límites sin duda alguna deben ser respetados.
Como en el caso de telefonía móvil celular y PCS -Leyes 37/93 y 555/00-, las asignaciones de frecuencias fueron el producto de amplios debates nacionales, con participación del Congreso, los gremios, las empresas prestadoras de servicios, los sectores académicos y los usuarios. Aunque el escenario jurídico ha cambiado sustancialmente, a partir de la vigencia de la ley 1341/09, por las connotaciones estratégicas del espectro, en 4G, se debe proceder de manera similar, abriendo un debate en el que los ganadores seamos todos como sociedad colombiana.
Por tanto, ojalá, el resultado del debate sobre la tecnología 4G, sea que el ciudadano de a pié reciba más y mejores servicios a tarifas pagables, que la sociedad de la información sea para él una realidad palpable y que el espectro electromagnético, como los demás recursos naturales que le pertenecen a la Nación entera, sean administrados y asignados pensando en todos, en especial en ellos, los usuarios.
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Acceso democrático al espectro radioeléctrico
Frente al anuncio del Gobierno Nacional de hacer una nueva asignación de bandas de frecuencia que les permitirá a los proveedores de servicios móviles integrar sus actuales bandas bajas con otras altas del espectro radioeléctrico, es apenas lógico que el Congreso de la República ejerza el control político de su responsabilidad, pues si no se da un adecuado tratamiento al tema, el resultado del proceso puede ser la consolidación de monopolios en lo económico y la negativa de acceso democrático a ese recurso, lo que resultaría contrario al mandato del artículo 75 de la CP.
Con nítida claridad ese artículo 75 de la CP prescribe: “Para garantizar el pluralismo informativo y la competencia, el Estado intervendrá por mandato de la ley para evitar las prácticas monopolísticas en el uso del espectro electromagnético.” Es decir, se ordena la intervención del Estado para impedir su concentración o manejo monopólico en unas pocas manos, ya que constituye elemento esencial para la prestación de servicios de telecomunicaciones [art. 75 de la CP] y es además, uno de los componentes del territorio del Estado Colombiano sobre el cual se ejerce la soberanía de los poderes públicos [artículo 101 y 102 de la CP].
El valor del espectro radioeléctrico está asociado a que se trata de un recurso escaso que cada día tiene mayores aplicaciones que permiten su utilización para el envío de comunicaciones inalámbricas especialmente móviles, tanto de voz e imágenes, como de datos, que se convierte en elemento esencial de las redes de los servicios de difusión, en particular la radiodifusión sonora y la televisión, cuya concentración en unas pocas manos no solo facilita en lo económico la consolidación monopólica en su uso, sino que además se constituye en un claro impedimento para logar el acceso en condiciones de igualdad, tal como es el principio democrático que se desarrolla en nuestra carta.
El Gobierno, con la activa participación del Congreso y de los ciudadanos, debe ser extremamente cuidadoso en la planeación, atribución, administración, control y especialmente en la asignación de las bandas de frecuencia que lo integran. Dos son las opciones: la primera, ejecutar un completo plan que “democratice el acceso al espectro” y le permita a los proveedores que actualmente hacen uso de las bandas altas, que puedan integrarlas con las bajas y que a su vez quienes usan bandas bajas puedan integrarlas con altas; y la segunda, establecer los mecanismos necesarios para impedir que los operadores con posición dominante en el mercado integren todo tipo de bandas generándose a su favor unas condiciones competitivas que otros no tienen.
La convergencia en el sector de las telecomunicaciones en las que se ha avanzado notoriamente en los últimos años y que ahora, no solo integra los servicios de voz fija y móvil con los de datos sino que además ha permitido la integración con los de televisión a través de la reglamentación de la televisión digital terrestre y las aplicaciones en las bandas de 2.5 GHz (LTE), hace necesario que se tenga un mayor cuidado en impedir la concentración en el uso del espectro y que se dé estricto cumplimiento a los mandatos que la Constitución impone en esta materia.
El reto del Gobierno por tanto, no es sólo impedir la concentración en el uso del espectro, sino, además, lograr que se haga uso eficiente del mismo y que su uso permita que el país avance positivamente hacia la sociedad de la información y el conocimiento, y para ello es necesario permitir el avance equilibrado de los proveedores de servicios y que se haga un completo plan en la asignación de frecuencias en el que todos los posibles proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones puedan hacer uso razonable de un recurso escaso que debe ponerse al servicio de todos los colombianos.
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La intervención de la salud
Ante el colapso que afronta el sector, el Presidente Juan Manuel Santos anunció la intervención del sistema de aseguramiento en el país. Se eliminarán varias Empresas Promotoras de Salud -EPS-, y se entregarán facultades a la Superintendencia Financiera para poner orden al caos en las cifras de las EPS, que tiene al borde de la quiebra al sistema.
Veníamos insistiendo en la urgente necesidad de eliminar las EPS tóxicas. Las que envenenaron el modelo de aseguramiento que les obligaba no sólo a administrar de manera transparente e impecable los recursos del sistema y gestionar el riesgo financiero, sino a ocuparse integralmente en promover la salud de los colombianos. Las EPS tóxicas que se volvieron sólo intermediarias en el manejo de los recursos.
El caos en las cifras, no es exclusivo de las EPS, es un problema de información financiera y contable de todo el sector salud en Colombia. No existe estandarización contable. Los planes únicos de cuentas de los prestadores y operadores son expedidos por autoridades diferentes y no conversan, no permite la conciliación contable del sistema de salud. He solicitado reiteradamente la conciliación de las cifras de la salud, que nos permita establecer con certeza cuál es la cartera del sistema, pero ningún organismo administrativo ni de control ha podido responder.
Ante la falta de información veraz y sistematizada, podemos comprender mejor la magnitud del problema del SGSSS. ¿Será que cómo lo denunció la Ministra, la información distorsionada no permite un adecuado cálculo técnico de la UPC? ¿Cuántos años se calculó mal? ¿Será suficiente, según el anuncio, inyectar $1.2 billones al sistema para sacar de la crisis a varias clínicas y hospitales? ¿Cuál es la deuda del Fosyga con las EPS? Cuál es la deuda EPS con las IPS? ¿Cuántos billones serán necesarios para estabilizar el sistema? ¿Quién le debe a quién y cuánto?
Se someterá a una “reingeniería” a la Superintendencia de Salud que: “…le quedó grande garantizar la buena operación del sistema”. También a la rectoría por parte del Ministerio de salud. Ambos deben ser garantes del adecuado cálculo de la UPC y de la actualización permanente del POS que desde 1993 no se realizaba. La que se hizo en diciembre de 2011, es insuficiente, todavía no responde a las actuales necesidades de salud de los colombianos.
La profunda crisis de un sistema que estuvo sin rectoría, sin direccionamiento, durante cerca de 10 años, era absolutamente previsible. Los problemas de todo el Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS-, que en un principio eran pequeños, se volvieron graves fallas estructurales de muy difícil solución. Años de una débil inspección, vigilancia y control, llevó a que algunos actores cometieran abusos inflando los costos para el sistema de salud y pasando al terreno de la corrupción.
Corrupción que lamentablemente, en muchos casos, desvirtuó y borró logros y avances de años, sembrando de dudas y temores a los colombianos. Es necesario extirpar todo rastro del cáncer de la corrupción en el sistema de salud, terminar las investigaciones de forma eficiente, técnica y justa para castigar a los culpables, encontrar los recursos públicos perdidos; pero sobre todo pasar esta página y empezar a consolidar un sistema de salud desde lo positivo.
La intervención debe ser integral y debe permitirnos encontrar respuestas sobre el futuro del SGSSS, crear un banco de la salud o pagador único, para que los dineros se¬an girados directamente a los prestadores; que el Estado sea el único asegurador, mediante una EPS Estatal; o que el sistema funcione como estaba concebido, con rectoría y control por parte del gobierno, un aseguramiento mixto, con una férrea inspección, vigilancia y control, con EPS que realmente aseguren la salud. Está en juego una de las mayores conquistas que ha tenido Colombia en términos de equidad social: su sistema de salud.
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Empresas públicas de telecomunicaciones
El nuevo entorno del sector de las TIC, en un escenario de libre competencia y tratados de libre comercio, como el TLC con Estados Unidos, exige a los proveedores estatales de servicios de telecomunicaciones para su sobrevivencia y competitividad, la adopción de un conjunto de decisiones muy complejas en las que deben participar perentoriamente las administraciones territoriales y tenerse en cuenta la orientación regulatoria que expidan la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC- y la Autoridad Nacional de Televisión -Antv-, dentro del contexto de la legislación vigente contenida en las leyes 1341 de 2009 y 1507 de 2012.
Empresas estatales de telecomunicaciones que representan el ahorro público de muchos colombianos como ETB, Emcali, Edatel, Emtel, ERT, Metrotel, Telebucaramanga, UNE-EPM, UNE-ETP, merecen respaldo y apoyo en el ejercicio de una tarea tan difícil, como es la de prestar servicios de telecomunicaciones en escenarios de competencia, frente a operadores globales, sin generar un trato discriminatorio a favor de estas empresas del Estado, pero si reconociéndoles un trato equivalente al que se ha otorgado a las empresas privadas, muy seguramente estarán en condiciones de generar rentas para ser reinvertidas socialmente y al mismo tiempo prestar servicios óptimos que contribuyan positivamente en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y en el desarrollo colectivo de la sociedad.
En el caso especifico de UNE-EPM, con tres características complejas; el origen estatal del ciento por ciento del capital, la prestación de servicios fijos, y el hecho de ser sustancialmente un proveedor local y regional de servicios, no veíamos con optimismo su futuro, máxime, después de un conjunto de situaciones como (i) el no ingreso en forma directa de los operadores estatales en el mercado de la telefonía móvil celular, (ii) la forma como se utilizó la licencia de PCS por el operador estatal, que más bien se convirtió en el tercer celular; (iii) el ingreso de los operadores locales en el negocio de la telefonía de larga distancia cuando ya el servicio se encontraba en proceso de marchitamiento; (iv) los pocos desarrollos y bajos beneficios derivados de la explotación de la banda de frecuencia de 3.5 GHz [wi Max], (v) las restricciones que han tenido los operadores fijos para incursionar en el mercado móvil; (vi) los obstáculos a la neutralidad tecnológica que han impedido desarrollos plenos del protocolo IP; (vii) y las asimetrías que se registran entre servicios asimilables como son los de valor agregado de video y el servicio de televisión por suscripción.
Hoy, la realidad es otra, estas empresas podrán incursionar en nuevos mercados. En el caso de UNE-EPM, prestar servicios móviles en banda ancha a grandes velocidades, como lo permite la banda de frecuencia de 2.5 GHz, y más adelante, operar como sustitutos de los móviles celulares y del PCS, y con la expedición por parte de la Cntv [hoy en liquidación] del Acuerdo 02 del 4 de abril de 2012, por el cual se reglamentó la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida digital terrestre y con la reglamentación y puesta en vigencia del mandato contenido en el parágrafo 2, del artículo 14 de la ley 1507 de 2012 que les otorgará concesión para la prestación de servicios de televisión a los proveedores públicos de servicios de telecomunicaciones, deberemos continuar avanzando a pasos agigantados hacia la convergencia plena de las Telecomunicaciones en Colombia, incluyendo servicios como el de televisión que antes se había desarrollando en forma separada y de manera inconveniente.
Hacemos parte de la sociedad de la información, que se basa en la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas al desarrollo, en este entorno poder determinar políticas públicas locales a través de prestadores regionales de servicios de telecomunicaciones es una ventaja que sería imperdonable que no la sepamos aprovechar.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/empresas_publicas_de_telecomunicaciones.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2012/07/08/empresas-publicas-de-telecomunicaciones/
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La reforma a la justicia
La reciente crisis generada por el trámite, aprobación y hundimiento de la reforma a la justicia ha dejado grandes reflexiones y precisas lecciones que deben ser analizadas, aprendidas y aplicadas por todas y cada una de las ramas del Estado. Como lo hemos dicho, este lamentable episodio, además de debilitar la institucionalidad y la confianza ciudadana en sus legisladores y en sus gobernantes, socavó el Estado de Derecho y resquebrajó la confianza entre Gobierno y Congreso.
El repartimiento de las responsabilidades que quepan en incidentes como los ocurridos no se hace sobre peligrosas generalizaciones, sino de manera adecuada a todos y cada uno de los que intervienen en tales decisiones, máxime cuando se trata de proyectos de actos legislativos o reformas constitucionales de iniciativa gubernamental. La colaboración armónica entre los poderes debe significar exactamente eso: la construcción de lo público desde las distintas áreas de gestión y los ámbitos de competencia, unidos por los propósitos constitucionales.
En materia de responsabilidades, partiendo del principio de no repetición, en el Congreso de la República debemos reformar la Ley 5/92, entre otras para reformular la especialidad, alcance de las competencias eintegración de las comisiones de conciliación, cuyos miembros deben haber conocido cabalmente las discrepancias, los acuerdos y por sobre todo el espíritu de lo aprobado en cada debate en comisiones y plenarias, de manera que se garantice la coherente respuesta de la labor conciliadora con el principio de confianza legítima que deposita el Congreso en los miembros designados en las comisiones de conciliación.
La verdad en este aspecto es sin duda un deber y un derecho esencial. El Partido Liberal Colombiano ha decidido integrar una comisión de la verdad, que permita esclarecer si alguno o varios de los conciliadores que representaron al Partido Liberal en la conciliación, pudieron haber ido más allá de sus competencias, en las modificaciones que se le hicieron a la reforma. En este sentido de responsabilidades políticas y jurídicas, el país merece, espera y exige conocer la verdad. ¿Qué fue lo que realmente ocurrió en el Congreso de la República? ¿Dónde se hicieron los cambios que desnaturalizaron la reforma? ¿Quién o quiénes son responsables del engendro?
La opinión pública ha dado una verdadera lección de vigilancia y control sobre la gestión pública. Es necesario hacer un reconocimiento a las voces de disenso expresadas por las redes sociales, las cuales resultan esenciales para la construcción de una verdadera democracia. El concepto de legitimidad ha superado con creces al de la legalidad o validez. La ciudadanía responsable a través del avance de las TIC, asume ese rol vigilante en los procesos legislativos y en las decisiones ejecutivas para que ellas atiendan esencialmente al interés general.
El hundimiento de la reforma por parte de la ciudadanía, no puede hacer perder de vista que subsiste la necesidad de una reforma frontal y sustantiva de la justicia. La sociedad con sus manifestaciones lo reclama. Es inaplazable por tanto, la creación de una mesa de diálogo y concertación nacional con intervención de todos los sectores implicados en la justicia, que sobre la base de reglas públicas, transparentes y eficientes, garantice que sus integrantes permanecerán en el diálogo hasta construir una propuesta coherente y congruente, cuyo trámite en el congreso respete y coincida con el espíritu de lo allí acordado.
Los momentos que vive el país exigen repensar los papeles de cada uno de los actores, pues como dijera Albert Einstein, en tiempos de crisis la imaginación es más efectiva que el intelecto, y a ello debemos aplicarnos todos, máxime que es urgente la reconstrucción de las significaciones constitucionales y sociales de los conceptos esenciales para la vida colectiva.
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La Reforma a la Justicia: un desastre
“Es necesario el hundimiento total de la iniciativa y la investigación de las razones de los cambios en la Comisión de Conciliación con precisa identificación de los responsables”. Senador Eugenio Prieto (Partido Liberal).
Uno de los temas esenciales de una sociedad es la justicia. Sin ella no existe legitimidad del Estado, confianza ciudadana y vida armónica. Así, comencé mi artículo de opinión semanal, publicada en el Periódico El Mundo, el pasado 3 de junio. En él expresé que la verdadera reforma a la justicia por parte del Congreso de la República, era la expedición del Código General del Proceso, como respuesta del Estado al conflicto intersubjetivo de intereses, para poner a tono la función jurisdiccional con la normalización de los canales de discusión, en el reconocimiento respetuoso de la diferencia y la vinculación activa y directa del ciudadano al aparato jurisdiccional, pues en la medida en que interviene el Estado de manera oportuna y justa, pierde sentido, la justicia por mano propia.
Dijimos que en materia de juzgamiento se privilegia la oralidad, el proceso por audiencia, la prueba con inmediación, es decir, con presencia directa inmediata de todos los sujetos procesales, lo cual ha de permitir fallos más reales e hicimos público reconocimiento a la forma amplia y participativa como se estructuró, discutió y tramitó ese Código General del Proceso, lo que lo revistió de un tono de diálogo, de disputa conceptual civilizada y ordenada, de análisis serios y ponderados y por sobre todo, de constante ánimo de acertar en el diagnóstico y en la adopción de la herramienta para la solución del problema. Se incluyeron realmente los puntos que pueden acercar al ciudadano a la justicia, en virtud de la cual, el antiguo formalismo procesal deberá ceder a la verdad real, al juez activo, a las partes deliberantes y, por sobre todo, ha de permitir prontitud.
Dije también que en el actual proceso de reforma constitucional a la justicia que cursaba en ese momento en el Congreso, se escuchaban voces con distintos tonos proponiendo eliminaciones, incorporaciones o matizaciones de los órganos, los agentes, el régimen de ingreso, permanencia y retiro, pero no se hablaba sobre el proceso mismo, es decir, sobre el instrumento que ha de permitir materializar la promesa constitucional de la pronta y cumplida justicia.
En contraste, el mal llamado proyecto de Reforma a la Justicia en su trámite fue perdiendo su espíritu y en la conciliación se modificó, incluyendo puntos que habían sido discutidos y derrotados en los diferentes debates, convirtiéndose en un lamentable episodio que debilita la institucionalidad y la confianza ciudadana en sus legisladores y en sus gobernantes, socava el Estado de Derecho y deja al país en un limbo jurídico que debe ser solucionado. Estas razones me llevaron a no votar la conciliación.
Recibo con respeto la indignación ciudadana nacional ante la reforma y en tal sentido le he expresado a la Dirección Nacional Liberal, a mis compañeros de bancada y a Senadores de otros Partidos, que en las sesiones extraordinarias del Congreso, citadas por el Presidente de la República, con el fin de discutir las objeciones al proyecto, solicitemos el hundimiento total de la iniciativa y la investigación de las razones de los cambios en la Comisión de Conciliación con precisa identificación de los responsables.
De otra parte, ante las múltiples tesis jurídicas expuestas para resolver el vergonzoso episodio, creemos que es indispensable optar por la que menos daño causa a la sociedad y a la moralidad administrativa, que bien podría ser aquella que concuerde con los postulados esenciales de la Constitución de 1991, en la que se abogó por la eliminación de odiosos e injustificados privilegios de la índole de los consagrados en la reforma.
Sin perjuicio de la polémica que sobre esta vía pueda suscitarse, parece razonable, como lo ha propuesto el Gobierno, evitar la entrada en vigencia de la reforma mediante objeciones de inconstitucionalidad e inconveniencia, máxime que la cesación de sus efectos vía Congreso una vez adoptada, sólo se produciría una vez agotado el trámite en dos periodos legislativos, es decir, tardíamente frente al inmenso deterioro de los principios fundantes de la sociedad colombiana.
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El efecto ISA (2)
La semana pasada me referí a las posibles implicaciones y efectos que sobre Interconexión Eléctrica S.A. ESP -ISA- y otras empresas prestadoras de servicios públicos similares, podría tener el concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del H. Consejo de Estado, que lleva al Gobierno a concluir que ISA no puede ser el estructurador del megaproyecto vial, “Autopistas de la Prosperidad”. Expresé que este concepto, que merece todo nuestro respeto y acatamiento, debe ser el punto de partida para que el Congreso de la República adecue el ordenamiento jurídico de este tipo de empresas a las realidades actuales.
Aunque se desconoce cuál es el obstáculo jurídico que impide a ISA, en su condición de empresa mixta, con participación mayoritaria del Estado, ser el líder y estructurador en la ejecución de las “Autopistas de la Prosperidad”, el mismo motivo podría aducirse para que la propia ISA no participe directa o indirectamente en otros proyectos, o para que otras empresas del sector no puedan desarrollar todas las actividades para las cuales han adquirido competencias y tengan que mantener ociosa su capacidad de trabajo.
Si la restricción hace referencia a que las empresas de servicios públicos no pueden prestar servicios domiciliaros, en concurrencia con otros que no lo son, esto no solo conduce a destruir valor, sino que afectará gravemente a muchas empresas que prestan entre otros, servicios como el de energía en concurrencia con el de alumbrado público; o de acueducto y energía con servicios de telecomunicaciones no domiciliarios; o de facturación y recaudo para terceros; o servicio de aseo, con otros afines como la recolección de escombros, el transporte de residuos peligrosos o labores asociadas a la jardinería, el ornato y la limpieza de las ciudades.
Si la restricción hace referencia a la imposibilidad de que las empresas de servicios públicos celebren contratos interadministrativos, por no estar sujetas al régimen de la Ley 80, no obstante que se trate de entidades estatales, esto impediría que entidades ciento por ciento del Estado, pongan toda su capacidad al servicio de sus territorios en programas sociales o en otros vinculados al desarrollo local o regional.
Si el motivo es otro, una vez conocido deben estudiarse los mecanismos jurídicos que permitan superar la limitación que se impone, de allí la importancia de que se avance en el trámite de un proyecto de Ley que, a la vez que reconoce el régimen jurídico especial de los servicios públicos y de las entidades que los prestan, les permita a todas las empresas estatales aprovechar al máximo sus competencias y productividades y poner toda su capacidad al servicio del desarrollo local, regional y nacional.
El Congreso de la República y en particular las comisiones sextas de Cámara y Senado deben analizar con detenimiento que en escenarios de libre comercio, apertura y globalización de la economía y los mercados, las empresas de servicios públicos han dejado de ser simples entidades descentralizadas que ejercen funciones públicas, para convertirse en factor de equilibrio que garantice el desarrollo de la economía social de mercado y ello solo es posible si se les permite actuar dentro de un marco jurídico adecuado a las nuevas realidades mundiales. Del estado funcional hemos pasado al Gestor y de los servicios públicos monopólicos a la competencia y el Congreso debe ser el primero en comprender este nuevo escenario.
En este sentido, presentaré un proyecto de Ley que le permita a las empresas de servicios públicos oficiales, mixtas o privadas, competir en condiciones de alta eficiencia económica e igualdad y puedan utilizar todos sus conocimientos en el desarrollo del país, permitiéndoles de acuerdo con su iniciativa intervenir en todas las áreas en las que hayan desarrollado destrezas o conocimientos, el cual socializaré esta semana en el Congreso de Andesco en Cartagena, para estimular el debate y ponerlo a consideración del Congreso de la República en la próxima legislatura ordinaria.
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El Efecto ISA (1)
En diferentes espacios me he referido a la que considero la razón fundamental para que una empresa de la naturaleza de Interconexión Eléctrica S.A ESP -ISA-, se convirtiera en el estructurador ideal del magaproyecto “Autopistas de la Prosperidad”, hasta la fecha, el mayor contrato de concesión vial de Colombia en toda su historia. Me refiero a la inexistencia o vacío -que en su momento deberá ser llenado por la ANI-, de un gran estructurador público de concesiones en el país.
Reiteramos que, en la desconfianza pública y privada en los estructuradores públicos y sobre los vacios e inconvenientes jurídicos, técnicos, ambientales, financieros e institucionales en la estructuración de concesiones están soportados muchos de los problemas de ineficiencia, ineficacia y corrupción del sector y los continuados y repetidos litigios que no sólo han demorado y obstruido la ejecución de los proyectos, sino, que además, se han transformado en una importante fuente de pasivos contingentes para el Estado, debido a que la mayoría de las sentencias han resultado favorables para las empresas concesionarias.
Estudios del Banco Mundial que coinciden con la Cepal se refieren a esta debilidad de nuestro país: “De acuerdo con los diagnósticos, se encontró que a pesar de que en Colombia se ha avanzado en un proceso de aprendizaje en el manejo de las concesiones, todavía persistían deficiencias en materia de estructuración, análisis y gestión de los proyectos, que hace que el panorama general de las concesiones no sea el esperado”.
Por ello lamentamos, que según razones sustancialmente jurídicas contenidas en concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, ISA, no pueda ser el estructurador de las “Autopistas de la Prosperidad”. La razón precisa de esta decisión aún se desconoce ya que el concepto es reservado, pero sea cual sea es un deber de quienes aún creemos que la función social del Estado subsiste y que este puede ser un agente eficiente en escenarios de competencia, el hacer las modificaciones jurídicas que sean del caso, para liberar las empresas de servicios públicos de ataduras, como las que ha tenido ISA en este caso.
Ante la consulta al H. Consejo de Estado, expresé que fuera cual fuere el concepto -que lleva al gobierno a concluir que las manos de ISA deben estar fuera del megaproyecto “Autopistas para la Prosperidad”-, me preocupaba el efecto no sólo sobre ISA, sino sobre muchas otras empresas prestadoras de servicios públicos similares, que tienen objeto múltiple, o que prestan en concurrencia servicios públicos domiciliarios con otras que no lo son, o que celebran y ejecutan contratos o convenios interadministrativos, o que aún acudiendo a la aplicación del derecho privado han tomado diferentes decisiones propias del régimen de los particulares, pues han creído que una cosa es su naturaleza jurídica de “estatal” y otra muy diferente el régimen jurídico de derecho privado que les es aplicable.
Por ello, partiendo del concepto, es necesario hacer un claro inventario del efecto jurídico que puede tener en las empresas de servicios públicos para realizar sus actividades y adecuar el ordenamiento jurídico a las realidades actuales. La razón que haya sido expresada por los H. Consejeros de Estado, que se han limitado a dar interpretación a las leyes existentes, merece todo nuestro acatamiento y respeto, por eso resaltamos la forma como el Gobierno Nacional e ISA, no obstante no ser público ni vinculante el dictamen del H. Consejo de Estado, en forma inmediata han expresado que lo acatan y en consecuencia el proyecto se reorientará.
Como lo desarrollaré la próxima semana, considero que este concepto del H. Consejo de Estado debe ser el punto de partida para que el Congreso de la República adecue el régimen legal de las empresas de servicios públicos a las nuevas realidades.
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Plan Nacional de Seguridad Vial
La Organización Mundial de la Salud ha catalogado la accidentalidad vial como una de las principales epidemias en el mundo. En Colombia, los accidentes de tránsito son la segunda causa de muerte violenta -homicidio 61%, accidentes 22%-. Las frías estadísticas nos dicen que en nuestro país las cifras van en aumento, el último año se registraron más de 5 mil muertes y más de 38 mil lesionados graves en accidentes de tránsito, un alta tasa de 12.3 muertos y 88.1 heridos por cada 100 mil habitantes. Estas crudas y escalofriantes cifras nos deben comprometer en una cruzada nacional que nos lleve a disminuir la accidentalidad y poder salvar miles de vidas humanas.
A propósito de la realización del III Congreso Ibero-Americano de Seguridad Vial en Colombia –entre el 12 y 16 de junio-, trataré de expresar una opinión inicial sobre el Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016 -PNSV-, que para reducir los índices de accidentalidad en el país, presentó el Ministerio de Transporte, en el cual se propone como objetivo general, reducir en 50% las muertes por accidentes de tránsito en Colombia. Objetivo que por sí sólo justificaría todos los esfuerzos que realicemos como sociedad.
Debo decirlo con profundo respeto, que la prioridad y orientación del PNSV está formulada desde la perspectiva de los factores de accidentalidad, no desde la protección de las víctimas y desde los actores del tránsito sobre los cuales se puede incidir para que cambien su comportamiento. Por ejemplo, identifica los peatones como actores vulnerables -especialmente los adultos mayores- pero no se traduce en estrategias orientadas a protegerlos o evitar más accidentes y aunque se formuló un objetivo de reducción de accidentalidad en 50% para 2016, no se orientó a la consecución de resultados realizables. No hay metas individualizadas por tipo de víctima o zona donde ocurre el accidente -ciudad o carretera-. Pareciera que las estrategias y acciones no respondieran a un análisis crítico de las cifras de accidentalidad.
Se incurre en error metodológico al formular indicadores sin meta, como “el porcentaje disminuido en accidentes de motociclistas que no usan casco”, pero no se establece una meta de cuánto es ese porcentaje. No se formulan indicadores generales a través de los cuales podamos establecer compromisos y medir la reducción de la accidentalidad, por ejemplo, bajar en 20% la muerte de peatones o de motociclistas, bajar la tasa de muertes por 100.000 habitantes, etc.
Separa indicadores de gestión de los de resultado y termina en un largo y confuso listado. A mi juicio, son demasiados indicadores que pueden cumplirse sin que se reduzca la accidentalidad, porque están mal formulados. Para hacernos a una idea, el Plan Estratégico de SV de España trae únicamente 13 indicadores de reducción de accidentalidad por tipo de víctima, zona, etc, mientras el colombiano formula en total 255 indicadores -122 de gestión y 133 de resultado- y ninguno establece una meta en reducción de accidentalidad atado a las cifras que sustentan el PNSV.
Queda un enorme vacío en lo referente a la prevención y la concertación con todos los actores, no obstante encontrar una “estrategia” repetida, hacer un estudio, presentar una reforma normativa, diseñar una campaña de sensibilización, formular una estrategia de control y hacer mesas de trabajo, pero no se formulan acciones orientadas a resultados en la prevención de accidentes.
Como lo hemos propuesto, el país debe avanzar sin dilación en la creación de un organismo autónomo, una Agencia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, responsable de poner en práctica una verdadera política pública de M y SV, que científica y técnicamente, coordine la generación de estadísticas e investigación de accidentes, articule y coordine a los diferentes actores y en general, garantice la ejecución de las estrategias concertadas en el PNSV, cuyos resultados impacten en la disminución constante de la accidentalidad y por tanto, en la protección del patrimonio más valioso de una nación, la vida de sus asociados.
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La verdadera reforma a la justicia
Uno de los temas esenciales de una sociedad es la justicia. Sin ella no existe legitimidad del Estado, confianza ciudadana y vida armónica. De allí que no baste con juzgar los asuntos sometidos a decisión.
Es necesario además y por sobre todo, lograr que la función jurisdiccional esté en sintonía con la realidad, es decir, que actúe para ordenar la vida colectiva, que materialice el orden, la seguridad, la paz, la cooperación, y por supuesto, la justicia como el más caro y último valor. Múltiples herramientas se han ideado para el efecto.
Muchas reformas se han emprendido. Algunas han fracasado estruendosamente. Otras rindieron frutos parciales que han contribuido a nuevas perspectivas y entendimiento de la compleja condición humana.
En el actual proceso de reforma constitucional a la justicia, voces con distintos tonos proponen eliminaciones, incorporaciones o matizaciones de los órganos, los agentes, el régimen de ingreso, permanencia y retiro, pero no se habla sobre el proceso mismo, es decir, sobre el instrumento que ha de permitir materializar la promesa constitucional de la pronta y cumplida justicia.
Ese instrumento, la verdadera reforma a la justicia, es el que acabamos de expedir en el Congreso de la República, el nuevo Código Procesal General, soporte para resolver múltiples problemas, entre otros, el de la celeridad. En la ponencia -coordinada con mesura por el ilustre jurista liberal, Jesús Ignacio García-, los datos del informe Doing Business 2011 del Banco Mundial son contundentes. En el “sub-indicador” de “celeridad” -tiempo que se demora una persona en el país para resolver judicialmente una disputa, calculado desde la presentación de la demanda en el juzgado-, Colombia ocupa en el contexto mundial el vergonzoso puesto 178 entre 183 países. Según dicho informe, la justicia colombiana es la sexta más lenta del mundo y la tercera más lenta en América y el Caribe.
El proceso de formulación del Código General del Proceso ha gozado del más amplio debate. La judicatura, el congreso, la academia, los juristas y la sociedad en general, han participado activa y decididamente, lo que lo reviste de un tono dialéctico, de diálogo, de disputa conceptual civilizada y ordenada, de contradicción, de análisis serios y ponderados y por sobre todo, de constante ánimo de acertar en el diagnóstico y en la adopción de la herramienta para la solución del problema.
Es apenas obvio que no hay reformas perfectas. Sólo mejores o mayores aproximaciones a un ideal. En este caso, el nuevo Código General del Proceso, es la respuesta del Estado al conflicto intersubjetivo de intereses, para avanzar en el entendimiento de las nuevas realidades, en la decisión de poner a tono la función jurisdiccional con la normalización de los canales de discusión, en el reconocimiento respetuoso de la diferencia y la vinculación activa y directa del ciudadano al aparato jurisdiccional, pues en la medida en que interviene el Estado de manera oportuna y justa, pierde sentido, la justicia por mano propia.
También se avanza en un nuevo entendimiento del Estado como sujeto procesal, razón por la cual, le otorga un papel protagónico a la intervención de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la cual además podrá interponer acciones de tutela en representación de las entidades públicas. En materia de juzgamiento se privilegia la oralidad, el proceso por audiencia, la prueba con inmediación, es decir, con presencia directa inmediata de todos los sujetos procesales, lo cual ha de permitir fallos más reales.
Bienvenida esta verdadera y profunda reforma a la justicia, en virtud de la cual, el antiguo formalismo procesal deberá ceder a la verdad real, al juez activo, a las partes deliberantes y, por sobre todo, ha de permitir prontitud, pues como dijera el maestro uruguayo Eduardo J Couture, en materia de procedimientos el tiempo no es oro, es justicia.
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Santos en Antioquia
Durante los últimos tres días -desde el jueves hasta el sábado-, estuvo despachando en Antioquia el Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón. Aunque no es la primera -y seguramente no será la última- visita que realiza a nuestra tierra, los diferentes actores públicos y privados, regionales y locales, requerían un espacio de esta naturaleza, en el cual pudieran dialogar e intercambiar ideas y proyectos con el Presidente Santos, aunar y articular esfuerzos con el Gobierno nacional.
Estratégicamente organizada y coordinada, su agenda incluyó la realización de un Consejo de Seguridad con las autoridades de Antioquia y del Valle del Aburrá; almuerzo de trabajo con el Gobernador de Antioquia y el Alcalde de Medellín; reunión con los empresarios en Proantioquia y un productivo ejercicio de Acuerdos para la Prosperidad en materia de infraestructura con importantísimos anuncios para la región.
Para el presente y futuro desarrollo de nuestro departamento y del país, fueron múltiples e importantes los compromisos que en materia de infraestructura anunció el Presidente Santos en su fructífera visita a Antioquia. Por el significado y la trascendencia del proyecto para todo el país, el más importante anuncio de todos, lo constituye la confirmación del Gobierno nacional de destinar $10 billones para las Autopistas para la Prosperidad.
Nadie podrá negar que frente al valor total recalculado de la obra -alrededor de $15 billones-, la decisión histórica del Presidente Santos de sellar un acuerdo con los Gobiernos de Medellín y Antioquia, e incrementar de $1 a $10 billones el valor que inicialmente se había comprometido por parte del Gobierno nacional, constituye un compromiso bastante significativo para despejar las dudas sobre la principal fuente de los recursos para su ejecución.
No obstante la importancia para Antioquia, que se encuentra en desventaja de competitividad económica a nivel local y regional como consecuencia del atraso vial que le impide conectarse con la región central del país y los puertos cercanos, el Presidente Santos comprende que este es un proyecto de carácter nacional, estratégico para la competitividad de las regiones, que conectará el Norte, el Sur, el Oriente y el Occidente de Colombia, a través de Antioquia y el Eje Cafetero. “No es solamente para Antioquia. Es un proyecto muy importante para todo el país. Es tal vez una de las obras más trascendentales que podemos hacer en los próximos años”.
Comprendemos las inquietudes jurídicas, técnicas, económicas y de riesgo, de algunos actores como la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI- frente a esta obra, que por su magnitud, representara el mayor contrato de concesión vial de Colombia en toda su historia. Pero también tenemos claro que en materia de infraestructura, tal vez la mayor debilidad de Colombia la constituye la ausencia de un gran estructurador público de concesiones.
En esa inexistencia de un gran estructurador público de concesiones están soportados muchos de los problemas de corrupción del sector y los sucesivos litigios que no sólo han demorado y obstruido la ejecución de los proyectos, sino, que además, se han transformado en una importante fuente de pasivos contingentes para el Estado, debido a que la mayoría de las sentencias han resultado favorables para las empresas concesionarias.
Ese vacío deberá ser llenado por la ANI, pero debemos decirlo con respeto, que en escasos seis meses de funcionamiento -reestructurada en noviembre del 2011-, todavía institucionalmente, no alcanza a suplir la falta de confianza pública y privada de sus antecesores, los vacios e inconvenientes de índole estructural y de falta de planeación, la carencia en la estructuración y evaluación de proyectos y las dificultades de inspección, control y vigilancia de las concesiones.
Nada diferente a este contexto llevó al Gobierno nacional y a la institucionalidad pública y privada de Antioquia, para confiar a una empresa pública de la trayectoria, transparencia, gestión y resultados de ISA, para ser el gran estructurador de las Autopistas para la Prosperidad.
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Los hallazgos penales en el IDEA
Algo muy extraño sucedió en la última Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -Idea- en el cuatrienio anterior -Acta 015 de diciembre 20 de 2011-. En un ejercicio de valor civil, el Secretario de Hacienda del Departamento, Mauricio Villegas Mesa, dejó la siguiente constancia a la que adhirieron los demás miembros de la Junta Directiva: “Me he enterado por la prensa de una serie de hechos y circunstancias relacionados con negocios que tocan la labor del Idea; en ellos se sugieren actos contrarios a la ética y, aún, a las leyes. Quiero dejar constancia de que, los hechos y circunstancias que según la prensa pudieron haber afectado esos negocios, no fueron conocidos, ni estuvieron al alcance de los miembros de la Junta Directiva, para haber tomado sobre ellos, decisiones en su momento”.
¿Qué información privilegiada conocía el doctor Villegas Mesa para dejar una constancia de tal magnitud, con las dudas que ella implica sobre la transparencia en la Gestión del Idea en el cuatrienio del Gobierno de Luis Alfredo Ramos? ¿A qué actos contrarios a la ética y, aún, a las leyes se refería? Parte de la respuesta a estos interrogantes se encuentra en las denuncias realizadas en el periódico El Mundo por el doctor Ramón Elejalde y el suscrito, en el periódico El Colombiano por el periodista Germán Jiménez y en los resultados de la Auditoría Express practicada al Idea, dados a conocer este viernes por la Contralora General de Antioquia, Luz Helena Arango Cardona, mediante la cual se detectaron 68 hallazgos; 2 fiscales, 9 penales, 31 disciplinarios y 26 administrativos.
Todos los hallazgos son respuestas a la constancia del doctor Villegas Mesa, pero los más contundentes son los penales. Entre ellos: “Se logró evidenciar que la Gerencia del Idea, rindió información a la Junta Directiva que no consultaba la realidad del avance del proyecto Maderas de Café, además se realizaron pagos por fuera de las condiciones de aprobación y no se ajustaron las garantías del proyecto, siendo las garantías actuales insuficientes, violando presuntamente el artículo 286 del código penal”. “Presunta falsedad ideológica, en los documentos que motivaron los créditos por parte del Idea a Prodean y de este al Grupo Monarca S.A., violando presuntamente el artículo 289 del código penal”.
“No se encontraron evidencias que sustenten las garantías reales requeridas para los créditos otorgados a través de Prodean (en las operaciones de descuento de facturas), configurándose un presunto interés indebido en la celebración de los contratos de préstamo a Prodean, presuntamente violando el artículo 409 del código penal”. “Presunto favorecimiento a terceros y una posible falsedad por parte de la Gerencia General del Idea en la información suministrada a la junta relacionada con las operaciones de factoring de Prodean, en donde podría configurarse un prevaricato por omisión, presuntamente violando lo establecido en los artículos 414 y 286 del código penal”.
En varias ocasiones informamos y denunciamos desde esta columna a la opinión pública muchas de las posibles irregularidades que en el Idea se venían presentando, pero el Gobernador Luis Alfredo Ramos y los organismos fueron ciegos, sordos y mudos. Lo peor de todo esto es la desfiguración que se hizo de una institución tan querida por los antioqueños, poniendo en riego en los últimos cuatro años el ejercicio de su objeto social, la estabilidad financiera de la entidad, favoreciendo intereses privados, en detrimento de los créditos a los municipios, se perdieron muchos recursos, en operaciones como la de “Hidroituango” y se puso en grave riesgo el patrimonio del Instituto con la realización de créditos como el de madera de café y los realizados a través de Prodean, que se convirtió en la “caja de pandora del Idea”, cuyos males de corrupción apenas están por destaparse.
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Control de Advertencia ambiental
"Se hace inaplazable la elaboración de una metodología unificada para el análisis de los Estudios de Impacto Ambiental, que sincronice los Planes de Ordenamiento Territorial": senador Eugenio Prieto (Partido Liberal).
Con el fin de alertar sobre los graves riesgos de daño ambiental derivados del proceso de licenciamiento ambiental, la Contraloría General de la República -CGR-, acaba de proferir el pasado 18 de abril, control de Advertencia dirigido al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.
La Función de Advertencia de la CGR, llama la atención sobre "...las graves deficiencias y debilidades del proceso de licenciamiento ambiental en el país, algunas de las cuales se habían detectado en el análisis sobre el "Estado Actual del Licenciamiento Ambiental en Colombia" que en vigencia de los Decretos 1220 y 500 de 2005, se presentó en el informe del estado de los Recursos Naturales y del Ambiente 2005-2006.
Entre las múltiples deficiencias y debilidades del proceso de licenciamiento ambiental destaca el informe la inexistencia de una Política de Estado que en materia da planificación, regulación y control, desarrolle de manera sistémica herramientas e instrumentos para responder con eficiencia al deber constitucional de proteger y conservar la riqueza natural del país.
El informe reitera la necesidad de fortalecer las instancias y los mecanismos de acción frente a los daños ambientales, mediante el desarrollo de una normatividad fuerte, reforzando los controles e incrementando las sanciones legales por daños ambientales y dando mayor participación a las diferentes entidades públicas sectoriales con el ánimo de incentivar su compromiso con los procesos de licenciamiento.
La CGR había expresado en febrero del 2011, la inconveniencia de la expedición del Decreto 2820/10, toda vez que las modificaciones introducidas lejos de representar un avance en la reglamentación de instrumentos de gestión ambiental, evidencian su desmonte y con ello, la disminución de mecanismos que favorezcan la adopción y seguimiento de medidas preventivas al momento de planear el desarrollo de un proyecto.
Según la CGR, el que se omita como criterio el emplazamiento o ubicación del proyecto, obra o actividad, genera un alto riesgo sobre la protección y conservación de los recursos naturales, que podría llevar a situación de peligro áreas de especial importancia ecológica como los páramos, los humedales inscritos en el Convenio de Ramsar, los parques nacionales, las reservas naturales, los lugares de especial interés científico o de valor arqueológico, cultural o histórico.
Desafortunadamente, las reglamentaciones a los anteriores preceptos normativos, parecen no haber respetado el espíritu del legislador, en tanto que ni el Decreto 1220/05 ni el hoy vigente Decreto 2028/10, se compadecen con señalar un procedimiento adecuado para garantizar y hacer cumplir lo que estipuló el artículo 49 de la Ley 99 de 1993, respecto de la obligatoriedad de obtener licencia ambiental para cualquier actividad que pueda producir deterioro grave a los recurso naturales renovables, al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.
Creemos por tanto, que se hace inaplazable la elaboración de una metodología unificada para el análisis de los Estudios de Impacto Ambiental, que sincronice con los Planes de Ordenamiento Territorial, como instrumento con el que cuentan los ciudadanos para incidir en el ordenamiento de su territorio.
El país y sus locomotoras mineras y de infraestructura debe acoger este Control de Advertencia, si no queremos perder el horizonte sostenible, el llamado de la Contralora Sandra Morelli, soportado en las Sentencias C-035/99, C-293/02 y C-894/03 de la H.
La Corte Constitucional, deja claro que la finalidad de la licencia ambiental es la de garantizar que la propiedad cumpla con la función ecológica que le es inherente y "...dado que lo que está en juego es la protección ambiental de las generaciones presentes y la propia supervivencia de las futuras...el compromiso de proteger el medio ambiente es responsabilidad de todas las personas y ciudadanos e involucra a los estados, trasciende los intereses nacionales, y tiene importancia universal".
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Los caminantes nos dejaron el camino (2)
Una imagen con la que se nos suele recordar a Guillermo Gaviria y Gilberto Echeverri, es la de los caminantes detenidos en el Puente del Vaho antes de emprender la otra marcha a la que los invitaban los secuestradores que lo engañaron. Sus figuras quedaron tatuadas en nuestras almas como las de Gandhi o Martin Luther King, al sacrificar sus intereses personales por el afán de servir al bien común a través de la Noviolencia. Ellos no están pero sus sueños y sus ideas siguen con quienes a su lado aprendieron y emprendieron ideales y caminos de resistencia civil, solidaridad, libertad y dignidad.
Esa imagen ha contribuido durante los últimos diez años a sembrar entre los colombianos el reconocimiento a quien la historia debe identificar como unos de los líderes mundiales de la Noviolencia, en tanto es uno de sus íconos y uno de los más importantes contribuyentes a enriquecer sus posibilidades, gracias a la nueva vinculación del Estado como actor de la Noviolencia en un papel inédito hasta ese momento y que hoy interpela a los académicos, que tienen en sus palabras y actos una fuente importante de conocimiento y reflexión sobre el nuevo lugar que el Estado tomaba en virtud del propósito de nuestro Gobernador.
Aunque antes y simultáneo con el esfuerzo que se realizaba en Antioquia muchos intentaron la Noviolencia como el camino que podía transformar el conflicto armado en Colombia, Guillermo Gaviria logró, en muy corto tiempo, promover estos ideales entre miles de personas que buscaban nuevos lenguajes y métodos para superar el conflicto atávico que sin razón destruía familias enteras y acababa sus vidas y esperanzas. Su fructífera huella se plasmó en la Constituyente de Tarso y en el Laboratorio de paz del Oriente antioqueño, que transformó la historia de 23 municipios. También mostró un nuevo estilo de gobernante que sabe “ponerse en los zapatos” de sus gobernados para interpretar sus exigencias y necesidades y, en consecuencia, tomar las decisiones que se ajustan a esas iniciativas.
En efecto, lo más recordado del impacto de Guillermo Gaviria es sin duda alguna, su accionar como gobernante que se involucró en la Noviolencia, dando un nuevo sentido a esta filosofía. Guillermo señaló una nueva forma de gobernar que tiene alto impacto social porque puso en el centro de sus preocupaciones la construcción de equidad social e implicó una radical transformación por la vinculación del concepto de sociedad participante a la gestión de la vida pública. Maná, Viva, Ría, la Secretaría de Equidad de Género, el Plan Congruente de Paz, son parte de su huella indeleble en nuestra historia.
A partir del gobierno de Guillermo Gaviria Correa, los ciudadanos antioqueños se han venido haciendo más conscientes de sus responsabilidades en la construcción de lo público y de su papel como transformadores del presente y constructores del futuro anhelado para sus hijos. Él con la práctica cotidiana de la planeación participativa, con el diálogo permanente, con metodologías de seguimiento a las decisiones colectivas, nos dejó el camino de la concertación y de la palabra, que es el camino que realiza plenamente la Noviolencia en una sociedad que puede nombrarse a sí misma y reconocerse en la diferencia para potenciarla como pilar de la construcción compartida de realidad.
El próximo sábado 5 de mayo se cumplen nueve años del magnicidio de Guillermo Gaviria, Gilberto Echeverri y ocho oficiales del Ejército, a manos de los guerrilleros de las Farc que los tenían secuestrados. Nuestro corazón y nuestras esperanzas aun viven en los sueños que ellos tejieron y que nos señalaron como camino para que la vida reine en Antioquia. Nuestra memoria se hace abrazo para saludar a sus familias y a quienes en esta tierra aun extrañamos su presencia, su ímpetu transformador.
Este artículo también lo pueden encontrar en:
http://www.elmundo.com/portal/opinion/columnistas/los_caminantes_nos_dejaron_el_camino_2.php
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2012/04/29/los-caminantes-nos-dejaron-el-camino-2/
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Los caminantes nos dejaron el camino (1)
Se cumplió ayer el décimo aniversario de un acontecimiento que cambió la historia de Antioquia y que todavía tiene muchas de sus enseñanzas por darnos: el secuestro del gobernador Guillermo Gaviria Correa y el comisionado Gilberto Echeverri Mejía, cuando encabezaban la Marcha Noviolenta de Solidaridad y Reconciliación con el municipio de Caicedo. 54 semanas después se produciría su asesinato. Aunque Guillermo y Gilberto no están físicamente con nosotros, ellos nos trazaron el proyecto ético-político y nos señalaron el camino que hoy recorremos con esperanza.
Gilberto Echeverri Mejía tuvo lo que nos encanta describir como una vida bien vivida. Sus años estuvieron llenos de amor por su familia, por su profesión de ingeniero, por su tierra antioqueña, por su país, por el progreso, el bienestar y la paz. Tomó cada uno de sus propósitos con amor, dedicación y estudio, logrando hacerse ejemplo para sus colegas y amigos, para las generaciones jóvenes de colombianos.
Comenzamos a mirar su gran dimensión cuando presidía Proantioquia y levantó su voz para despertar a su tierra, a sus amigos empresarios, a nuestra clase política, del letargo al que habían caído, al sentirse una región próspera y con las puertas del futuro abiertas. Gracias a su tenacidad, nuestro departamento logró reunir a sus más brillantes políticos, empresarios y académicos, para construir juntos un proyecto de región que previera las dificultades económicas y sociales que se avizoraban en el horizonte.
El programa Prospectiva Siglo XXI sentó las bases de un modelo de planeación en el que la cooperación público-privada (entendida la privada como la de los empresarios, las organizaciones sociales, los grupos de ciudadanos) tiene la capacidad de reconocer las expectativas legítimas de todos los actores sociales y de comprometer sus voluntades en la conquista de los objetivos comunes.
Si como región, Antioquia ha conseguido superar los malos momentos de la violencia guerrillera y paramilitar, la arremetida narcoterrorista, la corrupción de algunos sectores de la clase política, ha sido por su voluntad de trabajar unida, la misma que inspiró a Gilberto y plasmó en iniciativas innovadoras como el Planea, que maduró con la sabia dirección de la doctora Beatriz Restrepo, y tiene en su tanque de pensamiento, soportes estructurales para la promisoria Alianza Medellín Antioquia.
A Gilberto el estadista, el exministro, el exgobernador, le debemos también haber logrado sacar el interés por la reconciliación de los colombianos de las estrechas banderías ideológicas y de los intereses extremistas que acabaron legitimando la violencia como instrumento para buscarla. Su búsqueda por hacer de la paz una política de Estado lo llevó a un segundo y muy fructífero encuentro con el doctor Guillermo Gaviria Correa: el de la Noviolencia, ruta y trasegar al que dedicó los últimos años de su vida.
Llevamos en el alma los abrazos infinitos de Gilberto, su figura conversando con los jóvenes que lo proclamaron “Parcero Mayor”, no olvidamos su caminar rápido en busca del cambio, no podemos olvidar su imagen en el puente El Vaho, de donde partió con el gobernador. Pero sobre todo, tenemos para siempre como nuestra guía las lecciones de ética que dejó a sus hijos y nietos, y con ellos a nosotros, y sus enormes enseñanzas como servidor público que reconocía la importancia de educar, transformar y servir a la sociedad que le había entregado su confianza.
Estando en cautiverio, Gilberto escribió a su nieto Tomás lo que hoy leemos como un enorme testamento de vida y comprendemos como el mejor legado que un adulto les da a sus herederos -todos nosotros-. Hoy, en homenaje a su vida fructífera recogemos sus palabras para extenderlas a los nuevos antioqueños y colombianos que harán florecer la paz en estas tierras: “Cuando seas grande debes ser un hombre honrado, justo, ético y humano. Además un excelente hijo, hermano y amigo”.
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Un grande de Antioquia
En septiembre de 2011, la Universidad Nacional reconoció al ingeniero civil y de minas con especialidad en minería del carbón, Guillermo Gaviria Echeverri como egresado ejemplar. En febrero de este año, la Facultad de Minas, lo condecoró como egresado ilustre. En ambos homenajes decididos por las autoridades académicas y miembros de la comunidad universitaria, estuvo acompañado por académicos, ingenieros ilustres y empresarios que han construido país.
La Universidad Nacional de Colombia es el centro académico con mayor prestigio en Colombia. En sus aulas y laboratorios habitan ciudadanos destacados por su sentido crítico, por el rigor para tomar decisiones, por el cuidado en sus criterios. En su Facultad de Minas se han acrisolado colombianos que se sienten orgullosos de ser modelo de cientificidad, apropiación tecnológica y, sobre todo, de rendir homenaje a su lema de “Trabajo y Rectitud”.
Al reconocer a Guillermo Gaviria Echeverri como ciudadano ejemplar, la Universidad y su Facultad de Minas han recogido el balance de una vida dedicada a hacer crecer el país, fortalecer las instituciones, promover la democracia y forjar cultura y tradiciones civilistas y civilizadoras; una prolífica vida que ha merecido todas las condecoraciones de la democracia y los aplausos de la sociedad.
Desde 1923, año de su nacimiento, la parábola vital de este frontineño universal, se ha desarrollado con excelencia en todos los campos del hacer humano: el empresarismo, la docencia universitaria, la política, el periodismo, la ciencia, terrenos en los que se involucra con la pasión del estudiante que busca mejorar su acervo intelectual para contribuir al bien común, esa noción tan extraña en estos tiempos en que los que solo han servido para destruir sociedad, son legitimados para deshonrar a quienes han dedicado con tesón, fervor y honradez, una su vida de servicio a la patria.
Guillermo Gaviria Echeverri es un creador. De programas universitarios que han abierto las puertas al progreso de centenares de personas y de su región. De instituciones empresariales que han fortalecido nuestro sector agropecuario y que hoy son orgullo de Colombia en el mundo, como Colanta, organización que dio dignidad y futuro a los lecheros antioqueños; como Uniban, la mayor exportadora de banano del país, puntal de estabilidad, bienestar y progresos de la región. De obras que nos han hecho grandes, como el Aeropuerto José María Córdova. De instituciones modernas a las que ha prestado su inteligencia y visión: Comfama, la Andi, el Metro de Medellín, EPM, el Idea, entidades a cuya creación y consolidación contribuyó con generosidad y empeño.
Guillermo Gaviria Echeverri es un formador de espíritus libres que sirven al país. Lo reconocen los centenares de profesionales que han recibido sus enseñanzas en las aulas y en las empresas que ha dirigido. Lo muestran sus hijos Guillermo y Aníbal, así como sus otros seis hijos e hijas, ciudadanos consagrados a promover el progreso del país, allí donde estén.
Guillermo Gaviria Echeverri es un demócrata integral que ha luchado porque en el país la libre expresión tenga espacios y tribunas, que hizo de su curul en el Senado un modelo de debate abierto y democrático, que ha hecho de sus editoriales un ejemplo de debate independiente y constructivo y del periódico EL MUNDO una tribuna donde vive la libertad.
Desde hace más de diez años me abrió las puertas de EL MUNDO para participar con mi columna semanal. En este ejercicio he disfrutado de su respeto a mis ideas y escritos, actitud que demuestra su condición de demócrata integral y lo pone como ejemplo de periodista comprometido con el libre debate de las ideas y la promoción de la conciencia crítica.
Hoy miro con respeto y gratitud la inmensa figura de un grande de Antioquia, Guillermo Gaviria Echeverri. Sé que los errores humanos no lo aminoran pero espero que la Justicia brille para él, para su familia, para quienes estamos conmocionados con una decisión que no podemos comprender.
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El descontrol en Antioquia
Ante la publicación del Libro blanco por parte del Gobernador de Antioquia, Sergio Fajardo, expresamos que pasada la obnubilación que produjo la costosa, luminosa y avasalladora publicidad oficial, vino el inexorable paso del tiempo a confirmar lo que con argumentos claros habíamos denunciado en el transcurso del gobierno Ramos. Nos quisieron convencer que habían construido una arcadia, y no hay tal.
El pasado domingo, el doctor Ramón Elejalde denunció en su columna Contracorriente, los “afrentosos gastos” por alrededor de $86.000 millones, que se realizaron desde la Gobernación y sus entidades descentralizadas, “…para que los medios de comunicación utilizados, impusieran la imagen del gobernador y sus reales o supuestos logros, con enorme castigo para el bolsillo de los contribuyentes”.
Desde la elección de Jorge Rojas como Contralor de Antioquia, expresamos que era inconveniente que un reconocido amigo y partidario del Gobernador Ramos lo fiscalizara. Lastimosamente los hallazgos sobre irregularidades en la contratación y su maquiavélico modelo, nos dieron la razón. La evaluación que le hace la Auditoria General de la Republica -AGR- lo dice todo, en el criterio de efectividad a procesos misionales de responsabilidad fiscal y jurisdicción coactiva -centro del ejercicio del control fiscal-; en el 2009 ocupó el puesto 30 de 32 en Colombia y en el 2010 el vergonzoso último lugar, puesto 31 de 31.
En lo referente a la costosa publicidad oficial, ¿Qué acción positiva podíamos esperar de un organismo de control violador de las normas que debe hacer cumplir? Basta mirar el Informe de la Auditoría Especial a los Gastos de Publicidad de la vigencia 2011, realizada por la AGR -marzo 23 de 2012-, cuyo ejercicio auditor generó 1 hallazgo administrativo, 1 fiscal con presunto detrimento patrimonial de $663 millones, 7 disciplinarios y, 3 penales.
Inverosímil. Según la AGR, en el ente controlador -CGA-, falta seguridad jurídica en la contratación por la ausencia de controles en la elaboración y firma de documentos contractuales; el presupuesto se ejecuta mal por deficientes controles e inobservancia de normas. Se realizaron traslados presupuestales sin autorización legal; no se acataron las normas de austeridad en el gasto público en el rubro de publicidad y los rubros de publicidad o difusión no fueron disminuidos en el 30% según lo señalado en el Estatuto Anticorrupción -Ley 1471 de 2011-, por el contrario, se aumentaron en el 157%.
Según los hallazgos de la AGR, la CGA celebró 97 contratos de prestación de servicios incumpliendo requisitos legales esenciales de la contratación descritos en el artículo 410 del Código Penal; contrató publicidad que generó una gestión antieconómica para la Entidad; suscribió 7 contratos de publicidad, bajo la modalidad de contratación directa, en el periodo comprendido desde el 30 de junio al 30 de octubre de 2011, tiempo en que regía la Ley 996 de 2005 de garantías electorales, que según reiterados conceptos del Consejo de Estado, aplica para “todos los entes del Estado”, incluidas las contralorías territoriales, además incurrió en la conducta tipificada como prevaricato por acción por inobservancia del procedimiento para autorizar vigencias futuras.
Igual que lo hizo la AGR con la CGA, las denuncias realizadas por el doctor Ramón Elejalde deben ser investigadas por los organismos de control, con el fin de establecer, ¿Cuál es el valor real del gasto por publicidad y rubros similares en el cuatrienio? ¿$86.000 millones, o más? ¿Cuáles fueron los beneficios de esos gastos para la Gobernación de Antioquia? ¿En la vigencia 2011 fueron disminuidos estos gastos en el 30% como lo establece el Estatuto Anticorrupción, o se aumentaron como en la CGA? ¿Cuándo sabremos que sucedió realmente en el Gobierno de Antioquia en el cuatrienio del doctor Ramos y en la nefasta gestión de su partidario y amigo, Jorge Rojas Otálvaro en la CGA?
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El bosque fantasma del Idea
Para la cofinanciación y construcción de la sede del Palacio de los Tribunales de Justicia de Antioquia, se suscribió un convenio el 12 de febrero de 2009, entre la Gobernación de Antioquia, el Consejo Superior de la Judicatura, el Idea y el Ministerio del Interior y de Justicia; este último se comprometió a realizar un aporte para dicho convenio de $15.000 millones, a través de bienes extinguidos de la Dirección Nacional de Estupefacientes.
El Idea, mediante oficio No. 0006394, de fecha 24 de Septiembre de 2009, le comunica al Ministro del Interior y Justicia, que una vez recibida la información sobre los bienes inmuebles y los valores de avaluó por parte de la Dirección Nacional de Estupefacientes -DNE-, los acepta como parte de pago para destinarlos a la ejecución del proyecto.
Entre los inmuebles seleccionados por el Idea, se encuentra el predio La Siberia, ubicado en el municipio de Sabaneta, avaluado el 11 de Septiembre de 2009 -por la firma seleccionada por la DNE, Ainka Consultores S.A.-, en $4.893 millones. Este avaluó técnico incluye, el valor físico de la propiedad $2.776 millones y el valor de un cultivo de pino por $2.117 millones.
Cultivo de pino cuya existencia consta en informe de visita al predio, realizada por los funcionarios del Idea, el 13 de agosto de 2009: “Se observa también la explotación de madera, aprovechando las vastas áreas de bosque que se encuentra en el lote, siendo esta la actividad económica principal en el mismo…”, adjuntando en dicho informe las fotografías de lo observado.
No es posible que nadie sepa cuándo ni cómo, el cultivo de pino, se volvió un bosque fantasma. El 19 de abril de 2010 -oficio No. 0002545-, la Gerencia del Idea le solicita a la DNE, revisar el avalúo del predio, “…toda vez que hemos tenido conocimiento de la extracción de la madera…” y solicita “… se adopten las medidas necesarias tendientes a garantizar la conservación…”. Dicha solicitud es reiterada, mediante oficio No.0003834 con fecha 21 de junio de 2010.
Extrañamente, a los tres días siguientes, con la resolución 0007 del 24 de junio de 2010, se entrega al Idea por parte del Consejo Nacional de Estupefacientes, “…una vez inspeccionados y visitados…”, bienes inmuebles por valor de $13.468 millones, incluyendo La Siberia, con el cultivo de pino. Estableciéndose que el Idea, será responsable de mantener y custodiar los bienes inmuebles asignados.
No sé si exista denuncia ante las autoridades competentes, sobre el hurto de madera en el lote en mención, creo que no. En informe de la Inspección de Policía de Sabaneta, del día 30 de Septiembre de 2011, donde se adelantó la diligencia de entrega real y material del predio a funcionarios del Idea, no se deja constancia alguna sobre esta irregular situación, en relación al hurto de la plantación de pino extraída del predio La Siberia por valor de $ 2.117 millones.
Lo delicado del asunto se encuentra en la respuesta de la DNE, del 27 octubre de 2011 a las solicitudes de revisión del avalúo -oficio 20112050027572-: “…el aporte comprometido (…) ya fue entregado en su totalidad…”, es decir, el Idea debió registrar en su contabilidad, bienes inmuebles por $13.468 millones, incluyendo el predio La Siberia por valor de $4.893 millones, con el cultivo de pino por $2.117 millones, pero registró el bien por $2.776 millones. ¿Cómo lo hizo? ¿Magia negra contable?
¿Dónde está la madera de La Siberia? ¿Quién la sustrajo? ¿Quién era el depositario de la DNE? ¿Quién responderá por los $2.117 millones, la DNE, el Idea? ¿Esta irregular actuación retrasará la necesaria obra para la justicia en Antioquia? Pagará la Justicia los platos rotos de los manejos inescrupulosos y oscuros del Idea en la administración anterior?
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Estatuto de Oposición Territorial
Norberto Bobbio, uno de los grandes pensadores de la ciencia política, decía que un sistema democrático moderno, debe garantizar el ejercicio pleno de la oposición política de las organizaciones que persiguen fines contrapuestos a los que defienden quienes detentan el poder del Estado, es decir, garantizar el ejercicio de la oposición debe ser prioridad en cualquier sistema democrático.
Una breve mirada al sistema político colombiano en su contexto histórico, permite ver problemas estructurales no resueltos en todos los niveles del estado, de violencia política, fraude electoral, pérdida de identidad ideológica, deslealtad política, transfuguismo, exclusión de ciudadanos y actores protagónicos, entre otros, que restringen la democracia para el ejercicio de una oposición con plenas garantías.
Aunque debemos valorar los esfuerzos normativos que se han hecho en Colombia, como los consagrados en nuestra Carta Política y en las leyes que reconocen los derechos de participación, acceso a la información y presencia institucional de la oposición e intentan proteger los derechos políticos de las fuerzas diferentes al Gobierno, es claro también que en el país existen múltiples asuntos que no han posibilitado la materialización real y efectiva de la oposición.
Así lo ha entendido en el ámbito nacional, el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos, el cual integró mesas de trabajo, con acompañamiento técnico internacional, con el objetivo de avanzar en un proceso de consulta y diálogo para construir una propuesta de Estatuto de la Oposición. Un borrador inicial se encuentra en manos del Polo Democrático Alternativo -PDA-. Esperamos voluntad de las partes para que se radique en el Congreso de la República un proyecto que nos permita encontrar el sano equilibrio entre la gobernabilidad y las garantías a la oposición.
Este contexto y los problemas estructurales que hemos analizado en el país, tienen su más explícita expresión en la política territorial. Por ello, considero necesario que el proceso de concertación para construir una propuesta de Estatuto de la Oposición -estimulado por el Presidente Santos-, se extienda al ámbito territorial, a las asambleas departamentales, a los concejos municipales y otras instancias de la sociedad civil, como condición necesaria para el ejercicio adecuado de la oposición en todos los niveles del Estado, es decir, para fortalecer la democracia desde lo local y regional.
En Colombia aprobamos la reelección presidencial sin discutir el Estatuto de la Oposición y hemos sentido su vacío. En múltiples oportunidades se ha buscado que en el Congreso de la República se apruebe la reelección de alcaldes y gobernadores, con todo respeto considero que con mayor énfasis en lo territorial debemos poner en práctica ese sano equilibrio entre la gobernabilidad y las garantías a la oposición, antes de discutir y aprobar cualquier propuesta en este sentido.
Grandes estudiosos de la ciencia política mundial -Pasquino y Sartori- han planteado la ineludible responsabilidad que los sistemas democráticos poseen frente a la garantía del ejercicio de la oposición, que es antes que nada, una expresión del derecho fundamental a la participación política. En las democracias modernas existe muy poca oposición real y sustentada, mientras en algunos sistemas políticos permiten y propician esta escasa oposición, otros anulan la posibilidad.
Recordando a Sartori: “El lugar de la oposición en un sistema político debería ser el de las vocales con respecto a las consonantes en el idioma español… tan solo son cinco pero están en todas las palabras”; ojalá en el alfabeto de nuestro sistema político colombiano, en todos los escenarios democráticos del país, en los entes territoriales –departamentos y municipios-, incluyéramos las vocales, en un renovado e incluyente lenguaje, como soporte fundamental de una nueva cultura política.
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Concesiones para la prosperidad
El retraso en infraestructura de servicios públicos, vial, petrolera, minera, tecnológica, hace que nos preguntemos, ¿si el objeto del modelo de concesiones implementado en Colombia desde inicios de la década de los noventa, ha sido adecuado para transferir al sector privado las principales responsabilidades derivadas de la construcción, operación y mantenimiento de este tipo de proyectos?
Son innegables las bondades de transferir estas responsabilidades a los privados, pero la corrupción e imperfecciones del modelo, que en el caso de la infraestructura vial, ha evolucionado durante tres generaciones, tratando de corregirse sin lograrlo, hacen que en Colombia debamos revisarlo a fondo.
Aunque se buscó corregir el impacto negativo en las finanzas públicas por la exigencia de las garantías por flujos de tráfico sobreestimados y se avanzó en una política de mejor distribución del riesgo y mayor avance en los diseños avalados por estudios de impacto ambiental; los sobrecostos en los proyectos, ineficiencias y corrupción, hacen que el modelo aun no sea el más conveniente y adecuado para lograr actualizar el país en materia de infraestructura.
Colombia es uno de los países latinoamericanos con mayor costo de transporte de mercancía por contenedor exportado, debido precisamente, a que el ritmo de crecimiento de los proyectos de infraestructura ha sido menor que el del comercio. Es más costoso llevar un contenedor del centro del país a uno de nuestros puertos en el Pacifico o en el Atlántico, que de allí a Estados Unidos, Asía o Europa.
¿Cómo recuperar el tiempo perdido para insertarnos de manera eficaz en el mercado global al que nos vemos abocados con procesos como los tratados de libre comercio, si continuamos con los mismo problemas en los esquemas de concesiones? El Gobierno Nacional debe adoptar una nueva estrategia de concesiones que nos permita recuperar ese tiempo perdido y ponernos a tono con el nuevo contexto global, avanzando en el desarrollo de obras que cumplan como mínimo, con los estándares técnicos internacionales.
¿Cómo lograr entonces, un modelo más transparente, eficiente y eficaz, que permita modificar entre otros, la problemática de predios, licencias ambientales, estudios, diseños, débil planeación contractual, ausencia de criterios técnicos y de reglas de juego claras entre contratantes y contratistas?
¿Durante estas décadas de evolución del modelo de concesiones, ha adquirido el Estado la capacidad suficiente y necesaria para diseñar, contratar y administrar las concesiones? No. Por el contrario, las demandas y reclamaciones al Estado son el factor común de unas entidades públicas permeadas por la corrupción, débiles técnicamente, ineficientes e ineficaces.
Una estrategia en un nuevo escenario de concesiones debe priorizar la generación de confianza legítima de parte de quienes operen los proyectos, e incluyan alternativas para que empresas de reconocida trayectoria nacional e internacional como ISA, tengan la competencia para contratar, en su papel de estructuradoras, a las compañías que ejecuten las obras físicas de proyectos de infraestructura.
Hay una absoluta confianza en la capacidad técnica y la solidez de ISA. El tiempo para desarrollar un proyecto bajo este esquema propuesto, dependerá del flujo de recursos, de la estructuración del modelo financiero. La experticia de ISA le permite salir de inmediato a entregar por licitación la construcción simultánea de obras, tal como lo hace con la infraestructura de interconexión eléctrica, en la cual contrata la construcción de la obra física con terceros especializados y certificados en esa labor, mientras la empresa conserva su condición de estructuradora del proceso completo.
Bajo un marco técnico, jurídico, económico y ambiental conveniente, esta ruta nos brindaría la confianza suficiente para avanzar en un nuevo modelo de concesiones para la prosperidad.
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El control en blanco y negro
Para verdades el tiempo. Pasada la obnubilación que produjo la costosa, luminosa y avasalladora publicidad oficial, vino el inexorable paso del tiempo a confirmar lo que con argumentos claros habíamos denunciado en el transcurso del gobierno Ramos. Nos quisieron convencer que habían construido una arcadia, y no hay tal.
Inadecuada e inoportuna planeación; excesiva contratación directa; irregularidades en el Idea, Fla, Indeportes, Teleantioquia, Dapard, Minas, Vivienda, Infraestructura, Salud, Educación, Plan Departamental de Aguas; excesivo incremento en la deuda y en los gastos de funcionamiento; a lo que se suma el amplísimo listado de que da cuenta el Libro Blanco del Gobernador Fajardo, son sin duda, el material sobre el cual deberán adelantar investigaciones pertinentes las entidades competentes.
Entidades de control competentes, sobre las cuales muchos ciudadanos perplejos se preguntan ¿Qué hicieron en este cuatrienio? Yo agregaría, ¿Qué investigaciones se realizaron sobre las reiteradas denuncias realizadas desde importantísimos medios de comunicación como El Colombiano, El Mundo, Caracol, RCN, Revista Dinero y por columnistas como Ramón Elejalde, Jorge Mejía y quien esta columna escribe?
Ni que decir de la lamentable tarea del contralor departamental quien estaba éticamente impedido para ejercer el control fiscal, no sólo por haber integrado la comisión de empalme, sino por ser reconocido franco partidario y amigo del Gobernador Ramos, cuya gestión debía vigilar. Vergonzosamente para Antioquia, esa contraloría de Jorge Rojas -que irregularmente contrató excesiva publicidad para tratar de vender una imagen de falsos resultados positivos-, acaba de ser calificada por la Auditoría General de la Nación con 5.5 sobre 20, ocupando el penúltimo lugar del escalafón nacional.
Precisamente por la falta de autoridad moral de quien ejercía el control fiscal en Antioquia, desde la Comisión VI del Senado de la República, solicitamos controles excepcionales, que le dieran claridad a la opinión pública con absoluta imparcialidad y rigor técnico sobre las presuntas irregularidades del gobierno Ramos y los desafueros procesales y administrativos ocurridos en la gestión del señor Rojas Otálvaro, por cuya inspiración, vale recordarlo, surgió la cuestionada Fundación para el Buen Gobierno, respecto de la cual, en buena hora, la señora Contralora Departamental ha anunciado una seria investigación.
En Sesión de la Comisión VI, le consultamos a la Señora Contralora General de la Nación sobre el avance de los controles solicitados; con valor y honestidad, la doctora Morelli denunció: “…los resultados de la delegada de investigaciones, son realmente deprimentes, allá lo único que abundan son las caducidades y las prescripciones (…) allá lo que sucede es que los funcionarios se vuelven como los dueños y los soberanos de los procesos (…) allá se pierden las pruebas…” “…allí hay un problema estructural realmente serio (…) y efectivamente había decisiones paralelas o procesos paralelos y peticiones de dádivas”.
Estas y otras similares razones debieron motivar la denuncia penal que ante la Fiscalía General de la Nación, acaba de instaurar -el pasado viernes 2 de marzo-, contra funcionarios de la Contraloría General de Antioquia y la Gerencia Departamental de la propia Contraloría General de la República, la doctora Luz Ángela Martínez Bravo, Contralora Delegada Intersectorial de la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción, sobre cuyo trámite y conclusión estaremos atentos.
Es inaplazable una investigación del Procurador General de la Nación, que arroje resultados claros sobre las denuncias y permita establecer si en la Procuraduría Regional en Antioquia ocurrió algo similar a lo que denunció la Contralora, pues la lenta y omisiva conducta de sus agentes, impidió una decisión oportuna por parte del doctor Alejandro Ordoñez, quien en Colombia ha demostrado tener un compromiso ineludible e inaplazable con la pronta y cumplida justicia.
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¿Dónde está el piloto?
Aunque no estoy de acuerdo con la operación tortuga que adelantaron, me sorprendí al leer la noticia: “…culminó con éxito el proceso de negociación con los controladores aéreos del país. El acuerdo contempla entre otras cosas, la incorporación de 35 nuevos controladores de tránsito aéreo, que ingresarán a la planta de la Aerocivil, en el menor tiempo posible”.
¡35 nuevos controladores! En septiembre del 2010, en la Comisión VI del Senado de la República, sobre nuestro cuestionamiento por la existencia de un déficit del 40% de los controladores aéreos, el Director de la Aerocivil nos dijo: “…queremos vincular más de 200 controladores aéreos (…) los que se vayan a contratar, son necesarios para el flujo que estábamos esperando en este momento, pero dentro de cinco años pueden ser más…”. Director, dígale al país cuántos de los más de 200 prometidos han ingresado y si los 35 son suficientes.
El transporte de pasajeros en los últimos 18 años ha aumentado en un 120% en vuelos nacionales y 296% en internacionales. Las operaciones aéreas han aumentado entre el año 2004-2011 más del 22%, pasando de 874.790 operaciones en el 2004 a 1.142.482 al 2011. Para el año 2010 se movilizaron 20.143.296 personas, incrementándose en 3.854.301 los pasajeros con respecto al 2009. El mayor crecimiento se presentó en la operación doméstica con un 30% y en la operación internacional un 11%.
De manera contradictoria, el crecimiento del sector no ha coincidido con el despliegue de estrategias oportunas y eficaces para mejorar el servicio y responder de acuerdo con las normas internacionales de la OACI, a los requerimientos competitivos que esto implica. No puedo comprender por qué mientras el sistema de transporte aéreo es quizá uno de los servicios comerciales con mayor crecimiento en los últimos años en Colombia, la planta de personal de los controladores aéreos -fundamentales para la seguridad aérea-, se mantiene prácticamente estática.
La gravedad de la situación de los controladores aéreos, es sólo una pequeña parte del problema estructural de la Aerocivil. Dos grandes fenómenos se han venido configurando en el sistema: el maltrato y abuso de los derechos de los usuarios por un lado, y la falta de condiciones de seguridad aérea, por el otro. Desde la Comisión VI, acompañamos al Senador Efraín Torrado en el análisis descarnado que realizó sobre los derechos de los usuarios y la necesidad de encontrar alternativas de solución a los problemas tarifarios, las sanciones, las penalidades, las reservas, y el maltrato que a diario sufren los usuarios.
Las fallas o abusos en la prestación del servicio frente a los usuarios se mantienen, entre otras, cancelación de vuelos; incumplimiento de los itinerarios ofrecidos por las aerolíneas; publicidad engañosa; se incumple en la distribución de información sobre los derechos de los usuarios; pérdida de equipajes; sobreventas de tiquetes; múltiples fallas del servicio en los aeropuertos; falta de planeación en el diseño de la infraestructura de acuerdo a la demanda presente y futura del mercado.
A este complejo escenario de vuelo, debemos agregar la inseguridad aérea a la que nos vemos expuestos diariamente debido a fallas técnicas y carencias en la infraestructura técnica y humana de la operación aérea en el país, como duplicidad de radar, falla de detección y falla de frecuencia aeronáutica, todas, potenciales de afectación de movilidad aérea.
En este contexto debemos preguntarnos, ¿el Sistema de Transporte Aéreo está lo suficientemente preparado para afrontar con seguridad y calidad en el servicio, los niveles de operación que se han alcanzado y el crecimiento que se avecina? ¿Cómo resolveremos un problema estructural como el de la Aerocivil, del que dependen las vidas de todos los que a diario vuelan en el país? ¿Dónde está el piloto del Sistema de Transporte Aéreo en Colombia?
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Coherencia, consenso y confianza
POR EUGENIO PRIETO SOTO
Ningún miembro de una sociedad puede sustraerse del cumplimiento de los fallos judiciales, pues ellos representan una instancia civilizada en la solución de las diferencias. La clásica tripartición de los poderes universalmente aceptada, constituyó desde siempre un avance significativo en las relaciones entre los estamentos públicos. Se erigió como un límite necesario en el señalamiento de las esferas de gestión y de las competencias atribuidas para su realización.
No obstante, en materia política, la construcción de lo público no se limita al ejercicio meramente jurisdiccional ni al simple cumplimiento de las decisiones de dichos órganos. Lo público reclama, además de legalidad, también coherencia, consenso y confianza, precisamente por ser estos elementos los que le dan legitimidad a la construcción de cultura política, de ciudadanía, a la reformulación de la manera de hacer la política, a la comunicación entre el dirigente y el ciudadano y, por sobre todo, al ejercicio del poder, a los medios utilizados para obtener los fines, en tiempos en los que, como en los actuales, desde lo político, cada vez deben ser más transparentes esos medios y más amplias las responsabilidades con la ciudadanía.
El cómo se logra el poder se ha vuelto tan importante como la manera en que se ejerce. El alinderamiento esencial entre la vieja y la nueva forma de hacer la política se apoya en estos paradigmas. Ya no basta ganar el poder por cualquier medio, ni ejercerlo de cualquier manera. La concertación, los consensos partidarios sobre los programas de gobierno, los planes de desarrollo, la comunicación fluida y franca con la ciudadanía, la rendición constante de cuentas y el examen permanente sobre las posturas de los partidos y sus miembros, constituyen la nueva agenda inaplazable para quienes marchan al unísono con el tren de la historia.
A ello se suma el respeto por los acuerdos construidos desde un ideario político social, por la pertinencia de las decisiones, y sobre todo, por la plena identidad entre lo predicado y lo practicado. Creo necesario insistir en el deber político de la coherencia, de la construcción de políticas públicas, no desde la personal apetencia de un grupo o individuo determinado, sino desde las posturas de bancada, de partido, que ha de suponerse, representan y traducen mejor el sentir colectivo. Los nuevos tiempos exigen que no haya distancia o diferencia entre las palabras y los hechos porque como dice el proverbio, cuando uno no vive como piensa, acaba pensando cómo vive.
Los cuerpos colegiados públicos tienen hoy inaplazables responsabilidades y tareas con la sociedad. El ejercicio respetuoso y cabal del control político, el examen serio de las herramientas de gobierno, la pertinencia de las políticas públicas, el índice exacto de las necesidades y angustias por satisfacer, son, por fuerza de la realidad, de mayor entidad, trascendencia y significación política, que el simple reacomodamiento de una mesa directiva en una corporación pública, ya que como dijera Confucio, no puede apagarse con fuego un incendio ni remediarse con agua una inundación.
Siempre ha sido mi convicción, que a eso deben aplicarse las horas del dirigente, los días, los meses y los años, pues la construcción política como ninguna otra, es una opción de vida que implica comprender que los pasos del día a día, las acciones de hoy, han de permitir avanzar con firmeza colectiva en el mañana, en el largo plazo. Solo de esta manera construimos cultura política y respondemos coherentemente a los partidos políticos, a los órganos de control, a la ciudadanía, a la sociedad, pero por sobre todo, a la historia, al futuro.
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La suspensión del Túnel
En anteriores artículos -Ordenanzas ilegales, Vigencias futuras excepcionales y El túnel de las imposiciones-, me referí a diferentes razones técnicas, legales, financieras y ambientales que nos llevaron a aplazar el “Túnel de Oriente” en el tiempo, no obstante el impacto que podría generar en el progreso y desarrollo de Antioquia.
Reitero que una obra no se puede iniciar si no tiene completos los diseños, el cierre financiero para su ejecución y mucho menos, si tiene grave impacto sobre el medio ambiente y no se garantiza su mitigación.
Por tanto, compartimos la decisión tomada por el Ministro de Ambiente Frank Pearl, de ordenar la suspensión por 90 días de las obras del “Túnel de Oriente”, con el fin de adelantar nuevos estudios en torno al proyecto y examinar las licencias que autorizaron el inicio de los trabajos.
Valoramos esta decisión del Gobierno Nacional, que deberá respetar las autonomías, pero ejercer su responsabilidad de articular las políticas ambientales desarrolladas por los gobiernos territoriales para que respondan a criterios rigurosos en pro de garantizar que no habrá un detrimento cuantioso de nuestros recursos financieros, ni daños enormes a los sistemas naturales, ni mucho menos un declive significativo de la estabilidad social.
Dos son los documentos que fundamentan el lío jurídico y ambiental en el que se desarrolla este proyecto; la Resolución 1764/02 de Cornare “Por medio de la cual se otorga una Licencia Ambiental” al Proyecto Conexión Vial Aburra-Oriente, y la Resolución 112-0741/10 de Cornare “Por medio de la cual se acoge una información y se toman otras determinaciones”. Entre ambas resoluciones existen delicadas incoherencias que nos llevan a cuestionar su propia validez.
Veamos. Una nueva ruta, nueva boca de túnel, nueva longitud, un nuevo túnel. La boca del túnel aprobado por la Resolución 1764/02 estaba situada en el triángulo del lugar conocido como estadero o discoteca Capital, en el nuevo proyecto se traslada hasta la puerta de acceso al Seminario Mayor; el túnel deja de tener una extensión de 270 metros y pasa a tener 813 metros de longitud; la licencia ambiental de la Resolución 1764/02 fue otorgada para un túnel y en la Resolución la 112-0741/10 se autorizan dos túneles paralelos en Santa Elena, es decir, hay cambios substanciales.
La norma establece que los estudios de impacto ambiental NO son objeto de aprobación sino de conceptos técnicos, con base en los cuales la autoridad ambiental decide sobre el otorgamiento o no de una Licencia Ambiental.
El Ministerio del Medio Ambiente ha afirmado que la licencia ambiental concedida es exclusivamente para el proyecto descrito en la resolución 1764/02, es decir, el primer proyecto presentado. Para un nuevo túnel la norma no contempla la posibilidad de “acoger o aprobar ajustes del estudio de impacto ambiental”, tal como lo hizo Cornare, eludiendo la obligación de modificación de la Licencia Ambiental.
Nos quedan múltiples interrogantes de una obra que deberá hacerse, cuando se satisfagan las diferentes objeciones. Mientras tanto, pregunto, ¿Por qué omitió el exgobernador Ramos el Fallo del Consejo de Estado del pasado 14 de julio/11, que ordena no aplicar por inconstitucional los actos administrativos que autoricen incorporar a los respectivos estatutos presupuestales territoriales vigencias futuras excepcionales? ¿Por qué ningún órgano de control se pronunció sobre la inauguración o inicio de obra a menos de 15 días de las elecciones territoriales, que violó la Ley de Garantías e incluso la Directiva 003 de marzo 15/11 de la Procuraduría General de la Nación que solicitó no iniciar obras? ¿Qué razones motivaron al exgobernador Ramos a iniciar la obra con soberbia -” ninguna autoridad me va a impedir que inicie las obras”-, sin tener en cuenta las fundamentadas objeciones técnicas, ambientales, sociales y jurídicas?
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Un nuevo control fiscal
En anteriores artículos me referí al informe: Control al Control sobre la Contratación -CCC-, realizado por la Auditoria General de la República -AGR- sobre los contratos suscritos por los sujetos vigilados por las contralorías territoriales, entre noviembre de 2009 y febrero de 2011. El informe denuncia la captura de la contratación pública por parte de los corruptos en varias entidades y regiones del país, a través de la generalización de la contratación directa en los entes territoriales que evaden el principio de selección objetiva a través de asociaciones, corporaciones, fundaciones y otras entidades, evidenciando contratos con éste tipo de instituciones por $4.4 billones y convenios interadministrativos por $1.9 billones.
Esta modalidad de contratación directa representó en los entes territoriales en el 2010, el escandaloso indicador del 60%, aumentando al 74% en el primer trimestre del 2011. Los vergonzosos mayores porcentajes de contratación directa se concentraron en los territorios fiscalizados por las contralorías de Nariño, Bogotá, Santander, Antioquia y Cali. Estas cifras, muestran enormes debilidades en el control de la contratación por parte de las entidades públicas y del control fiscal que ejercen las contralorías territoriales.
¿Cómo han permitido las contralorías, tal situación? ¿A qué se debe su permisividad? ¿Quiénes entonces deben hacer respetar las leyes sobre contratación pública? ¿Qué harán las autoridades competentes sobre estos descomunales indicadores de trampa y corrupción? y agregamos, ¿Será que fracasó el modelo de control fiscal en Colombia?
A los anteriores interrogantes deberán responder las y los nuevos contralores territoriales elegidos por los respectivos concejos y asambleas para el período 2012-2015, con los cuales esperamos, conjuntamente con el Congreso de la República, replanteemos ese perverso modelo de control fiscal que se ejerce con sesgo, prevaricando y abusando del poder -por acción y por omisión-, con sectarismo, persiguiendo funcionarios o tapando y siendo permisivos, para que avancemos en el diseño e implementación de un nuevo modelo de control fiscal para los entes territoriales, objetivo e imparcial, que construya confianza ciudadana y garantice la protección y utilización transparente, eficiente y eficaz de los recursos públicos en el país.
En tal sentido, rescato el carácter, la posición clara y sin ambigüedades, asumida por la nueva responsable de la Contraloría General de Antioquia -CGA-, doctora Luz Helena Arango Cardona, en su posesión: “…se harán controles de advertencia a todas las instituciones públicas del Departamento, para que revisen las contrataciones que se están haciendo con Fundaciones y Asociaciones…” y “…al Gobierno Departamental para prevenirlo sobre los procedimientos utilizados en materia de contratación, específicamente con respecto a la Fundación para el Bienestar Global, antes Fundación para el Buen Gobierno –FBG-, que de considerarlo conveniente se debe proceder a instaurar las acciones necesarias para su liquidación”. Agregaría yo, Fundación sobre la cual se debe revisar toda su contratación.
¡Qué paradoja! Proponer su liquidación la nueva Contralora de Antioquia quien reemplaza al autor de tan “brillante iniciativa”, el hoy excontralor Jorge Rojas Otálvaro. Dicen que no hay peor ciego que el que no quiere ver ni peor sordo que el que no quiere oír. Qué lástima que el exgobernador Ramos nunca quiso ver ni escuchar las denuncias sobre lo que sucedía en su Gobierno con la FBG, la cual él debió liquidar, ¿cuál fue la razón? Vaya uno a saberlo. Le corresponderá al gobernador Fajardo liquidarla. Bienvenido un nuevo control fiscal que recupere su independencia, objetividad e imparcialidad, la confianza y la credibilidad.
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La amenaza de los INFIS
El año pasado, en varios artículos -El Idea baja calificación (1) (2) (3) y La asfixia de los Infis-, me referí a los Infis y a la situación económica y financiera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -Idea-, y a las posibles causas y graves consecuencias de la disminución de su calificación de riesgo crediticio. Llamé la atención de la opinión pública sobre la forma irregular como se venía administrando el Idea, en atención a lo dispuesto por el Decreto 1525 de 2008; la disminución de la calificación y los problemas de liquidez lo ponían en un alto riesgo de cesación de pagos y, lo más grave, lo podían llevar a su liquidación.
Lastimosamente, desde el Gobierno departamental y el Idea, con el oscuro ocultamiento de información y con la desfachatez de pretender minimizar las graves consecuencias de la disminución en la calificación, sin ningún argumento técnico, trataron de descalificar las evidencias que presenté y de desviar el debate con todo tipo de insultos y amenazas de demandas temerarias.
Extrañamente, el pasado 13 de octubre de 2011, recibí en mi despacho una comunicación de parte del Gobernador de Antioquia y del Gerente del IDEA en la que entre otras cosas me dicen: “…acudimos a usted señor Congresista, a fin de manifestarle la preocupación del gobierno de Antioquia por la situación puntual del Instituto para el Desarrollo de Antioquia con respecto a lo establecido en el Decreto 1528 de 2008 (….) frente a este panorama, si al 31 de diciembre de 2011 no se modifica el decreto 1525 de 2008, los INFIS van a tener que desmontar sus captaciones y algunos de ellos, los más grandes e importantes como el IDEA tendrán que ser liquidados”.(subraya nuestra)
Si hubiéramos esperado a que el Gobierno de Antioquia hiciera algo, tal vez estaríamos ante la inminente liquidación de esta importante entidad. ¡Qué tarde aceptaron que teníamos razón!w. Nos cuestiona tal facilismo e irresponsabilidad, solo hasta ahora aceptan y se preocupan por tan delicada situación -año y medio después de nuestras denuncias-.
Con otros congresistas que valoramos el aporte que al fomento y desarrollo de los departamentos, en especial de los municipios, nos han brindado los INFIS, hemos trabajado todo este tiempo en la búsqueda de soluciones a la problemática que nos ocupa; en noviembre de 2010, con el Presidente de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara, el Representante Oscar Marín, realizamos un debate con el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en el cual logramos una prórroga a la entrada en vigencia del Decreto 1525 de 2008.
Este año continuamos trabajando con los INFIS en propuestas normativas para regular las actividades que realizan, además logramos que el Gobierno Nacional a través del propio Presidente de la República y del Señor Ministro de Hacienda le prestaran interés a la situación que están atravesando este tipo de entidades que tanto bien le hacen al desarrollo regional y local y, lo más importante, estamos promoviendo una política pública de banca de fomento y desarrollo, en la que estas entidades jueguen un papel fundamental.
Para tranquilidad de los INFIS en Colombia, esta semana ese grupo de Congresistas comprometidos con su modelo de banca de fomento y desarrollo, logramos que el Ministerio de Hacienda expidiera un Decreto que se encuentra para la firma del Presidente de la República, en el que se amplía el plazo para obtener las calificaciones exigidas, mientras avanzamos en la expedición de una regulación para que la Superintendencia Financiera vigile las actividades de los INFIS, lo cual va a garantizar que en el futuro se alejen de ellos los fantasmas de personas fantasiosas, manejos irregulares e irresponsables, que como en el caso de la gerencia del Idea en Antioquia, tuvieron la anuencia del Gobierno departamental que termina.
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Informe especial II Constituyente Liberal, Senador Eugenio Prieto

Bogota, 13 de diciembre de 2011. (Prensa del Senador Eugenio Prieto).Culminó la II Constituyente Liberal, convocada por Resolución 2900 de octubre de 2011, para los días sábado 10 y domingo 11 de diciembre, que tuvo como fundamento jurídico el artículo 107 de la Constitución Política, el cual establece que por lo menos cada dos años, los Partidos y Movimientos Políticos deben realizar convenciones y la Ley 1475, la cual preceptuó que dentro de los dos años siguientes a su vigencia, los Partidos deberán adecuar sus estatutos a lo ordenado en dicha Ley, mandato que el Director Nacional -en virtud del artículo 9 de la precitada Ley-, acoge plenamente expidiendo la Resolución 2895 de 2011,“Por medio de la cual se promulgan los estatutos del Partido Liberal Colombiano, ajustados a la ley 1475 de 2011”, los cuales, como lo exige el procedimiento, aprobó el Consejo Nacional Electoral -CNE, mediante la Resolución 4402 de noviembre 9 de 2011; además, mediante las Resoluciones 2904, 2905, 2906 del 18 de noviembre del 2011 del Partido Liberal.
La Constituyente, que contó con la participación y representación de aproximadamente 1200 dirigentes, líderes y militantes de todo el país, comenzó el sábado con la instalación oficial por parte todos los miembros de la Dirección Plural del Partido y de los voceros Simón Gaviria y Juan Fernando Cristo, acompañados del Ministro del Interior, Germán Vargas Lleras.
En su discurso de instalación, el ahora Director único del Partido, Simón Gaviria aseguró a los Constituyentes que el Partido quiere la reunificación y el reagrupamiento para que todos los liberales que están alejados regresen a la colectividad y afirmó que este era el escenario propicio para que el Partido Liberal se ubique a la vanguardia de la sociedad del siglo XXI, siendo siempre “el Partido de lo social, el de la gente, el del pueblo, el Partido que defiende al ciudadano.” Habló de pluralismo y derecho al disentimiento dentro del Partido, del nuevo clima de tolerancia y respeto por las ideas, la práctica de una nueva ética política. Dijo que los retos son grandes, pero que el Partido y los dirigentes, están preparados.
Por su parte, el Senador Juan Fernando Cristo, dijo que esta Constituyente ratifica que el Partido Liberal es el Partido de las ideas, que en los últimos años recuperó su identidad ideológica, se transformó y que como tal, la agenda programática ha sido parte del Gobierno de Unidad Nacional de Juan Manuel Santos, con leyes tan importantes como la de víctimas y de primer empleo. Afirmó que el Gobierno Nacional, ha ido de la mano con las ideas del Partido, lo demuestra que el Liberalismo tiene una verdadera vocación de servicio y de defensa de los derechos de los colombianos.
En este mismo sentido, habló el Ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, quien en su discurso reconoció la labor de la bancada liberal para sacar adelante importantes iniciativas legislativas de la agenda del Gobierno Nacional. Uno por uno, nombró la participación de los Congresistas liberales en los diferentes proyectos de ley. Así mismo, leyó un comunicado enviado por el Presidente Juan Manuel Santos, quien en su misiva, les dijo a los Constituyentes que a pesar de no pertenecer actualmente al Partido Liberal, permanecen en él las ideas liberales:“Nunca he renunciado al ideario Liberal” afirmó el Jefe de Estado.
Luego de la instalación, comenzó el panel de Superación de la pobreza, primer empleo y políticas públicas para las víctimas del conflicto armado,con ponencias a cargo de los Ministros de Trabajo, Rafael Pardo Rueda; Justicia, Juan Carlos Exguerra y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano.
El Expresidente Ernesto Samper, saludó al auditorio haciendo un llamado a pensar en la importancia de una candidatura única para el Partido, a dar una discusión más amplia acerca de las modificaciones a los estatutos del Partido y la importancia de los sectores sociales para fortalecer el ideario socialdemócrata.
En las horas de la tarde, el Honorable Senador Jesús Ignacio García y el Secretario General, presentaron la propuesta de modificación de los estatutos realizada por los compromisarios del Partido y se abrió el espacio para la deliberación, en el cual algunos asistentes presentaron sus inquietudes, resumidas principalmente en la necesidad de garantizar la participación de los sectores sociales, las mujeres y los jóvenes. Se procedió entonces a realizar la votación para aprobar los nuevos estatutos del Partido Liberal por parte de la Registraduría Nacional.
Se continuó con el panel sobre Las ideas Liberales en Colombia en el siglo XXI,bajo la moderación de Juan Manuel Galàn, a cargo del Senador del Partido de la U, Armando Benedetti, el Secretario General del Partido Cambio Radical, Antonio Álvarez, el Senador Liberal Luis Fernando Velasco, quien insistió en la necesidad de que el Partido no se quede anclado en el pasado sino que mire hacia adelante, y Alcalde electo de Medellín, Aníbal Gaviria Correa; quien en su intervención, resaltó la necesidad de que el Partido realice foros nacionales programáticos que no solo definan la agenda liberal, sino que además enriquezcan el ideario liberal socialdemócrata, habló de la importancia de la regionalización y la descentralización del Partido, afirmando que no se pueden seguir tomando todas las decisiones desde Bogotá, cuando las regiones necesitan autonomía, apoyo y financiación para crecer en su militancia desde las bases, en fuerza electoral y en presencia institucional.
Presentó su posición acerca de la conveniencia de modificar la norma para que los funcionarios públicos puedan ejercer la actividad política ya que considera que es una norma de doble moral, claramente reglamentando que no exista inversión de recursos públicos en dichas actividades. Y pidió además la equidad y la igualdad para que los alcaldes y gobernadores puedan aspirar a la reelección inmediata.
Finalizado el panel, la Registraduría Nacional, en presencia de todos los Constituyentes, realizó el conteo de votos, con un resultado positivo para la aprobación de los nuevos estatutos del Partido Liberal, con una votación de 490 votos a favor y 94 en contra.
Con la aprobación de los estatutos, el Secretario General citó formalmente la V Convención Nacional del Partido Liberal, para el domingo 11 de diciembre.
V Convención Liberal y aclamación del Director Único del Partido
La jornada de la V Convención Nacional del Partido Liberal, comenzó con la propuesta por parte de la mesa directiva conformada por los 12 codirectores de la Dirección Plural, de tener un Director Único de la colectividad, en cabeza del Presidente de la Cámara, el Representante Simón Gaviria, quien fue aclamado Director único del Partido por parte de aproximadamente 900 asistentes a la Constituyente. Simón Gaviria será el jefe liberal hasta el próximo 17 de marzo de 2013, fecha en para la cual quedó convocada la VI Convención del Partido Liberal Colombiano.
En su primer discurso como Director Único, Simón Gaviria replicó el llamado, que durante toda la jornada, se escuchó a voces, en todas las intervenciones, en los panelistas y en los mismos asistentes; un mensaje de unidad del Partido y de liderar las banderas de los cambios sociales y económicos del país.
Entrevista con el Senador Eugenio Prieto Soto, Copresidente de la Dirección Liberal de Antioquia.
Senador, usted venía impulsando un proceso de regionalización del Partido, a través de la promoción de una Dirección Plural. Por qué se eligió un Director único?
El proceso de regionalización, es fundamental para fortalecer la presencia del Partido en las regiones, para que los dirigentes en los territorios se sientan incluidos como parte integral del Partido. Es muy importante para esos territorios del país, tener presencia en la Dirección Nacional Liberal. En el caso específico de Antioquia, quiero expresar público reconocimiento y gratitud a todas y todos los delegados, sin exclusión alguna, quienes por encima de cualquier diferencia, acompañaron en consenso la postulación de Antioquia alrededor del nombre de Eugenio Prieto, para ser Codirector Nacional del PLC.
Resalto este hecho como uno de los más importantes para nuestro departamento, porque abre espacios de diálogo y concertación con todos los sectores del Partido Liberal en Antioquia. Paradójicamente, quienes veníamos divididos, nos unimos y logramos el consenso, en eso Antioquia dio ejemplo; al contrario, otros territorios unidos se dividieron, no lograron el acuerdo territorial y se reventó el preacuerdo regional. Por ello tomo fuerza la propuesta de un Director Único que ofreciera garantías a todos los sectores y permitiera mantener una fluida relación del Partido con el Presidente Santos y el Gobierno de Unidad Nacional.
Entonces Antioquia perdió la posibilidad de tener un codirector en una dirección colegiada?
La delegación antioqueña fue la de mayor número de delegados y una de las más representativas de la Constituyente por aporte y participación en el proceso. No fue por casualidad, todos los sectores hicieron esfuerzos para asistir y estaban muy motivados con la regionalización. Nuestra delegación, respetuosa de las mayorías, expresó su inconformidad con la decisión, no respecto a la persona del Director, sino como un reclamo con el proceso de regionalización que ellos esperaban se hubiera votado.
Pero Antioquia no perdió, inmediatamente, como demócratas, aceptamos y acatamos la decisión. El doctor Gaviria, muy generosamente, se reunió con toda la delegación Antioqueña, asegurándoles que impulsará desde la Dirección Única, la regionalización del Partido, apoyando los directorios liberales y departamentales, otorgando más autonomía en las decisiones y haciendo cumplir los estatutos aprobados, que ofrecen facilidades de funcionamiento a estos directorios. Nos pidió también, acompañamiento en la Dirección y aseguró que Antioquia será una prioridad.
Yo creo que lo más importante, en lo nacional, en el momento de fortalecimiento que vive el Partido, es habernos mantenido unidos alrededor de la Dirección Única y de la figura joven, inteligente y capaz de Simón Gaviria. En lo departamental, aunque persisten diferencias, se siguen abriendo espacios de diálogo y de reconstrucción de confianzas y ojalá podamos seguir avanzando en ese camino de unidad, que nos permita respetarnos y aceptarnos en esas diferencias e irradiar ese espíritu a la dirigencia en nuestros municipios.
Acatamos las decisiones de la II Constituyente y de la V Convención del Partido Liberal. Rodeamos y acompañamos la renovación del Partido en un joven Director Único como el doctor Simón Gaviria, convencidos de que sabrá interpretar el momento nacional y regional del Partido Liberal para guiarlo con acierto y le otorgará más autonomía a los territorios, acogiendo el clamor de la gran mayoría de delegadas y delegados a la II Constituyente del Partido Liberal Colombiano.
Si requiere mayor informaciòn comuniquese con el Senador Eugenio Prieto al celular 3103739512
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Aprobada en Plenaria ponencia del Senador Prieto sobre embriaguez y reincidencia
Aprobada Ponencia para Segundo Debate Proyecto de Ley No 07/10 Senado, No 114/10 Senado (Acumulados) relacionado con el tema de embriaguez y reincidencia, presentada por el Honorable Senador Eugenio Prieto Soto.
- Entre 2 y 10 años de suspensión, será la sanción a quien sea sorprendido conduciendo en estado de alteración transitoria o embriaguez. En caso de reincidencia o de causar lesiones graves u homicidios, la sanción será la cancelación definitiva de la licencia de conducción.
- Eliminar el grado de alcoholemia para sancionar a los conductores sorprendidos en estado de embriaguez, propuso el Senador Antioqueño Eugenio Prieto.

El factor humano es la principal causa de accidentalidad vial en Colombia señala el Ministerio de Transporte. El 90,37% de los accidentes de tránsito son atribuidos a acciones u omisiones del conductor. Durante los últimos diez años 467.910 personas han sido víctimas de accidentes de tránsito de las cuales el 12% ha fallecido. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses señala que en promedio desde el año 2001 se han registrado anualmente 47.000 víctimas por accidentes de tránsito. La conducción bajo los efectos del alcohol o droga es la segunda causa probable de los accidentes de tránsito con mortalidad humana. Los accidentes de tránsito generan aproximadamente 45,000 días de hospitalización de personas víctimas de estos. El 28% de los casos de muertes por accidente de tránsito tenían un índice de alcoholemia superior o igual a 40mg/dl. El 10% de los pobladores confiesa que no consideran legítima la prohibición de manejar luego de haber consumido alcohol. El 75% de las personas creen que los errores son de otros.
“Si queremos disminuir estas dolorosas tragedias que a diario ocurren en Colombia, debemos avanzar hacia una política de cero tolerancia con los conductores que sean sorprendidos conduciendo en estado de embriaguez, sin importar el grado de alcoholemia, en aras de garantizar la integridad y seguridad pública”, afirmó el Senador Prieto luego de presentar ponencia a los proyectos de ley acumulados, 07/10 y 114/10, para segundo debate ante la Plenaria del Senado la cual fue ampliamente debatida y posteriormente aprobada.
Esta ponencia tiene como puntos centrales la sanción administrativa a la conducción en estado de alteración transitoria o embriaguez y a la reincidencia en este mismo aspecto. La inclusión del concepto de alteración transitoria, sanciona no sólo el consumo de licor sino de cualquier sustancia alucinógena que comprometa las facultades y habilidades normales necesarias para conducir.
El Proyecto pretende modificar disposiciones de carácter administrativo, con miras a garantizar la sanción de suspensión de la licencia de conducción a quien conduzca en estado de embriaguez, sin restricción alguna cuando sea descubierto en flagrancia. Debe resaltarse que estas disposiciones complementan y fortalecen las diferentes iniciativas de ley que en materia penal cursan en el Congreso de la República tendientes a regular y sancionar la conducción en estado de embriaguez.
Se toma una decisión de fondo, consistente en retirar del ordenamiento jurídico como factor de gradualidad de la sanción la cantidad de alcohol ingerido por el infractor, garantizando la efectividad de la política de prevención que pretende la iniciativa legal. Técnicamente se ha demostrado que cualquier cantidad de licor o de otra sustancia que altere transitoriamente las condiciones físicas y síquicas del conductor, le impiden, conducir un vehículo o desempeñar cualquier actividad de riesgo, como es conducir.
“Esta propuesta reconoce la importancia de legislar sobre temas de embriaguez y reincidencia enmarcados en el concepto de Seguridad Humana, del Derecho Fundamental a la Vida y sus conexos a la integridad Sicofísica y a la Salud, ya que está plenamente probado en la ciencia y a nivel mundial que conducir y beber, son una mezcla altamente peligrosa; sin duda estamos antes que nada ante un tema de salud pública” señaló el senador Prieto.
Si desea ampliar la información, puede comunicarse con la Oficina de Comunicaciones al teléfono 250 68 17 o al celular del Senador Eugenio Prieto: 3103739512
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Vigencias futuras excepcionales
Las Leyes, Ordenanzas y Acuerdos anuales sobre el Presupuesto General de la Nación, Departamentos y Municipios, son instrumentos para el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo económico y social, mediante los cuales cada se otorgan las autorizaciones máximas de gasto para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva, la cual finaliza el 31 de diciembre de cada año, fecha después de la cual estas autorizaciones expiran.
Por ello, todo proyecto y programa se debe contratar, ejecutar, entregar y pagar dentro del mismo año, pero en la práctica, hay proyectos, esencialmente de infraestructura, que por su magnitud y complejidad se pueden contratar en un año, pero ejecutar, entregar y pagar en más de una vigencia.
Para esos eventos, la ley creó la figura denominada “Vigencias Futuras”, entendidas como aquellas autorizaciones que los órganos competentes entregan al Gobierno para que contraten obras que se ejecutan en varios años y que comprometen presupuestos más allá de la vigencia fiscal en la que se contratan.
La Ley 819/03 estipuló que la Nación puede utilizar este instrumento de dos formas, una ordinaria que implica erogaciones presupuestales en el año que se aprueba y en años posteriores; otra excepcional que permite que se asuman obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras sin apropiar en el año en que se aprueba, para obras de infraestructura, energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa, seguridad y garantías a las concesiones. Para las entidades territoriales -departamentos y municipios-, las leyes solo autorizan la figura de vigencias futuras ordinarias, bajo condiciones especiales de no sobrepasar el periodo de Gobierno del mandatario al que se le otorga la autorización.
No comprendemos porque varias entidades territoriales utilizaron ilegalmente esta figura para proyectos cuestionados, con la única intención de lograr cierres financieros a costa de la viabilidad financiera futura de los entes territoriales, cuyas administraciones entrantes y otras más que vendrán, van a encontrar obligaciones que limitarán seriamente su capacidad de endeudamiento y las posibilidades de financiar sus planes de desarrollo.
Antioquia no es la excepción a la irresponsabilidad fiscal. En el Gobierno que termina se comprometieron presupuestos futuros por más de $1 billón para proyectos con problemas financieros, técnicos, jurídicos y ambientales como el Túnel de Oriente; tan controvertidos e ineficaces como el Plan Departamental de Aguas o que no se han cerrado financieramente como las Autopistas de la Montaña.
En el Congreso de la República acabamos de aprobar la Ley Orgánica que permitirá a las Asambleas y Concejos autorizar a los mandatarios a comprometer presupuestos de vigencias futuras de forma excepcional, para que bajo parámetros de responsabilidad y de transparencia fiscal, las entidades territoriales puedan ejecutar legalmente proyectos de infraestructura de gran envergadura e impacto social.
No aceptamos incluir en la ley la presunción de legalidad de todo lo actuado por los entes territoriales en materia de vigencias futuras, por tanto, no se reconocerán hechos ilegales cumplidos y los nuevos gobernantes territoriales deberán solicitar a sus Asambleas y Concejos, la ratificación o negación de las Ordenanzas y Acuerdos mediante los cuales se otorgaron autorizaciones ilegales de vigencias futuras excepcionales.
Esta figura no podrá utilizarse para eludir las normas de endeudamiento o comprometer irresponsablemente recursos de las entidades territoriales, como sucedió con el Túnel de Oriente. Nunca comprendimos el afán del Gobernador Ramos, de iniciar contra viento y marea antes de las elecciones de octubre 30, la cuestionada obra.
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Los modelos fiscales de Antioquia
Ante la crisis fiscal que sufrió el país en la década de los noventas, se introdujeron cambios normativos al sistema administrativo de los departamentos, distritos y municipios que les dieran posibilidad de subsistir y de garantizar la prestación de los servicios públicos a su cargo. Para ese entonces, la mayoría de las entidades territoriales del país -como consecuencia de la irresponsabilidad fiscal con la que se venían administrando-, tenían deudas que comprometían seriamente su sostenibilidad financiera, no tenían provisionados sus pasivos laborales y pensionales, gastaban en funcionamiento mucho más de los que les ingresaba y estaban entrando en cesación de pagos. El departamento de Antioquia no era la excepción.
Esta difícil problemática territorial llevó al Congreso de la República a la expedición de normas como la Ley 358 de 1997 que reguló el endeudamiento territorial, la Ley 550 de 1999 que estableció criterios para la reestructuración de entidades y empresas territoriales, la Ley 617 de 2000 que estableció límites a los gastos de funcionamiento de las entidades territoriales y la Ley 819 de 2003 que introdujo nuevos requerimientos para garantizar más transparencia y mayor responsabilidad fiscal en los territorios.
En los Gobiernos fiscalmente responsables de “Una Antioquia Nueva” y “Una Antioquia Nueva un Hogar para la Vida”, entre el 2003 y el 2007, organizamos la casa e hicimos la tarea dejando importantes ahorros, gastando menos de lo que nos ingresó, reduciendo el endeudamiento de $385 mil millones a $264 mil millones, provisionando el pasivo laboral y pensional, logrando cubrirlo en casi un 30%, controlando los gastos de funcionamiento, reduciendo los gastos de personal en más de un 77% y cancelando la totalidad del déficit fiscal que recibimos, el cual al año 2000 ascendía a más de $500 mil millones.
A diferencia del modelo fiscalmente responsable de Una Antioquia Nueva, el actual Gobierno de Antioquia le entregará al Gobernador Fajardo, una deuda de más de $650 mil millones, es decir, con un crecimiento del 145%, casi $400 mil millones por encima de la que recibieron en el 2007. Entregan también un departamento nuevamente burocratizado, los gastos de funcionamiento crecieron más del 46% y los gastos de personal se incrementaron más del 113%. Dejan deudas en salud por alrededor de $250 mil millones, sin contar con los problemas que entregan en entidades como el IDEA y en la FLA, desde la cual esperan recaudar en este mes alrededor de $500 mil millones por compras anticipadas obligadas a los distribuidores, que de permitirse, afectaran negativamente la caja del nuevo Gobierno.
Nos preguntamos ¿cómo se comprometieron o ejecutaron los recursos por US $200 millones de Hidroituango recibidos por anticipado, en un mal negocio para Antioquia; los que se dejaron en caja en el 2007, $140 mil millones para el fondo del agua; $12 mil millones para convertir el Politécnico JIC en Universidad Politécnica de Antioquia y los recursos para la Plaza de la Libertad y Teleantioquia? ¿Deberá cerrarse el IDEA si el Ministerio de Hacienda no modifica nuevamente -como ya lo hizo por nuestra solicitud-, la reglamentación de la calificación, que por falta de rigor técnico e indebidos manejos bajó el IDEA y no ha podido recuperar?
Los nuevos Gobiernos territoriales, asambleas y concejos deberán evaluar a la luz de la Ley de vigencias futuras que aprobamos en el Congreso de la República, las ordenanzas y acuerdos ilegales que se hayan expedido. En Antioquia las que comprometieron recursos por más de $1 billón de los periodos 2012-2015 y 2016-2019 para el fracasado Plan Departamental de Aguas, las Autopistas de la Montaña y el Túnel de Oriente.
Gobernador Fajardo, recupere el modelo de responsabilidad fiscal para Antioquia.
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“Agua para la Prosperidad”
Ante el inocultable fracaso de los Planes Departamentales de Agua -PDA- en el país, el Gobierno Nacional informó ayer que les pondrá fin “…porque considera que hay sobrepeso de burocracia”. -Son muchas más las razones-. “El programa Agua para la Prosperidad, es la nueva estrategia para atender las necesidades en materia de agua potable y saneamiento básico en el país”…
Los correctivos son más que necesarios. A la luz de la nueva ley de vigencias futuras excepcionales que aprobamos en el Congreso de la República la semana anterior, el gran reto del Gobierno para lograr resultados diferentes a los fracasados PDA e impactar con esta nueva estrategia que parece al fin incluir lo rural, será concertar con los nuevos gobiernos territoriales los esquemas de asociación público privados y sociales, y en un marco de responsabilidad y disciplina y fiscal, los mecanismos de financiación conjunta de los proyectos.
Del fracaso nacional, Antioquia es campeón territorial. Según información del Plan Anual Estratégico y de Inversiones -Paei- 2011, en el Departamento existen 15 proyectos por $68.852 millones, a la fecha no se ha radicado por parte del gestor ningún proyecto en Ventanilla Única; 60 municipios se encuentran vinculados al PDA a través de convenio tripartito, 3 en proceso de vinculación y no obstante las presiones indebidas del actual Gobierno de Antioquia, más de la mitad de los 125 municipios están por fuera.
Por tanto, ratifico la propuesta de asignarle a EPM la responsabilidad de orientar con criterio técnico y social, la planeación y programación de la ejecución de los recursos del programa “Agua para la Prosperidad” y de participar activamente en el diseño institucional que debe darse en el departamento y sus regiones para obtener el mejor provecho de los recursos.
La verdadera departamentalización de EPM en materia de servicios públicos es la de poner al servicio de la región todo su conocimiento y experiencia en el sector y servir de instrumento dinamizador del desarrollo, en especial, ser impulsor de la ingeniería regional, y del mejoramiento en la calidad de los servicios; pues no se trata de que EPM se apropie de las redes y de los excedentes públicos que se generan en los municipios, sino de que cumpla otros roles.
Que apoye con criterio técnico las decisiones que deben adoptar los agentes del sector; que participe en la estructuración de los proyectos por municipio o por región y conjuntamente con los municipios y sus organizaciones sociales, las empresas municipales y algunos agentes regionales, en la consolidación accionaria de empresas colectivas, locales y regionales que desarrollen la prestación de los servicios públicos.
Sería ideal que el rol que jugara EPM en “Agua para la Prosperidad” en Antioquia, sea el de gerente técnico del Programa, y que el reglamento que se expida reconozca explícitamente que además puede ser socio de sociedades en casos especiales, previa intervención del gestor del Programa, que es quien debería establecer en qué casos este es un mecanismo conveniente.
EPM debe ver en el departamento, los municipios y las organizaciones sociales, unos aliados para el desarrollo y que su vinculación en el Programa de “Agua para la Prosperidad” en Antioquia, es una verdadera “empresa social”, que le permite a Medellín adelantar una política de equidad regional y compensar los beneficios obtenidos de la región.
Así, estamos seguros, será posible que la ciudadanía expresada en sus organizaciones que prestan el servicio de agua potable y las empresas públicas municipales, asumirán un papel primordial en el cuidado y protección tanto del agua como de los ecosistemas que la regulan y la alianza Medellín y Antioquia, de Aníbal y Fajardo, puede avanzar en este nuevo escenario, entregando a EPM las responsabilidades que se convengan en la ejecución de esta política regional que debe servir de ejemplo para el país.
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De la protesta a la propuesta
El pasado miércoles, los integrantes de las Comisiones Sextas de Senado y Cámara de Representantes, en reunión con el Presidente de la República, doctor Juan Manuel Santos, le solicitamos respetuosamente analizar la posibilidad de retirar el proyecto de ley de reforma a la educación superior, e iniciar un proceso de diálogo con los estudiantes y demás sectores académicos y sociales, que le permita al país avanzar en una ruta concertada hacia la necesaria reforma.
El Presidente Santos aceptó la propuesta, siempre y cuando se levante el paro y se aleje la posibilidad de cancelación del semestre lectivo que perjudicaría a cientos de miles de estudiantes.
Ante esta posición sensata, muchos contradictores del Gobierno, trataron de pescar en rio revuelto e incitaron a los estudiantes a no levantar el paro, con el falso argumento de que les harían “conejo”.
El Presidente les salió al paso a los oportunistas y el viernes la Ministra de Educación, radicó la solicitud de retiro del proyecto en el Congreso de la República.
Nos asombra la crítica ligera del Ex vicepresidente Francisco Santos, en el sentido de que los estudiantes “le miden el aceite” al presidente Santos y que el Gobierno debería utilizar contra ellos “…el brazo de represión legal del Estado…”, se refería a que le metan “voltios a los muchachos” para reprimir su derecho al disenso, a la protesta.
Aunque ya poco debe sorprendernos, nos parece increíble escuchar esta recelosa incitación a utilizar la picana para reprimir, del responsable durante ocho años de la política de derechos humanos en el país.
Aunque confiamos en la palabra del Presidente Santos y en el espíritu de unidad nacional que le ha propuesto y le viene trazando al país, pareciera ser que en este país muchas personas sólo comprendieran de “pulsos”, “choques” y “confrontaciones” y les parece imposible que exista un espíritu de diálogo y concertación que como sociedad civilizada privilegie la solución de conflictos y diferencias.
La protesta social ha sido sin duda uno de los más importantes mecanismos de expresión de la ciudadanía en América Latina y en el mundo, a través de esta que se han dinamizado grandes cambios en el sistema político y social.
Valoramos la organización estudiantil que se fortaleció sin anarquía e invitamos a la participación mediante el diálogo franco para avanzar de la protesta a la propuesta.
Las condiciones de diálogo y construcción colectiva estimuladas por parte del Gobierno deben valorarse en su dimensión por los estudiantes y por los diferentes sectores y actores del sistema educativo.
El real esfuerzo de cada una de las partes debe residir en encontrar puntos de articulación y de consenso, los cuales deben partir del hecho de que es necesaria e ineludible una reforma a la educación, acorde con los cambios políticos, sociales y económicos que se han configurado luego de casi 20 años de vigencia de la ley 30/92.
Si tenemos en cuenta que a lo largo de una década 3.226.213 bachilleres no ingresan a la educación superior o desertan de ella y que el crecimiento de la cobertura en el país ha sido bajo y ha estado centralizado, se hace evidente que uno de los asuntos centrales a tener en cuenta es la generación de condiciones equitativas de inclusión y acceso a la educación superior, garantizando pertinencia y calidad.
Muchas serán las propuestas que debemos analizar para lograr más inclusión, yo creo necesario, entre otras, garantizar pertinencia y calidad, ampliar la capacidad instalada actual de la universidad pública subutilizada en gran parte del territorio en los horarios nocturnos; regionalizar aprovechando la capacidad instalada en los territorios, fortalecer la educación técnica y tecnológica y crear un nivel formal de educación para el empleo con reconocimiento académico.
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Wilson Camilo Uribe Neira:
Anarquía: http://es.wikipedia.org/wiki/Anarqu%C3%ADa
Contubernios electorales
Hace cuatro años tuve el honor de ser candidato a la Gobernación de Antioquia. Lo asumí con todo el compromiso que significaba representar un proyecto político tan importante para nuestro departamento, como el de “Una Antioquia Nueva”. Durante un año recorrimos incansablemente el territorio, construyendo participativamente desde el diálogo con la ciudadanía, nuestra propuesta de gobierno. Promovimos y defendimos en los diferentes espacios del debate, las tesis, propuestas e ideas, con argumentos claros, sin señalamientos, con respeto a los demás. Constituimos un comité ético, integrado por insignes profesionales, garantes de la transparencia y la coherencia de nuestra propuesta. Desde una campaña decente, que se estructuró con un extraordinario acompañamiento humano, le aportamos a la pedagogía y construcción de cultura política. Como instrumento válido para nuestra inscripción optamos por una expresión de pluralismo e inclusión, un grupo significativo de ciudadanos de todas las condiciones políticas, económicas, sociales, culturales, religiosas. Caminando los municipios y los barrios, desde el diálogo franco con la gente -que firmó con gusto y a conciencia-, recogimos cerca de 200 mil confianzas ciudadanas con las cuales inscribimos la candidatura. Coherentes con una propuesta pluralista, abierta, incluyente y participativa, trabajamos para lograr el apoyo de los Partidos Políticos. Incluso, aceptamos participar en una consulta interna en la casa del Partido Conservador Colombiano, frente al candidato Luis Alfredo Ramos. Ganamos. Derrotamos al candidato Ramos en su antigua casa. Paradójicamente ese triunfo, pareciera haber sido el principio del fin de nuestra propuesta. A partir de ese momento, la recta final de la campaña se distinguió por los contubernios electorales. Muchas candidaturas a la asamblea de Antioquia, alcaldías y concejos municipales que hasta ese momento acompañaban nuestra propuesta, comenzaron a desfilar hacia otra candidatura, convencidos, no por la fuerza de los argumentos, sino por el ofrecimiento de dinero -que abundó- y por todo tipo de presiones y pactos bajo la mesa. En los últimos días, Diputados en ejercicio con meses en nuestra campaña, se trasladaron de tolda y en muchos municipios quitaron nuestra publicidad para ubicar la de otro candidato. Muchos, con pasmosa habilidad, jugaron en varias toldas. Estos y otros graves delitos y distorsiones al proceso democrático, mostraron que tenemos enormes dificultades en materia de ciudadanía responsable, de cultura política. En la contienda electoral que hoy concluye, la historia se repite. Después de meses de arduo trabajo, en estos últimos 15 días en varios municipios, sin que haya un pronunciamiento sobre una alianza o algo parecido, en flagrante doble militancia, se desmontaron las toldas del candidato Carlos Mario Estrada y sin ningún rubor, se montó la de otro candidato. Estos perversos contubernios electorales aceptados por muchos como práctica común de nuestra incultura política, dejan profundos interrogantes, reflexiones y cuestionamientos por realizar. ¿El Señor Ex presidente Uribe y el candidato Estrada sabrán lo que sucedió? Yo creo que no. ¿Abusaron de su confianza? Yo creo que sí. En las urnas quedará la huella digital de hoy, que permitirá verificar donde se dio esta vieja práctica politiquera que cuestionamos como herramienta ilegítima e ilegal que promueve el todo vale para la obtención de los fines. El ejercicio responsable de la ciudadanía debe permitirnos derrotar a quienes mantienen y promueven estas prácticas perversas. Cooptar movimientos, líderes o seguidores, impide el ejercicio de la coherencia política y disminuye la democracia, en tanto el voto no es acto de conciencia sino de conveniencia. Por una nueva cultura política, vote bien…!!!
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Destinos unidos en servicios
El acuerdo programático plasmado en la Alianza Medellín-Antioquia -AMA- por Aníbal y Fajardo traerá el beneficio de administraciones transparentes, claramente orientadas a la protección de los recursos públicos, a erradicar la cultura de la ilegalidad, de lo fácil y corrupto, y permitirá la ejecución de planes y programas conjuntos en áreas tan sensibles como la relativa a la prestación de servicios públicos domiciliarios, tecnologías de la información y servicios de televisión, bajo la nueva orientación de la convergencia.
Si bien Medellín es un ejemplo en América Latina en cobertura, calidad, eficiencia e incorporación de tecnologías en materia de servicios públicos; lastimosamente en la región, en Antioquia, no podemos decir lo mismo y aún faltan considerables esfuerzos por realizar. Es necesario desarrollar una política regional que permita llegar con el bienestar a toda Antioquia, que Medellín supere el tema de ser el más eficiente prestador, para ser quien mejor utiliza los servicios públicos en pro del desarrollo regional.
No se trata de la idea fácil y simple de sostener que EPM debe redistribuir sus excedentes en la región y que se solidarice con el departamento aportando parte de sus recursos en el desarrollo regional. Es un tema de más fondo. EPM, UNE, Edatel, Teleantioquia y Telemedellín deben aportar en forma significativa en la ejecución de políticas púbicas sociales en materia de servicios públicos que es el ámbito de sus responsabilidades.
La departamentalización en las políticas públicas en materia de servicios públicos debe obedecer a aspectos esenciales para el desarrollo regional. Y no se trata solo de tener las tarifas más bajas del país en condiciones de estructura de costos similares, que ya se tienen y se mantendrán, se trata de poner los servicios públicos al servicio del desarrollo de la región y tener la garantía de universalización de los mismos. Ahí estará el verdadero aporte de los proveedores estatales de servicios públicos a la región.
A la propuesta que hemos hecho de que sea EPM la entidad que lidere la gestión de los planes departamentales de agua -si el Gobierno Nacional insiste en esta estrategia y si los compromisos adquiridos con vigencias futuras pueden ser ejecutados-, debemos agregar tres:
La primera, la unificación de la política de Medellín y Antioquia digital. La región debe aprovechar al máximo la existencia de proveedores de servicios como UNE y Edatel, que con el acompañamiento de los sectores académico, social y productivo, formulen propuestas de telecomunicaciones y tecnologías de la información aplicadas al tele trabajo, la tele educación, la tele salud y en general a las tele actividades para obtener la financiación con recursos sectoriales, en particular los destinados a estos fines por las Leyes 1341 y 1450. Hoy las telecomunicaciones no constituyen un fin en sí mismas, su importancia radica en su aplicación directa al desarrollo.
La segunda está orientada a la aplicación regional de accesos universales en servicios como energía, acueducto y alcantarillado, para ello, las empresas de servicios públicos de Medellín y Antioquia deben recurrir a los diferentes fondos nacionales y aún a los territoriales para que se arbitren los recursos necesarios para atender usuarios con muy baja capacidad de pago o que habitan en áreas geográficas denominadas de difícil gestión.
La tercera, la profunda transformación que experimentan los servicios de televisión, en particular la migración de los denominados servicios analógicos a TDT -o televisión digital terrestre-, implicará una verdadera revolución en estos servicios. Debemos por tanto aprovechar la potencialidad de que UNE, Teleantioquia y Telemedellín, puedan obedecer a una política pública regional en la línea de servicios de telecomunicaciones convergentes con una televisión pública que incorpore las Tecnologías de la Información, eminentemente productora de contenidos de nacionalidad e identidad cultural.
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Boletín de prensa No. 38
Entre 2 y 10 años de suspensión, será la sanción a quien sea sorprendido conduciendo en estado de alteración transitoria o embriaguez. En caso de reincidencia, la sanción será la cancelación definitiva de la licencia de conducción
Eliminar el grado de alcoholemia para sancionar a los conductores sorprendidos en estado de embriaguez, propondrá el Senador Antioqueño Eugenio Prieto
En Colombia anualmente mueren aproximadamente 5.634 personas por accidentes de tránsito, de los cuales el 62% ocurren en las zonas urbanas. A septiembre de 2010 habían ocurrido 106.540 accidentes de tránsito resultando 23.579 heridos graves y 3.637 muertos. El 33% de los muertos son peatones que se ven afectados por los accidentes.
El estado de embriaguez, es considerado como uno de los principales motivos de accidentalidad en el mundo. El 15 de Octubre se inmovilizaron en el Valle de Aburra 48 vehículos e impusieron igual número de comparendos a conductores que fueron sorprendidos en estado de embriaguez. El 10% de los pobladores confiesa que no consideran legítima la prohibición de manejar luego de haber consumido alcohol. El 75% de las personas creen que los errores son de otros.
Diego Alexander Hernández, de 11 años de edad, murió el sábado 1 de octubre tras ser atropellado por un conductor en estado de embriaguez en el occidente de Bogotá. El 28 de septiembre, Sandra Patricia Patiño fue atropellada por un hombre que conducía bajo los efectos del alcohol en el norte de Bogotá. El 11 de Octubre una pareja que se desplazaba en una moto fue arrollada por un conductor en estado de embriaguez, en la vía que conduce de Montenegro a Armenia. Estas son solo algunas de las cientos, miles de tragedias humanas que padecemos en Colombia, por irresponsabilidad de personas que conducen bajo los efectos del alcohol.
“Si queremos disminuir estas dolorosas tragedias que a diario ocurren en Colombia, debemos avanzar hacia una política de cero tolerancia con los conductores que sean sorprendidos conduciendo en estado de embriaguez, sin importar el grado de alcoholemia, en aras de garantizar la integridad y seguridad pública”, afirmó el Senador Prieto al radicar la ponencia ante la Plenaria del Senado, para segundo debatea los proyectos de ley acumulados, 07/10 y 114/10, mediante la cual, se busca acabar con los grados de alcoholemia contemplados en el Código Nacional de Tránsito.
La ponencia incluye también, el concepto de alteración transitoria, debido a que se sancionará no sólo el consumo de licor sino de cualquier sustancia alucinógena que comprometa las facultades y habilidades normales necesarias para conducir.
El Proyecto pretende modificar disposiciones de carácter administrativo, con miras a garantizar la sanción de suspensión de la licencia de conducción a quien conduzca en estado de embriaguez, sin restricción alguna cuando sea descubierto en flagrancia. Debe resaltarse que estas disposiciones complementan y fortalecen las diferentes iniciativas de ley que en materia penal cursan en el Congreso de la República tendientes a regular y sancionar la conducción en estado de embriaguez.
Se toma una decisión de fondo, consistente en retirar del ordenamiento jurídico como factor de gradualidad de la sanción la cantidad de alcohol ingerido por el infractor, garantizando la efectividad de la política de prevención que pretende la iniciativa legal. Técnicamente se ha demostrado que cualquier cantidad de licor o de otra sustancia que altere transitoriamente las condiciones físicas y síquicas del conductor, le impiden, conducir un vehículo o desempeñar cualquier actividad de riesgo.
“Profundos tratados de medicina, sicología y neurología y autorizados médicos, sicólogos, siquiatras, toxicólogos, son coincidentes científicamente en sostener que cualquier cantidad de alcohol o de sustancias alucinógenas, alteran la normalidad requerida para la ejecución de actividades de riesgo, o que demandan el máximo de normalidad y ánimo vigilante, despierto y reactivo por parte del actor, como lo es manejar un vehículo. Es decir, cualquier nivel de alcohol o sustancia alucinógena en la sangre, afecta la función psicomotora, la atención y la capacidad para juzgar la velocidad, la distancia, la respuesta a lo inesperado”. Anticipó el Senador Prieto como parte de su ponencia.
Es importante reiterar que la sanción por reincidencia al conductor descubierto conduciendo bajo los efectos del alcohol o sustancia alucinógena, es la cancelación definitiva de la licencia. “Entre 2 y 10 años de suspensión, será la sanción a quien sea sorprendido conduciendo en estado de alteración transitoria o embriaguez. En caso de reincidencia, la sanción será la cancelación definitiva de la licencia de conducción” señaló el senador Prieto.
Si desea ampliar la información, puede comunicarse con la Oficina de Comunicaciones al teléfono 250 68 17 o al celular del Senador Eugenio Prieto: 3103739512
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El túnel de las imposiciones
Contrario a los postulados de confianza pública, de hacer las cosas en forma responsable, el actual Gobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, iniciará a toda costa las obras del “Túnel de Oriente”, imponiendo sus decisiones sobre los intereses generales de los habitantes del departamento que se verán afectados por los daños ambientales no mitigados y los compromisos financieros de una obra que si no se hace en forma integral, no va a poder dar los resultados de movilidad que de ella se esperan.
Somos conscientes de la importancia que una obra de infraestructura como el “Túnel de Oriente” tiene para el progreso de Antioquia, no obstante, hemos expresado las razones técnicas, legales, financieras y ambientales que nos llevaron a aplazar el túnel en el tiempo.
Una obra no se puede iniciar si no tiene completos los diseños, el cierre financiero para su ejecución y mucho menos, si tiene grave impacto sobre el medio ambiente y no se garantiza su mitigación.
En anterior columna -Ordenanzas ilegales-, me referí a estas razones. Hoy debo decir, que muchos de esos inconvenientes persisten, con otros problemas.
No se cuenta con diagnóstico ambiental de alternativas, trámite obligatorio para otorgar la licencia ambiental. No tiene licencia ambiental, la expedida se concedió para un proyecto con un trazado muy diferente, así lo hizo saber la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, que le solicitó a Cornare suspender la autorización para iniciar las obras prevista para el 18 de octubre.
Con el cambio de diseños el proyecto pasa a tener mayor interferencia ambiental y afectaría más cantidad de fuentes hídricas en jurisdicción de Corantioquia, con lo cual la licencia ambiental debería ser expedida por esta Corporación o como mínimo y en cumplimiento del principio de complementariedad, debería hacerse en conjunto entre Corantioquia, Cornare y el Área Metropolitana como autoridades ambientales en las zonas a intervenir y a afectar con el proyecto.
El Tribunal Administrativo de Antioquia en el año 2009 declaró la nulidad de las resoluciones por medio de las cuales se otorgó la licencia ambiental, entre otras cosas, por la omisión en la presentación del Diagnóstico de Alternativas, requisito de procedimiento esencial y obligatorio.
Aunque el Consejo de Estado declaró la nulidad del fallo por un requisito de forma, una vez saneado, la decisión del Tribunal se va a mantener por razones de fondo.
Aunque el proyecto se ejecuta en un 66% en jurisdicción del municipio de Medellín, para nada lo han tenido en cuenta, por tanto los minutos que se ganarían en desplazamiento por el túnel, se van a perder en los embotellamientos que se presentarán en las vías de acercamiento y acceso no contempladas.
El proyecto no tiene cierre financiero. No cuenta con las respectivas disponibilidades presupuestales. Con el Fallo del Consejo de Estado, la Ordenanza que autoriza a comprometer vigencias futuras para la obra es ilegal, por tanto, no se cuenta con los recursos suficientes para financiarlo, ni con los estudios y análisis necesarios para su ejecución.
Mientras un municipio como Caicedo se encuentra completamente aislado por su vía principal, -paradójicamente el Gobernador les prometió e incumplió pavimentar la vía-, para esta semana, se anunció el inicio del túnel de las imposiciones, pasando por encima de los respetables cuestionamientos sociales, las carencias jurídicas, ambientales, financieras y técnicas.
Nos preguntamos, ¿el Gobernador asumirá todas las responsabilidades de imponer sus decisiones sin brindar las garantías suficientes de que este proyecto nos propiciará desarrollo en forma sostenible, que no habrá un detrimento cuantioso de nuestros recursos financieros, ni daños enormes a los sistemas naturales, ni mucho menos un declive significativo de la estabilidad social?
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Aníbal y Fajardo, los mejores

A medida que se acerca el domingo 30 de octubre -fecha en la cual los colombianos elegiremos nuestras autoridades territoriales-, la ciudadanía responsable analiza propuestas y candidaturas, con el objetivo de identificarlas, elaborar criterio sobre ellas y elegir a los mejores.
Los mejores para la ciudadanía responsable son quienes pueden asumir con integridad el compromiso de gerenciar y administrar con transparencia, eficiencia y eficacia los recursos públicos -que son sagrados-, e impactar en la transformación social de nuestros territorios, haciéndolos más incluyentes y equitativos, mejorando en términos reales, la calidad de vida de sus habitantes.
Respeto otras propuestas y candidaturas, pero creo que en este proceso electoral, en Medellín y Antioquia tendremos la oportunidad de depositar nuestra confianza ciudadana por dos dirigentes que en el periodo anterior fueron elegidos como los mejores gobernantes territoriales de Colombia: Sergio Fajardo, el mejor alcalde, y Aníbal Gaviria, el mejor Gobernador. Ambos aspiran a ser elegidos nuevamente en las urnas, en una especie de enroque democrático-administrativo, Aníbal Alcalde y Fajardo Gobernador.
Los mejores de Colombia por sus exitosas realizaciones como gobernantes, le presentan de nuevo a la sociedad su liderazgo y experiencia acumulada, como posibilidad histórica de que los nuevos gobernantes de Medellín y Antioquia unan sus fuerzas y establezcan el compromiso de trabajar conjuntamente por el desarrollo y el bienestar de estos territorios, y desde aquí por Colombia, a través de una gran alianza filosófica y programática.
Los acuerdos programáticos de las candidaturas a la alcaldía y a la gobernación de Aníbal y Fajardo, plasmados en la Alianza Medellín y Antioquia, impulsan y profundizan la transformación de nuestro territorio para el próximo cuatrienio y para los periodos siguientes y buscan ser una carta de navegación y un instrumento territorial de justicia, equidad y desarrollo.
Aníbal Gaviria y Sergio Fajardo son dos antioqueños que nacieron para servirle a la sociedad en su búsqueda incesante por la equidad y la transparencia. Las metas comunes de las propuestas de Aníbal y Fajardo, expresan sin lugar a dudas el reconocimiento a una cultura regional y a la capacidad estratégica de los actores de caminar hacia una visión compartida del territorio, sustentada en la formación de capital social, la estabilidad política, la gobernabilidad y la cohesión social.
En ellos -Aníbal y Fajardo-, el destino de Medellín y Antioquia están unidos, porque cuentan con la capacidad para examinar la situación local y regional, definir prioridades y concertarlas, unir esfuerzos para lograr mayores impactos y producir los cambios sociales que impiden el desarrollo humano integral.
Ya trabajaron juntos, generando nuevas posibilidades para los más vulnerables y construyendo cultura política. Compromiso ciudadano y equidad para una Medellín más educada y Una Antioquia Nueva, un Hogar para la Vida. El haber trabajado juntos permitió cristalizar sueños que parecían imposibles como unificar las tarifas de energía para todos los municipios de Antioquia.
Aníbal y Fajardo generaron confianza entre el Estado y el sector privado y le mostraron a la ciudadanía que por los cauces de la legalidad y la honradez, los recursos públicos rinden más y se reflejan en progreso y bienestar para todos.
Aníbal y Fajardo son los mejores. Sus propuestas se complementan entre sí, se unen, se integran en un gran acuerdo programático por el presente y el futuro de Antioquia. En su inteligencia, en su capacidad de gestión, en sus manos transparentes, tenemos la mejor oportunidad. La confianza ciudadana dirá en las urnas, si quiere que las mejores propuestas, los mejores candidatos, sean nuevamente, los mejores gobernantes.
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Día Internacional de la Noviolencia
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La denuncia de la Viceministra
En artículos anteriores tratamos de avanzar en el análisis sobre algunas de las variables de la actual crisis del Sistema General de Seguridad Social en Salud –Sgsss-, entre ellas, la compleja incidencia de la falta de rectoría por parte del Estado, en la responsabilidad de ejercer las competencias del Ministerio de la Protección Social -MPS- en regulación y de la Superintendencia Nacional de Salud -SNS- en inspección vigilancia y control. Hoy, reitero, se hace impostergable la revisión retrospectiva y el ajuste del débil modelo de control del Sistema.
En tal sentido, me referiré a la denuncia realizada a la Contraloría General de la República por la viceministra de Salud y Bienestar, doctora Beatriz Londoño Soto, sobre irregularidades en la definición de la Unidad de Pago por Capitación -UPC- para el año 2011, que por Ley 1122/07 le corresponde realizar a la Comisión de Regulación en Salud -Cres-, la cual con la facultad de definir y modificar las normas regulatorias del Sgsss, tiene la misión de promover un modelo de competencia regulada, consultando para el régimen contributivo, el equilibrio financiero del Sistema y para el régimen subsidiado, la compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Mediante radicado 024962 del 1 de febrero del 2011, la viceministra Londoño denuncia problemas sobre el no reporte, la falta de cobertura, de oportunidad, de confiabilidad y de calidad de la información presentada por parte de algunas Empresas Promotoras de Salud -EPS-, tanto del régimen contributivo como del subsidiado, para la elaboración del estudio técnico que permite determinar el monto de la UPC para la vigencia fiscal 2011 y solicita, “…evaluar la procedencia de adelantar acciones de investigación (…) y eventualmente determinar, si a ello hay lugar, las responsabilidades correspondientes”.
Con claridad denuncia la viceministra en el documento que “La Cres, mediante el Acuerdo 19 de diciembre 29 de 2010, además de fijar el valor de la UPC del POS en los regímenes contributivo y subsidiado que ha de regir para la vigencia fiscal 2011, consideró que los estudios técnicos realizados para determinar la suficiencia de la UPC para la financiación del Plan Obligatorio de Salud -POS- y la sostenibilidad del Sgsss, evidencian inconsistencias en la información que reportaron las EPS sobre frecuencia de uso y gasto médico, especialmente en lo referente a medicamentos, afectando la confiabilidad de las cifras y, por lo tanto, no permiten tomar una decisión definitiva con base en ellos”.
Se puede colegir en la denuncia, que en este sexto año consecutivo de realizarse el Estudio de Suficiencia, no obstante, en el 2009 no haber incremento en las coberturas del POS y la variación anual de Precios al Consumidor -IPC- haber sido del 2%, no se justifica que el valor total reportado para el estudio 2009 presente un incremento del 18% en las EPS de la selección y los medicamentos un incremento del 166%.
Se plantea que por este error, por falta de control o de tecnicismo en la actualización de la UPC para el 2011, pudo haber ingresado al Sistema alrededor de un billón de pesos adicional. No sabemos a dónde se hubieran dirigido estos recursos, a cualquier parte diferente a la de mejorar la oportunidad y calidad en la atención del derecho fundamental a la salud.
Como estamos hablando de recursos públicos -y no pocos-, y un mal cálculo puede expresarse en billonarios recursos que ingresan irregularmente al Sgsss, con la demostrada debilidad del modelo de control en estos 18 años de vida del Sistema, nos preguntamos: ¿Para los años anteriores no se presentaron este tipo de inconsistencias, distorsiones, falta de calidad y confiabilidad que afectaran la información disponible para realizar los estudios técnicos para la definición de la UPC y por tanto su actualización?
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El control del SGSSS
Con la Contralora General de la República; los Superintendentes de Salud, Industria y Comercio; delegados de la Superintendencia Financiera y del Procurador General de la Nación, iniciamos esta semana en la Comisión Especial de Seguimiento y Vigilancia de los Organismos de Control Público del Senado de la República, un substancial debate al modelo de control del Sistema de Seguridad Social en Salud –SGSSS-.
Múltiples interrogantes y denuncias surgen del debate que deberá permanecer abierto, ante las respuestas y acciones concretas que esperan los usuarios para modificar el rumbo de corrupción, ineficiencia e ineficacia, de un SGSSS que debe garantizarles a todas y todos en igualdad de condiciones, oportunidad y calidad, el derecho fundamental a la salud.
Después de 18 años de vida del SGSSS, son muchas las bondades que debemos reconocerle, pero también son grandes las dificultades que desde la debilidad de la rectoría y del modelo del control debemos ajustar.
Reiteramos que no es posible dejarle a la libre competencia del mercado, el ajuste de un sistema operado por particulares pero cuyos recursos son de naturaleza pública.
Hoy más que nunca se requiere más Estado ejerciendo la rectoría del sistema, regulando, controlando con oportunidad y rigurosidad a los diferentes actores.
El modelo debe controlar los abusos de las EPS que invierten recursos del sistema en activos que nada tienen que ver con la salud, que recobraron prestaciones que podrían estar incluidas en el POS; compañías farmacéuticas que indujeron la demanda de sus productos con incentivos a los profesionales de la salud para aumentar la prescripción; medicinas con valores exorbitantes, cirugías a pacientes de medicina prepagada cobradas por el régimen contributivo; despilfarro e ineficiencia de hospitales sin control presupuestal; médicos que se enriquecen induciendo tutelas para prestar servicios estéticos y suntuarios; pacientes que han pescado en rio revuelto, entre otros.
El modelo debe incluir control de gestión al propio Ministerio, a la CRES para que regulen, actualicen y ajusten el sistema cuando sea necesario y conveniente.
La falta de revisar el POS técnica y oportunamente -18 años-, acarreó una obsolescencia de este con respecto a las necesidades de los colombianos y generó una brecha creciente con los avances científicos y de tecnología médica disponible, quedando vacíos de muy difícil interpretación que se han conocido como la zona gris, que crece y crece progresivamente, quedando como cartera acumulada y no resuelta entre el gobierno y las empresas aseguradoras.
De la mano del crecimiento de las tutelas de manera exponencial, la subcuenta del FOSYGA de compensación, empieza por primera vez -año 2009- a ser deficitaria; pues de allí se pagan los recobros del No POS; las EPS del régimen subsidiado tienen embargados más de $200 mil millones; la cartera de clínicas y hospitales de alrededor de $3 billones los tiene sumidos en una delicada situación de iliquidez, los entes territoriales deben alrededor de $1.2 billones.
Al problema del giro de recursos, se unen las denuncias de la Viceministra de Salud, sobre la falta de rigor técnico en la actualización de la UPC.
Es imposible saber cuál es el panorama financiero real, pues la información es de bajísima calidad para conciliar y tener certeza sobre la realidad de la crisis.
Compartimos la propuesta del Presidente Santos, en el sentido de que la Superintendencia Financiera pueda vigilar los recursos económicos y “…la Superintendencia de Salud se va a dedicar exclusivamente a que se cumplan los indicadores de eficiencia en el sistema”.
La pregunta es, ¿en estos 18 años, dónde estuvo el control? Dónde fallamos los colombianos en evitar lo que el propio Presidente Santos llamó “la guachafita de los recursos de la salud”.
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La crisis del SGSSS
El Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS-, se encuentra convaleciente. La prolongada falta de rectoría por parte del Estado, que se hizo manifiesta por primera vez de manera dramática durante la fallida Emergencia Social de diciembre de 2009, lo ha mantenido sumido desde entonces en la más profunda crisis. A la rectoría del SGSSS le competen funciones de regulación por parte del Ministerio de la Protección Social –MPS-, y de inspección vigilancia y control, como responsabilidad de la Superintendencia Nacional de Salud.
La falta de rectoría, en su aspecto regulatorio puede en parte ser atribuida a la integración de los Ministerios del Trabajo y Salud en uno sólo de Protección Social; al tener a un Ministro encargado de demasiadas funciones, adicionales a las de su ya hipertrofiada cartera de salud. Era necesario tener un ministro enfocado en el gerenciamiento del sistema de salud; pero este necesariamente tenía que dedicarse a temas urgentes e igualmente importantes, para nada relacionados con los temas de salud, tales como el desempleo, el salario mínimo, el asesinato de sindicalistas, y discusiones laborales y sindicales, etc.
La aparición desproporcionada de actores en el sistema de salud con interés de especulación e intermediación financiera, dado lo atractivo de un sector que mueve alrededor de $40 billones al año, contrasta con la cada vez más escuálida y limitada presencia de gobernabilidad o gobernanza; con empresas promotoras de salud que obedecen a una lógica individualista; afiliados y beneficiarios que evaden y eluden el pago al sistema; una industria farmacéutica sin regulación sensata; gobernadores y alcaldes que esquivan responsabilidades; consejos territoriales de salud con poca capacidad de decisión; en fin, un SGSSS que durante los últimos años creció, pero sin control, permeado por la corrupción.
La crisis actual como producto de años de falta de gerenciamiento y definición estratégica del SGSSS puede evidenciarse claramente en la Sentencia T-760 de la Honorable Corte Constitucional, mediante la cual expresa su preocupación por el incumplimiento de los mandatos constitucionales de 1991 referentes a cobertura universal, integración de planes de beneficios, progresividad del sistema y sostenibilidad del mismo. Con esta Sentencia revisa 22 tutelas que considera representativas de la problemática de la salud y saca algunas conclusiones dando órdenes contundentes, para ser ejecutadas en su mayoría por el MPS.
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La permisividad del control fiscal
La corrupción carcome como un cáncer nuestra sociedad. Es tal la magnitud del problema, que pareciera incuantificable el saqueo de los recursos públicos en los diferentes niveles del Estado. Las normas sobre contratación pública se violan, eluden o evaden con facilidad y una alta impunidad.
Los mecanismos para hacerlo son de todo tipo, carruseles de contratación, generalización de contratación directa, creación de fundaciones, vulneración al principio de selección objetiva, sobrecostos, deviación de anticipos, adiciones indebidas, entre otras muchas trampas.
Si en lo nacional llueve, en lo territorial no escampa. Así lo demostró la Auditoría General de la República –AGR- en su informe del Control al Control de la Contratación –C.C.C.- de mayo de este año, al referirse a los graves riesgos fiscales y las irregularidades de todo tipo en que están incurriendo las entidades territoriales, que en el 2010 ejecutaron $11 billones -60% del total-, mediante contratación directa, cifra que en el primer trimestre de este año 2011, se aumento al 74%. Concluyendo –paradójicamente-, que los contratos deben revisarse cuidadosamente por los entes de control fiscal.
“La contratación pública se ha visto inmersa, como nunca en la historia, en gravísimos casos de corrupción hasta el punto que fue capturada por los corruptos en varias entidades y regiones.” “Tal crisis exige preguntarse: ¿Cuáles deben ser las prioridades y los marcos de acción de los órganos de control fiscal colombiano para enfrentar esa gran crisis de abandono y corrupción en la contratación?” Pregunto yo: ¿Tienen los órganos de control fiscal colombiano responsabilidad en esta gran crisis? No podemos caer en la generalización y medir a todas las Contralorías por igual.
Pero debemos hablar con claridad, en muchas contralorías del país, el Contralor es cuota política del gobernante del territorio o son fortines clientelistas, donde el control fiscal se ejerce con sesgo, prevaricando y abusando del poder, por acción y por omisión, con sectarismo, persiguiendo funcionarios o tapando y siendo permisivos.
¿Cuáles contralorías del país responden a este perverso modelo? ¿Es conveniente y adecuado a la realidad nuestro modelo de control fiscal? ¿Cómo garantizar su imparcialidad? En el caso de Antioquia, algunas respuestas las entrega el informe de la auditoría regular realizada por la AGR a la Contraloría General de Antioquia –CGA-.
El informe, que por la gravedad de sus hallazgos disciplinarios, deberá generar investigación de la Procuraduría General de la Nación, deja ver la permisividad de la CGA con la Fundación para el Buen Gobierno, hoy Fundación para el Bienestar Global –FBG-, creada por “iniciativa del Contralor”, doctor Jorge Rojas Otalvaro.
Considera la AGR, que al utilizar reiteradamente la figura de los contratos interadministrativos con la FBG, la CGA presuntamente está vulnerando los principios de transparencia, eficiencia, selección objetiva y de responsabilidad, lo que configura “…presunta responsabilidad disciplinaria, porque al parecer el Organismo de Control ha inobservado el numeral 1 del artículo 48 de la ley 734, al desconocer los principios que regula la contratación estatal…”.
Dice la AGR que los contratos que suscribe la FBG deben guardar coherencia con el objeto social de las dos entidades que la constituyeron y ejecutar obras, siempre y cuando, sean el producto de su primera competencia, contribuir al desarrollo de la academia, investigación y extensión universitaria. Es decir, “…no debe deslindarse de las instituciones que la constituyeron como son un establecimiento público y una institución universitaria”.
Debo agregar que por exigencia del Consejo Directivo el Politécnico JIC se retiró de la FBG, según consta en Acta 15 de 2008 y 02 de 2009, por tanto, ¿Se debió liquidar la FBG? ¿Es ilegal toda la contratación de la FBG?
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La trampa de la cobertura
El mundo es otro. La reforma al subsistema de educación superior es urgente, necesaria para responder a las realidades científicas, tecnológicas, demográficas, sociales, económicas y culturales que han cambiado sustancialmente la dinámica del mundo. Además de la necesaria actualización de nuestro modelo educativo a estas realidades globales, en Colombia debemos resolver la trampa social de exclusión en la que nos encontramos atrapados.
Aunque en los últimos 8 años, impulsados en mayor proporción por las IES públicas, se logró alcanzar una importante tasa de cobertura equivalente al 37%, paradójicamente en la década se arroja un preocupante déficit de 3.226.000 jóvenes entre los 17 y 27 años de edad que no han ingresado a la educación superior o que habiéndolo hecho, han desertado.
La tasa de deserción, que tiene entre sus causas principales la falta de ingresos familiares y las dificultades en el acceso a financiación, es del 45%. El ambicioso reto del actual Gobierno del Presidente Santos, es alcanzar una tasa de cobertura del 50% al 2014. En Colombia existen 286 Instituciones de Educación Superior –IES-, 80 oficiales y 206 de carácter privado, con una población matriculada de 1.688.216 estudiantes, el 54,7% en el sector oficial. Específicamente en la Instituciones públicas el 41.6% se encuentra en universidades territoriales y el 58.4% en universidades nacionales. De las 286 IES, 220 están concentradas en 6 departamentos, 113 de ellas en la ciudad capital.
¿Cuál es el camino adecuado para alcanzar la cobertura propuesta, con calidad y pertinencia? Hasta hace pocos días, el Gobierno proponía inversión de capital privado en el sector educativo, lo que “no significa privatizar, significa invertir”, incluyendo lógicas de gestión empresarial en el campo de lo público en pro de la eficiencia en el manejo de los recursos; las IES Publicas señalan el peligro que puede existir con este capital privado en detrimento del derecho y la calidad de la educación y el fortalecimiento de lo público; la posibilidad de constituir IES con ánimo de lucro se convirtió en el punto central de discusión entre ambos. Retirar este punto es una muestra de sensatez del Gobierno y despeja el camino de la reforma.
Por ello acompañamos el diálogo abierto y sensato impulsado por el gobierno nacional en torno a la improrrogable reforma, en la cual debemos plantear alternativas de fortalecimiento a la oferta regional, invirtiendo en el mejoramiento de la infraestructura y las capacidades instaladas de las IES Públicas, incluyendo en el subsistema de educación superior las Instituciones Técnicas, Tecnológicas a la vez que se generan un mayor número de becas, fondos de financiación y créditos educativos con tasas de interés cero para los estudiantes, articulado a la creación e instalación de instituciones y procesos educativos pertinentes y de calidad en los territorios.
La trampa de la cobertura, reflejada en un déficit relacionado de manera profunda con la falta de regionalización, la falta de fortalecimiento de las IES públicas y los altos costos de las IES privadas hace necesario plantear estrategias pertinentes que defiendan el acceso democrático a la educación superior, a través de procesos fundamentados en la eficiencia y la eficacia pero que en ningún sentido vayan en detrimento de lo público.
Al reconocer que es este un proceso a mediano y largo plazo, consideramos necesario plantear como estrategia transitoria para los jóvenes que se quedan por fuera de la educación superior, la generación de medidas para consolidar niveles intermedios de formación para el empleo, aprovechando para ello la infraestructura y el capital humano y social de las instituciones educativas de secundaria y media e instituciones de educación para el trabajo como el SENA, tal y como se ha venido desarrollando en otros países del mundo.
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Las decisiones de la Contraloría
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Delirio minero
“En Colombia, la minería está desbocada. Tanto la legal como la ilegal. No soy antiminero. La minería nos provee materiales fundamentales para el bienestar humano. Pero puede generar mucho problema ambiental si se hace mal. Y en el país vamos hacia esa dirección” dijo el pasado 19 de julio en informe especial para EL TIEMPO, el Ex ministro de Ambiente, Manuel Rodríguez, al clamar por una reforma al régimen minero y denunciar graves irregularidades en el sector, aseverando que: “Estamos ad portas de una tragedia ambiental”.
Frente al cuestionamiento de que “Están entregando todo tipo de licencias de minería, de manera anárquica y corrupta”, el Ex ministro expresó que: “Es lamentable lo que ha ocurrido en los últimos años. De 2.000 títulos mineros pasamos a 8.000. (…) Se han dado licencias hasta en los páramos y en los parques naturales”. Al referirse a que Colombia no tiene la capacidad técnica para hacerle el seguimiento y la fiscalización a la minería, cuestionó: “¿Cómo atender 8.500 títulos mineros, 19.000 que vienen en cola y 3.600 operaciones denominadas ilegales?”
Al criticar los privilegios e inequidad del actual esquema de regalías mineras y la vinculación de los altos ex funcionarios del Estado con las multinacionales, expresó que: “No se entiende por qué en Colombia se cobra apenas un 4 por ciento para el oro y un 12 para la sal. No hay una tarifa como en los otros países para que las regalías sean progresivas a medida que aumenta el precio internacional del oro. Y exenciones de impuestos (…) En el 2007 las regalías pagadas fueron de 1,1 billones y las exenciones, de 0,59 billones. En el 2009, las regalías pagadas fueron de 1,93 billones y las exenciones, de 1,75 billones”. “¡Es decir que prácticamente se les devolvieron las regalías!”.
Estas contundentes denuncias del Ex ministro Rodríguez, unidas a las que vienen realizando ciudadanos y organizaciones sociales en los territorios de Colombia, exigen debates de control político en el Congreso de la República, a un sector minero que debe ser revisado profundamente, en concordancia con el mandato del PND: “El desarrollo de esta locomotora no puede ir en contravía del desarrollo sostenible del país y de su conservación para las próximas generaciones”.
En territorios como Antioquia se han otorgado aproximadamente 2.300 títulos mineros, de los cuales 800 se encuentran en etapa de explotación y 2.000 pendientes, de acuerdo con la Resolución 18-1233 de julio de 2011 que prorroga el término de suspensión para la recepción de propuestas de contrato de concesión y de legalización minera tradicional. Múltiples son los temores que le he escuchado a ciudadanos, redes y organizaciones sociales de otros departamentos y del Oriente y Suroeste de Antioquia que actualmente tienen concesionado casi todo su territorio.
La actividad minera a cielo abierto genera impacto negativo en el recurso hídrico por la inevitable afectación de las fuentes, en la flora y fauna, en el suelo y el aire, interfiriendo con su capacidad productiva y la magnificencia que caracteriza el paisaje del Oriente y el Suroeste de Antioquia, el cual está enmarcado en el verde, la forma y la singularidad de sus valles y montañas.
¿Los trastornos de este delirio minero, serán temporales? ¿Serán reversibles? Defensores y promotores del desarrollo sustentable y equitativo del territorio, estimulamos el desarrollo minero, sí y sólo sí entrega un balance positivo en el largo plazo; si no se permite fuga de riqueza y desertificación en nuestro país y se garantiza que no se arruinará la capa vegetal, ni se limitaran dramáticamente los recursos naturales, ni que se pondrá en riesgo la supervivencia humana y el nivel de calidad de vida, en tanto se destruye la tierra cultivable y se asola el paisaje, como ha ocurrido ya en diferentes países.
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La Alianza regional
¿Cuánto nos cuesta como sociedad que los gobernantes de Medellín y Antioquia no trabajen en un norte conjunto? Han pasado los tiempos de los acuerdos políticos basados en burocracia y clientela, en reparticiones de “puestos y contratos”. En la actualidad se imponen los acuerdos programáticos como la “Alianza Medellín-Antioquia –AMA-”, realizada por los candidatos únicos del Partido Liberal a la Alcaldía de Medellín, Aníbal Gaviria Correa y del partido Verde a la Gobernación de Antioquia, Sergio Fajardo Valderrama.
Acuerdo histórico que los compromete como futuros gobernantes, a trabajar articulada y armónicamente por el desarrollo con equidad en el territorio antioqueño. Estoy seguro que además del reconocimiento a su programa y exitosa trayectoria individual, está Alianza, que refleja el modelo político que ambos candidatos representan, se constituye en una de las más importantes propuestas de análisis y de criterio de un amplio sector ciudadano, que confiará en ella y en ellos y la valorará por incluyente, abierta y participativa, aportando decididamente en su construcción, ejecución y control social.
Con respeto y confianza por estos excelsos lideres y por lo que esta Alianza significa para el presente y futuro de nuestro territorio, la promuevo, acompaño y trabajó por cristalizarla en las urnas el próximo 30 de octubre y como una realidad política de Gobierno para Medellín y Antioquia a partir del 1 de enero del próximo año.
No ha existido un momento más oportuno para presentar una propuesta conjunta sobre mejoramiento de calidad de vida, equidad y desarrollo regional para Medellín y Antioquia que el presente, pues las reformas legislativas contenidas en las Leyes 1341, sobre TIC, 1450 sobre servicios como energía social, agua potable y saneamiento básico y 1454 sobre ordenamiento territorial y relaciones interinstitucionales entre autoridades locales, permiten que se ofrezca a los ciudadanos propuestas conjuntas para la mejor utilización de los recursos del Estado, en el desarrollo equitativo de las regiones.
Debemos fortalecer la línea de desarrollo regional de Medellín, reorientar a Empresas Públicas y Une, para que jueguen un papel esencial en el desarrollo regional equitativo e integral en el departamento, es de esperar que participen activamente en el desarrollo de las políticas públicas que podrán en marcha nuestros nuevos gobernantes a partir del 1º de enero de 2012.
Uno de esos temas de alta importancia, hace referencia a la ejecución de los recursos que con base en las Leyes 1151, 1176 y 1450, deben ser destinados por la Nación, el Departamento y los Municipios a la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y gestionados bajo el liderazgo de los departamentos -Decreto 3200 de 2008-.
Sería una pena y un error histórico imperdonable que teniendo el desarrollo institucional y la capacidad técnica de las EPM, éstas no se pusieran al servicio del desarrollo del departamento, claro está, preservando la autonomía tanto del departamento, como la de los municipios en los cuales se ejecuten las obras. Propongo que defendiendo estos principios e impulsando la ingeniería y el emprendimiento regional, EPM asuma la gerencia técnica -asesora- y aún mejor, la calidad de Gestor del Plan Departamental de Agua y saneamiento Básico.
Aprovechemos al máximo los conocimientos y capacidades de EPM y mantengamos en las regiones la capacidad de decidir sobre la asignación de los recursos propios y el fortalecimiento de las empresas locales y regionales, esenciales para el desarrollo local. La Alianza debe ser explicita en el sentido de que EPM será el Gerente o el Gestor del PDA en Antioquia, y que los recursos que el departamento recibe del Sistema General de participación -Ley 1176-, serán entregados a EPM para ser gerenciados con la mayor pulcritud y en provecho real de los habitantes del departamento.
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Ordenanzas ilegales
La crisis económica del país, la situación financiera del Departamento, la opinión de la comunidad y los cambios hechos al contrato inicial, llevaron al Gobernador de Antioquia, ingeniero Guillermo Gaviria, a revisar a fondo el proyecto Conexión Vial Aburrá-Oriente -conocido como Túnel de Oriente-, a fin de tener claridad sobre su real factibilidad. La revisión técnica mostró inconvenientes en la oportunidad de la inversión en la construcción, debido al aumento en la oferta vial y la disminución de la demanda, lo cual podría afectar considerablemente el presupuesto del Departamento, que debía cumplir con la garantía de ingresos mínimos para sostener la tasa interna de retorno del Concesionario.
Otros inconvenientes, los diseños del proyecto no eran definitivos, generando incertidumbre en los costos; en lo ambiental, se preveía un efecto sobre las aguas de Santa Elena; los estudios ignoraron la necesidad de construir un segundo túnel por efecto de la saturación por gases y por sobrepasar la capacidad de la vía; además de la inseguridad legal de los recursos de crédito e inexistencia de obligación por parte del Concesionario de garantizar el cierre financiero del proyecto, entre otros.
En marzo de 2003, le informamos al Concesionario del Túnel, la conveniencia de negociar una terminación del contrato. Con la mediación del Señor Presidente de la República, doctor Álvaro Uribe Vélez, acordamos y firmamos en Rionegro unas modificaciones, las cuales se centraron en el aplazamiento del Túnel en el tiempo, hasta tanto un nuevo estudio de demanda y tráfico indicaran la conveniencia de construirlo; avanzar en la construcción de la doble calzada a las Palmas, en el tramo Chuscalito–Los Balsos– Alto de las Palmas, una solución al problema del K10+700 de la Vía a Santa Elena y la pavimentación por el corredor actual, de las vías El Retiro–La Ceja y Canadá–El Carmen.
A los inconvenientes y reparos realizados por especialistas, editorialistas y columnistas sobre la inviabilidad económica y ambiental del proyecto como lo concibe el actual gobierno departamental, agregamos las objeciones sobre la legalidad de las Ordenanzas que le dan vía libre al Gobernador para que comprometa vigencias futuras para ejecutar la obra y el grave hecho de que la Asamblea de Antioquia no verificara, como era su obligación, si sumados todos los compromisos que se pretendían adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y administración, se excedía la capacidad de endeudamiento del Departamento, tal y como lo establece el artículo 12 de la ley 819 de 2003.
Las Ordenanzas son ilegales, de acuerdo con el Consejo de Estado, que confirmó el pasado 14 de julio un fallo contra una autorización equivalente que la Asamblea de Casanare le había otorgado al Gobernador de ese departamento. Según la Contraloría General de la República: “Se trata de un fallo trascendental, pues sostiene la misma tesis jurídica que de manera conjunta fijaron en septiembre de 2010 la Contraloría, la Procuraduría, el Ministerio de Hacienda y la Auditoría, toda vez que otras entidades territoriales estaban procediendo con base en los mismos supuestos jurídicos ilegales”.
El contundente fallo fija una clara disciplina fiscal, al ordenar no aplicar por inconstitucional los actos administrativos que autoricen incorporar a los respectivos estatutos presupuestales territoriales la figura de las vigencias futuras excepcionales, que a finales del año pasado superaban los $15 billones. Así las cosas, quedan sin piso legal las Ordenanzas 13, 14 y 16 de 2010 que autorizan al Gobernador del Departamento de Antioquia para comprometer más de $864 mil millones para el Plan Departamental de Aguas, las Autopistas de la Montaña y el controvertido Túnel de Oriente. ¿Cómo solucionaremos esta compleja situación?
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Independencia e identidad
En esta semana fue 20 de julio. Para muchos tal vez, un día de fiesta más, sin significado, sin valor. Hace un año celebramos con más pena que gloria, el Bicentenario de nuestra Independencia, 200 años de historia de una joven República que el 20 de julio de 1810, pidió a gritos nacer y vivir, para ser libre y respetada. No conozco el desarrollo de un proyecto de identidad nacional que exaltara la memoria de nuestros próceres. Una propuesta, que integrara plenamente a todas las regiones del país a un ideal común, a un concepto compartido de nación.
Decía Don Marco Fidel Suarez, que: “…el aisalmiento y la vida en la montaña, la selva, la costa, la llanura, producen en el hombre colombiano un amor exagerado por su terruño, por lo cual nuestro hombre de provincia suele darle a la palabra Patria, un sentido casi municipal”. La Patria tal como la vivimos y sentimos especialmente cada 20 de julio, es la única palabra capaz de conciliar, para una empresa común, las más antagónicas posiciones.
Treinta y tres porciones construyen la esencia de un común destino, de una misma grande Patria colombiana, que en maravilloso mosaico cultural y geográfico, se amalgaman en el amarillo de los dorados campos de trigo y cebada, en las mañanas andinas de Boyacá y Nariño. En el azul infinito de los cielos que en San Andrés o en el Choco costero, que lo mismo embruja y seduce. En el rojo fuego de los arreboles encendidos que en el Meta, el Vichada o el Guaviare, hacen de cada crepúsculo la cita cotidiana de Dios en su creación.
Colombia es mucho más que la sumatoria de sus partes. Es ella misma una nación, una cultura, un privilegiado medio geográfico y una economía en dinámica interrelación, con un mundo lleno de oportunidades. La fuerza y el capital más valioso están en su gente, sobre todo en la más anónima. Aquella que hizo posible la industria; la que sembró y cosechó el café, el plátano y las flores; la misma que con las uñas le arrancó a la tierra el oro, las esmeraldas, el carbón y le sorbió petróleo; la que sueña con cada amanecer; la que llora, la que sufre, la que goza, la que reza, la que pinta, la que innova, la que crea.
Colombia es un sentimiento que nos invade y nos sobrecoge. Es un himno heroico que invoca la Gloria que nunca marchita el júbilo que jamás morirá. Es canción, es folclor, es paisaje, es gastronomía que nos identifica y nos une, aun en la distancia de un exilio forzoso o voluntario. Es vivir plenamente las hazañas de nuestros deportistas y la consagración de nuestros científicos. Es llenarnos de orgullo desde las letras inmortales de sus prosistas o poetas, hasta las pinceladas de color de nuestros artistas.
Colombia es pluridiversa y multicultural, en síntesis ese tricolor que se teje sobre nuestro horizonte y que hoy cruza desde Providencia al Guainía, desde El Cabo de la Vela hasta Leticia, de Malpelo hasta el Arauca, toda nuestra geografía de un millón doscientos mil kilómetros cuadrados, con 46 millones de corazones palpitantes y otros 5 millones esparcidos por el mundo. Una Patria con más de doscientos años de búsqueda de un digno lugar bajo el sol, entre los pueblos libre de la tierra.
Una Patria que requiere generar condiciones identidad, de nacionalidad. Se hace urgente combatir en nuestras regiones, la tendencia hacia un aislamiento autárquico e indolente. Inyectar en nuestras sociedades factores positivos externos, que puedan renutrirlas, vigorizarlas, hacerles sentirse arte y parte de un proyecto común llamado Colombia, que estimule la vida de todas sus regiones, que cree derechos y ofrezca oportunidades de justicia sobre la base de la concertación de responsabilidades y esfuerzos compartidos entre todos los sectores y actores de la Nación.
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El germen de la corrupción
Nace, crece y se reproduce en los diferentes ámbitos y niveles del Estado. Se multiplica por estímulos de funcionarios públicos y contratistas privados. Un olor pestilente domina y contamina el ambiente. El diagnóstico, estamos viviendo en un entorno contaminado que nos produce malestar individual y colectivo. Nuestra sociedad está enferma. La causa, un germen llamado corrupción. Demasiado virulento, con alta penetrabilidad, resistente, mutante, capaz de escalar las tímidas barreras sociales, con alta probabilidad de contaminación masiva sino se hacen intervenciones radicales.
Este venenoso germen, socava los valores éticos y carcome los recursos públicos. Sus secuelas quedan esparcidas en todo el territorio nacional. Pobreza generalizada, marginación, exclusión, violencias, persistencia en el subdesarrollo. Para extirparlo, se requiere velocidad, decisión y un bisturí afilado que enfrente cara a cara el monstruoso germen de la corrupción. Extirpadores: ciudadanía responsable, Gobierno, órganos de control descontaminados y de justicia aséptica que coloquen en aislamiento y en cuarentena el riesgo de diseminación total.
Se requiere una sociedad decidida a extirpar el mal, a proponer y ejecutar instrumentos preventivos, a ejercer control y autocuidado, a movilizase para prevenir, controlar y erradicar la no grata presencia de este germen que se ha entrañado en todo el cuerpo social de los colombianos. En esta intervención se debe tener cuidado de no injuriar partes sanas. El germen habrá de mostrarse para que toda la ciudadanía lo identifique y reconozca y esté alerta ante cualquier aparición o intento de reactivarse y mimetizarse.
Para prevenir, proteger y controlar, se requieren instrumentos efectivos; entre ellos, el Estatuto anticorrupción que acabamos de expedir, aunque no es la panacea, es una herramienta que levantará barreras que eviten la fácil filtración del germen; la construcción de una cultura política que garantice la elección de hombres y mujeres probos, sin tacha, para los cargos de responsabilidad en la ejecución y control de los recursos públicos y en las decisiones trascendentales sobre el desarrollo y el destinos de nuestros territorios, del país.
Se requiere una vacuna. Una cultura de control social que bajo la premisa de que los recursos públicos son sagrados, genere una conciencia colectiva para combatir decididamente el germen de la corrupción. Un sistema inmunológico y de vigilancia de reacción inmediata ante alertas tempranas por pequeños síntomas, fiebres ligeras, indicio de un cambio indebido en el patrimonio de personas naturales o jurídicas, gobernantes, funcionarios públicos o contratistas.
Esta vacuna de control social para prevenir, evitar y controlar este virulento germen, debe penetrar todos los cuerpos sociales, ya que ningún sector se escapa al riesgo de ser colonizado. Debemos garantizar coberturas amplias, campañas permanentes, llegar a todos los lugares, utilizar todas las formas de socialización: inyectando, aplicando gota a gota o dispersando en el medio para crear la inmunidad, que significa confianza, cultura política y ciudadana, diligencia para preservar y proteger lo que a todos nos pertenece.
Un control social soportado en una cultura ética política y ciudadana que se construya desde la cátedra familiar, desde la escuela, la universidad, la empresa y los espacios propicios para educar en la responsabilidad y en el cuidado de los recursos públicos para el bienestar colectivo. Un control social soportado en permanentes ejercicios de ciudadanía, buen ejemplo de gobernantes, dirigentes y padres de familia, que produzca barreras de entrada para el aterrador germen de la corrupción.
Podremos tener una sociedad del bienestar en vez del malestar que nos agobia, si no desfallecemos en la eliminación y erradicación del germen de la corrupción. Lograrlo es posible, lo han demostrado los países nórdicos y algunos asiáticos, la clave es cultural, el control social.
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Una Ley de Servicios Públicos
Organizado por la Superintendencia de Servicios Públicos y Andesco, entre el 22 y el 24 de junio, se realizó en Medellín el XIII Congreso Nacional y IV Internacional de Servicios Públicos y TIC. No obstante las substanciales conclusiones que arrojó el exitoso evento, quedan faltando algunas. En mi opinión, Colombia requiere una Ley general que desarrolle el artículo 365 de la Carta Política, según el cual los servicios públicos son inherentes a la función social del Estado, quien tiene la obligación de su prestación eficiente a la totalidad de los habitantes del territorio. Una Ley que adopte la teoría del servicio público y fije principios y valores aplicables a servicios como la educación, la salud, el transporte, las tecnologías de la información y las comunicaciones y los servicios públicos domiciliarios.
Tres principios constitucionales deben guiar al legislador en la discusión de una Ley de Servicios Públicos: universalidad, solidaridad y eficiencia. Principios que deben interpretarse de manera sistemática y unificada, bajo un solo propósito, garantizar el bienestar, el mejoramiento continúo de la calidad de vida de las personas, de los seres humanos, que al fin y al cabo son la razón de ser de la existencia del Estado.
Se entiende por universalidad el derecho de todos a acceder a los servicios públicos de manera permanente y en condiciones de calidad, tal como lo ha determinado la H. Corte Constitucional en sentencias como las T-760/08, T-546/09 y T-091/10, que en buena hora han revitalizado la teoría del servicio público en Colombia al considerar que el acceso a servicios como la salud, el agua potable y el saneamiento básico, tiene connotaciones de derecho fundamental.
La solidaridad, es la base de la teoría del servicio público en su concepción más original y es el mecanismo que permite que la sociedad, los proveedores del servicios y el Estado, sean obligados a participar con cargas contributivas especiales, para la creación de fondos que dispongan de recursos económicos suficientes, para financiar el acceso al servicio por parte de los sectores más vulnerables de la población, que normalmente son los que tiene una menor capacidad de pago. Este tema merece un análisis detallado en nuestro caso, pues en muchos eventos se pretende que sean exclusivamente los mismos usuarios de los servicios, quienes asuman mediante sistemas contributivos la financiación de la totalidad del sistema.
La eficiencia en la prestación de servicios púbicos, es lo que permite distinguir con claridad entre la nueva teoría del servicio público, con las formas convencionales de su prestación, pues antes se consideraba que sí el Estado era su prestador, se permitía que se transfirieran ineficiencias y costos innecesarios a los usuarios. En la actualidad es diferente, la competencia y la competitividad le exigen al Estado prestador y gestor de servicios públicos, comportarse como un agente económico eficiente y eficaz en un escenario de competencia.
Brindar protección y garantías a los usuarios, debe ser tarea prioritaria del Estado y de los organismos regulatorios, impedir que los prestadores de servicios aprovechen su posición dominante para fijar y cobrar tarifas excesivas, que abusen o se burlen de los usuarios y sus derechos en la prestación de los servicios o que se apropien en forma indebida del excedente público.
Lamentablemente no todos comprenden el alto calado social de la teoría del servicio público, pues de un lado, algunos solo entienden de negocios e inversiones que permitan concentración de capitales, o del otro, a nombre de la democracia o de los sectores sociales pretenden mantener estructuras burocráticas que hacen al Estado ineficiente y obligan a los ciudadanos a pagar los costos del clientelismo, la ineficiencia y la corrupción.
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¿La trashumancia decide?
El gobierno, los órganos electorales, las autoridades, los partidos políticos y la ciudadanía, nos estamos preparando para participar y elegir el próximo 30 de octubre las autoridades territoriales que habrán de regir los destinos de los 32 departamentos y 1.106 municipios de Colombia durante el período 2012-2015.
Preparación fundamental la constituye la inscripción de cédulas, que facilita al ciudadano ejercer el derecho al voto en el puesto de votación cercano a su lugar de residencia. Este proceso se realizó entre el 23 de febrero al 22 de mayo.
En muchos territorios esta inscripción se hizo con una real motivación ciudadana de participar responsablemente del proceso político electoral. Llastimosamente, no en todas partes fue igual. Así lo dicen las graves denuncias que por trashumancia se vienen realizando a lo largo y ancho del país. La trashumancia electoral es la acción de inscribir la cédula para votar en un lugar distinto a aquél en el que se reside y constituye un delito contemplado en el Código Penal Colombiano bajo el nombre de fraude en inscripción de cédulas.
La ciudadanía, organizaciones sociales y medios de comunicación, vienen denunciando este tipo de irregularidades y otros posibles delitos electorales a lo largo y ancho del país, que alertan sobreconstreñimiento al sufragante y trashumancia electoral, acompañados de una serie de prácticas ilegales como presión armada, intervención indebida de funcionarios públicos en política y la compra-venta de votos “prepago”, que empañan el libre ejercicio de la democracia en Colombia, de cara a los comicios electorales del próximo 30 de octubre
Corresponde al Consejo Nacional Electoral -CNE-, en ejercicio de su función de velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías, conforme al artículo 265 de la CP, contrarrestar este ataque contra la democracia, esta gravísima práctica ilegal que fue consagrada expresamente como causal de nulidad electoral y de pérdida de investidura, en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que entra a regir en julio del año 2012.
Según reporte del CNE, en el departamento de Antioquia avocó conocimiento de 312 denuncias en 106 municipios por trashumancia electoral y compra-venta de votos. Es decir, la escalofriante estadística de alrededor de 3 denuncias promedio por municipio. Es además muy delicado, que ligado a la financiación y al aprovechamiento de los recursos estatales para promover candidaturas; este la injerencia de grupos armados ilegales y organizaciones criminales en el escenario electoral que se manifiestan en una participación activa en algunos municipios incentivando candidaturas o eliminando contendores políticos.
Según sentencia T-135 de 2000 de la H. Corte Constitucional: “…el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político (CP. Art. 40), se radica en cabeza de todos los ciudadanos, pero está expresamente limitado por la Carta Política a los residentes en el municipio, cuando se refiere a la elección de autoridades locales o la decisión de asuntos del mismo carácter (CP. Art. 316)
Esperamos que con severidad, el CNE garantice que la trashumancia no decide y neutralice este flagelo y otros delitos electorales que distorsionan los mecanismos de participación, afectan el derecho a la autodeterminación de las comunidades por manipulación externa indebida, cuando se trata de discutir y decidir sobre sus propios asuntos; atenta contra la eficacia del voto al generar la nulidad de la elección; pervierte la transparencia del proceso electoral al permitir que personas extrañas sin vínculos permanentes con los territorios, sin ningún sentido de pertenencia a los mismas, carentes de arraigo social, cultural, político o económico, aparezcan influyendo desfavorablemente en decisiones que los afectan.
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Una ley de convergencia
Con la supresión del rango constitucional de la Comisión Nacional de Televisión -CNTV-, quedan en un limbo jurídico los objetivos y funciones que en materia de protección y garantías de derechos fundamentales le delegó el constituyente a este organismo. Es prioridad legislativa el proyecto de ley que establezca con claridad el nivel de autonomía e independencia, de quien o de quienes suplirán esas funciones constitucionales de regular el espectro electromagnético, garantizar el pluralismo informativo, la sana competencia de medios y protección de contenidos, en un contexto mundial de convergencia.
Convergencia e integración con otros servicios de telecomunicaciones y tecnologías de la información, en especial en lo relativo al uso de redes y del espectro radioeléctrico, que incremente la inversión, la innovación y las transformaciones tecnológicas, será un principio del proyecto de ley que estamos concertando, y debe permitirnos avanzar en una propuesta que, además de garantizar la autonomía del regulador, aborde las diferentes expresiones o dimensiones de la convergencia: del espectro; de redes y equipos; económica y de mercados; de medios y contenidos.
La convergencia permite que desde un mismo artefacto se lleven a cabo múltiples acciones y que desde diferentes plataformas de red se puedan transportar servicios o señales similares; voz, texto, imágenes, video, así como la posibilidad de recibir diversos servicios y contenidos a través de un mismo dispositivo como el teléfono, el ordenador personal o la televisión.
Frente a la convergencia del Espectro, de acuerdo con los parámetros internacionales que recomienda la UIT, se debe buscar que una misma entidad pueda y deba encargarse de la planeación, gestión, administración y asignación de los recursos relacionados con el espectro. Para la convergencia de Redes y Equipos, regular sobre los campos por los que circula la información y sobre la homologación de los equipos y terminales a través de los cuales se accede a esta.
La regulación de la convergencia económica y de mercados debe darse en términos de garantizar el equilibrio y la sana competencia, la protección a los usuarios frente a asuntos como el abuso de la posición dominante, y la protección y fomento de la televisión pública como un bien de todos. Deben quedar entonces claramente establecidos los derechos de los usuarios, orientados a impedir los abusos de la posición dominante en la prestación del servicio, pero además debe protegerse sus derechos a recibir información oportuna, objetiva y veraz, así como los relativos a su intimidad y libre desarrollo de la personalidad.
La Convergencia de contenidos y medios nos posibilita profundizar en el debate frente a la regulación convergente en pro de la libertad de pensamiento, y de difusión y acceso a la información por un lado, y de la protección de la población vulnerable por el otro, bajo la orientación de que no habrá censura, pero si razonabilidad en los horarios y en el contenido según el público objetivo; la autonomía territorial y en la democracia de la participación local para promover y garantizar la existencia de los canales regionales, locales y comunitarios, como instrumentos de la sociedad y del Estado social de derecho y garantía de acceso igualitario y pluralismo informativo.
Lo que está en juego aquí, es la democracia real y la convivencia pacífica, pues es una democracia moderna no es viable sin medios de comunicación libres y sin medios de comunicación que cada día se vean requeridos a ser más ecuánimes, más precisos, más transparentes, más independientes, más veraces y más leales a la promoción de los valores trascendentes de la civilidad, cuyo afianzamiento requiere la sociedad colombiana para acelerar su desarrollo socioeconómico y el bienestar de sus gentes.
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La tragedia de Amagá
A un año de la muerte trágica de 73 mineros por la explosión que se presentó debido a “…una emanación de metano, el cual produjo combustión, combinada con polvo de carbón…” en la Mina San Fernando en Amagá, no se conocen los resultados de la investigación conjunta, ordenada por el Presidente de la República a Ingeominas, Ecopetrol, el Ministerio de Minas, la Secretaría de Minas de Antioquia y Carbones San Fernando.
Ni sabemos de la “profunda investigación”, ni de las “sanciones a los responsables de la muerte de los mineros”, anunciadas por el ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Carlos Costa Posada, el cual expresó “…preocupación del Gobierno Nacional, por la serie de tragedias y la falta de previsión y cumplimento de las condiciones para evitar la fuga de gas metano o de químicos, que están generando la muerte de mineros en diferentes partes del país”.
Tampoco conocemos el resultado de la “investigación profunda” sobre las causas de la tragedia, que anunció el Ministro de Minas y Energía, Hernán Martínez, quien dijo que “…todos los accidentes son prevenibles", y que “…la explotación carbonífera no contaba con detectores de gas permanentes, y tampoco tenía una chimenea de evacuación para éstos”.
En Amagá, después de un año de la tragedia, solo hay dolor y olvido. Tal vez ni se recuerden los nombres de los mineros, mucho menos el dolor de sus familias. La indolencia se confabula con promesas de investigaciones y comisiones olvidadas, que nada dicen de responsables o de decisiones de fondo para que estos “accidentes prevenibles” no vuelvan a ocurrir en Amagá ni en ninguna otra parte de Colombia.
La historia se repite. Hace más de 30 años, en 1977 ocurrió una tragedia similar en las minas El Silencio y Villa Diana, en donde perecieron 86 personas. En ese entonces, como hoy, ante el dolor y la presencia de las cámaras y los micrófonos, se anunciaron comisiones, investigaciones y sanciones. Pero nada sucedió. En la misma mina San Fernando, el 11 de noviembre de 2008, perecieron 5 trabajadores. Según el informe de Ingeominas, posible causa del accidente: “Material particulado de carbón, contenidos de monóxido, alta temperatura del sector hasta 35 grados centígrados, lo cual genera un alto riesgo para el personal y riegos de incendio al interior de la mina”
El 29 de julio de 2009, en respuesta a una acción de cumplimiento, relacionado con las condiciones de climatología de la mina, la Secretaría de Minas de Antioquia, informa: “Que se tienen temperaturas secas con altos valores de hasta 34.7°C, por lo que se deben tener menos tiempos de permanencia del personal (…) presentándose irregularidades en los soportes utilizados en la mina con posibilidad de derrumbes, unido a que la mina solo tiene una entrada-salida, con un latente riesgo para el personal minero…”
En noviembre de 2009, Ingeominas había informado sobre problemas de ventilación: “Carbones San Fernando deberá adelantar la consecución de los equipos, mantener detectores de gases, dada la alta concentración de metano al interior de la mina…” Sí los informes y requerimientos recomendaban incluso el cierre, mientras se abrían túneles de ventilación y la tragedia era prevenible ¿Por qué no se cerró la mina? ¿De quién fue la omisión? ¿Qué pasó realmente en la Mina San Fernando? La sociedad tiene derecho a saberlo.
La tragedia de Amagá va más allá de la muerte de sus mineros que claman por responsabilidad frente a la impunidad y el olvido. Tiene que ver con los cientos de minas ilegales de las que depende el sustento de la gran mayoría de sus habitantes y requiere de la presencia del Estado para tecnificar y formalizar su explotación y brindarles una redención social. Qué paradoja la este territorio, en cuyas entrañas tiene la fuente de su riqueza y causa de su pobreza, su tragedia y su dolor.
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Fracasó la política antidrogas
Se abre un histórico y trascendental debate en el enfoque global de la política antidrogas, con el pronunciamiento de líderes e intelectuales mundiales de la talla de Kofi Annan, John Whitehead, Javier Solana, Louise Arbour, Ruth Dreifuss, Fernando Cardoso, César Gaviria, Ernesto Zedillo, Mario Vargas Llosa, Carlos Fuentes, entre otros integrantes del Comité Global de Políticas Antidrogas, al denunciar crudamente en el informe que presentaron la semana anterior en Nueva York, que “la lucha contra el narcotráfico ha fracasado”.
Soportados en cifras de la Organización de Naciones Unidas -ONU-, según las cuales, entre 1998 y el 2008, el consumo de opiáceos aumentó 35.5%, el de cocaína un 27% y el de cannabis un 8.5%, piden cambios “urgentes” en la política mundial antidrogas de responsabilidad compartida, según la cual, todos los países productores, consumidores y de tránsito adoptan las mismas reglas y garantizan una armonización de política pública y externa de lucha contra la droga. "Detengamos esta guerra contra las drogas y seamos más constructivos. No es paz en lugar de guerra, es una forma más inteligente de combatir el uso de drogas", dijo el Ex presidente del Brasil, Fernando Cardoso.
Las cifras de la ONU, sobre el impresionante incremento en el consumo, ratifican la relación entre demanda y criminalidad en América Latina. El problema del narcotráfico es también económico. Es ley del mercado, que mientras exista consumo, habrá oferta. Mientras los países productores o de tránsito del mercado ilegal de drogas, sufrimos las consecuencias de este billonario negocio que nos utiliza, en los países consumidores sigue creciendo la demanda de estupefacientes. En Estados Unidos, por ejemplo, las investigaciones publicadas en el año 2008 revelaron ratas de consumo de droga del orden del 10% en marihuana, 2% de cocaína y 1% de heroína y crack.
Ante el informe del Comité Global de Políticas Antidrogas, el Presidente Santos expresó que Colombia tiene la autoridad moral, como ningún otro país, para participar en esta discusión global y que cualquier decisión tendrá que ser de consenso mundial. Al resaltarlo como un tema de seguridad nacional, reconoció que “…el narcotráfico ha sido la fuente de financiación de todos los factores de violencia de este país” y que "a pesar de haber desmantelado los carteles que tenían arrodillada la democracia colombiana, a pesar de haber extraditado a los capos y a pesar de haber reducido el área cultivada (...) el negocio continúa y sigue financiando al terrorismo y a los grupos violentos".
México y Centro América, son hoy, las nuevas víctimas del narcotráfico y de la violencia que lo acompaña para penetrar la piel de la sociedad, rompiendo vidas humanas, tejidos comunitarios y esperanzas colectivas. Los precedimos en la tragedia Perú, Brasil, Ecuador, Bolivia, Colombia, que hemos sido utilizados por redes mundiales de narcotraficantes para sus negocios ilícitos, perdiendo la vida de grandes hombres y mujeres e invirtiendo ingentes recursos en un combate que no ha tenido logros proporcionales al empeño de la sociedad por darlo.
No se trata, pues, de convertir la discusión en un asunto de militancias o de demandas propagandísticas. Debatir sobre la apertura de la despenalización de las drogas o acrecentar la inversión pública para su combate es un asunto tan serio que deberá involucrar a científicos, médicos, químicos y otras profesiones en la reflexión sobre usos alternativos de las sustancias en discusión para la salud humana, así como a la academia, educadores y salubristas sobre estrategias de formación que garanticen que otra estrategia no implicará más consumo. Por Colombia habla su lucha sin tregua, los cientos de miles de seres humanos fallecidos, las víctimas de su poder criminal, la sociedad que lo ha padecido, por ello tiene autoridad moral. ¡Que se inicié el debate!
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Descontrol fiscal
Ante los escándalos y denuncias por corrupción, la Auditoria General de la República -AGR-, implementó el proyecto, Control al Control a la Contratación -CCC, orientado a determinar graves riesgos e irregularidades en la contratación pública. Esta semana presentó un primer informe sobre 852.143 contratos suscritos por los sujetos vigilados por las Contralorías territoriales, en el periodo comprendido entre noviembre de 2009 y febrero de 2011.
El informe que denuncia la captura de la contratación pública por parte de los corruptos en varias entidades y regiones, llama la atención de la sociedad que pareciera tener “cauterizada su sensibilidad”, refiriéndose además a “…la ausencia de una política de Estado para cambiar malas prácticas e indebidos marcos de acción contractual nacionales y regionales”.
Denuncia la generalización de la contratación directa en los entes territoriales, con la cual se evade el principio de selección objetiva a través de asociaciones, corporaciones, fundaciones y otras entidades, evidenciando un total de 23.128 contratos con éste tipo de instituciones en cuantía de $4.4 billones y 5.297 convenios interadministrativos por valor de $1.9 billones.
Esta modalidad de contratación directa representó en los entes territoriales en el 2010, el escandaloso indicador del 60%, aumentando al 74%, en el primer trimestre del 2011. Prende alarmas sobre 433.146 contratos de prestación de servicios, de los 852.143 reportados es decir, el 55% de la contratación total.
Los vergonzosos mayores porcentajes de contratación directa se concentraron en los territorios fiscalizados por las Contralorías de Nariño con 38.641 contratos, Bogotá con 27.876, Santander con 13.502, Antioquia con 11.940 y Cali con 7.940. Estás cifras, muestran enormes debilidades en el control de la contratación por parte de las entidades públicas, directamente y a través de los interventores, así como por parte de las contralorías territoriales.
Frente a las irregularidades y ausencia de transparencia; vulneración al principio de selección objetiva; objeto contractual difuso; ausencia de soporte presupuestal; fraccionamientos; adiciones innecesarias de contratos; nóminas paralelas; desviación de anticipos; carteles o monopolios contractuales, nos preguntamos: ¿Cómo han permitido las Contralorías, tal situación? ¿A qué se debe su permisividad? ¿Será que fracasó el actual modelo de control fiscal en Colombia? ¿Quiénes entonces deben hacer respetar las leyes sobre contratación pública? ¿Qué harán las autoridades competentes sobre estos descomunales indicadores de trampa y corrupción?
En materia disciplinaria, el informe del CCC, generó “…un nutrido traslado de hallazgos a la Procuraduría General de la Nación…”: de ellos, 155 contratos por $99.269 millones, que darían lugar a 21 investigaciones, de los cuales, con la Fundación para el Buen Gobierno o para el Bienestar Global -FBG-, creada por “iniciativa del Contralor de Antioquia”, se trasladan a la Procuraduría “…129 contratos mediante contratación directa…”, en mayor proporción con la Gobernación de Antioquia, con todo tipo de objetos contractuales disímiles entre sí, por valor de $30.926 millones.
La AGR adelanta una Auditoría “…orientada a determinar si existe inobservancia al régimen legal de contratación, por cuanto las entidades públicas, incluidas la Gobernación y la Contraloría, contratan con la Fundación…” y “…evalúa la posible omisión en las funciones de vigilancia de la Contraloría respecto de la Fundación, por cuanto ha emitido dictamen limpio de sus estados financieros, aun existiendo observaciones y hallazgos que evidenciaron presuntas irregularidades en las operaciones y registros financieros. También se encontraron dos procesos sancionatorios contra la Fundación, sin que hayan tenido impulso alguno”. Sin palabras.
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jorge ernesto PEDRAZA OCHOA:
Mientras sigan los deshonestos en los organismos de control fiscal, todo va a seguir igual, va tocar poner otro organismo para que controle a éstos es decir un policía para que controle a los otros, la supersalud y los organismos de control ni se dieron cuenta que estaban robando en las EPS, se deben purgar estos organismos y sacar a las ratas mayores para poder controlar los dineros públicos y no se los roben unos pocos,
¿Quién suplirá a la CNTV?
Por: Eugenio Prieto Soto
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/
Frente a la exposición de motivos y las ponencias del Proyecto de Acto Legislativo 011/2010, mediante el cual se elimina el rango constitucional de la Comisión Nacional de Televisión -CNTV-, considero que no se discutió adecuadamente la razón de ser o la esencia, en la arquitectura de nuestro Estado social de derecho, de organismos que el Constituyente dotó de autonomía. Tal es el caso de la CNTV, a quien le entregó la intervención estatal del espectro electromagnético, la responsabilidad de dirigir la política televisiva, controlar los contenidos y garantizar el pluralismo informativo y la sana competencia.
El Constituyente en su espíritu, dotó de autonomía organismos como la CNTV, por la dimensión de las responsabilidades y funciones que les delegaba para proteger y garantizar el ejercicio de derechos fundamentales, como el derecho a recibir información imparcial, veraz y oportuna, sin ningún tipo de sesgo o manipulación política, por ello procuró que el organismo no dependiera del devenir político ni del Gobierno de turno. Dependencia de la que al parecer no ha estado exenta en la selección de los Comisionados y en el ejercicio de sus funciones, por injerencias y presiones de poder de diferentes sectores y actores.
Esta es la razón real, que motivó los cinco intentos anteriores de suprimirle el rango constitucional, los cuales, como el actual, seguramente pretendían corregir esta problemática en el funcionamiento de la CNTV, tesis que respetamos pero no compartimos, por considerar que la supresión del organismo, deja en un limbo o cuasi suprime, el concepto de autonomía en la garantía y protección de derechos fundamentales, por ello hemos insistido en la necesidad de replantear la discusión sobre las funciones y objetivos constitucionales a ella delegadas.
Por tanto, debemos evaluar: ¿Cuál ha sido el desarrollo tecnológico generado para el medio? ¿Cuáles los avances en cuanto a la ampliación de cobertura con equidad? ¿Cuál ha sido su gestión en cuanto a la supervisión de contenidos y promoción de nuevos modelos culturales? ¿Cuáles sus logros en la promoción y divulgación de los asuntos de interés público, bajo criterios de imparcialidad y veracidad? ¿Cuál ha sido su apoyo al desarrollo y fortalecimiento de la televisión pública y de los canales regionales, locales y comunitarios?
Sólo queda el control por parte de la Corte Constitucional, la cual podrá determinar exequible o inexequible, total o parcialmente la eliminación de ambos artículos -76 y 77 de la CP-, en todo caso, la inminente supresión del rango constitucional de la CNTV y la ausencia de una propuesta por parte del Gobierno, nos exige construir participativamente con los diferentes actores, un proyecto de ley coherente, en relación con la autonomía, funciones y objetivos que desarrolla este organismo. Para ello debemos resolver algunos de interrogantes, entre otros:
¿Quién o quienes suplirán las funciones constitucionales de regular el espectro electromagnético de servicios convergentes, garantizar el pluralismo informativo, la sana competencia y controlar los contenidos? ¿Cuáles serán los principios rectores de la nueva ley de contenidos audiovisuales? ¿Cómo se garantizará la autonomía de quienes suplan estás funciones? ¿Se deben separar los reguladores de las redes de los reguladores de contenidos?
¿Qué organismo regulará las condiciones de acceso al servicio de TV? ¿Qué organismo se encargara de administrar el fondo para el desarrollo de la TV? ¿Qué organismo recaudará y asignará los recursos a los operadores de TV pública? ¿Cómo garantizar una institución más técnica, eficiente, eficaz, sin politiquería, que responda de manera efectiva a los requerimientos que le imponen los avances de las TIC, que fortalezca con autonomía la televisión pública y la comunicación en pro del desarrollo local, regional y nacional?
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Los derechos de los televidentes deben estar libres de manipulación política
"Es esencial el planteamiento sobre los principios que garantizan el derecho del ciudadano a la verdad": senador Eugenio Prieto (Partido Liberal).
Hace más de diez años, el 30 de julio del 2000, publiqué la primera parte de este artículo.
En ambos artículos desarrollé la posición que asumí en calidad de diputado, desde el análisis financiero empresarial y la apreciación ética, frente a la decisión de Teleantioquia de realizar directamente el noticiero de la noche, tanto en lo periodístico como en su producción y comercialización.
Desde el análisis económico empresarial, sustenté, que la difícil situación operacional originada por múltiples variables, como la recesión económica y la aparición de los canales privados (RCN y Caracol), que fragmentaron la audiencia y por supuesto la pauta publicitaria, llevó a nuestro canal regional Telantioquia, a tomar la decisión de producir y comercializar su propio noticiero en la franja prime, como una tabla de salvación operacional, que le permitiría en el corto y largo plazo alcanzar rentabilidad y garantizar su viabilidad económica y financiera.
Expresé también mi opinión, en el sentido de que más allá de procurar supervivencia y crecimiento empresarial a un canal público, tenía que trascender el debate ético sobre los derechos de los televidentes para acceder a una información exenta de manipulación política, como la que se podría desprender del hecho de que una entidad estatal, realizara el único noticiero de la noche, con la posibilidad de llegar a millones de personas y formar en ellas opiniones, imaginarios colectivos e incluso condicionar claramente su conducta.
El tiempo nos dio la razón. Desde el inicio de este Gobierno, la señal fue negativa. El primer día se produjo un atropello infame, la salida de Luz María Montoya como directora de Teleantioquia Noticias. Qué ironía, se enteró a través de una noticia, en la cual el gerente dijo que llevaría una persona de "confianza". Me pregunto: ¿de confianza para qué? una periodista con más de 22 años de ejercicio periodístico, cuya responsabilidad y honestidad la han distinguido siempre en su ejercicio profesional, no mereció el más mínimo respeto del Gobierno, ni de muchos de sus colegas, ni de los organismos para la libertad de prensa que brillaron por su silencio.
Con este reprochable acto de censura, le cobraron, que tres meses atrás en debate televisado con los candidatos a la gobernación, en el eje temático sobre seguridad, le preguntara al entonces aspirante Luis Alfredo Ramos por la coincidencia entre el crecimiento de su caudal electoral con la expansión del paramilitarismo en Urabá y el norte del Área Metropolitana, situación denunciada por la investigadora Claudia López y por la que la Fiscalía le había iniciado investigación. Extrañamente, en reciente fallo, la Corte se refirió a tres municipios de Urabá en los cuales fueron elegidos alcaldes de Alas Equipo Colombia con apoyo del paramilitarismo.
El comunicador de la campaña del gobernador Ramos, lideró y estimuló la indigna censura de su colega. Hoy en calidad de gerente de Comunicaciones de la Gobernación, es quien preside la Junta Administradora del Canal. ¿Tendrá algo que ver su estilo, con el sesgo y el desequilibrio informativo en el que ha caído el noticiero de Teleantioquia? ¿Por qué no estarán incluyendo a todas las fuentes y sí versiones sesgadas de la noticia o las del Gobierno exclusivamente? ¿El Estado estará manipulando la información?
Como lo dije hace diez años, es esencial el planteamiento sobre los principios que garantizan el derecho del ciudadano a la verdad; que comprometen a administradores, directores, reporteros y demás personas que realizan los informativos a trabajar en forma veraz, exacta, imparcial, independiente, responsable, prudente y plural, como lo establece el propio manual de estilo para noticieros de Teleantioquia.
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El Noticiero oficial de Teleantioquia (2)
Hace más de diez años, el 30 de julio del 2000, publiqué en esta columna la primera parte de este artículo. En esa época ni se me ocurrió pensar que algún día escribiría una segunda parte de este tema que paradójicamente era a su vez, continuación de otro, los noticieros regionales de televisión. En ambos artículos desarrollé la posición que en calidad de Diputado asumí, desde el análisis financiero empresarial y la apreciación ética, frente a la decisión de Teleantioquia de realizar directamente -tanto en lo periodístico como en su producción y comercialización-, el noticiero de la noche.
Desde el análisis económico empresarial, sustenté, que la difícil situación operacional originada por múltiples variables, como la recesión económica y la aparición de los canales privados -RCN y Caracol-, que fragmentaron la audiencia y por supuesto la pauta publicitaria, llevó a nuestro canal regional Telantioquia, a tomar la decisión de producir y comercializar su propio noticiero en la franja prime, como una tabla de salvación operacional, que le permitiría en el corto y largo plazo alcanzar rentabilidad y garantizar su viabilidad económica y financiera.
Expresé también mi opinión, en el sentido de que más allá de procurar supervivencia y crecimiento empresarial a un canal público, tenía que trascender el debate ético sobre los derechos de los televidentes para acceder a una información exenta de manipulación política, como la que se podría desprender del hecho de que una entidad estatal, realizara el único noticiero de la noche, con la posibilidad de llegar a millones de personas y formar en ellas opiniones, imaginarios colectivos e incluso condicionar claramente su conducta.
El tiempo nos dio la razón. Desde el inicio de este Gobierno, la señal fue negativa. El primer día se produjo un atropello infame, la salida de Luz María Montoya como Directora de Telantioquia Noticias. Qué ironía, se enteró a través de una noticia, en la cual el Gerente dijo que llevaría una persona de “confianza”. Me pregunto: ¿De confianza para qué? Una periodista con más de 22 años de ejercicio periodístico, cuya responsabilidad y honestidad la han distinguido siempre en su ejercicio profesional, no mereció el más mínimo respeto del Gobierno, ni de muchos de sus colegas, ni de los organismos para la libertad de prensa que brillaron por su silencio.
Con este reprochable acto de censura, le cobraron, que tres meses atrás en debate televisado con los candidatos a la gobernación, en el eje temático sobre seguridad, le preguntara al entonces aspirante Luis Alfredo Ramos por la coincidencia entre el crecimiento de su caudal electoral con la expansión del paramilitarismo en Urabá y el norte del Área Metropolitana, situación denunciada por la investigadora Claudia López y por la que la Fiscalía le había iniciado investigación. Extrañamente, en reciente fallo, la Corte se refirió a tres municipios de Urabá en los cuales fueron elegidos alcaldes de Alas Equipo Colombia con apoyo del paramilitarismo.
El comunicador de la campaña del Gobernador Ramos, lideró y estimuló la indigna censura de su colega. Hoy en calidad de Gerente de Comunicaciones de la Gobernación, es quien preside la Junta Administradora del Canal. ¿Tendrá algo que ver su estilo, con el sesgo y el desequilibrio informativo en el que ha caído el noticiero de Teleantioquia? ¿Por qué no estarán incluyendo a todas las fuentes y sí versiones sesgadas de la noticia o las del Gobierno exclusivamente? ¿El Estado estará manipulando la información?
Como lo dije hace diez años, es esencial el planteamiento sobre los principios que garantizan el derecho del ciudadano a la verdad; que comprometen a administradores, directores, reporteros y demás personas que realizan los informativos a trabajar en forma veraz, exacta, imparcial, independiente, responsable, prudente y plural, como lo establece el propio Manual de Estilo para Noticieros de Teleantioquia.
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“Sí hay cartel de obras”
Hace un mes, el domingo 17 de abril, el Periódico El Colombiano publicó dos sustentadas investigaciones, realizadas por el periodista Germán Jiménez Morales, que hacen referencia a la presunta existencia de un “cartel de obras”, que gira, según uno de los empresarios -fuente de las investigaciones-, “…alrededor del presupuesto de la Gobernación de Antioquia destinado a las obras públicas”. Según la investigación, este empresario, con más de 15 años de experiencia en contratación de obras públicas, le reveló a EL COLOMBIANO la manera cómo funciona el presunto “cartel de obras”, afirmando que: “…de los presuntamente exagerados incrementos que han tenido los precios pagados a los contratistas sale la comisión del 15%”.
Según el empresario: “Los porcentajes se manejan de acuerdo con la participación en el grupo. Los dueños del combo, antes mencionados, pagan un 13% para ganarse los contratos…”…“…cuando a alguien por fuera del grupo le permiten acceder a un contrato…debe pagar un 2% adicional, a favor del grupo controlante, y sostener así la oficina que tienen con ingenieros y abogados que elaboran los pliegos y manipulan las fórmulas. Así se consolida el famoso 15%”…“…11% para un jefe, 2% para el grupo y el otro 2% para los internos de la Gobernación”…“El grupo garantiza que a través de los sobreprecios en las licitaciones y el manejo de las interventorías, que también controlan, se aseguran el pago de la comisión y la utilidad del contratista.
Para tratar de desviar la atención de la opinión pública, el Gobernador y su Secretaria de Infraestructura, recurren a un argumento deleznable y manido, tildarnos de “viudos del poder” o “políticos quejosos” que perseguimos su gobierno. Tal parece que no hay otra defensa, quienes tengan diferencias o denuncien, serán declarados conspiradores, como lo hace con los empresarios que realizan las denuncias: “…si existe un cartel esto obedece a una confabulación de contratistas, movidos por las ambiciones…”. Para los empresarios, el “cartel” requiere de los funcionarios. “…se necesitan los funcionarios internamente para que manejen tanto los pliegos como los precios, ya sea con ítems representativos o con fórmulas, como es la nueva metodología…"
La repuesta anticipada a esa reacción patológica o fantasiosa del Gobernador, de ver persecución o “confabulación” en todas las denuncias, la entrega el mismo Periódico EL COLOMBIANO: “Con el propósito de preservar su autoridad moral para hablar de la lucha contra la corrupción, la seccional Antioquia de la Cámara Colombiana de Infraestructura (CCI) colgó en su página web un estudio que, a la manera de una 'prueba reina', saca a la luz pública uno de los mecanismos de manipulación de las licitaciones de la Gobernación de Antioquia, a través de los ítems representativos”...“…El informe, además del valor civil que implica su difusión masiva, también tiene cierto aire de confesión ante el resto de la sociedad”
Como lo denunció el Ex congresista Ramón Elejalde: “Están jugando un verdadero botellón, donde algunos se agachan para que otros pasen”. Según EL COLOMBIANO, “…un juego de botellón, en el que un grupo de contratistas habría manejado concertadamente sus ofertas, subiendo o bajando el precio de sus propuestas, para asegurar el contrato a una firma previamente señalada”.
Así lo demuestra el estudio “Modalidades de asignación de puntajes en las licitaciones de obras públicas de infraestructura en el Departamento de Antioquia, entre los años 2008 a 2010” “En su desarrollo se revisaron 1.328 contratos adjudicados por la Gobernación de Antioquia, entre enero de 2008 y abril de 2010, por valor de 1,3 billones de pesos. De ese gran total, la atención se concentró en las obras públicas adjudicadas en el mismo período, por 382.676 millones de pesos”.
Este documento de la CCI, se convierte en el soporte técnico de una contundente y grave denuncia pública: “La CCI observa que no es conveniente el uso de ítems representativos como criterio de calificación cuando hay información temporalmente oculta relacionada con la evaluación de los ítems y, también, cuando se evalúan con fórmulas que fomentan prácticas que posibilitan distorsionar promedios”.
Y cuestionan: “¿Por qué no se leen los ítems representativos ofertados por todos los proponentes en la audiencia de apertura de las propuestas, si lo único que hace es brindar mayor transparencia a los procesos? ¿Para qué mantener un pliego de condiciones en el que el valor total de la oferta no determina el ganador, siendo los ítems representativos el criterio definitorio?".
“La otra cara de la moneda es la presunta manipulación de esas fórmulas por parte de aquellos contratistas que se han amparado en el presunto cartel de las obras públicas. Y ahí, vale precisarlo, también están involucradas compañías agremiadas por la Cámara Colombiana de Infraestructura”... “El gremio de la ingeniería documenta el pecado, pero no pone su dedo acusador sobre los presuntos pecadores. No obstante, esa tarea ya la hizo un grupo de tres empresarios que desde hace más de un año viene analizando las fallas en la contratación de la Gobernación de Antioquia y que ahora cuenta con el respaldo de más de 25 firmas”.
Como lo anota EL COLOMBIANO, el valor del estudio difundido por la CCI, está en la fuerte conclusión: “…de ser cierta, la concertación de los oferentes en esos procesos licitatorios constituiría un fraude procesal, que dada su vocación de permanencia y perpetración en un número reiterado de eventos comportaría un eventual concierto para delinquir, situación que merece ser puesta en conocimiento de las autoridades respectivas”.
Recomendamos nuevamente, el Editorial de EL COLOMBIANIO del 9 de marzo: ¿Será qué no quedan justos?, “Los "carruseles de contratación" son una manifestación más, y particularmente odiosa, de lo que ya parece una maña generalizada y sin ninguna región del país por manchar. En el caso de Antioquia, hay que esperar a que los organismos de control hagan su labor, ojalá a la mayor brevedad posible, y determinen si efectivamente existen los tales carruseles”… “Pero mientras tanto, ya va siendo hora de que el Gobernador del Departamento haga una manifestación lo suficientemente contundente como para despejar tantas dudas e interrogantes que van surgiendo cada día con mayor insistencia. La ciudadanía demanda explicaciones y una claridad sin fisuras por parte del máximo responsable político y administrativo de Antioquia”.
También esperamos que los organismos de control, Fiscalía, Procuraduría y Contraloría General de la República, avancen en las investigaciones que esclarezcan este oscuro episodio de la vida institucional del Gobierno de Antioquia. Mientras tanto, la Contraloría General de Antioquia, en su estilo perverso, incurre en un posible prevaricato, tratando de distraer a la opinión pública con cortinas de humo y atentando contra la honra y el buen nombre de quienes nos hemos atrevido a denunciar estos posibles delitos y, la falta de imparcialidad y de autoridad moral del Contralor, que ante estas y otras gravísimas denuncias, guarda profundo y absoluto silencio, mientras acompaña a inaugurar obras a su presunto controlado, su íntimo amigo y jefe político, el Gobernador.
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La marcha interrumpida
Los Ex Gobernadores de Antioquia, Guillermo Gaviria Correa y Gilberto Echeverri Mejía, iniciaron con profunda convicción ética y con sentido de responsabilidad política, una marcha hacía la construcción colectiva de la filosofía de la no violencia como camino hacia la justicia, la libertad y la reconciliación; propósito en el cual, fueron acompañados por muy diversos sectores sociales y por las gentes de campos y ciudades que desde sus entornos vitales sueñan con resolver conflictos, exclusiones e inequidades.Tristemente, cuando nuestros líderes, en ejercicio de su convicción filosófica, realizaban en acto valeroso la marcha por la reconciliación con Caicedo, su camino pionero fue interrumpido abruptamente por las Farc, el 21 de abril de 2002, quienes los secuestraron y después de más de un año de cruel cautiverio, el 5 de mayo de 2003, los asesinaron vilmente, con los soldados y oficiales del ejército que compartieron su sacrificio.
El pasado 5 de mayo, conmemoramos 8 años del atroz magnicidio que privó a los ciudadanos antioqueños de su Gobernante y del Comisionado de Paz y generó en el ánimo de muchas personas, escepticismo, desesperanza e incertidumbre, sobre las posibilidades de un proyecto construido desde sólidos fundamentos de justicia, equidad social, inclusión política, respeto profundo por las diferencias sociales y las divergencias ideológicas.
La libertad como valor fundamental y no subalterno y la dignidad su valor conexo, fue su convicción. Su responsabilidad social fue constante. Oportunidades y posibilidades en educación, salud, vivienda, trabajo digno, nutrición infantil y el respeto a los derechos del más débil, fueron prioridad en su tarea de servicio público. Sabían como ninguno, que el núcleo de la agenda política de un pueblo, es el respeto a sus derechos humanos. Su magisterio público estuvo siempre basado en la visión de un Estado transparente, regulador, eficiente, eficaz y facilitador.
Sí hay un camino, la no violencia, que nos permitió encontrar otras rutas, que se definieron desde el diálogo abierto de una sociedad participante y un buen gobierno. El Planea, el Plan Congruente de Paz, las Asambleas Constituyentes, el Laboratorio de Paz del Oriente antioqueño, Mana, Viva, la Escuela de Gobierno y Políticas Públicas, la Rendición Pública de Cuentas, son rutas y procesos de amplia convocatoria ciudadana, que se convirtieron en toda una revolución social, que ellos gestaron y pusieron en marcha.
La marcha por ellos iniciada, no sólo fue interrumpida por quienes no respetaron su libertad y sus vidas, también lo es por quienes desdibujan el compromiso con lo público y abusan del poder -por acción o por omisión-, por la corrupción que carcome nuestro cuerpo institucional y social, por el sectarismo y la exclusión, por la mezquindad de algunas instituciones, como el Gobierno de Antioquia, para quien parece que nada representa la vida y obra perenne, mucho menos el histórico y execrable magnicidio de dos Ex Gobernadores ocurrido en su cautiverio.
Respetamos y valoramos su legado, honrando su memoria, hoy y siempre, con la convicción de que la siembra que depositaron en tierra fértil y abonada, más temprano que tarde, germinará. Por Guillermo y Gilberto a quienes abrazamos hasta el infinito; por quienes sufren y padecen el secuestro, la tortura, la desaparición, las violencias; por los excluidos y marginados, la marcha, sólo se interrumpió temporalmente, continuará con renovado vigor en el largo plazo, por la construcción de una Antioquia nueva, de una Colombia justa, equitativa, incluyente y en paz, como la que ellos soñaron y por la que lucharon hasta el supremo sacrificio de sus vidas.
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Acuerdo Liberal en Antioquia
Para participar en las elecciones territoriales del próximo 30 de octubre, según la Dirección Nacional Liberal -DNL-, “más de 15 mil líderes de todo el país presentaron su nombre para representar el ideario Liberal…”, alrededor del 10% de ellos, 1.500, en Antioquia. Precisamente en Antioquia, son varios los años de distancias y diferencias de fondo que mantenemos muchos de los dirigentes liberales. Me imagino que es igual en el resto del país y de partidos. En nuestra precaria cultura política, pareciera que los odios, la ofensa y la calumnia fueran, en los espacios donde se adelantan los debates o las campañas, los argumentos que más valor tuvieran. Lastimosamente hemos dejado profundizar ese estilo y sus heridas. Por ello, en Antioquia no ha sido ni será nada fácil tomar decisiones sobre candidaturas, después de tantos años de dificultades y tropiezos. Sólo hasta el pasado 18 marzo, instalamos la Dirección Liberal Departamental –DLD-, convencidos de la necesidad de reconstruir confianzas entre las diferentes tendencias y matices liberales con miras a recuperar la institucionalidad, la credibilidad de la ciudadanía y de la militancia en general. Ese espíritu de reconstrucción de confianzas -que será lenta y complicada-, es el punto de partida que nos permite lograr un acuerdo histórico alrededor de candidaturas únicas para alcaldías en 96 municipios de los 125 donde se inscribieron aspirantes en nombre del Partido. Por decisión unánime de la DLD, que consta en Acta 002 –con algunas respetuosas constancias-, se definieron candidaturas únicas en 84 municipios, consulta en 7 y encuestas en 5. Para la realización de este gran acuerdo debo resaltar el apoyo de la DNL, los congresistas y corporados, la voluntad de los directoristas y el aporte decidido del señor Copresidente del Partido en Antioquia, doctor Néstor Hincapié Vargas, con quien establecimos una relación de mutuo respeto con la responsabilidad de sacar adelante un acuerdo equilibrado, lo menos traumático posible, que nos permitiera avanzar desde lo municipal, en ese proceso paulatino de reconstrucción de confianzas. Cuando recibimos la responsabilidad que nos entregaron los directoristas, de ser los Codirectores del Partido en Antioquia, el doctor Néstor Hincapié y yo nos hicimos una pregunta, ¿qué nos puede unir en medio de tantas distancias y diferencias? La respuesta fue nuestra primera decisión para avanzar de fondo en la construcción del acuerdo: tratar de respetar al máximo las presencias y liderazgos de las diferentes tendencias del Partido en los municipios. Para ello hicimos un seguimiento a la huella digital trazada en las urnas en la elección de los Directorios Liberales Municipales -DLM-, de la DLD y en los recientes procesos electorales de Congreso, consulta interna del Partido para la Presidencia de la República y primera vuelta presidencial. De acuerdo con los estatutos y las directrices de la DNL, se analizaron los perfiles de los aspirantes y los apoyos de las DLM y de la DLD, concejales y fuerzas sociales, de los diputados y de los congresistas y otras realidades y dinámicas políticas locales, para tratar de buscar al máximo los equilibrios. Donde por la complejidad, no fue posible consolidar el acuerdo, las decisiones la tomó el jefe y director único del Partido, doctor Rafael Pardo, las cuales desde la DLD respetamos valoramos y acogemos, como esperamos lo haga la dirigencia y la militancia con este gran e histórico acuerdo, apoyando con decisión, entusiasmo y optimismo, las candidaturas liberales.
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Cortina de humo del Contralor
En ejercicio del control político he reiterado que son amplios los interrogantes que existen sobre la imparcialidad y transparencia del control fiscal en varios territorios del país, incluido Antioquia.
Desde la elección del doctor Jorge Rojas Otalvaro como Contralor de Antioquia, alertamos sobre su posible falta de imparcialidad por la relación de íntima amistad y los vínculos de militancia política con su fiscalizado, el Gobernador Luis Alfredo Ramos Botero, de cuyo equipo de campaña y de empalme formó parte.
Abiertamente hemos cuestionado su desnaturalizada “iniciativa” de crear la Fundación para el Buen Gobierno -con un exagerado objeto-, para contratar con él mismo y con los gobiernos que vigila, sacrificando así, la autoridad moral de su cargo.
Fundación que defiende con la tesis de que “algo no está prohibido y permitido a la vez”, aduciendo que si está permitido, es una responsabilidad del Congreso de la República, es decir, mientras exista el vacío en la Ley, todo es posible, así no sea ético.
Desde esta Contraloría para la que todo parece valerse, de forma arbitraria, en un posible prevaricato, después de varios años de rendir versión libre esclarecedora sobre las dudas de un hecho del 2005, sin realizar pruebas, ni determinar o cuantificar técnicamente un presunto detrimento patrimonial, nos imputan cargos y embargan al Ex Gobernador Aníbal Gaviria y a mí, por algo en lo que no participamos, vulnerando nuestros derechos a un debido proceso y a la legítima defensa.
Aunque no participamos, consideramos acertada la transacción, cuyos efectos sociales, jurídicos y financieros se estudiaron al analizar las posibilidades de liquidar el Fondo Ganadero de Antioquia o entrar en ley 550, lo que hubiera representado una pérdida enorme para el patrimonio de Antioquia. De allí que la decisión de permitir la capitalización, que aunque diluyo la participación, hoy garantiza la valorización al 100% de la inversión y mantiene el espíritu de la Ordenanza 05E/99.
Las imputaciones que nos hacen, se soportan en la no existencia de estudios. Contradictoriamente, con celeridad de encomio, sin abrir proceso para defender a su amigo y precandidato a la Gobernación frente a la compra de las acciones de Pescadero Ituango, sostuvo el Contralor que a “…la necesidad de contar con estudios previos de valoración en este tipo de operaciones, por parte de las entidades del sector público, se pudo evidenciar que no se cuenta con pronunciamiento alguno en materia legal vigente”.
Y agrega, “…por lo tanto a falta de herramientas suficientes que permitan predecir los rendimientos futuros de la inversión, no es posible determinar la existencia o no de un eventual detrimento patrimonial en la operación…”.
De acuerdo con la tesis del Contralor, invito a leer la nota 9 de los Estados Financieros del Idea, del año 2009, sobre el Fondo Ganadero de Antioquia: “A 31 de diciembre de 2009 la acción cerró con una cotización en bolsa de $2.000”. Se nos pretende imputar un presunto detrimento patrimonial, cuando entre el 2005 y el 2008 se registró contablemente lo contrario, una valorización del 100%, es decir, de $8.350 millones, se duplica el valor de la inversión a $16.700 millones.
También recomiendo leer la nota 5, que se refiere a la inversión realizada en el año 2008 por el Idea en el Fondo Ganadero de Antioquia por $24.709 millones, por la compra de 12.354.643 acciones, a un valor de $2.000 pesos por acción. ¿Cómo pudo el amigo del Contralor y precandidato a la Gobernación, invertir $24.709 millones en un negocio que no es rentable? ¿Lo estará investigando la Contraloría?
Además de afectar nuestra honra y buen nombre, ¿se estará intentando desviar la atención de las investigaciones que se adelantan sobre la contratación de infraestructura y la Fundación para el Buen Gobierno? O ¿minimizar las gravísimas denuncias de empresarios, que afirman que en Antioquia “Si hay cartel de obras”?
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La lección de la Corte
Así lamentablemente en el corto plazo genere dificultades en la atención y mitigación de los efectos del desastre invernal, es absolutamente respetable y debemos acatar la decisión de la Corte Constitucional de considerar inexequible el Decreto 020 del 7 de enero de 2011, por el cual se prorrogó la declaratoria del Estado de Emergencia. Obviamente, la decisión de la Corte, produjo inmensa preocupación en el gobierno y asombro en la comunidad en general.
Según el Presidente de la República, han quedado sin fundamento las medidas consecuenciales que fueron adoptadas para mitigar y resolver la crisis generada por el crudo invierno, entre ellas, los más de cinco y medio billones de pesos destinados para el efecto. Para la comunidad en general, el efecto grave, está en la desaparición de las herramientas paliativas prometidas por el Gobierno.
Lo que resulta inexplicable, es que el gobierno hubiese expedido el decreto 020 del 7 de enero de 2011, para prorrogar la declaratoria del Estado de Emergencia con el fin de conjurar la grave calamidad pública e impedir la extensión de sus efectos, pero sin precisarlos, pues en alguno de sus considerandos simplemente señala que “A pesar de que el Gobierno Nacional dictó medidas para conjurar la crisis generada por los hechos descritos en el Decreto 4580 de 2010, las nuevas situaciones sociales, económicas, ecológicas y de calamidad pública descritas conllevan un cúmulo de riesgos imprevisibles que debe atender el Gobierno Nacional”.
Se denota aquí una evidente falla jurídica, una inocultable imprevisión por parte de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, pues la motivación fundada en datos concretos provenientes de la realidad, con especificidad y detalle, es la primera condición que debe reunir un decreto de esta índole, que es precisamente lo que se echa de menos, como acertadamente lo señaló la Corte Constitucional.
Resulta gravísimo para la suerte de millones de colombianos, que la norma esté anti técnicamente redactada. Si el fondo es importante, la forma debida condiciona su adecuado encuadramiento constitucional. Cuando ello no ocurre, la Corte decide, como en este caso. El Gobierno ha pedido la modulación de la sentencia, con lo que -nuevamente-, parece enviar el mensaje errado de que su inadecuada técnica normativa debe ser tratada con sanción diferida en el tiempo, es decir, solicitando una especie de plazo para remediar el asunto, que debe llevar a vía legislativa.
Mientras tanto, el gobierno apenas reacciona frente al invierno, pero no aborda, por falta de herramientas legales, la urgentísima tarea de la reconstrucción y de la reformulación de políticas públicas. Es esta última tarea la que está en riesgo, no como consecuencia del fallo de la Corte, sino por la inadecuada elaboración del citado decreto y la necesaria coordinación interinstitucional.
Ojalá el problema de falta de rigurosidad jurídica que se presentó en la prórroga de la declaratoria del Estado de Emergencia, no esté empezando a hacer carrera en el país y la propuesta del plan de desarrollo y la reglamentación de las leyes, no se estén convirtiendo en una especie de puertas giratorias por las que entra y sale todo asunto que corre suerte adversa en las altas cortes o una inadecuada presentación o trámite en el Congreso de la República.
Es clara la lección de la Corte, son fundamentales la esencia y la forma, el rigor técnico jurídico y la transparencia democrática en la expedición de las normas, en el sentido de que, en propuestas como la del plan de desarrollo o en la reglamentación de las leyes, no se invadan las órbitas propias del Congreso de la República, que en el principio del equilibrio democrático de poderes es el que tiene la atribución constitucional de expedir las leyes.
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Una Agencia Nacional de Movilidad
http://eugenioprietosoto.wordpress.com/2011/03/27/una-agencia-nacional-de-movilidad/La semana anterior nos referimos a la propuesta que presentamos desde la Comisión VI del Senado de la República, para incluir en el proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, “Prosperidad para todos” -PND-, una Política de Movilidad dirigida a impactar los graves problemas que en esta materia vive nuestro país y a poner en marcha -como han hecho naciones más avanzadas-, una Política de Transporte mucho antes que una Política de Obras para garantizar el desplazamiento ágil, económico, oportuno y seguro de los colombianos y de las mercancías en las ciudades, los territorios del país y el exterior, y procurar soluciones, tanto inmediatas para afrontar a modo de paliativos la actual insostenible situación y al mismo tiempo, programar a largo plazo, el desarrollo de la movilidad colombiana.
Por ello propuse incluir un artículo en el PND, que le entregue al Gobierno la responsabilidad de presentar a consideración del Congreso, un proyecto de ley que señale de manera general los principios que regulen la movilidad, como garantizar la movilidad de las personas y mercancías; diferenciar la política de obras e infraestructura de la política de movilidad, de tal manera que la primera esté al servicio de la segunda; señalar los criterios para la fijación de las tarifas en los distintos modos de transporte; favorecer la integración donde predomine el modo colectivo y masivo, con incentivos para las empresas que usen combustibles limpios; y, garantizar la efectiva movilidad de las personas como un servicio público esencial asequible a toda la población en condiciones de calidad, oportunidad, seguridad y economía.
Para tales propósitos, planteamos la creación de una Agencia Nacional de Movilidad -ANM-, que dependa directamente de la Presidencia de la República y se constituya en el organismo técnico independiente, que en el futuro actué como definidor y regulador máximo de la movilidad en Colombia, que pueda presentar ante el Congreso iniciativas de ley y tenga como misión, efectuar una integración intermodal de los diferentes elementos que facilitan la movilidad y posibilitar una articulación interterritorial de manera que no haya obstáculos ni fronteras que pongan límites a la movilidad de los colombianos en las ciudades y entre los diferentes territorios de la República.
El estatuto jurídico definitivo de la Agencia será determinado por la ley que regule la movilidad en Colombia y en ella se consagrará su organización y funcionamiento y se preverán los recursos necesarios para su gestión. Entre otras funciones, la Agencia deberá avalar y efectuar las evaluaciones y previsiones de demanda. Para tal fin, podrá contratar los agentes privados que estime necesarios, sin perjuicio de que sólo sus decisiones tendrán valor público e implicarán el respaldo del Estado.
Asimismo, evaluará y revisará los proyectos de transformación de aquellas estructuras actuales que pretendan adecuarse a los principios y objetivos que en el PND se postulan y propondrá al gobierno nacional y a las autoridades de transporte en el ámbito territorial, las medidas administrativas, legales y de apoyo financiero y fiscal, necesarias para lograr dicha transformación.
Dentro del año siguiente a su creación, la Agencia remitirá al Congreso un proyecto de movilidad nacional que en calidad de norma de principios, código o estatuto, garantice la movilidad, la seguridad vial y la disminución de la accidentalidad que tantas vidas y tragedias humanas nos cuesta. Recordemos que por esta causa, cada año fallecen en Colombia alrededor de 6.000 seres humanos y 45.000 quedan lesionados. ¡Cifras, absolutamente escalofriantes!
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Una política de movilidad
El Gobierno Nacional, ha identificado la infraestructura de transporte como una locomotora estratégica de crecimiento, que le permita pagar una “…deuda con la población y el sector productivo de unir el territorio y llevar, con mayor seguridad, prontitud y a menores costos, los productos y las ideas de los colombianos al resto del país y al mundo”. Valoramos que esta locomotora esté dirigida a impactar positivamente en la competitividad, pero consideramos un enorme vacío del proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo -PND-, que no esté igualmente orientada a impactar la movilidad de las personas.
En materia de movilidad de mercancías, en principio, nada habría que objetar al PND. Salvo que incluye materias que racional y sistemáticamente se corresponden con la movilidad de las personas, como es el caso de la seguridad vial. Sin embargo, en ese preciso aspecto, se aprecia un vacío casi absoluto de categorías y definiciones conceptuales, aunque no así de medidas, que, no obstante, al carecer de un ensamble lógico en una Política general de Movilidad en muchos casos son simplemente propuestas cuantitativas tan discutibles como probablemente inútiles para paliar los graves problemas que en materia de movilidad de las personas, vive nuestro país.
El problema, contrario a lo que pueda parecer, no es tanto de emplear recursos, sino de organización de las decisiones, porque la movilidad no se garantiza a base de emprender obras sino de estructurar recursos. Y eso se consigue poniendo en marcha, como han hecho las naciones más avanzadas, una Política de Transporte mucho antes que una Política de Obras. Ello comporta, como en todas las grandes decisiones políticas, una regulación normativa que asiente las bases de las acciones concretas que deberán acometerse para garantizar a todos los colombianos una movilidad efectiva.
Situada en el umbral del siglo XXI, Colombia se encuentra estrangulada por la inexistencia de redes adecuadas de movilidad que posibiliten el desplazamiento de las personas tanto en el interior de las ciudades como desde un municipio a otro y por tanto, precisa de una política que siente las bases para resolver la movilidad de las próximas generaciones.
Un potencial estrangulamiento total de la movilidad, que además de impedir el desplazamiento de las personas, amenaza de manera tangible los flujos económicos. Algo que se debe a dos causas que operan en la misma dirección negativa: la falta de previsión de generaciones anteriores, que preocupadas por los problemas inmediatos, olvidaron construir la movilidad del futuro, y los avances positivos en materia de orden público, que han permitido el libre desplazamiento de la ciudadanía, generando en importantes zonas del país un incremento sin precedentes de la demanda nacional de movilidad.
Para hacer frente al clamor nacional de movilidad que actualmente siente la sociedad colombiana, se precisa elaborar un Plan Nacional de Movilidad que garantice el desplazamiento de los colombianos tanto en el interior del país como en las ciudades, y que procure soluciones tanto inmediatas para afrontar, a modo de paliativos, la actual insostenible situación, como para programar el desarrollo futuro de la movilidad colombiana.
Por ello, desde la Comisión VI del Senado de la República, estamos proponiendo, se incluya en el PND, un apartado que contenga una definición de principios y contemple los presupuestos sobre los que deberá discurrir la Política de Movilidad para los próximos cuatro años en Colombia. Sólo así se conseguirá que los colombianos del mañana no padezcan la difícil situación que ahora atravesamos en materia de movilidad y que está lesionando de manera cierta e inaceptable nuestros derechos como seres humanos y como ciudadanos de una República moderna.
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El ejemplo del Contralor
Esta semana -9 de marzo-, el Periódico EL COLOMBIANO -en un reflexivo editorial que compartimos integralmente-, nos convoca, a que no aceptemos la corrupción como “algo cultural”. “El país no debe resignarse a que la corrupción sea parte del paisaje…”. “Ya hasta los encargados de fiscalizar la gestión pública -como se ha visto tristemente en Bogotá- son los encartados en bochornosos casos de delitos contra el patrimonio estatal”.
Es cierto, los responsables del control, que además de fijar parámetros de conducta a sus vigilados, deben al mismo tiempo, ser ejemplo en la práctica decente del servicio público y en el acatamiento de las normas sobre las que soportan su ejercicio constitucional y legal de controlar a otros. En este sentido, hemos denunciado las irregularidades del ejercicio del control fiscal en Antioquia, reiterando, que al igual que en Bogotá, merece amplios interrogantes sobre su imparcialidad, transparencia y autoridad moral.
En el caso de Antioquia, por “iniciativa del Contralor”, se crea la Fundación para el Buen Gobierno o para el Bienestar Global -FBG-, con un amplísimo objeto para contratar de todo como en botica, con la misma Contraloría, sus vigilados y un sin número de entidades territoriales por todo el país, obviando el elemento esencial de la contratación pública, la licitación. Muy grave además, que la Asamblea General de la FBG -estatutos, artículo 10-, sea presidida por el funcionario sobre quien recae el ejercicio del control fiscal, es decir, el Gobernador de Antioquia o quién éste designe.
Además de lo anterior, y refiriéndonos a los “…bochornosos casos de delitos contra el patrimonio estatal”, no podrían ser más lamentables y vergonzosos, los graves hallazgos que contiene el informe final de la Auditoría Especial, realizada por la Auditoría General de la República a la Contraloría General de Antioquia -Enero de 2011-: “…evidenciándose una serie de actuaciones encaminadas a viabilizar la adjudicación del contrato 134/09, en contra de los principios de transparencia y selección objetiva”.
Dice la Auditoría sobre este contrato 134/09, por valor de $1.078 millones, adicionado en $539 millones, que paradójicamente tiene como objeto: “El Implementar una solución tecnológica que permita optimizar, las actuaciones propias del Control Fiscal…”, que además de posible interés ilícito y abuso o desviación de poder; se obvió la obligación legal de adelantar una licitación pública; se organizó un proceso de selección para dar visos de legalidad a la contratación de una empresa con cuarenta días de creada; se vulneró el principio de la selección objetiva; y se ajustaron los pliegos a las necesidades de un oferente.
Estos gravísimos hechos, que configuran un presunto hallazgo penal, sobre quien ejerce el control fiscal en Antioquia, se pusieron en conocimiento de las autoridades penales a fin de que se establezca la posible existencia de un delito.
Unimos a todo lo anterior, los reparos de la Contralora General de la República, doctora Sandra Morelli Rico: “La Contraloría en Antioquia no ha tenido la “suficiente diligencia” para investigar las denuncias de irregularidades en el sistema de contratación”. ¿Quién garantiza entonces, que las cuentas auditadas al Gobierno de Antioquia, municipios y demás entidades vigiladas, incluyendo los contratos de la FBG, no tienen sesgo, presión indebida, permisividad o favorecimiento de parte de un Contralor que no tiene autoridad moral para fiscalizarlos?
Retomando el editorial de EL COLOMBIANO: “…aunque también muchos de los que deberían dar ejemplo de rectitud y dignidad, a veces nos hagan ir perdiendo la esperanza”.
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¿Quién controla al Contralor?
En ejercicio de control político planteábamos la semana anterior, que al igual que en Bogotá, en otros territorios del país, incluido Antioquia, el control fiscal merece amplios interrogantes sobre su imparcialidad, transparencia y autoridad moral.
Expresamos que al Congreso de la República le compete asumir con rigor esta reflexión que deberá incluir lo que está sucediendo con la contratación pública a través de una serie de fundaciones cuyo objeto y aplicación práctica, no parecieran concordar con los fines constitucionales y legales, e inquirimos: ¿Qué pensará el Auditor General de la República de estos extraños tiempos en los que un contralor departamental propone la creación de una fundación que ha de contratar con él mismo y con los gobiernos que vigila, sacrificando así, la autoridad moral de su cargo?
Hoy quiero, además de reiterar el anterior interrogante, agregar otros al Auditor General de la República, quien tiene la responsabilidad constitucional y legal de vigilar la gestión fiscal de las contralorías departamentales, instándolo a realizar una auditoría especial que le entregue respuestas a la opinión pública, sobre ¿Para qué se creó realmente, por " iniciativa del Contralor de Antioquia ", la Fundación para el Buen Gobierno o para el Bienestar Global -FBG-? ¿Con recursos públicos, cuántos, con qué objeto, por qué valor y con qué entidades, ejecutó y ejecuta contratos la FBG? ¿Cuál es la conveniencia y/o legalidad de esos contratos? ¿Cuántos ha firmado con la propia CGA? ¿Quién ha fiscalizado todos los contratos? ¿La misma CGA? Por lo demás, ¿Existen hallazgos de fondo y sanciones fiscales de la Contraloría sobre contratos suscritos con la FGB?
Cabe recordar que en el Acta 002 de Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de Antioquia IDEA, de Marzo 12/08, se autoriza al Gerente para la constitución de una persona jurídica, argumentando que: "…existe una iniciativa del Contralor de Antioquia, para que (…) se suscriba un acuerdo, que podría desembocar en la constitución de una persona jurídica, con un objetivo amplio para atender, entre otras cosas, la capacitación y asesoría a los Municipios en temas relacionados con el buen gobierno y los planes de desarrollo" . No obstante, la "iniciativa del Contralor de Antioquia", pareciera haber ido más allá de la propuesta presentada al IDEA, de "atender la capacitación y asesoría a los Municipios…".
Recordemos también, el hecho extraño que consta en sus estatutos y en el certificado de existencia y representación legal, según el cual, el domicilio de la FBG, es la calle 42 No 52-106, Piso 6º, que es la misma dirección donde funciona la Contraloría General de Antioquia. ¿Podrá una fundación que realiza convenios y contrata con recursos públicos, operar en las instalaciones desde las que se vigila o fiscaliza entidades con las que realiza disímiles convenios y contratos, entre otros, con municipios, gobernación, secretarías de despacho -incluyendo infraestructura-, institutos descentralizados, y más grave aún, con la propia Contraloría?
La propia Contraloría General de Antioquia ha sido prodiga en firmar convenios y contratos con la FBG. Del listado, por vía ilustrativa, están, entre otros, el 030/08 por valor de $1.295 millones, el 088/09 por $138 millones, el 069/09 por $175 millones, el 070/09 por $514 millones, el 033/10 por $39 millones.
¿Y, qué decir del objeto de la contratación? Los cuantiosísimos recursos públicos han servido para contratar de todo como en botica, interventorías; mantenimiento y construcción de vías; construcción y adecuación de centros educativos; dotación de bibliotecas; compra de vehículos, muebles y enseres, readecuación de instalaciones locativas y muchos más que distan monumentalmente de "… atender la capacitación y asesoría a los Municipios…" Nos preguntamos entonces ¿Nació desnaturalizada la " iniciativa del Contralor de Antioquia"?
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La imparcialidad del Contralor
Ante las denuncias y quejas realizadas por diferentes ciudadanos, medios de comunicación y contratistas, el pasado 27 de octubre, en ejercicio del control político, desde la Comisión VI del Senado de la República, solicitamos a la Contralora General de la República, Sandra Morelli, realizar control excepcional sobre la contratación en obras públicas e infraestructura, efectuada desde enero de 2008 hasta la fecha, por parte de la Gobernación de Antioquia, así como a la contratación que con recursos públicos haya hecho durante el mismo período, la Fundación para el Buen Gobierno, creada por “iniciativa del contralor de Antioquia”, con la cual se ha obviado la licitación.
El control excepcional requerido, se inició la semana anterior con la inspección a la contratación de la Secretaria de Infraestructura, hecho que mereció un escueto comunicado de su titular, Maria Cristina Mesa, en el que expresó: “…que todos los procesos contractuales se adelantaron en estricto cumplimiento de las normas legales, tal y como fue auditado ya por la Contraloría General de Antioquia, entidad que encontró todo ajustado a la normatividad (sic) vigente” y resaltó que durante los últimos tres años, “…no han tenido objeción alguna de parte del organismo de control”. Cabe preguntar: ¿ese visto bueno incluyó los contratos denunciados por el Periódico El Colombiano en su edición del día 4 de abril de 2010, con el título: “Los interrogantes sobre licitaciones en la Gobernación”?
Y, ¿Qué decir del control fiscal? Que al igual que en Bogotá y en otras partes del país, incluido Antioquia, merece amplios interrogantes sobre su transparencia y autoridad moral, pues si alguna materia ha cobrado importancia es ésta, precisamente por estar vinculada directa e ineludiblemente con el diseño y el desarrollo del Estado, con la satisfacción de los fines constitucionales y con la resolución de los principales problemas de la comunidad, pues se trata de verificar si las reglas de administración de lo público han sido acatadas o no.
Y para ello, el control fiscal debe ser autónomo, pues no hay duda que la primera garantía que debe ofrecer un juez, no es su sabiduría, sino su imparcialidad. Nadie tiene derecho a la sapiencia del juzgador, pero si a su objetividad, a su neutralidad, a su independencia. Sin ellas, difícilmente habrá debido proceso. No puede olvidarse que uno de los grandes logros de la Revolución Francesa, fue precisamente la separación de poderes con el propósito de lograr, el justo medio del poder y del deber, para satisfacer el servicio público.
En el caso concreto de quien tiene la responsabilidad de ejercer el control fiscal en Antioquia, Jorge Rojas Otálvaro, es de conocimiento público la relación de muchos años, de íntima amistad y de sus vínculos políticos con el gobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, de cuyo equipo de campaña a la Gobernación formó parte. Con una cercanía y confianza tal, que el Gobernador electo, lo nombró coordinador del equipo de empalme de la Secretaría General.
Lo anterior, demuestra que el Contralor de Antioquia, por sus lazos políticos, de afecto y de amistad íntima durante tantos años con el Gobernador, no está en condiciones de garantizar la absoluta imparcialidad y objetividad frente a su fiscalizado, es decir, respecto de su amigo, el Gobernador. Con razón dijo Wilde: “Dadme las cosas superfluas y puedo prescindir de las necesarias."
Un contralor debe ser un gerente que diagnóstica los errores y estimula el fortalecimiento de los aciertos de la gestión que vigila, pues al fin y al cabo, decide sobre la pertinencia y legalidad de la administración de los recursos públicos.
Por tal razón, no es de poca monta esta tarea. No puede ejercerse alegremente, con doble visión o con visión borrosa, con niebla o con humo. Exige alta precisión conceptual, rigor técnico y por sobre todo, altísima dosis ética que impida mezclar las personales apetencias políticas o burocráticas, con las propias del cargo. Cuando menos, impone deslindar –realmente- el ejercicio del cargo de la pertenencia a un grupo político. No hacerlo, es poner inconvenientes líneas grises a manera de vagas e imprecisas zonas de demarcación, que en últimas, sólo lesionan a las finanzas públicas, y por consiguiente, a la comunidad.
Es allí entonces, donde se requiere un juez más garante, más celoso de la sostenibilidad de los bienes públicos, pues sin estos no hay desarrollo económico y social, máxime que se trata de una función pública, sometida en un todo al principio de la administración reglada y al marco de deberes constitucionales y legales, los cuales han de guiar la reflexión que el Congreso de la República debe asumir sobre la imparcialidad del control fiscal en Colombia. Debate que deberá incluir el análisis de la contratación pública a través de una serie de fundaciones cuyo objeto y aplicación práctica, no parecieran concordar con los fines constitucionales y legales.
¿Qué pensará el Auditor General de la República, de estos extraños tiempos en los que un contralor departamental propone la creación de una fundación que ha de contratar con él mismo y con los gobiernos que vigila, sacrificando así, la autoridad moral de su cargo?
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La locomotora ecológica
La propuesta del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, “Prosperidad para todos”, radicada en el Congreso de la República como proyecto de ley 179/11 C, se refiere a las locomotoras como “sectores que avanzan más rápido que el resto de la economía”, con un propósito especial en el desarrollo económico y social del país durante los próximos años.
Una de las locomotoras, la del sector minero-energético: “representa la oportunidad que tenemos de aprovechar de manera responsable nuestra riqueza en recursos naturales para generar crecimiento sostenible y mayor equidad social, regional e inter-generacional”.
Esta locomotora vendrá bien, si en el largo plazo, el saldo de la utilidad no es meramente transitorio, si el último balance no deja fuga de riqueza y desertificación en nuestro país. Si la inversión extranjera, a cambio de unos miles de dólares, no arruina definitivamente la capa vegetal, limita dramáticamente los recursos naturales, y pone en riesgo la supervivencia humana y el nivel de calidad de vida, en tanto destruye la tierra cultivable y asola el paisaje, como ha ocurrido ya en diferentes países.
El camino que se recorra con esta locomotora, sólo será bueno para los colombianos, en la medida en que la riqueza no sólo sea para quien venga sino, principalmente, para quien se quede, es decir, para nosotros. Recuérdese que la Constitución reconoce sin discriminación alguna la prevalencia de los derechos inalienables de la persona, y el medio ambiente es uno de ellos.
En el año 1974 se expidió en Colombia, el que, en nuestro criterio, fue el código pionero en materia de recursos naturales en Iberoamérica. Por primera vez, la legislación patria, con detalle de relojero, dedicó amplio espacio a los temas esenciales del medio ambiente, fortaleciendo una tarea preventiva y educativa. La primera declaración de principios de dicho Estatuto, fue el del ambiente como patrimonio común, imponiendo al Estado y a los particulares el deber de participar en su preservación y manejo, y advirtiendo que estas tareas también son de utilidad pública e interés social.
Reconoció además que el ambiente es patrimonio común de la humanidad, necesario para la supervivencia y el desarrollo económico y social de los pueblos. Quizá una de sus notas más caracterizadoras y más innovadoras fue la implementación de criterios de equidad en lo concerniente a la preservación, restauración del ambiente, la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales renovables, para asegurar el desarrollo armónico del hombre y de dichos recursos, la disponibilidad permanente de éstos, y la máxima participación social para beneficio de la salud y el bienestar de los presentes y futuros habitantes del territorio Nacional.
Mucho de lo que la Constitución de 1991 adoptó como novedad, ya estaba sin duda previsto en el decreto ley 2811/74, que sumó a sus propósitos, prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables sobre los demás recursos; regular la conducta humana, individual o colectiva y la actividad de la Administración Pública, respecto del ambiente y de los recursos naturales renovables y de las relaciones que surgen del aprovechamiento y conservación de tales recursos y del ambiente.
Con tal propósito, dedicó amplio espacio a regular el manejo de los recursos naturales renovables. La atmósfera y el espacio aéreo Nacional; las aguas en cualquiera de sus estados; la tierra, el suelo y el subsuelo; la flora; la fauna; las fuentes primarias de energía no agotables; las pendientes topográficas con potencial energético; los recursos geotérmicos; los recursos biológicos de las aguas y del suelo y el subsuelo del mar territorial y de la zona económica de dominio continental e insular de la República, los recursos del paisaje; la defensa del ambiente y de los recursos naturales renovables contra la acción nociva de fenómenos naturales.
Así mismo, los demás elementos y factores que conforman el ambiente o influyan en él, a los que denominó elementos ambientales, tales como los residuos, basuras, desechos y desperdicios; el ruido; las condiciones de vida resultantes de asentamiento humano urbano o rural; los bienes producidos por el hombre, o cuya producción sea inducida o cultivada por él, en cuanto incidan o puedan incidir sensiblemente en el deterioro ambiental.
Muchas de esas propuestas han sido recogidas o desarrolladlas en posteriores normas constitucionales o decisiones de las Altas Cortes. De manera que no se trata de un problema de anomia, de falta de legislación sobre la materia. Sino de reorientar las decisiones que nos permitan organizar en el marco del Estado, la coexistencia pacífica del poder y de la libertad, según la reconocida frase de Hauriou. Por tanto, se hace urgente una acción integral del ejecutivo para que pensando en la bonanza económica, consiga también la bonanza ecológica, equilibrio que hasta hoy definitivamente no se ha logrado.
El equilibrio en tal estado de cosas, es lo que está en juego con la locomotora ecológica, si no avanza sobre los rieles del largo plazo que quedaran moldeados en el PND: “…con el desarrollo del sector minero-energético, viene atada una enorme responsabilidad de gestión ambiental. El desarrollo de esta locomotora no puede ir en contravía del desarrollo sostenible del país y de su conservación para las próximas generaciones”.
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Senador Eugenio Prieto pide claridad al Director Nacional de Planeación acerca de algunas implicaciones del proyecto del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014
Además de la polémica sobre la inclusión del aumento en la edad para pensiones de vejez en el Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo –PND-, el Congresista Eugenio Prieto Soto pide claridad, mediante derecho de petición al Director Nacional de Planeación, Hernando José Gómez; sobre la posible modificación de varias disposiciones legales que requerirían trámite de proyecto de ley ordinario.
El Plan Nacional de Desarrollo –PND-, constituye uno de los más importantes instrumentos constitucionales y jurídicos, con los que cuenta el Gobierno Nacional, para la ejecución del programa propuesto a los colombianos por el Presidente Juan Manuel Santos Calderón. Su mandato claro, deberá estructurar, a través del PND, la ruta de la prosperidad en Colombia para los próximos cuatro años, sin que existan incertidumbres en cuáles son las tareas que el Ejecutivo debe desarrollar.
“Sin embargo, el hecho de que en este tipo de Leyes, como la del PND, se estén incluyendo disposiciones que nada tienen que ver con los planes de inversiones de los Gobiernos y que se incorporen disposiciones que modifican el régimen legislativo ordinario, hacen necesario que en el trámite legislativo quede claramente establecido, cuáles leyes de carácter permanente se pretenden modificar y cuál sería el alcance de las modificaciones que se introducen en el plan. La discusión que se ha registrado en relación con la incorporación en el proyecto del PND, de normas como la contenida en el artículo 96, a través de la cual se pretendía modificar el régimen de la seguridad social en pensiones, incrementando la edad en las mismas, y el artículo 170, en el cual se pretende derogan normas de alrededor de 15 leyes, exige claridad sobre el alcance de este proyecto que se tramita en el Congreso”. Afirmó el Senador antioqueño, Eugenio Prieto Soto.
“No obstante que en principio podría afirmarse que las normas contenidas en el PND son de vigencia temporal y que pasado el correspondiente cuatrienio pierden vigencia, esta tesis se ha modulado notoriamente al incluir normas instrumentales en los Planes, las cuales tienen vocación a la permanencia tal como claramente lo emite la oficina jurídica del DNP mediante concepto del 12 de agosto de 2009 y que apoya en doctrina tanto la H. Corte Constitucional como del Consejo de Estado”, afirmó el Senador.
Además agregó que: “Se hace necesario, que los congresistas tengamos absoluta claridad sobre cuáles de las normas del pasado plan de desarrollo contenido en la Ley 1151/07, se encuentran produciendo efectos y cuáles de las incluidas en el Proyecto tienen vocación a la intemporalidad o serán aplicadas hasta tanto no sean derogadas por un nuevo plan de desarrollo. Como creo que es altamente inconveniente y en muchos casos inconstitucional que se incluya en un plan de desarrollo y de inversiones, normas cuya vocación sea modificar el régimen legal ordinario y además, en el caso de incluirse este tipo de normas, me pregunto, ¿qué sucede con ellas al culminar el periodo de vigencia de la ley del plan?”.Estás y otras dudas, según el Senador Eugenio Prieto, deberán ser despejadas antes de culminar el trámite legislativo del proyecto del PND que se adelanta en el Congreso.
Con base en lo anterior, el Senador Liberal, solicitó al Director Nacional de Planeación, aclarar de manera inequívoca, cuáles normas de planes anteriores están vigentes, cuáles resultan derogadas en forma expresa en el nuevo proyecto, y de las nuevas, cuáles, por su naturaleza o contenido, tendrá vocación de carácter permanente.
Con el fin de ejercer el control político respectivo, el Senador expresó entre sus inquietudes:
1. ¿Cuál es la vigencia de un plan de desarrollo? ¿Cuatro años? ¿Hasta el vencimiento de las vigencias presupuestales que pretende regular? ¿O hasta que se expida un nuevo plan?
2. Puede contener un plan normas intemporales, esto es, sin sujeción al plazo de vigencia del Plan, y ¿En qué fecha se entiende que culmina el plan? ¿El de cuatro años calendario o cuatro años fiscales? o ¿Los cuatro años se toman a partir de la fecha de vigencia?
3. ¿Una vez vencido el plazo de vigencia general del plan, se siguen aplicando algunas normas hasta tanto se tramite un nuevo plan de desarrollo? ¿Cómo se identifican cuáles normas pierden vigencia y cuáles no?
4. ¿Qué sucede con las normas contenidas en un plan, si como ocurre cada cuatro años, al momento de perder vigencia por factor temporal del Plan de Desarrollo, no se ha expedido uno nuevo? ¿Qué pasa en materia tarifaria o en el caso de la creación de fondos o con subsidios especiales como ocurrió con el artículo 116 de la Ley 812, cuya aplicación resulta de mucha importancia pues en materia de Telefonía Pública Básica Conmutada –TPBC– esos subsidios están a cargo de la Nación según lo ha establecido el artículo 69 de la Ley 1341 de 2009?
5. ¿Cuáles de las normas contenidas en el plan de desarrollo incluido en la ley 1151/07 tienen vigencia actualmente? ¿Qué plan de desarrollo puede considerarse vigente mientras se aprueba uno nuevo?
6. ¿Las normas con carácter sustantivo que se incorporaron a la ley 1151/07 todavía rigen? ¿En caso de no regir, la pérdida de vigencia de las normas modificadas por esta ley, han revivido? Esto es ¿cuando la ley del plan modifica el derecho que le es preexistente, ese derecho queda definitivamente derogado o por tratarse de normas de carácter temporal, las mismas reviven en su vigencia una vez vencido el término de vigencia del plan?
7. ¿Cuáles de las normas contenidas en el proyecto de Ley 179/11, modifican el régimen legal vigente y cuál será la vigencia de esas normas? - Se aclara que la pregunta no hace referencia al plan de inversiones, sino a la afectación de normas de contenido sustantivo que vienen rigiendo en la actualidad-.
Según el Parlamentario, el Congreso ha iniciado la discusión del Proyecto de Ley 179/11 que contiene la propuesta del PND 2010-2014 “Prosperidad para Todos”, el cual constituye un cuerpo legislativo esencial para las labores que el Gobierno y el Congreso deberán asumir en la presente legislatura, que de acuerdo con lo previsto en el artículo 339 de la CP, señalará los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno, es decir, se refiere a normas con características especiales que no tienen el mismo alcance de las leyes ordinarias.
Si desea ampliar la información, puede comunicarse con la Oficina de Comunicaciones al teléfono 250 68 17 en Medellín o al celular del Senador: 310 3739512
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La reforma a la salud
Después de meses de deliberaciones, audiencias públicas, concertaciones, consensos y conciliaciones, el pasado 19 de enero, con un grupo de dirigentes representativos de los gremios, la academia, los entes territoriales y las organizaciones del sector salud, Senadores, Representantes a la Cámara, el Ministro, la Viceministra y otros funcionarios del Ministerio de la Protección Social y de la Superintendencia de Salud, acompañamos al señor Presidente de la República, en el acto de sanción de la Ley 1438/11, por medio de la cual se reforma el sistema general de seguridad social en salud. “Esta ley es el punto de partida para tener un sistema de salud de calidad, incluyente y equitativo, con énfasis en las necesidades de los usuarios” (…) “El país ha entendido que la salud es la primera y más importante riqueza de cualquier ser humano” (…) “El bienestar físico y mental de los colombianos es una riqueza que debemos cultivar y atesorar”, recalcó el mandatario de los colombianos al sancionar la nueva Ley.
La Ley 1438/11, reconoce la promoción, prevención y la atención primaria en salud -APS-, como eje central en el desarrollo del sistema, buscando alinear a todas las instituciones para obtener los mejores indicadores en términos de salud -personas y poblaciones más sanas-, es decir, aumentar los años de vida saludable y reducir la mortalidad por causas y enfermedades prevenibles. Estos cambios nos demandarán esfuerzos para pensar, ya no solo en la afiliación de personas al sistema sino también en cómo se llevarán las acciones de salud pública en forma masiva a los sitios cercanos de residencia, de trabajo y escuelas. En este orden de ideas en la Ley, incluimos propuestas para que el sistema no se quede solo pensando en aumentos de coberturas -entregar un carnet-, sino fundamentalmente para que se garantice el goce efectivo a la salud y la accesibilidad a los servicios en forma oportuna y con calidad.
Expresamos nuestra satisfacción y reconocimiento a todos los actores que integran la Mesa de Antioquia para la Reforma, por su serio y comprometido aporte. Sus iniciativas y propuestas, enriquecieron las deliberaciones y muchas de ellas se integraron a la Ley 1438/11, no sólo en los temas de promoción, prevención y atención primaria, sino además en los de redes integradas e integrales de servicios de salud, el desarrollo del talento humano acorde al avance del sistema, la regulación a los medicamentos, el fortalecimiento de la red pública hospitalaria como complemento fundamental y necesaria a la red privada, el reconocimiento del pasivo prestacional para aliviar las cargas de los hospitales, el fortalecimiento de la rectoría del sistema, las centrales de emergencias para coordinar las atenciones en las grandes ciudades, el subsidio a la cotización para personas con recursos limitados, el mejoramiento de las instituciones de baja complejidad, así como la descentralización y nuevas herramientas de inspección, vigilancia y control.
Si bien debemos celebrar la inclusión de temas claves y reconocer que con la sanción de la Ley 1438/11, mejorará la sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social en Salud, con la inyección de $1.5 billones anuales adicionales, provenientes del Presupuesto Nacional, las Cajas de Compensación Familiar, los departamentos y municipios, entre otros aportantes, al mismo tiempo debemos expresar nuestra preocupación por la falta de claridad en el articulado, sobre la forma como se materializará el derecho a la salud para evitar tutelas por servicios y medicamentos que ya se encuentran en el plan de beneficios, por cómo se van obtener los recursos necesarios para igualar los planes y las atenciones no incluidas en ellos, y por la forma como se superarán los tramites exagerados a los que son expuestos pacientes y familiares para obtener el servicio.
Como lo explicamos en su momento, esta Ley Ordinaria 1438/11, sancionada el pasado 19 de enero, era necesaria y urgente, pero somos conscientes que no es suficiente. Existen otros proyectos de ley estatutaria en trámite, de iniciativa legislativa y gubernamental para mejorar el sistema de salud, que acumulan para ponencia unificada, en la que se abordaran los temas del derecho fundamental a la salud y las formas como se integraran y reglamentaran los planes de beneficios. Uno de los proyectos de ley estatutaria fue iniciativa de la Mesa de Antioquia para la Reforma, el cual esperamos también enriquezca el debate, para que se subsanen los vacíos y se resuelvan los problemas aún existentes, al igual como lo hicieron con la ley ordinaria.
Como lo expresó el Presidente Santos: “Se alcanza el éxito convirtiendo cada paso en una meta y cada meta en un paso” (…) “Ahora, con su entrada en vigencia, esta ley se convierte automáticamente en un nuevo paso para alcanzar las siguientes metas: calidad y cobertura universal en materia de salud”. Las leyes están listas, tiene el ejecutivo una oportunidad de oro para que en el desarrollo y en la reglamentación que se avecina –en la que estaremos muy atentos-, se consolide nuestro sistema de salud, como un sistema solidario en el que todos aportamos para lograr el gran reto de que sin importar raza, credo, situación económica o social, todas y todos los colombianos podamos acceder en igualdad de condiciones, oportunidad y calidad en la atención, a los mismos derechos, a los mismos servicios.
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La política ambiental y minera
La inversión extranjera directa -IED- en el sector minero, ha crecido en los últimos cinco años a un ritmo vertiginoso en Colombia –US$ 2.500 millones anuales-, ocupando cerca del 20% del total de la IED, lo cual siempre resulta beneficioso para la economía, y teóricamente para elevar el nivel y la calidad de vida de los colombianos. Para ello, el gobierno ha estimulado abiertamente este tipo de actividad. Más que limitantes para los inversionistas, se ha promovido la explotación minera, sin reparar en el daño que produce al ambiente y sin examinar a fondo, si efectivamente, la relación costo beneficio pone en un punto de equilibrio, siquiera mediano, esta ecuación.
Recuérdese para el efecto, el proyecto de Código de minas del año 1996, blanco de innumerables críticas, precisamente por desconocer la ancestralidad, en tanto pretendía permitir que por la vía del permiso fuese procedente la explotación minera de territorios que hacían parte del patrimonio cultural y ecológico de la nación, tales como parques nacionales, reservas naturales, áreas naturales únicas, santuarios de flora y fauna, y zonas arqueológicas o de patrimonio histórico y cultural, lo que de suyo representaba una elección definitiva en pro de la economía, de la que finalmente el gobierno desistió, más por la intensidad de las presiones, nacionales e internacionales, que por una verdadera convicción de formulación de políticas conservacionistas.
Ya con la Ley 685 de 2001, el medio ambiente y todas y cada una de las garantías que la Constitución otorgó a las diversas etnias y a su territorio, fueron abiertamente desconocidos, gracias a la declaratoria de utilidad pública de la actividad minera, la cual hizo impensable el equilibrio entre cultura y economía, entre medio ambiente y lucro, entre economía y diversidad etnográfica. El primer inconveniente que trajo esta declaratoria, fue el de chocar abiertamente con la concepción que de la tierra tienen las comunidades indígenas y negras, en cuyos territorios hay innumerables riquezas mineras susceptibles de explotación.
Para ellos, antes que lucro, el territorio es el lugar en el cual se entiende la vida en relación íntima, en unión absoluta hombre-cosmos. No basta aquí la implementación de un modelo de desarrollo -usualmente importado-, sino de una política que, consultando y respetando su especial cosmovisión, ponga en equilibrio sostenible, las necesidades actuales, sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones. Es necesario entonces, antes que atribuir responsabilidad directa y exclusiva a las CAR, en materia del desastre ambiental y la tragedia invernal, proponer y expedir una legislación y política ambiental y minera que resuelva, siquiera a largo plazo, la gran encrucijada del desarrollo sostenible, esto es, la innegable necesidad de armonizar la relación hombre-ambiente con la interacción y transformación que aquél produce sobre éste.
Una legislación minera con un enfoque exclusivamente económico no alcanza a resolver la mayoría de los problemas que esa actividad genera, bien en forma directa o indirecta. Erosión, destrucción de la biodiversidad y de la capa de ozono, desertización, falta de servicios públicos básicos, desigualdades sociales, son algunos de los precarios premios que puede otorgar la decisión política de privilegiar -a rajatabla-, la economía por la vía de la actividad minera. A ello se suma la incoherencia en la formulación de los planes de desarrollo, que no se construyen desde la concertación tecno política que privilegie la diferencia y el dialogo de los actores del territorio, sino con igual enfoque económico y una visión estrictamente occidental, que excluye y niega, las miradas de otras cosmovisiones.
La economía, dadas las realidades surgidas del calentamiento global, y los errores históricos que hemos cometido en el uso y explotación del suelo y el subsuelo, tiene la inaplazable tarea de ponerse a tono con un nuevo entendimiento del territorio y del sentido de pertenencia de quien lo habita. De admitir, de una vez por todas, que la cultura es intransferible y que el entorno propio, es el que nutre de un especial contenido la noción de existencia, de proyecto de vida, y sobre todo, de la forma de ocuparlo. Quedan muchos puntos por discutir. Las formas y los sitios de explotación, la duración de las concesiones, la responsabilidad social de las empresas mineras, el compromiso ecológico, el respeto por el entorno, etc.
Pero por sobre todo, falta por comprender que no se trata de una relación estrictamente comercial, pues como dijera Seattle, jefe de la tribu de los Dwamish, en carta que dirigiera en 1855 al entonces presidente de los USA, Franklin Pierce, en respuesta a la oferta que el gobierno les hiciera para comprar sus tierras, “¿Cómo podéis comprar o vender el cielo, o el calor de la tierra? (...). No son nuestros la frescura del aire, ni la transparencia del agua. (...)” Y agrega de manera profética: “Hay una cosa de la que estamos seguros: la tierra no pertenece al hombre, es el hombre el que pertenece a la tierra. El hombre no ha tejido la red de la vida, pues el mismo no es sino un hilo de ella. Está buscando su desgracia si osa romper esa red. El sufrimiento de la tierra se convierte a la fuerza en el sufrimiento de sus hijos. De eso estamos seguros. Todas las cosas están ligadas como la sangre de una misma familia”.
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Ha llegado la hora de profundas reformas
Ha sido “la niña” quien ha puesto en evidencia la urgencia de repensar el tema de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), toda vez que estas entidades fueron creadas con la reforma constitucional de 1968 y la Ley 99 de 1993, con el propósito de ser la máxima autoridad en materia ambiental, con jurisdicción sobre territorios que conforman un ecosistema o una unidad hidrogeográfica.
Como suele suceder, la diferencia entre los loables propósitos y la cruda realidad es abismal. La magnitud de la tragedia por el inclemente invierno que azota al país y el estado de pobreza y desolación, pusieron en evidencia la tarea aplazada en materia ambiental, de prevención y atención de desastres.
El Gobierno nacional para afrontar la crisis, envió un mensaje dubitativo: primero se filtró el decreto con el que procedería a su liquidación. Más tarde, y ya advertido sobre la imposibilidad de hacerlo por decreto, dado su origen constitucional, habló de intervenir las 32 CAR. Finalmente, optó por esta última y tomó una decisión que ya la Ley 99/93 preveía pero que había sido atomizada por la politiquería, consistente en fusionar aquellas que correspondan a entidades territoriales que por sus características constituyan geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, tal el caso de la CRA y CarDique, CarSucre y CSB, CorpoGuajira y CorpoCesar, asignándoles, adicionalmente tareas frente al cambio climático y el Plan Nacional de Reforestación.
En consecuencia se hizo evidente que faltó sindéresis. En la opinión pública quedó el sabor de que la decisión inicial tenía más de linchamiento moral que de efectiva solución a un problema cuya respuesta es inaplazable. Esta decisión terminó siendo un paliativo, que vistas las cosas resultará más nocivo. En efecto, si lo que pretendía el gobierno era desmontar la politiquería, lo primero que debió consultarse, antes que intentar el “plumazo” legislativo fue su origen y adecuarlas a los fines constitucionales. Recuérdese que las CAR surgieron en la reforma constitucional de 1968.
La Constitución de 1991, artículo 150-7, adscribió al Congreso reglamentar la creación y funcionamiento de las CAR, dentro de un régimen de autonomía. Posteriormente, la Ley 99/93 las reconoció como entes corporativos de carácter público, les asignó el papel de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, en armonía con las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.
Como puede verse, nada más importante y nada más aplazado que esa tarea, en una conjunción de responsabilidades que va desde el Gobierno nacional hasta las propias autoridades ambientales, sin olvidar a los órganos de control.
Ha llegado la hora de la verdad, de las profundas reformas, las cuales requieren cabeza fría, largas horas de reflexión y un examen a fondo del papel que han cumplido las CAR, de manera que sin restarles autonomía, tampoco privilegien o desemboquen en el poder presidencial absoluto, el cual será punto crucial en el control constitucional y político de los decretos expedidos a la luz del Estado de Emergencia. Por ahora, la fusión de algunas y el ajuste con las Áreas Metropolitanas, apunta en la dirección correcta, ya señalada con mucha antelación por la Ley 99/93, en el sentido de integrarse.
Sin embargo, hace falta más. Si la dolorosa lección quedó aprendida, deberá derivarse de todo ello, que las decisiones han de orientarse a diseñar políticas que puedan afrontar estas emergencias, sin dramas humanos, a repensar las políticas mineras, de uso del suelo y el subsuelo, de gobernabilidad ambiental, de planeación, prevención y atención de desastres, en las que, antes que “informes oficiales”, haya “informes reales”, antes que diagnósticos, verdaderas políticas para el futuro. Se hace forzoso, como se ha dicho de manera casi generalizada, reescribir los POT, tomar decisiones respecto de las personas localizadas en zonas de alto riesgo, y asignarles a las CAR, un papel más protagónico en tales temas.
Por otra parte, suprimir la Asamblea Corporativa -conllevando además la supresión de la revisoría fiscal, lo que puede traer consecuencias en el control fiscal- y que el Presidente de la República postule a todos los directores, sin perjuicio de designar un encargado en el evento de que los Consejos Directivos no acojan los nombres, además del dudoso éxito en un control constitucional, representa un centralismo de rancia estirpe, ya combatido en Colombia, en la Constitución de 1886 y 1991 y aleja la posibilidad real de articular y armonizar el Estado en materia ambiental, para que sea uno, como lo ideó la Ley 99/93. Sería como pensar en solucionar los problemas del país, eliminando más funciones y competencias de municipios y departamentos.
De igual forma considero que una efectiva relación con poder vinculante entre el Ministerio del Medio Ambiente y las CAR, sin perjuicio de su autonomía, y un verdadero Sistema Nacional Ambiental inspirado en el interés general, son las herramientas que las preservará de quienes, desde la politiquería, las han convertido en bastiones de poder personal, antes que en medios eficaces de solución a las necesidades sociales.
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El Estado de Emergencia y las CAR
Ha sido “la niña” quien ha puesto en evidencia la urgencia de repensar el tema de las Corporaciones Autónomas Regionales –CAR-, toda vez que estas entidades fueron creadas -Reforma constitucional de 1968 y Ley 99/93- con el propósito de ser la máxima autoridad en materia ambiental, con jurisdicción sobre territorios que conforman un ecosistema o una unidad hidrogeográfica. Como suele suceder, la diferencia entre los loables propósitos y la cruda realidad es abismal.
La magnitud de la tragedia por el inclemente invierno que azota al país y el estado de pobreza y desolación, pusieron en evidencia la tarea aplazada en materia ambiental, de prevención y atención de desastres.
El Gobierno nacional para afrontar la crisis, envió un mensaje dubitativo. Primero se filtró el decreto con el que procedería a su liquidación. Más tarde, y ya advertido sobre la imposibilidad de hacerlo por decreto -dado su origen constitucional-, habló de intervenir las 32 CAR. Finalmente, optó por esta última y tomó una decisión que ya la Ley 99/93 preveía pero que había sido atomizada por la politiquería, consistente en fusionar aquellas que correspondan a entidades territoriales que por sus características constituyan geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, tal el caso de la CRA y CarDique, CarSucre y CSB, CorpoGuajira y CorpoCesar, asignándoles, adicionalmente tareas frente al cambio climático y el Plan Nacional de Reforestación.
Se hizo evidente que faltó sindéresis. En la opinión pública quedó el sabor de que la decisión inicial tenía más de linchamiento moral que de efectiva solución a un problema cuya respuesta es inaplazable. La decisión última terminó siendo un paliativo, que, vistas las cosas, resultará más nocivo. En efecto, si lo que pretendía el gobierno era desmontar la politiquería, lo primero que debió consultarse, antes que intentar el “plumazo” legislativo fue su origen y adecuarlas a los fines constitucionales. Recuérdese que las CAR surgieron en la reforma constitucional de 1968.
La Constitución de 1991, artículo 150-7, adscribió al Congreso reglamentar la creación y funcionamiento de las CAR, dentro de un régimen de autonomía. Posteriormente, la Ley 99/93 las reconoció como entes corporativos de carácter público, les adscribió el papel de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, en armonía con las políticas del Ministerio del Medio Ambiente. Como puede verse, nada más importante y nada más aplazado que esa tarea, en una conjunción de responsabilidades que va desde el Gobierno nacional hasta las propias autoridades ambientales, sin olvidar a los órganos de control.
Ha llegado la hora de la verdad, de las profundas reformas, las cuales requieren cabeza fría, largas horas de reflexión y un examen a fondo del papel que han cumplido las CAR, de manera que sin restarles autonomía, tampoco privilegien o desemboquen en el poder presidencial absoluto, el cual será punto crucial en el control constitucional y político de los decretos expedidos a la luz del Estado de Emergencia. Por ahora, la fusión de algunas y el ajuste con las Áreas Metropolitanas, apunta en la dirección correcta, ya señalada con mucha antelación por la Ley 99/93, en el sentido de integrarse por las que geográficamente son un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica.
Pero hace falta más. Si la dolorosa lección quedó aprendida, deberá derivarse de todo ello, que las decisiones han de orientarse a diseñar políticas que puedan afrontar estas emergencias, sin dramas humanos, a repensar las políticas mineras, de uso del suelo y el subsuelo, de gobernabilidad ambiental, de planeación, prevención y atención de desastres, en las que, antes que “informes oficiales”, haya “informes reales”, antes que diagnósticos, verdaderas políticas para el futuro. Se hace forzoso, como se ha dicho de manera casi generalizada, reescribir los POT, tomar decisiones respecto de las personas localizadas en zonas de alto riesgo, y asignarles a las CAR, un papel más protagónico en tales temas.
Suprimir la Asamblea Corporativa -conllevando además la supresión de la revisoría fiscal, lo que puede traer consecuencias en el control fiscal- y que el Presidente de la República postule a todos los directores, sin perjuicio de designar un encargado en el evento de que los Consejos Directivos no acojan los nombres, además del dudoso éxito en un control constitucional, representa un centralismo de rancia estirpe, ya combatido en Colombia, en la Constitución de 1886 y 1991, y aleja la posibilidad real de articular y armonizar el Estado en materia ambiental, para que sea uno, como lo ideó la Ley 99/93. Sería como pensar en solucionar los problemas del país, eliminando más funciones y competencias de municipios y departamentos.
Una efectiva relación con poder vinculante entre el Ministerio del Medio Ambiente y las CAR, sin perjuicio de su autonomía, y un verdadero Sistema Nacional Ambiental inspirado en el interés general, son las herramientas que las preservará de quienes, desde la politiquería, las han convertido en bastiones de poder personal, antes que en medios eficaces de solución a las necesidades sociales.
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Una gerencia para el Estado de Emergencia
Como lo habíamos anticipado en esta columna y en el Senado de la República, la magnitud de la tragedia invernal que padece Colombia, es tal vez, la más grave en toda su historia. Sus efectos son catastróficos: en pérdida de vidas humanas, cerca de 300 muertos, más de dos (2) millones de damnificados, gran parte de las vías troncales, regionales y terciarias se encuentran interrumpidas y los territorios aislados, más de 3.000 viviendas destruidas y más de 300.000 averiadas, cientos de miles de hectáreas cultivadas inundadas, casi todos los sectores económicos y ambientales de la vida nacional se han visto afectados y la tragedia cubre casi todo el territorio colombiano.
A la tragedia de Bello, -dolorosísima por la pérdida de vidas humanas y porque al parecer pudo ser prevenible-, se une en los últimos días, la inundación de La Mojana, la ruptura del canal del Dique, el desbordamiento del embalse de Urrá en la cuenca del Río Sinú y de varios ríos desde Arboletes hasta Mutatá, dejando el 90% de este territorio bajo agua. Cualquier cálculo del valor de los daños se queda corto. Se mencionan cifras aisladas, pero hasta el momento no hay una aproximación al valor global sencillamente porque la tragedia está en curso, no ha terminado, y en esas circunstancias no es posible cuantificar asuntos complejos como la reconstrucción económica, social y ambiental y los apoyos sectoriales, en especial el agropecuario y las futuras acciones de prevención.
Ya el Gobierno apropió recursos cercanos a $500 mil millones y está reasignando $1 billón, que rápidamente se agotará en asistencia humanitaria y gastos de choque por daños de infraestructura. Dichos recursos provienen de reasignación o traslados presupuestales, que involucran a entidades del orden nacional, aplazamiento o cancelación de gastos o inversiones no ejecutados en el año corriente, como los autorizados en el decreto 4627/10, es decir, no son recursos nuevos.
De los otros decretos, expedidos a la luz del Estado de Emergencia, el 4628/10 se refiere a la expropiación por vía administrativa y sólo el 4629/10 tiene que ver con nuevos ingresos, al gravar con el 6% sobre las ventas brutas de las empresas que generen más de 10 Megas de energía, lo que es importante, pero lastimosamente no será suficiente. La atención de la catástrofe requiere con urgencia recursos frescos representativos, cuya obtención no signifique incrementar el enorme déficit fiscal, ni poner en peligro las metas fiscales y de deuda pública fijadas en el presupuesto del 2011, en el marco fiscal de mediano y largo plazo y en las bases del plan nacional de desarrollo 2011-2014.
Como lo dijimos e insistimos, si tiene alguna validez el principio constitucional de que el que contamina paga, es necesario revisar la política tributaria minera. Deben eliminarse los estímulos a la depredación ambiental, empezando por la eliminación de beneficios tributarios de orden nacional y territorial a la actividad, lo que fortalecería las finanzas territoriales. Colombia tiene uno de los regímenes de regalías más generosos del mundo, un promedio de 11% en hidrocarburos frente a una media internacional del 18%; la elevación de la tasa a los promedios internacionales generaría abundantes recursos. No solo se trata de los hidrocarburos, es toda la minería, la de metales, calizas y cemento, las canteras, e inclusive la explotación de material de río. Puede pensarse en tasas diferenciales en relación con los riesgos ambientales por tipo de minería.
Además de la consecución de recursos nuevos por parte del Estado o de la solidaridad, será fundamental su administración eficiente, eficaz y transparente, independiente de su procedencia. El presidente de la República, al presentar la organización “Colombia Humanitaria”, dijo que esta tendrá un comité directivo mixto, con representantes del sector privado, de la comunidad internacional, de organizaciones humanitarias y del Gobierno Nacional. La coordinación de las actividades recaerá en el Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Gestión de Riesgo, que tendrá que rendir reportes periódicos y públicos sobre el uso que le dé a los recursos recogidos: "Hemos diseñado una alianza público privada como la que se hizo en Armero. Esperamos que el Gobierno y los privados podamos trabajar de forma unida por los damnificados del invierno".
Consideramos que la ruta trazada por el Presidente de la República, es la acertada. En tal sentido, en compañía de la Senadora Maritza Martínez, le enviamos al señor Presidente, la propuesta de diseñar una estrategia que permita intervenir y conjurar integral, interinstitucional y articuladamente la grave situación de calamidad pública que vive el país e impedir la extensión de sus efectos y que incluya, la creación de una Gerencia -con estructuras regionales- y un Fondo para la Reconstrucción de Colombia. Una entidad dotada de personería jurídica, autonomía patrimonial y financiera; que bajo las orientaciones de la Presidencia de la República busque la reconstrucción física, económica, social y ambiental de las zonas afectadas por la ola invernal, bajo criterios de oportunidad, transparencia y economía y le devuelva a millones de damnificados, algo de lo poco que les queda por perder, la esperanza.
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Los recursos del Estado de Emergencia
En nuestro artículo de la semana anterior: Estado de Emergencia, insistimos -como lo hemos hecho conjunta y unánimemente desde la Comisión Sexta y desde la Plenaria del Senado de la Republica-, en solicitarle al señor Presidente de la República, doctor Juan Manuel Santos Calderón, que ante la gravedad de la ola invernal que está afectando a más del 50% del país -dejando millones de damnificados; centenares de muertos y heridos; daños irreparables en grandes áreas de cultivos y de ganadería; aislamientos de municipios y territorios por destrucción y deterioro de vías troncales, secundarias y terciarias; la pérdida y daños de viviendas, estructuras escolares y centros de salud-, declarara el Estado de Emergencia establecido en el artículo 215 de la CP, que le permitiera al Gobierno, recurrir a recursos frescos no presupuestados, para mitigar y controlar esta grave situación de calamidad pública y avanzar en un proceso rápido de reconstrucción en todo el territorio nacional.
En un gesto de sensatez, ante la compleja y grave situación de desastre nacional, el pasado 7 de diciembre, el Señor Presidente de la Republica declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que le entrega los instrumentos jurídicos para intervenir oportuna, estructural, articulada, interinstitucional e integralmente el problema y la facultad de dictar medidas urgentes que incidan en la mitigación, prevención, control y reconstrucción en el corto, mediano y largo plazo: “…la primera fase se dedicará a la atención humanitaria, es decir, a salvar vidas y a dar albergue y comida a las cerca de 330 mil familias que hoy lo están requiriendo. La segunda será una fase de rehabilitación para reparar las vías, escuelas, redes eléctricas y demás obras de infraestructura que puedan recuperarse. La tercera fase -que será la más grande y ambiciosa de todas-, será la de reconstrucción, que implica levantar de nuevo todo aquello que esté destruido o inservible”.
Es importante resaltar y valorar el anuncio del Señor Presidente de la República, de destinar $1 billón de pesos para atender esta calamidad pública y las amplias expresiones de solidaridad que se han dado a lo largo y ancho del territorio nacional, la de los países y organismos de cooperación que se han hecho presentes y la de todas las personas que de una u otra forma vienen aportando en la medida de sus capacidades para mitigar el problema, pero la magnitud del mismo, hace que los recursos y estas valiosas ayudas no sean suficientes. Se calcula que por los daños causados por la ola invernal, se requieren como mínimo $5 billones para atención inmediata a damnificados, prevención, readecuación de tierras, rehabilitación productiva y reconstrucción de infraestructura vial, educativa, de salud y vivienda, frente a los cuales, los recursos fiscales del Estado resultan insuficientes.
Por ello, a la hora de expedir los decretos con fuerza de ley, destinados a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos, es necesario que el Gobierno calcule bien la magnitud de los recursos que se requieren y las fuentes para obtenerlos, para poder establecer en forma transitoria, nuevos tributos o modificar los existentes. Esta responsabilidad debe asumirse de manera equilibrada, lo que significa que estos recursos deben provenir de los diferentes sectores que por su dinámica económica tienen mayor capacidad de realizar este tipo de aportes a la sociedad para posibilitar una respuesta oportuna, eficiente y eficaz de la emergencia.
Por lo tanto, esperamos que el Gobierno busque los recursos en los sectores que hoy pueden hacer una contribución mayor. En este sentido coincidimos con algunos compañeros del Congreso, en propuestas como la del H. Representante Oscar Marín, de asignar un 10% de los recursos de la venta del 10%, de las acciones de Ecopetrol, es decir, alrededor de $1.5 billones o de la de H. Senadora Maritza Martínez, que en carta dirigida al Señor Presidente de la Republica, le solicitó, que sin perder la confianza inversionista, tratemos de proceder como lo hizo Chile, en la emergencia del terremoto del mes de febrero, que no dudó en “buscar mejorar su participación en la renta minera, en beneficio de sus nacionales más necesitados”, por ello propone: “…en forma transitoria, se grave las actividades de explotación hidrocarburifera y minera”, para aportarle a la emergencia, alrededor de $3 billones.
Es indiscutible la conveniencia, oportunidad y viabilidad de la declaratoria del Estado de Emergencia, porque de continuar la intensidad y frecuencia de las lluvias -como lo ha previsto el IDEAM-, posiblemente debamos lamentar más tragedias tan dolorosas como la de Bello, tan graves y delicadas como las que padecen millones de compatriotas en todo el país. Sabemos que propuestas como las que hoy presentamos, podrán cuestionarse desde los enfoques de crecimiento económico y rentabilidad de las industrias, pero se requiere de solidaridad y corresponsabilidad, para que todos aportemos equitativamente de alguna manera a la mitigación y solución del problema. Tal como lo señala la H. Senadora Martínez citando al Ministro de Minería de Chile: “…para desarrollar una industria no solo hace falta capital, reglas de juego claras y capital humano; también hace falta legitimidad social, derivada de una actividad económica justa, razonable y solidaria”.
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Estado de emergencia
Hemos expresado en diferentes espacios, la grata impresión que nos ha causado el estilo gerencial, ejecutivo, dialogante, incluyente, conciliador, prudente y efectivo del Señor Presidente de la República, doctor Juan Manuel Santos Calderón. Valoramos su inteligencia y resolución para avanzar oportuna y exitosamente en el restablecimiento de las relaciones internacionales con los países vecinos, e internamente, con las diferentes ramas del poder público, en especial con la Justicia; para lograr integrar un gabinete de ilustres profesionales de reconocida trayectoria en la vida pública y privada y una gran alianza de unidad nacional con los Partidos políticos y por ende, con el Congreso de la República, que conjuntamente le acompañen en el trámite de la agenda legislativa y en la construcción y posterior aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, bitácora que durante el cuatrienio constitucional, señalará la ruta del gobierno de la prosperidad.
http://eugenioprietosoto.wordpress.com
No obstante lo anterior, nos preocupa inmensamente el estado de calamidad pública, que por la fuerte ola invernal perturba o afecta al 52% del país. Alrededor de 1.800.000 personas en 28 departamentos, en más de 600 municipios. Bolívar, Magdalena, Córdoba, Sucre, Chocó, Antioquia, Nariño, Cauca, Norte de Santander, Arauca y Bogotá D.C., son los territorios más afectados. Según las Naciones Unidas -OCHA Colombia-: las lluvias continuas han causado desbordamientos de ríos, inundando vastas zonas del país; deslizamientos y derrumbes han destruido y bloqueado vías –entre ellas, importantes corredores viales, 75 vías nacionales y departamentales y centenares de vías terciarias interrumpidas-, dejando ciudades y pueblos enteros aislados.
El impacto de las inundaciones ha sido más fuerte en pueblos aislados y en barrios más pobres, causando dificultades de acceso a zonas rurales y obstaculizando la evaluación de los daños y necesidades y la entrega de asistencia de emergencia. Se han afectado grandes áreas de cultivos y pequeña ganadería, deteriorando los precarios medios de vida. Se han reportado daños de viviendas, estructuras escolares y centros de salud. Según el SNPAD, por la temporada invernal se reportan más de un centenar de personas muertas, cientos de heridos y decenas de desaparecidos. Alrededor de 1.654 viviendas han sido destruidas y unas 196.662 averiadas. Las condiciones sanitarias han sido deterioradas por contaminación de las fuentes de agua, causando enfermedades como diarrea e infecciones respiratorias y de la piel. Hay necesidades en los sectores de educación, asistencia alimentaria y recuperación temprana, agua, saneamiento básico e higiene, protección, albergues, educación y salud en emergencias.
El Ministerio del Interior y de Justicia solicitó a la comunidad humanitaria organizada, ampliar el apoyo técnico y económico para que en coordinación con el SNPAD se pueda tener mayor capacidad de respuesta. Enormes son los esfuerzos conjuntos del Gobierno nacional, los entes territoriales, organizaciones sociales de prevención, atención y socorro, pero lastimosamente insuficientes. Continúa lloviendo a cántaros y según el Ideam, la temporada invernal podría prolongarse hasta marzo o junio próximos. O lejanos más bien, ante la magnitud de la ola invernal, agravada por el fenómeno de La Niña.
El Comité Técnico Nacional para la Prevención y Atención de Desastres prepara un plan de contingencia en el que se articulan labores de prevención, mitigación, repuesta, así como de rehabilitación. En este sentido, y ante la angustia, el dolor y la desesperanza de millones de colombianos, hemos insistido -desde la Comisión Sexta y desde la Plenaria del Senado, unánimemente-, en solicitarle al Señor Presidente, Juan Manuel Santos, que ante estos hechos extraordinarios que pueden atentar contra la estabilidad y contra la vida misma de los seres humanos que habitan el territorio, recurra a la declaratoria del Estado de Emergencia, establecido en el artículo 215 de la CP, que le permita intervenir y conjurar integral, interinstitucional, articulada, oportuna y eficazmente, la grave situación de calamidad pública que vive el país e impedir la extensión de sus efectos.
Ante el temor de algunos por la concentración de poder por parte del Presidente y la posibilidad de abusos, ante la fragilidad de los derechos fundamentales de los ciudadanos, es necesario recordar que se previeron y desarrollaron controles, con el fin de proteger a la ciudadanía. La Corte Constitucional como guardiana de la integridad de la norma superior, frente al acto que declara el Estado de Emergencia y cada una de las medidas adoptadas para conjurar la crisis, realiza el control jurídico constitucional y el Congreso de la República, ejerce el control político, examinando por acuerdo de las dos cámaras, el informe motivado que le presente el Gobierno sobre las causas que determinaron el Estado de Emergencia y las medidas adoptadas, pronunciándose sobre la conveniencia, oportunidad, bondad, magnitud, aceptación, viabilidad e interés público, de las medidas adoptadas.
En la Comisión Sexta del Senado, solidariamente con todos los seres humanos afectados, nos declaramos en sesión permanente, para concentrar nuestro ejercicio de control político, en la búsqueda conjunta con el Gobierno nacional, de soluciones efectivas al estado de emergencia.
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Es mejor prevenir que curar
Es mejor prevenir que curar, afirmación ancestral, que no tiene ninguna discusión en su validez, pero siempre ha sido complejo llevarla a la práctica. Con la aprobación conjunta por parte de las Comisiones Séptimas de Cámara y Senado, de la ponencia de reforma a la Seguridad Social en Salud, creemos que junto con el reconocimiento del derecho a la salud, una fuerte rectoría estatal, las redes integradas, y la vocación social que debe primar en los actores del sistema; la prevención de la enfermedad adquiere relevancia como uno de los grandes ejes o pilares que deben orientar las decisiones y la política en salud. Si de verdad queremos un cambio estructural en nuestro sistema de salud, estos deben ser temas infaltables en la reforma.
El país no puede seguir volcando sus esfuerzos y recursos sólo a curar, olvidándose de la salud pública y de las estrategias de atención primaria en salud -APS-. Sí se invierte en forma permanente en educación, en control de los factores de riesgo y se realiza una atención oportuna, regular y multidisciplinaria en los sitios cercanos a nuestras residencias, a largo plazo obtendríamos resultados sostenibles, en términos de salud para todos -más esperanza de años de vida con calidad-, con una menor tendencia de incremento en el gasto.
En todos los escenarios de discusión en los que participamos sobre las alternativas de solución a los problemas del sistema de salud, previos a la radicación de la ponencia, la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, fue punto coincidente por los técnicos, académicos, políticos, profesionales de la salud y la población en general, para ser considerado en forma sustancial en la reforma. Por tanto, vale la pena preguntarnos ¿Permitirá la reforma tener un sistema de salud enfocado en la prevención? Teniendo en cuenta conceptos de expertos en salud pública y experiencias exitosas en Colombia y en otros países cercanos que han logrado cambios importantes en la salud de sus poblaciones, hemos propuesto a nuestros colegas en el Congreso de la República, considerar aprobar la reforma con varios de los énfasis sugeridos, entre ellos, el enfoque preventivo del sistema como realidad perdurable.
Para ello, el Gobierno con el Ministerio de la Protección Social y los entes territoriales deben ser: el Rector, diseñador, garante, observador y ejecutor de las políticas de salud pública; la financiación debe ser específica, prioritaria, robusta y suficiente para adelantar toda la política de salud pública, que por supuesto cuesta; los profesionales, equipos de salud e instituciones que realizan actividades de promoción y prevención deben ser bien pagos; los programas y acciones de promoción y educación en hábitos saludables deben ser diseñados para el largo plazo -mínimo 10 años para lograr impactos-; las acciones y programas de promoción y prevención de la enfermedad con enfoque poblacional, deben llegar en igualdad de condiciones y en forma simultánea a todos los miembros de una comunidad que comparten los mismos riesgos de enfermarse, con intervención sobre otros factores determinantes de la salud: el empleo, la educación, el medio ambiente, las relaciones sociales, el deporte, la nutrición etc y la participación de otros sectores diferentes a la salud en la solución de problemas de salud, con acciones complementarias en los ámbitos familiares, escolares y de trabajo.
También se debe intervenir con equipos especializados, básicos y permanentes de salud, que actúen en el “terreno” y dentro de las instituciones asistenciales, centros de salud y hospitales municipales de primer nivel, de manera que permitan generar seguimiento y confianza con la población para que haya adherencia y se logre una cultura de la prevención; financiar e impulsar la investigación y desarrollo de soluciones científicas con tecnologías apropiadas y de bajo costo, articulado por ejemplo con Colciencias; realizar campañas inteligentes, persuasivas y con estímulos por acogerse a ellas; impulsar acciones individuales y colectivas simultáneamente, no es necesario hacer divisiones, se puede tomar la presión arterial en un individuo como vacunar a toda la población por parte de un mismo equipo de salud; hacer búsqueda activa de personas y poblaciones con riesgo -muchas veces no somos conscientes de los riesgos a los que nos enfrentamos-. Entre otras propuestas.
Estamos convencidos, con voluntad política, con el aporte de los técnicos y científicos y el acompañamiento de los actores, es posible lograr este propósito para el sistema. Ideas de programas y acciones de prevención se pueden recoger por todo el país. En los gobiernos de “Una Antioquia Nueva” entendimos esta necesidad y adoptamos el enfoque, por eso diseñamos, financiamos, desarrollamos y apoyamos programas de salud, fundamentalmente de carácter preventivo, que hoy por su connotación de políticas públicas siguen prestándole un beneficio a la comunidad antioqueña y a muchas otras regiones del país que recogieron estas iniciativas; nos referimos a los programas como los de Mejoramiento Alimentario y Nutricional de Antioquia -MANA-; de salud física, “Por Su Salud Muévase Púes”; de “noviolencia”, de “Vacunación sin oportunidades perdidas”, entre otros que nos permiten afirmar hoy, que es mejor, posible, menos costoso y de mayor beneficio económico y social, prevenir que curar.
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La asfixia de los Infis
En artículos anteriores -El IDEA baja calificación (1), (2), (3)- me referí a la gravedad de las implicaciones que podría tener para Antioquia, la disminución de la calificación de riesgo, de AA a A+, que le otorgó la BCR Investor Services S.A., al el Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-. Resaltamos el que uno de los principales argumentos de la calificadora, era el riesgo que implicaba en su estructura operativa y patrimonial, la inversión en el proyecto Hidroituango: “…en la medida en que las referidas inversiones de capital son por su naturaleza ilíquidas y de largo plazo, el instituto se expone a un riesgo patrimonial importante, que se magnifica en la medida en que sus captaciones son de corto plazo, están relativamente concentradas y la estrategia de salida no es suficientemente clara”.
Concluí que si no se lograba el negocio de Hidroituango en el corto plazo, se quebraría el IDEA y si se lograba, se entregaría el proyecto más importante en la historia de Antioquia por una miseria y que lo único lamentablemente cierto es que una de las entidades más respetadas y queridas en Antioquia y el país, el IDEA, desde el 2 de febrero de 2009, bajó su calificación y el funcionario gerente lo ocultó y la entidad retrocede a pasos agigantados hacia el abismo de la quiebra. Expresé también que era más delicado aún, que en los seis meses siguientes, en febrero 2 de 2010, la firma Investor Services S.A., le mantuviera la disminución de la calificación en A+ -también se ocultó-, por lo que, de acuerdo con la norma, el representante legal del IDEA, dentro de los 15 días siguientes, debió presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un plan para desmontar las captaciones y colocaciones del IDEA en el término de un año. Situación que el ex funcionario gerente del IDEA, negó e irresponsablemente evadió y pone en riesgo un modelo de Banca Social que durante más de 46 años viene generando y aportando al desarrollo de Antioquia.
Advertimos sobre ese riesgo para las finanzas del Departamento de Antioquia y para el futuro del mismo IDEA, ya que según el Ministerio de Hacienda “Este riesgo podría materializarse, si el Instituto no alcanza las calificaciones mínimas que exigen los decretos 1525 y 4471 de 2008 para que los INFIS manejen recursos de los entes territoriales”. Estos decretos, y el 2805 del 2009, que desarrollan el artículo 17 de la Ley 819, exigen a los INFIS como el IDEA, tener la segunda mejor calificación de riesgo en el corto y largo plazo (AA+), para que puedan ser depositarios de recursos de las entidades territoriales y sus descentralizadas.
Hoy insistimos en la gravedad de las implicaciones de los citados decretos, ya no sólo para el IDEA, sino para todos los INFIS del país, los cuales tienen como plazo límite el 31 de diciembre de 2010 para obtener la calificación de corto plazo y el 31 de diciembre de 2011 para la de largo plazo. De seguir vigentes estas normas, estarían en riesgo de desaparecer o liquidarse buena parte de los INFIS que hoy existen en Colombia, ya que tendrían que adoptar un plan de desmonte de las operaciones activas y pasivas perfeccionadas con dichos recursos. En esta situación el IDEA sería el Instituto más perjudicado, puesto que es el que más capta y más apalanca crédito con sus captaciones.
Los INFIS prestan sus servicios a más de 560 municipios del país. Gracias a ellos, se pudo hacer el ajuste fiscal y financiero en muchos municipios y departamentos de Colombia. Los INFIS ejercen labores similares a las realizadas por la Banca de Segundo Piso pero en forma directa y con un enfoque regional, otorgando créditos a las entidades territoriales y a las descentralizadas, a tasas de interés inferiores a las de la entidades financieras, además prestan servicios de capacitación y asesoría a los funcionarios de las entidades públicas buscando mejorar la capacidad administrativa y financiera para prestar mejores servicios a sus comunidades. También realizan administración de recursos y convenios, que han servido al Gobierno Nacional, a los Gobiernos Departamentales y municipales, e incluso a entidades y gobiernos de otros países para canalizar recursos dirigidos a obras y proyectos de desarrollo en todo el país, esto porque los INFIS se han convertido en ejemplo de administración y eficiencia en esta clase de actividades.
Nos gustaría conocer la posición del Gobierno de Unidad Nacional, en cabeza del Ministerio de Hacienda con respecto a los INFIS, toda vez que no es aceptable, que puedan existir marcadas preferencias de algunos de sus funcionarios por la banca privada, que se han visibilizado de tiempo atrás con la expedición de normas y conceptos, que asfixian a los INFIS en perjuicio de las entidades públicas y de la comunidad que se beneficia de sus servicios, desconociendo el esfuerzo que han realizado durante cerca de 50 años para convertirse en motor de desarrollo regional y local. Nos preguntamos entonces si el Gobierno Nacional ¿derogará los decretos que ahogan a los INFIS y fortalecerá el modelo de banca social y de fomento regional? ¿si encontrará en los INFIS unos aliados estratégicos para el desarrollo regional y local? ó, por el contrario, ¿permitirá que se liquiden y mueran por asfixia estas valiosas instituciones, símbolo de la del desarrollo regional y de la descentralización en Colombia? El Ministerio de Hacienda tiene la palabra, esperamos para ellos, respeto, reconocimiento y sensatez.
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Las redes hospitalarias
Si hay un fenómeno que caracteriza a las sociedades modernas, es su funcionamiento a través de redes. Redes de información, apoyo, comunicación o conocimiento; desde locales a gobales. El avance en las tecnologías de información y comunicación ha sido la plataforma para el fortalecimiento de este esquema de convivencia.
La avalancha de las redes sociales como facebook, las redes financieras con sus cajeros bancarios, la integración de las aerolíneas que facilitan la interconexión en “tierras lejanas”, entre otras redes, crece exponencialmente y se fortalece día a día, con la idea de integrarnos, lograr mayores eficiencias y eficacias, hacernos la vida más fácil y resolver problemas cotidianos.
Bajo este moderno enfoque de redes, nos preguntamos si en Colombia, ¿las instituciones de salud -llámense consultorios médicos, puestos o centros de salud, hospitales o clínicas privadas-, han seguido igual dinámica u objetivo de articulación e integración? Me temo que no. Tal vez porque la competencia entre ellas por obtener contratos y rentabilidad económica, no las deja ver la posibilidad de tejer redes que les permitan minimizar sus costos de operación, incrementar sus ingresos, mejorar su productividad, viabilizar conjuntamente su crecimiento y desarrollo empresarial, logrando rentabilidades económicas razonables, pero de incalculable valor social.
Lastimosamente nuestro actual modelo de salud, privilegia el lucro económico particular y sacrifica la rentabilidad social, con unos efectos perversos sobre los pacientes en la prestación del servicio, cuando de facilitarles y asignarles una atención oportuna y de calidad en los sitios cercanos a su residencia -enfoque poblacional- se trata; la cantidad de papeles, trámites y autorizaciones que deben superar, son muestra clara y contundente: la red de servicios de salud, no evoluciona tan positivamente como en otros sectores. Expertos expresan que antes de la ley 100, las instituciones de salud funcionaban más en red que ahora.
Como Gobernador del Departamento de Antioquia, con el equipo de salud, trabajamos en con enfoque de red, para que los hospitales públicos municipales y departamentales, ofertaran los servicios en el territorio de acuerdo con la demanda; si la enfermedad se complicaba los pacientes se atendían en los hospitales regionales y en caso extremo se trasladaban a la ciudad de Medellín. Los pacientes fluían sin contratiempo entre hospitales y eran atendidos con mayor oportunidad y calidad. Valga decir que durante este periodo ningún hospital público en Antioquia se cerró, por el contrario se recuperaron algunos cuya muerte, era inminente.
En áreas de fácil desplazamiento, con una demanda identificada, no se puede competir ofertando los mismos servicios e incurriendo en altos costos fijos. Se requiere de una política de redes integradas de salud, que permita progresivos y altos niveles de especialización. Esta organización de la oferta, busca tener atenciones integrales básicas en los primeros niveles -municipios- y avanzar a través de la red, de acuerdo con la complejidad, con una mayor especialidad en las instituciones, convirtiendo los hospitales y clínicas, en centros de excelencia científica por la capacidad resolutiva y eficiencia para realizar procedimientos.
Debemos reconocer que la posibilidad de integrar los recursos hospitalarios públicos y privados en una red integrada no fue posible porque la ley 100 y su desarrollo crearon unos estímulos contrarios a estos propósitos. La autonomía financiera, jurídica, administrativa y presupuestal de las instituciones de salud -principio y estrategia para lograr eficiencia- logró inicialmente una entropía: un crecimiento y desarrollo hacia adentro de estas instituciones, pero posteriormente atomizó al sector, desconectó toda la estructura hospitalaria, anarquizó la articulación y fragmentó la atención del paciente.
La competencia de las instituciones en un sector social, en un mercado imperfecto, no trae beneficios. En vez de ser altamente competitivo, el sistema debería tener los alicientes e incentivos para cooperar, complementarse, e integrarse para garantizar una atención sin barreras, oportuna y con calidad a todos los pacientes. Estudiosos del tema han identificado que las mejoras en el desempeño de los sistemas de salud de España, Tailandia, Vietnam, Corea del Sur y otros países asiáticos, se debe al desarrollo del concepto de redes integradas de servicios. Por eso la Organización Mundial de la Salud -OMS-, en su última asamblea, recomendó con suficiente evidencia la necesidad de que los países adopten este modelo.
Debemos avanzar hacia el enfoque de redes integradas de servicios de salud como uno de los pilares de la reforma estructural del sistema. Se necesita convencimiento y vocación social, dejar los egoísmos, permitir rectorías, compartir y mejorar la utilización de los recursos, renunciar a la competencia por el “peso para sobrevivir” por la “coo-potencia” para lograr atenciones más cálidas, humanas, integrales, cercanas a los sitios de residencia, que los profesionales de la salud, retomen la coherencia entre formación, práctica, servicio y vocación científica, sólo as&i
