Informe Especial Comisión Ordenamiento Territorial
Este es el informe realizado por el Congreso de acuerdo con las audiencias públcia realizadas en 6 ciudades de Colombia, acerca de la Ley de ordemaniento territorial. INFORME ESPECIAL Informe del proyecto de ley orgánica de ordenamiento, presentado por la Comisión de Ordenamiento Territorial a la Comisión Primera de la Cámara. La Comisión de Ordenamiento Territorial radicó en la primera semana de octubre,ante la Comisión de Primera de la Cámara, el concepto y recomendaciones sobre el Proyecto de Ley “Por medio del cual se dictan normas orgánicas de Ordenamiento Territorial”, resultado del proceso de socialización y concertación de la iniciativa con la ciudadanía, a través de cinco audiencias públicas realizadas en las ciudades de Cartagena, Cartago, Medellín, Manizales y Leticia. Los ponentes de la iniciativa anunciaron para la próxima semana la radicación del informe de ponencia para primer debate, en el que se pretende conciliar las diversas posiciones alrededor del tema, la del Gobierno Nacional, la manifiesta por la costa caribe y la de la ciudadanía en general recogida a través de los diferentes escenarios donde se discutió el tema. Los siguientes, son los principales aspectos que la Comisión de Ordenamiento Territorial considera deben ser de especial revisión por parte de la Comisión Primera durante el debate de la iniciativa. …“El Proyecto de LOOT que se somete a consideración de la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial, establece de manera general las pautas para que el Legislador Ordinario desarrolle a futuro determinados temas con lo cual, no puede caracterizarse por entrar en los detalles y precisiones por cuanto de esta manera se estaría petrificando el ejercicio de la actividad legislativa y vaciando de contenido las competencias del Legislador Ordinario. Un tema importante que pretende regular este Proyecto de Ley es el referido a la Región como Entidad Administrativa y de Planificación, no obstante advierte la Comisión que este Proyecto de LOOT soslaya la regulación de la Región como Entidad Territorial, estando obligado a ello por el artículo 307 de la Constitución Política de Colombia. En este sentido, consideramos necesario que la LOOT regule la conversión de las Regiones Administrativas y de Planificación (RAP) en Regiones Entidades Territoriales (RET), las cuales, están llamadas a desarrollar un importante papel en el mejoramiento de la competitividad del país. Es importante entender que la Región como Entidad Territorial de ninguna manera afecta el Principio de Unidad Nacional, sino por el contrario lo fortalece, como es sabido Colombia es un País de Regiones y éstas presentan una gran diversidad poblacional, social, económica y cultural; no obstante, la Región Territorial no debe constituirse en una pesada carga fiscal para el Estado, por lo que su estructura administrativa deberá prescindir de cargos de Elección Popular, no obstante que internamente puedan conformarse organismos de Elección Indirecta. En cuanto a la financiación de la Región como Entidad Administrativas y Planificación y como Entidad Territorial esté Proyecto de LOOT debe prever que las Regiones como Entidades Territoriales tengan los mismos derechos que el artículo 287 consagra para las demás Entidades Territoriales del País, especialmente de participar en los recursos corrientes de la Nación que actualmente solo benefician a los Municipios y Departamentos a través del Sistema General de Participación (SGP) y del Situado Fiscal, respectivamente. Cuando fue expedida la Constitución de 1991, la Región solo tenía una expectativa de existencia, la cual depende de la expedición de la LOOT, por tanto, el Legislador, no la metió en el reparto de los Ingresos Corrientes de la Nación, ni tampoco la tuvo en cuenta en la expedición de la Ley 715 de 2001, que creo el Sistema General de Participaciones. Es importante señalar que este Proyecto de Ley ha sido el fruto de una amplia concertación regional entre la Federación Nacional de Departamentos, el Ministerio del Interior y el Departamento Nacional de Planeación del gobierno anterior y las Comisión Primera Constitucional Permanente y la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes que recoge las experiencias de procesos anteriores y tiene en cuenta la Jurisprudencia de la Corte Constitucional, las recomendaciones de los Foros Regionales, los comentarios de expertos y las propuestas de los grupos étnicos y minoritarios entre otros. Como corolario de lo anterior, el Ordenamiento Territorial resultante debe tender a reconocer la diversidad cultural y geográfica propia del País, pero buscando reducir las desigualdades del desarrollo económico y social entre las entidades. Debe promover la Solidaridad y Complementariedad en éstas y dentro del espacio nacional en su conjunto evitando que el progreso de unas Entidades se haga en detrimento de las demás corrigiendo los desequilibrios que nacen de la situación geográfica y facilitando la igualdad de acceso de la población a los servicios públicos. Así mismo, se observa en el Proyecto de LOOT del Gobierno normas que contrarían preceptos constitucionales y superiores como la que pretende crear una tutela administrativa del ejecutivo nacional sobre los gobiernos territoriales violatoria de los Principios de Descentralización Administrativa y Autonomía y la que crea el Fondo de Compensación Regional que desconocen los preceptos constitucionales de los artículos 360 y 361 que regulan el Régimen de las Regalías”. FUENTE: OFICINA DE INFORMACION Y PRENSA Claudia Guzmán R. Johana Echeverry Prensa Antioquia Prensa Bogotá Cel.3104717284 Cel.3206839660 E-mail: prensa@conjuanvaldes.comComentarios (0)
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