Período del Fiscal: ¿personal o institucional?
"Quien resulte electo como nuevo Fiscal lo será por un período de 4 años, contados a partir de su posesión": senador Luis Carlos Avellaneda.
Con motivo de la declaratoria de nulidad del acto administrativo de elección de la Fiscal General de la Nación, Dra. Viviane Morales Hoyos, y su ulterior renuncia irrevocable a dicho cargo, se ha planteado un interrogante: ¿El nuevo Fiscal General de la Nación, que se elija, lo será para un periodo institucional o personal?
En relación con el interrogante, se ha dicho que éste puede ser resuelto por el Consejo de Estado en la Sentencia de declaratoria de nulidad del acto de elección de la Fiscal General; otros señalan que la Corte Suprema de Justicia lo podrá hacer en el momento de la nueva elección del Fiscal General de la Nación, que reemplace a la Dra. Morales; otros manifiestan la necesidad de formular una consulta a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado; y otros indican que habría que esperar una nueva y eventual decisión del Consejo de Estado, ante una posible nueva demanda contra el nombramiento de quien reemplace a la Dra. Viviane Morales Hoyos.
Empero, ninguno de los caminos indicados hasta ahora es el adecuado, en razón a que el interrogante primario de este escrito, ya está resuelto institucionalmente. En efecto, la Honorable Corte Constitucional, al declarar inexequible el inciso 3, del artículo 29, de la Ley Estatutaria 270 de 1996, indicó que el periodo del Fiscal General de la Nación, es personal y no institucional. Significa que quien resulte electo como nuevo Fiscal General de la Nación, para reemplazar a la Dra. Viviane Morales Hoyos, lo será por un período de 4 años, contados a partir de su posesión.
Lo anterior resulta imperativo, dados los efectos de las sentencias de constitucionalidad que profiere la Honorable Corte Constitucional, que son erga omnes.
Lo anterior quedó muy bien descrito, en un derecho de petición que formuló el 6 de marzo el Doctor Jesús María España Vergara, ante la Honorable Corte Suprema de Justicia.
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