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Mar 2010 30

Por alta votación en blanco, la curul indígena para Cámara aún no está definida.

En las elecciones del pasado 14 de marzo llama la atención la enorme votación en blanco obtenida en las circunscripciones especiales, que para el caso de la Cámara indígena, sería de más del 50%. De acuerdo con la ley, etas elecciones deben repetirse, pese a que esta curul está hoy en manos de Orsinia Polanco, candidata del Polo Democrático Alternativo.

Contexto

A partir de la Constitución de 1991, en nuestro país existe la figura de las circunscripciones especiales como mecanismo para asegurar la participación de los grupos étnicos y las minorías políticas en el Congreso (Artículos 171 y 176, Constitución Política de Colombia). Estas curules fijas se dividen así: en la Cámara de Representantes dos puestos para afrocolombianos y uno para indígenas, mientras que en el Senado tenemos dos escaños reservados solo para comunidades indígenas. Pese a estos objetivos, desde espacios académicos como el programa Congreso Visible de la Universidad de los Andes, se ha cuestionado por un lado el creciente efecto de fragmentación de las listas que se presentan[1], y por otro la efectividad de esta regla electoral a la hora de favorecer la capacidad de incidencia en política.

La pasada jornada electoral le suma al debate otro factor: el del voto en blanco. De acuerdo con el último boletín de la Registraduría[2], el voto en blanco en el caso de la Cámara indígena es de 111.573 votos, es decir, más del 50% del total de votos válidos (205.442). A continuación se presentan los resultados de las pasadas elecciones en los 15 departamentos con mayor presencia indígena, y los porcentajes de votación por listas y en blanco.

Al respecto, la Constitución Política estipula que: “Deberá repetirse por una sola vez la votación… cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las de corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral”[3].

El debate

En consecuencia y de acuerdo con la ley, las elecciones para esta circunscripción deberían repetirse. Sin embargo, no existe claridad al respecto, y el tema plantea más interrogantes que certezas. En primer lugar, no está claro que tan “especiales” son estas circunscripciones, y por tanto, si aplican o no las normas generales que introdujo la reforma de 2003 como el umbral, la repetición de la elección y la presentación de listas totalmente nuevas. De igual forma es importante preguntarse las causas de tan alta votación en blanco, ¿en qué piensa este votante?, ¿Cree que los candidatos no están preparados?, ¿Que no representarán los intereses de los indígenas? De igual forma podemos preguntarnos si esos votos en blanco fueron en ciudades grandes (voto de opinión) o en zonas con alta presencia de estas comunidades, y si solo así tendría sentido un voto "protesta" o de inconformidad, o si por el contrario, un votante no indígena también puede mostrar su descontento frente a las candidaturas.

Finalmente, además de las preocupaciones que suscita la organización de estas posibles nuevas elecciones: financiación, capacitación a los jurados, conformación de nuevas listas, entre otras; para Congreso Visible resulta fundamental discutir los pros y los contras de estos nuevos comicios. Por un lado habría más deliberación pública sobre los candidatos y sus propuestas, y seguramente aumentaría la participación en esta circunscripción. Sin embargo, también aumentaría la probabilidad de que votantes no indígenas determinen la elección del representante indígena. En últimas, lo que está en juego es la noción misma de representación, y con ella, el debate de la constituyente de 1991 que culminó con la creación de estas curules fijas con miras a favorecer la representación política de las minorías étnicas.

Por Marcela Escandón Vega

Investigadora

Congreso Visible

 

[1] En el caso afro, por ejemplo, para dos curules en la Cámara de Representantes, se presentaron 22 listas en 2002, 27 en 2006 y 67 en 2010.

[3] Parágrafo 1, artículo 258, capítulo 1 Del sufragio y las elecciones, Constitución Política de Colombia.

 

 

Tags: Elecciones Afro Etnico Indigenas Minorías Representación



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