Propuesta para el reconocimiento de la Equidad de Género en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.
La Bancada de Mujeres, en concertación con las organizaciones femeninas, introdujo en el Plan Nacional de Desarrollo un artículo para el reconocimiento de la equidad de género. A continuación se presenta la justificación de la propuesta y en letra cursiva la redacción del instrumento normativo:
ARTÍCULO NUEVO. El enfoque con perspectiva de género en las políticas, planes, programas, proyectos del Gobierno nacional, fortalece la capacidad institucional para garantizar la equidad de género y los derechos de las mujeres, reconocidos tanto en las leyes vigentes como en las recomendaciones internacionales. Los enfoques y planteamientos de la política pública con perspectiva de género, en el marco de las políticas y programas sectoriales, nacionales y territoriales, deberán considerar entre otros aspectos: las convenciones y jerarquías que han determinado la posición de los hombres y las mujeres en la familia, la sociedad y la comunidad; las diferencias entre los intereses de los hombres y las mujeres dentro del hogar; y la manera en la cual cambian los roles de género. Además, deberán propender por la plena aplicación del principio de igualdad y del respeto por las diferencias basadas en edad, sexo, género, orientación sexual, identidad de género, etnia, y la dignidad de la persona, protegiendo el derecho al libre desarrollo de la personalidad, que involucra el derecho a la propia imagen y la libertad sexual, entre otras manifestaciones. Por lo tanto se propone el siguiente artículo nuevo:
“EQUIDAD DE GÉNERO. El Gobierno Nacional adoptará una política pública nacional de Equidad de Género y las acciones afirmativas que resulten necesarias para la promoción y el fomento de condiciones que permitan la igualdad de oportunidades; el ejercicio pleno de la garantía de los derechos humanos integrales e interdependientes; la participación en la vida política, cultural, económica y social; teniendo en cuenta las particularidades que afectan a los grupos de población afrocolombiana, indígena, Rrom, rural y en situación de desplazamiento.
La política propenderá por la aplicación del principio de igualdad y del respeto por las diferencias basadas género, orientación sexual, identidad de género y la dignidad de la persona, protegiendo el derecho al libre desarrollo de la personalidad; y desarrollará planes para la realización progresiva y el goce efectivo de los derechos de las mujeres en situación de desplazamiento y de una vida libre de violencia.
La política será construida de manera participativa bajo la coordinación de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (ACPEM) y el Ministerio del Interior y de Justicia o quien haga sus veces, atendiendo los Tratados Internacionales para la igualdad de género y la equidad social. Para el efecto, concurrirán de manera corresponsable la Nación, las entidades territoriales y la sociedad civil conforme a la Constitución Política y la ley”
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