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Ago 2012 01

Violencia sexual será crimen de lesa humanidad

 

Violencia sexual será crimen de lesa humanidad

 Los Representantes a la Cámara Ángela Robledo y Cepeda, con el apoyo de Pilar Rueda de la Defensoría del Pueblo, presentaron detalles del Proyecto de Ley 037 de 2012 Cámara  “Por el cual se modifican algunos artículos de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión al conflicto armado”, de su autoría.

El proyecto propone la adopción de una serie de disposiciones que tienen que ver con la tipificación de los delitos de violencia sexual, con las normas de procedimiento en materia de investigación y juzgamiento de tales conductas, con fortalecer la celeridad y eficacia de la justicia, al igual que otras disposiciones y medidas administrativas orientadas a proteger los derechos de las mujeres en cuanto a su formación, integridad y libertad sexuales.

La iniciativa que busca modificar el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y a Ley de Violencia contra las mujeres (1257 de 2008)  tiene entre sus objetivos:  1)   Armonizar la legislación nacional con las normas y tratados internacionales de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, ratificados por Colombia en los casos de violencia sexual, puesto que pese a la existencia de múltiples instrumentos jurídicos, los cuerpos de las mujeres son territorios de guerras 2)  Crear mecanismos que contribuyan a disminuir la total impunidad (98%) y superar las barreras institucionales para garantizar el  derecho de acceso y lograr mayor eficacia en la administración de justicia 3)   Proponer acciones afirmativas y medidas de protección para las víctimas desde un enfoque diferencial y de derechos humanos para una reparación efectiva. 

Esta iniciativa contribuirá a precisar los casos en los que la violencia sexual en el escenario del conflicto, se constituye en un crimen de guerra y de lesa humanidad, o sea, que de acuerdo a la normatividad internacional, no prescribe, no tiene vencimiento y puede ser reclamadoinvestigado y juzgado en cualquier momento por ser una práctica habitual, extendida, sistemática, generalizada e invisible.

Este proyecto incluye la revisión de los procedimientos para valorar las pruebas en los crímenes de violencia sexual ya que como están en la actualidad, además de ser un obstáculo para el acceso de las mujeres a la justicia, las humilla y revictimiza como el caso de la prueba física. De igual manera desvirtúa el uso de la violencia física y contempla nuevos elementos como contexos de coacción o delitos producto de amenzas o uso de poder. Amplia conductas penales como, el embarazo forzado, la esterilización y la desnudez forzadas y propone un sistema de información sobre violencia sexual.

 

El impacto de la violencia sexual: total impunidad 

Entre 2001-2009 al menos medio millón de mujeres (489.687) fueron víctimas directas de violencia  sexual con ocasión del conflicto armado. En promedio, 170 mujeres fueron víctimas diariamente y 7 cada hora. El 82% de las mujeres víctimas de estos delitos manifestaron no haber denunciado por miedo a sus victimarios, por vergüenza o porque no confían en la justicia (Casa de la Mujer & Oxfam).

Pese al subregistro, la información señala que la violencia sexual ha aumentado en los últimos 8 años en  40%.  Pasó de 14.239 casos en 2003 a 20.142 en 2011. (Medicina Legal).

La impunidad es total. A Mayo de 2012 se registraron 393 casos de violencia sexual con ocasión del conflicto armado. De estos casos sólo en  3.5% existe sentencia (14 casos): 11 terminaron con sentencia condenatoria y 3 con sentencia absolutoria (Fiscalía General de la Nación). 

Este Proyecto fruto de un año de discusiones, fue radicado el pasado 25 de julio y contó con el apoyo del Ministerio de Justicia, la Oficina de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer y los aportes de la Comisión Colombiana de Juristas, la Casa de la Mujer, Humanas, Sisma Mujer, ONU Mujeres,  Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

 

Prensa: Margarita Sarmiento. 3202343806

Haz clic aquí para descargar el Proyecto de Ley.

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Blog de la Representante Ángela María Robledo

por

Ángela María Robledo

Decana Académica

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