“Por la cual se modifica y adiciona la Ley 5ª de 1992.”
Estados
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Radicado
04.04.2008
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Publicación
04.07.2008
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Publicada Ponencia Primer Debate
04.28.2008
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Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2008
Sinopsis
Con este proyecto de ley se pretende rodear de celeridad y eficacia la labor legislativa para que la presentación de impedimentos o recusaciones no se convierta en un cuello de botella que vuelva tortuoso el trámite de las iniciativas sometidas a la discusión de las cámaras legislativas, ante la inexistencia en su reglamento de un régimen jurídico expreso y preciso que le dé curso a tales eventualidades, de manera que ello no signifique entrabar la marcha de la función legislativa.
El procedimiento que se propone, obliga a los Secretarios de las Comisiones Constitucionales Permanentes de la Cámara y el Senado a que inmediatamente sea radicada una ponencia de un proyecto de ley, esta sea notificada a los Congresistas pertenecientes a la respectiva Comisión, para que a su vez, se haga un análisis previo sobre si ese proyecto tiene una relación directa con los intereses particulares de los legisladores.
Así mismo se busca determinar con mayor precisión el concepto de Conflicto de intereses.
Datos Generales
| Abr 04 de 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Listado de votaciones
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Datos generales
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Cuatrienio
2006 2010
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Tipo
Proyecto de Ley
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Tema
Rama Legislativa
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Tema
Asuntos administrativos
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Número en Cámara de Representantes
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Número en Senado
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Fecha de Radicación
2008-04-04
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Legislatura
Legislatura Jul 2007 - Jun 2008
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Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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Tags
Reglamento del Congreso Ley 5 de 1992 designación de ponente ponencia impedimento recusación conflicto de intereses Comisión Constitucional Permanente
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