Universidad de los Andes

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“por medio del cual se adiciona un artículo nuevo al título II Capítulo I de los Derechos Fundamentales y se modifican los artículos 63, 79, 80 y 365 de la Constitución Política. [Derecho fundamental al agua]”

Estados

Sinopsis

El Estado colombiano garantizará el derecho fundamental al agua y el saneamiento en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad como garantía de vida y salud para todas las personas, sin discriminación y con equidad para todas las poblaciones. Las aguas en todas sus formas y sus fuentes son bienes de uso público inalienables, imprescriptibles e inembargables. Se considerarán estratégicos y de interés prioritario para la nación los ecosistemas fundamentales para la generación, protección y mantenimiento del agua, por tanto, tales ecosistemas tendrán especial protección, ordenación, conservación, restauración y manejo sustentable e integral a cargo del Estado. Para garantizar el agua limpia, suficiente y potable el Estado Colombiano incluirá como parte integral del Plan Nacional de Desarrollo un Plan Nacional de Aguas, que contará con la participación ciudadana, de las comunidades afrodescendientes e indígenas y de las autoridades ambientales de la respectiva cuenca hidrográfica.


Datos Generales

Ago 08 de 2012 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

Estado Debate Gaceta

Ago 08 2012

Radicado

Ago 10 2012

Publicación 506/12

Dic 16 2012

Archivado por Vencimiento de Términos Art. 225 Ley 5 de 1992

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